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Teoría del Derecho: Dimensiones, Funciones y Derechos Humanos - Prof. Rodríguez Palop, Apuntes de Teoría del Derecho

Una introducción a la teoría del derecho, abordando sus dimensiones, funciones y el contexto de los derechos humanos. El texto discute el derecho como fenómeno social, norma, valor y hecho, y explora las diferentes teorías del derecho, como positivismo, iusnaturalismo y principios morales. Además, se analiza la relación entre derecho y moral, y la importancia de la legitimidad y la seguridad jurídica. Finalmente, se abordan los derechos humanos y sus generaciones.

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 05/10/2015

javigigante
javigigante 🇪🇸

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POSICIÓN
DERECHO
JUSTICIA
DERECHO/JUSTICIA
OBEDIENCIA AL DCHO
DERECHOS HUMANOS
POSITIVISMO
IDEOLÓGICO
Norma
Legalidad
Validez
Objetivista
=
Orden *4
DERECHO = JUSTICIA
Por razones morales,
jurídicas y estratégicas
D. FUNDAMENTALES
POSITIVISMO
METODOLÓGICO
Norma
Legalidad
Validez
Subjetivista
DERECHO / JUSTICIA
Por razones
estratégicas/miedo
D.CIVILES Y
D. SOCIALES *1
IUSNATURALISMO
ONTOLÓGICO
Valor
Legitimación
Justicia
Objetivista
=
Derechos Naturales
DERECHO = JUSTICIA
si
JUSTICIA = D.NATURAL
Siempre y cuando
DERECHO = DERECHO
NATURAL
D.NATURALES:
1)Concepción de la Nª
humana
2)Falacia naturalista
IUSNATURALISMO
DEONTOLÓGICO
Valor
Legitimación
Justicia
Intersubjetivismo
hipotético
DERECHO / JUSTICIA
DCHO debería ser
JUSTO
Obedece si D = J
Si D / J no obedece
PRINCIPIOS MORALES
1)Inviolabilidad
2)Autonomía
3)Dignidad
REALISMO
Hecho
Legitimación
Eficacia
Intersubjetivismo Real
=
Consenso *2
DERECHO = JUECES Y
SENTENCIAS
DERECHO = JUSTICIA *3
Por razones morales y
estratégicas
D. FUNDAMENTALES
Las SENTENCIAS deben
garantizarlos
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¡Descarga Teoría del Derecho: Dimensiones, Funciones y Derechos Humanos - Prof. Rodríguez Palop y más Apuntes en PDF de Teoría del Derecho solo en Docsity!

POSICIÓN DERECHO JUSTICIA DERECHO/JUSTICIA OBEDIENCIA AL DCHO DERECHOS HUMANOS

POSITIVISMO

IDEOLÓGICO

Norma Legalidad Validez

Objetivista

Orden *****^4

DERECHO = JUSTICIA

Por razones morales, jurídicas y estratégicas D. FUNDAMENTALES

POSITIVISMO

METODOLÓGICO

Norma Legalidad Validez

Subjetivista DERECHO / JUSTICIA Por razones estratégicas/miedo

D.CIVILES Y

D. SOCIALES *^1

IUSNATURALISMO

ONTOLÓGICO

Valor Legitimación Justicia

Objetivista

Derechos Naturales

DERECHO = JUSTICIA

si JUSTICIA = D.NATURAL

Siempre y cuando DERECHO = DERECHO NATURAL

D.NATURALES:

