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terminos de referencia, Resúmenes de Tecnología Industrial

terminos de referencia para requerimientos

Tipo: Resúmenes

2025/2026

Subido el 20/04/2026

bruno-cesar-fontana-cabrera
bruno-cesar-fontana-cabrera 🇵🇪

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO – RURAL
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - BIENES
Unidad de
Organización
: GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO
URBANO Y RURAL
Meta
Presupuestaria
: 204 – 2026
Denominación de
la Contratación
: ADQUISICIÓN DE ADHESIVO EPOXICO Y PEGAMENTO
EPOXICO
1. FINALIDAD PÚBLICA
Con el presente requerimiento se busca atender las necesidades básicas para trabajos
y actividades que comprende la ejecución de diferentes partidas que permita el
cumplimiento metas previstas en el mantenimiento denominado:
MANTENIMIENTO
DEL CERCO PERIMETRICO DEL MARGEN IZQUIERDO DEL PATIO DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA, DISTRITO DE YARABAMBA,
PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA”.
2. ANTECEDENTES
Mediante Resolución Gerencial N°017-2025-GIDUR-MDY, de fecha de 04 de marzo
del 2025; se aprueba la Ficha Técnica denominada MANTENIMIENTO DEL
CERCO PERIMETRICO DEL MARGEN IZQUIERDO DEL PATIO DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA, DISTRITO DE YARABAMBA,
PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA” con un
presupuesto total de S/. 3’091,043.37 (Tres millones noventa y un mil cuarenta y
tres con 37/100 nuevos soles), con un plazo de ejecución de 240 días calendario,
bajo la modalidad de Administración Directa.
Mediante la RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 172- 2025 - GM/MDY
de fecha 31 de octubre del 2025 se aprobó la ampliación de plazo N° 01 por 120
días calendario, siendo la nueva fecha de culminación el 07 de marzo del 2026.
Mediante la RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 024 - 2026 - GM/MDY
de fecha 6 de marzo del 2026 se aprobó la ampliación de plazo N° 02 por 31 días
calendario, siendo la nueva fecha de culminación el 07 de abril del 2026.
2.1. BASE LEGAL
Según los lineamientos establecidos en la Directiva 001-2021-MDY “NORMAS Y
PROCEDIMIENTOS QUE REGULA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE BIENES, SERVICIOS,
CONSULTORÍAS Y OBRAS CUYOS MONTOS SEAN IGUALES O MENORES A OCHO (8)
UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) Y PROCEDIMIENTO ESPECIFICO DE PAGO DE
PROVEEDORES“ son de aplicación y de obligatorio cumplimiento de los órganos, unidades
orgánicas y oficinas de la entidad que en su calidad de metas presupuestarias intervienen
en la contratación de bienes y servicios , en el marco de sus funciones y competencias
bajo responsabilidad.
2.2. NORMATIVA APLICABLE
Constitución Política del Estado.
Ley N° 17972 Ley Orgánica de Municipalidades
Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General
Ley N° 32513 – Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2026.
Ley N° 32069 Ley General de Contrataciones Publicas.
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GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO – RURAL ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - BIENES Unidad de Organización

: GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO

URBANO Y RURAL

Meta Presupuestaria

Denominación de la Contratación

: ADQUISICIÓN DE ADHESIVO EPOXICO Y PEGAMENTO

EPOXICO

1. FINALIDAD PÚBLICA

Con el presente requerimiento se busca atender las necesidades básicas para trabajos y actividades que comprende la ejecución de diferentes partidas que permita el cumplimiento metas previstas en el mantenimiento denominado : “MANTENIMIENTO DEL CERCO PERIMETRICO DEL MARGEN IZQUIERDO DEL PATIO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA, DISTRITO DE YARABAMBA, PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA”.

2. ANTECEDENTES  Mediante Resolución Gerencial N°017-2025-GIDUR-MDY, de fecha de 04 de marzo del 2025; se aprueba la Ficha Técnica denominada “ MANTENIMIENTO DEL CERCO PERIMETRICO DEL MARGEN IZQUIERDO DEL PATIO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA, DISTRITO DE YARABAMBA, PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA” con un presupuesto total de S/. 3’091,043.37 (Tres millones noventa y un mil cuarenta y tres con 37/100 nuevos soles), con un plazo de ejecución de 240 días calendario, bajo la modalidad de Administración Directa.  Mediante la RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 172- 2025 - GM/MDY de fecha 31 de octubre del 2025 se aprobó la ampliación de plazo N° 01 por 120 días calendario, siendo la nueva fecha de culminación el 07 de marzo del 2026.  Mediante la RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 024 - 2026 - GM/MDY de fecha 6 de marzo del 2026 se aprobó la ampliación de plazo N° 02 por 31 días calendario, siendo la nueva fecha de culminación el 07 de abril del 2026.

2.1. BASE LEGAL

Según los lineamientos establecidos en la Directiva N° 001-2021-MDY “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE REGULA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE BIENES, SERVICIOS, CONSULTORÍAS Y OBRAS CUYOS MONTOS SEAN IGUALES O MENORES A OCHO (8) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) Y PROCEDIMIENTO ESPECIFICO DE PAGO DE PROVEEDORES“ son de aplicación y de obligatorio cumplimiento de los órganos, unidades orgánicas y oficinas de la entidad que en su calidad de metas presupuestarias intervienen en la contratación de bienes y servicios , en el marco de sus funciones y competencias bajo responsabilidad. 2.2. NORMATIVA APLICABLE  Constitución Política del Estado.  Ley N° 17972 Ley Orgánica de Municipalidades  Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto  Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General  Ley N° 32513 – Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2026.  Ley N° 32069 Ley General de Contrataciones Publicas.

