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Trata sobre el hurto y su regulación
Tipo: Resúmenes
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Aparece regulado el tipo básico en el artículo 234 , el tipo agravado en el artículo 235 y el furtum possessionis en el artículo 236. Artículo 234:
Cosa ajena implica falta de titularidad dominical del sujeto activo. No son susceptibles de objeto material la res nullius (cosa de nadie), res derelicta (cosa abandonada) ni res communes omnium (cosas de todos). Hasta la reforma de la LO 1/2015, el valor de la cosa operaba como una condición objetiva de punibilidad, pues el delito de hurto sólo se podía cometer frente a las cosas muebles ajenas con un valor superior a 400 €. Si el valor era inferior, el hecho se castigaba como falta. Ahora, cualquier apoderamiento de un bien mueble ajeno, por nimio que sea el valor, o incluso si careciere de valor económico, pero sí tuviere para su dueño un valor sentimental, podría ser considerado como objeto material del delito. Para evitar el castigo de conductas sin verdadera relevancia penal (piénsese en el apoderamiento de un bolígrafo común) el nuevo artículo 963.1 LECr establece que se acordará el archivo y el sobreseimiento de las diligencias cuando lo solicite el Ministerio Fiscal (aspecto procesal de los delitos leves). e. Conducta típica. La conducta típica conlleva un resultado, que es la plena disponibilidad de la cosa como si se fuera el dueño. Ha de haber una acción de apoderamiento ilícita, pues si la cosa se encuentra o un tercero se la deja olvidada, no se estaría en el ámbito del hurto, sino de la apropiación indebida. Elemento negativo del tipo: la conducta se lleve a cabo sin la voluntad del dueño. Sin fuerza en las cosas y sin violencia o intimidación. f. Elemento subjetivo. Se ha de cometer con dolo. No se castiga el hurto imprudente, aunque sea habitual que se pueda cometer. Junto al dolo se exige como elemento subjetivo del injusto el ánimo de lucro: finalidad del sujeto activo de obtener algún tipo de ventaja (cualquiera) como resultado de la apropiación de la cosa. Si la finalidad es distinta – hurtar para destruir el bien o inutilizarlo – se podrá haber cometido otro tipo de delito. g. El iter criminis. El hurto se consuma cuando el sujeto tiene la posibilidad , por mínima que sea, de disponer de la cosa como dueño , sin necesidad de que se lucre efectivamente. La tentativa comienza con el contacto físico con la cosa. Si el sujeto activo es detenido inmediatamente después de la sustracción, o es perseguido ininterrumpidamente desde que se apodera de la cosa hasta su detención, se consideraría que el delito aún se encentra en fase de tentativa.
vi. Causación de una grave situación económica a la víctima o a su familia o abuso de las circunstancias personales de la víctima o de su situación de desamparo, o aprovechando la producción de un accidente o la existencia de un riesgo o peligro general para la comunidad que haya debilitado la defensa del ofendido o facilitado la comisión impune del delito. vii. Cuando al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título , siempre que sean de la misma naturaleza. viii. Cuando se utilice a menores de 16 años para la comisión del delito. ix. Cuando el culpable o culpables participen en los hechos como miembros de una organización o grupo criminal que se dedicare a la comisión de delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza. e. Hiperagravante- 235.2 C.P Mitad superior cuando concurrieran dos o más de las circunstancias.
a. Manuel y Juan quitan las alarmas de dos pantalones vaqueros valorados en 200 € del Corte Inglés, pero cuando van a salir los atrapa el guardia de seguridad que los había visto por las cámaras. b. Jorge se apropia de la bicicleta de su vecino Jacinto. Jacinto estaba en paro y utilizaba esa bicicleta para moverse por Madrid y solicitar ayudas en distintos centros, ya que no tiene ingresos para pagar el metro o el autobús. c. María se apropia de un tapiz que decoraba el pasillo de un hotel donde se hospeda. Tras 5 días es detenida porque ese tapiz era del siglo XVI, hecho que desconocía María. d. Una cuadrilla de 5 personas entra una noche de agosto en una plantación de tomates y se llevan todos los tomates de 1 hectárea, valorados en 3.000 €. e. Manuel ha alquilado el ordenador portátil de Jaime para 2 meses. Tras el primer mes, como Jaime tiene que utilizarlo, se lo quita a Manuel de su mesa sin decirle nada. f. Plácido , acudió el día 22 de Agosto de 2009, sobre las 03;30 horas aproximadamente, al domicilio sito en la CALLE000 n° xx de Madrid, en compañía de su amiga Adolfina , y con ánimo de obtener un beneficio ilícito, aprovechando la ausencia temporal de Adolfina, se apoderó del interior del dormitorio de los padre de las siguientes joyas: un colgante crucifijo en oro amarillo, dos anillos en oro amarillo, una pulsera de dedo con mariposa central, un cordón y colgante Cristo en oro, un escorpión, un sello cuadrado en oro cincelado con la grabación OJ, una pulsera esclava en oro con la inscripción " Romeo”.