1)Concepción de la Nª humana 2)Falacia naturalista

IUSNATURALISMO DEONTOLÓGICO

Valor Legitimación Justicia

Intersubjetivismo hipotético

DERECHO / JUSTICIA

DCHO debería ser JUSTO

Obedece si D = J Si D / J no obedece

PRINCIPIOS MORALES

1)Inviolabilidad 2)Autonomía 3)Dignidad

REALISMO

Hecho Legitimación Eficacia

Intersubjetivismo Real

Consenso *****^2

DERECHO = JUECES Y

SENTENCIAS

DERECHO = JUSTICIA *^3

Por razones morales y estratégicas

D. FUNDAMENTALES

Las SENTENCIAS deben garantizarlos

*****^1 Recurso de inconstitucionalidad (artículos 15-30), Cuestión de inconstitucionalidad y Recurso de Amparo

*****^2 Justicia Utilitarista – Justicia Populista (posibilidad de manipulación)

*****^3 Justicia Real (Realismo) – Consenso: lo que la gente acuerda

*****^4 Seguridad jurídica: - Justicia formal

  • Claridad
  • Existencia de normas generales
  • Coherencia formal y material
  • Posibilidad de cumplimiento
  • Estabilidad
  • Vinculación del juez (cumplir y ejecutar)
  • Irretroactividad (retroactividad solo si beneficia al acusado)
  • Publicidad de la ley (publicación de las leyes)

El POSITIVISMO tiene dos corrientes:

  • El Positivismo Ideológico ( Moral Interna del Derecho)
  • El Positivismo Metodológico

IUSNATURALISMO.

Considera el DERECHO como VALOR que tiene que ser LEGÍTIMO y JUSTO.

El IUSNATURALISMO tiene dos corrientes:

  • El Iusnaturalismo Ontológico ( Moral crítica = DERECHOS NATURALES)
  • El Iusnaturalismo Deontológico ( Moral crítica = PRINCIPIOS MORALES *****^1 )

PRINCIPIOS MORALES POR LOS QUE EL IUSNATURALISTA DEONTOLÓGICO CONSIDERARÍA JUSTO Y LEGÍTIMO NO OBEDECER EL DERECHO:

AUTONOMÍA PRIVADA: no está de acuerdo con el PERFECCIONISMO ESTATAL ( el Estado interviene sea o no un afectado ).  PRINCIPIO DE DIGNIDAD : no se puede discriminar a alguien por sexo, raza… El Iusnaturalista Deontológico acepta el PATERNALISMO ESTATAL siempre y cuando sea por incompetencia básica: 1) Ignorancia cognitiva ( Ej: Fumar mata ). 2) Enajenación mental ( Ej: Medicar a alguien en contra de su voluntad ). 3) Debilidad de voluntad ( Ej: Obligar a ponerse el cinturón ).  INVIOLABILIDAD : no está de acuerdo con el Utilitarismo ( el bien de la mayoría prevalece sobre el de la minoría ).

REALISMO.

Considera el DERECHO como HECHO que tiene que tener un pretexto de LEGITIMACIÓN , grado en el que el derecho es apoyado/usado; se apoya en SENTENCIAS judiciales; debe ser EFICAZ , grado en el que se cumplen/incumplen las normas; y es totalmente inviable en un totalitarismo.

El Realista aplica la justicia de forma UTILITARISTA , por el que considera que el bien de la mayoría es más importante que el bien de una minoría.

Moral Social del derecho.

TEMA 2

FUNCIONES DEL DERECHO

Control Social: a través de la fuerza/represión. Es una fuerza Previsible, Organizada e Institucionalizada que pretende asegurar la Seguridad Jurídica. Considera que el control es legítimo y lo controla en régimen de monopolio. Considera que puede haber:

  • Fallos coyunturales: conductas desviadas (individuo). Soluciones.
  • Fallos estructurales: la dinámica social genera fallos (sociedad). Gestiones.

Considera que puede haber Desviaciones Secundarias en las que el Derecho habrá intervenido mal, generando problemas; y etiquetando, generando unas expectativas a ese individuo que lo llevarán a querer cumplirlas.

Cambio Social: podría ser de dos formas:

  • El derecho como un reflejo del cambio social. Abstencionista (Estado Liberal).
  • El derecho como motor del cambio social. Intervencionista (Estado Social).

Concepto de Función: el derecho como función Objetivista (relativo a la universalidad) y Subjetivista (relativo al orden social).