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO – RURAL

3. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN 3.1 OBJETIVO GENERAL Adquisición del bien: adhesivo epoxico para anclajes y pegamento epoxico para la conformación y compactación del terreno en el **MANTENIMIENTO DEL CERCO PERIMETRICO DEL MARGEN IZQUIERDO DEL PATIO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA, DISTRITO DE YARABAMBA, PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA”.

  1. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES 4.1. DESCRIPCION DEL BIEN** ITE M

DESCRIPCIÓN UNIDAD

CANTID

AD

IMAGEN

REFERENCIA

L

ADHESIVO EPOXICO PARA

ANCLAJES X 600 ML

Descripción: -Adhesivo Epoxico de 2 componentes para Anclajes, de alto desempeño.

  • Uso en concreto fisurado y no fisurado.
  • Fragua en condiciones secas, húmedas e inundadas.
  • Cura sin exhibir presiones de expansión.
  • Cartucho x 600 mL
  • Color: Bronces

UNIDAD 12

PEGAMENTO EPOXICO X 5

KG

Descripción:

  • Adhesivo estructural de concreto fresco con concreto endurecido.
  • Color: Liquido denso color gris (Mezcla A+B)
  • Densidad: 1,6 kg/litro
  • Empaque: Juego de 5 kg
  • Uso: En anclajes de pernos en concreto o roca, donde se requiere una puesta en servicio rápida (24 horas.

UNIDAD 2

4.2. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

Precios Unitarios

5. GARANTÍA COMERCIAL - El transporte y la integridad física del bien hasta su recepción es de

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO – RURAL UNICO PAGO luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 144 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2025-EF. Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la ENTIDAD debe contar con la siguiente documentación:

- Documento de recepción y verificación del almacén central (PECOSA)

- Documento en el que conste la conformidad de la prestación efectuada suscrita por

el servidor responsable (Informe de Conformidad del responsable Técnico y visto bueno del supervisor.

- Comprobante de pago.

En caso de retraso en el pago por parte de la entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tiene derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.

10. PENALIDADES 10.1 PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la municipalidad le aplique automáticamente una penalidad por mora por cada día de retraso, la penalidad se aplicará automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente formula.

Penalidad Diaria :

0.10 x monto

Fx Plazo en Dias

Donde F tiene los siguientes valores: Para bienes y servicios: F=0. Para obras: a) Para plazos menos o iguales a sesenta días F= 0. b) Para plazos entre setenta y uno a cinto veinte días: F=0. c) Para plazos mayor a ciento veinte días: F= 0. Para consultorías de obras: a) Para plazos menores o iguales a sesenta días: F=0. b) Para plazos mayores a sesenta días: F= 0. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al monto vigente del contrato, componente o ítem que debió ejecutarse o, en caso de que estos involucren entregables cuantificables en monto y plazo, al monto y plazo del entregable que fuera materia de retraso. En el caso de sistemas de entrega de obra y consultoría de obra que contenga más de un componente el monto y plazo corresponde al componente que se ejecuta. En caso no sea posible cuantificar el monto de la prestación materia de retraso, la entidad contratante establece en las bases la penalidad a aplicar. El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobada. Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando el contratista acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En este último caso, la calificación del retraso como justificado por parte de la entidad contratante no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún tipo.

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO – RURAL

11. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 68.1 del artículo 68 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. De encontrarse en alguno de los supuestos de resolución del contrato, LAS PARTES procederán de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF 12. CLÁUSULA GARANTÍAS No aplica. 13. CLÁUSULA GESTIÓN DE RIESGOS Las partes realizan la gestión de riesgos de acuerdo con lo establecido en el presente documento, a fin de tomar decisiones informadas, aprovechando el impacto de riesgos positivos y disminuyendo la probabilidad de los riesgos negativos y su impacto durante la ejecución contractual, considerando la finalidad pública de la contratación. 14. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO A la suscripción de este contrato, EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber ofrecido, negociado, prometido o efectuado ningún pago o entrega de cualquier beneficio o incentivo ilegal, de manera directa o indirecta, a los evaluadores del proceso de contratación o cualquier servidor de la ENTIDAD. Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a mantener una conducta proba e íntegra durante la vigencia del contrato, y después de culminado el mismo en caso existan controversias pendientes de resolver, lo que supone actuar con probidad, sin cometer actos ilícitos, directa o indirectamente. Aunado a ello, EL CONTRATISTA se obliga a abstenerse de ofrecer, negociar, prometer o dar regalos, cortesías, invitaciones, donativos o cualquier beneficio o incentivo ilegal, directa o indirectamente, a funcionarios públicos, servidores públicos, locadores de servicios o proveedores de servicios del área usuaria, de la dependencia encargada de la contratación, actores del proceso de contratación y/o cualquier servidor de la ENTIDAD, con la finalidad de obtener alguna ventaja indebida o beneficio ilícito. En esa línea, se obliga a adoptar las medidas técnicas, organizativas y/o de personal necesarias para asegurar que no se practiquen los actos previamente señalados. Adicionalmente, EL CONTRATISTA se compromete a denunciar oportunamente ante las autoridades competentes los actos de corrupción o de inconducta funcional de los cuales tuviera conocimiento durante la ejecución del contrato con la ENTIDAD. Tratándose de una persona jurídica, lo anterior se extiende a sus accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o cualquier persona vinculada a la persona jurídica que representa; comprometiéndose a informarles sobre los alcances de las obligaciones asumidas en virtud del presente contrato. Finalmente, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta cláusula, durante la ejecución contractual, otorga a la entidad el derecho de resolver total o parcialmente el contrato. Cuando lo anterior se produzca por parte de un proveedor adjudicatario de los catálogos electrónicos de acuerdo marco, el incumplimiento de la presente cláusula conllevará que sea excluido de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo