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Constitución 1876 para el trabajo sobre hacer un resumen de una constitución del siglo XIX
Tipo: Apuntes
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La Constitución española de 1876 fue creada por Antonio Cánovas del Castillo, quien lideraba el partido conservador durante el reinado de Alfonso XII. Tiene 89 artículos y está dividida en 13 títulos. Las Cortes eran bicamerales, por tanto había Congreso y Senado.
La Restauración Borbónica comenzó en 1874 cuando el General Martínez Campos proclamó rey a Alfonso XII, hijo de Isabel II. Este fue un momento de gran estabilidad política en España. El nuevo monarca, que apoyaba la monarquía constitucional, designó a Antonio Cánovas del Castillo como presidente del gobierno, quien había sido clave en el regreso de los Borbones. Cánovas finalizó la guerra de Cuba y también concluyó la guerra carlista, estableciendo un nuevo sistema político que incluía a todos los partidos que aceptaban tanto la monarquía como un régimen constitucional. Ahora hablemos de las bases de la restauración, la cual se sustentó en dos fundamentos: una constitución renovada y la alternancia en el poder de los dos principales partidos. La Constitución de 1876 buscó ser conciliadora para contentar a los progresistas y demócratas, incorporando una extensa lista de derechos y libertades. Al mismo tiempo, para satisfacer a los moderados, declaró la confesionalidad del Estado y la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes.
El control del poder estaba en manos de solo dos partidos: el Partido Conservador y el Partido Liberal, ambos de acuerdo con la monarquía constitucional y que se alternaban en el gobierno de manera pacífica, un proceso conocido como turnismo. Los conservadores, encabezados por Cánovas, se presentaban como defensores de la Iglesia y del orden social, mientras que los liberales, bajo el liderazgo de Sagasta, abogaban por reformas relevantes. Durante uno de sus mandatos, se aprobó el sufragio universal masculino. El monopolio gubernamental de conservadores y liberales se mantenía debido a la corrupción electoral. El rey decidía primero qué partido asumiría el gobierno, y luego se llevaban a cabo elecciones amañadas para asegurar que triunfara el partido elegido. En las áreas rurales, individuos influyentes, conocidos como caciques, coaccionaban a la población mediante amenazas o violencia para que votaran por el partido que convenía para formar el gobierno. Esta práctica se denomina caciquismo. En las ciudades, donde los caciques tenían menos poder, se alteraban los resultados electorales si no se ajustaban a lo esperado, lo que se conocía como pucherazo. De esta forma, se generaban resultados electorales que otorgaban alternativamente la victoria a conservadores y liberales. Este sistema proporcionó estabilidad a la política española, sin embargo, el turno de partidos excluía del poder a dos grupos cada vez más representativos: los socialistas, liderados por Pablo Iglesias, y también a los nacionalistas de Cataluña, el País Vasco y Galicia, los cuales estaban en contra del Estado centralizado.
asociarse para los fines de la vida humana. - De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las Cortes y a las autoridades.
En el Artículo 18 “La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey”, podemos observar que la soberanía era compartida entre el Rey y las Cortes, a diferencia de la Constitución de 1869 la cual proclamaba la soberanía nacional. La Constitución de 1876 restablece la figura del Rey como parte esencial del poder legislativo, dándole el derecho de veto y la capacidad de nombrar una parte del Senado. Esto garantizaba el control de la Corona sobre la acción del gobierno.
El artículo 19 “Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.” establece que España tiene un sistema bicameral. Este artículo afirma que el Senado y el Congreso son iguales en facultades (pone expresamente “Colegisladores”). Actualmente la
Cámara Baja tiene preeminencia sobre la Cámara Alta, pero en esta Constitución no fue así, el Senado tenía el mismo poder para aprobar o vetar leyes que el Congreso. Esto se debe a que así el Senado (controlado por la aristocracia y la designación real) y el Congreso (elegido, aunque fuera con sufragio censitario) podían garantizar que ninguna ley progresista pudiera pasar sin la aprobación de las élites conservadoras que dominaban el Senado.
El Artículo 32 “Las Cortes se reúnen todos los años. Corresponde al Rey convocarlas, suspender, cerrar sus sesiones y disolver simultánea o separadamente la parte electiva del Senado y el Congreso de los Diputados, con la obligación, en este caso, de convocar y reunir el Cuerpo o Cuerpos disueltos dentro de tres meses. “ es especial y muy relevante ya que establecía la prerrogativa de disolución de las Cortes como la herramienta constitucional para el cambio de gobierno, una fórmula que se convirtió en la base legal del fraude electoral sistémico. Este artículo confirma que la iniciativa y control del ciclo parlamentario residen en la Corona. El Rey no solo convoca y suspende las Cortes, sino que puede disolverlas. Esto refleja el principio de soberanía compartida y el poder preeminente del Monarca sobre el poder legislativo. El poder de disolución fue esencial para el Pacto del Pardo (1885) entre Cánovas y Sagasta. Cuando un partido perdía el turno, el Rey disolvía el Parlamento, encargando la formación de un nuevo gobierno al partido opositor. El nuevo gobierno, ya en el poder, utilizaba su control sobre la administración y el caciquismo local para amañar las elecciones y asegurarse una mayoría
unidad de códigos no fue una innovación, pero este artículo refleja la centralización jurídica y la supresión de los fueros tradicionales de las provincias vascas tras la Tercera Guerra Carlista, reforzando la visión de un Estado unitario. El artículo enfatiza el principio de igualdad ante la ley para todos los ciudadanos de la Monarquía y establece una estructura legal centralista clave para el desarrollo del Estado liberal del momento.
Para concluir, esta Constitución está redactada de forma que consigue esconder el Turnismo de la época para asegurar que pueda existir el mayor tiempo posible, aún así se terminó con la dictadura de Primo de Rivera en 1923.
https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1876.pdf https://burjcdigital.urjc.es/server/api/core/bitstreams/609ccf16-dc33-0c 23-e053-6f19a8c0ba23/content https://www.youtube.com/watch?v=0xJqMWvcBlM https://www.youtube.com/watch?v=izaZyEn2jLo https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1869.pdf https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1812.pdf https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1931.pdf https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1978.pdf https://senadocultural.senado.es/conocenos/historia-del-senado#:~:text =1837%2C%201845%2C%201876,del%20General%20Primo%20de% Rivera.