- FUNCIÓN POSITIVA / NEGATIVA

P: Satisfacer las necesidades sociales a raíz de una demanda (intervencionista)  N: Mantenimiento de estatus. El control social no responde a una represión excesiva ( Ej: control excesivo de la policía )

  • FUNCIÓN LATENTE / PATENTEL: Provocar cambios o controlar la sociedad no de forma implícita  P: Provocar cambios o controlar la sociedad de forma explícita
  • FUNCIÓN DIRECTA / INDIRECTAD: Usar la fuerza  I: Exhibir la fuerza para disuadir
  • FUNCIONES PRIMARIAS / SECUNDARIASP: Alentar o desalentar conductas de la sociedad  S: Generar adhesión al sistema o al derecho

TEMA 4 - DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS FUNDAMENTALES

DERECHOS HUMANOS.

Tránsito a la modernidad -> (XVII-XVIII) -> Derechos Naturales

Movimiento burgués Derecho Natural -> Contrato Social

Derecho Natural da paso a los Derechos Humanos:

  • Origen: el Estado.
  • Finalidad.
  • Mal menor: proviene de la naturaleza malvada del hombre. Como no nos ponemos de acuerdo en la defensa, cedemos la potestad de defendernos al Estado. Tiene un carácter estrictamente defensivo.
  • Origina el liberalismo y el abstencionismo.
  1. BILL OF RIGHTS (1689) - Sin libertad religiosa.

  2. DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO (1789) - Con libertad religiosa.

  3. DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS (1776) - Con libertad religiosa.

Primera generación de los Derechos Humanos

  1. Individualismo.
  2. Racionalismo estratégico (subjetivismo moral) – > Sujeto racional.
  3. Naturalismo -> Derecho Natural.
  • El titular es un individuo (abstracto) sin religión ni sexo…
  • El objeto de protección son los intereses privados.
  • El fundamento: principio de libertad (autonomía).

Todo esto dio origen al estado liberal.

DERECHOS FUNDAMENTALES.

Control de constitucionalidad difuso: eliminar el Tribunal Constitucional.  Control de constitucionalidad concentrado: modelo español.

  • En teoría: el juez al que se le ha presentado una cuestión de inconstitucionalidad debe fallar lo que el Tribunal Constitucional falle.
  • En la práctica: en casos de juicios corrientes se puede recurrir siempre hacia arriba, llegando al Tribunal Supremo. Con la posibilidad que de este se puede pasar al Tribunal Constitucional.

Proceso de generalización (S. XIX) -> Revoluciones rusas (Capitalismo industrial).

  • Sufragio censitario -> Sufragio universal masculino
  • Propiedad privada -> Derecho de 2º Orden
  • Derechos asociados al contrato de trabajo

Todos estos son considerados Derechos fundamentales de 2ª Generación, y esto dio origen al Estado social.

Proceso de especificación (1960 - …)

  • Derechos específicos -> Vulnerabilidad.
  • Acciones afirmativas -> Discriminación positiva.
  • Objeción de conciencia -> Individuo.

En el ámbito local – interestatal.

Proceso de internacionalización (1945 - …)

  • Declaración universal de los derechos humanos (1948).
  • Derechos económicos, sociales y culturales.

En el ámbito supraestatal.

Todos estos son derechos considerados de 3ª Generación.

  • Medioambiente
  • Paz
  • Autodesarrollo
  • Autodeterminación de los pueblos
  • Patrimonio común de la Humanidad

1ª GENERACIÓN 2ª GENERACIÓN 3ª GENERACIÓN

TITULARIDAD INDIVIDUAL INDIVIDUAL INDIVIDUAL

OBJETO DE

PROTECCIÓN

INDIVIDUAL INDIVIDUAL Y COLECTIVO INTERESES COLECTIVOS INTERESES DIFUSOS

EJERCICIO INDIVIDUAL INDIVIDUAL Y COLECTIVO COLECTIVO

HISTÓRICO

S XVII-XVIII BURGUESÍA ESTADO LIBERAL

S XIX PROLETARIADO ESTADO SOCIAL

S XX-XXI NUEVOS MOVIMIENTOS SOCIALES CRISIS DEL ESTADO