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Violencia de Género, Apuntes de Criminología

Asignatura: Criminologia, Profesor: , Carrera: Criminologia i Seguretat, Universidad: UJI

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 20/10/2015

annaarnaw
annaarnaw 🇪🇸

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La violencia
de género
Estudio jurídico y psicológico en
relación con la víctima de la
violencia de género.
Anna Arnau Gombau
1º Criminología y Seguridad 13/14
Universidad Jaume I
La violencia de género.
Estudio jurídico y psicológico en relación con la víctima.
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La violencia

de género

Estudio jurídico y psicológico en

relación con la víctima de la

violencia de género.

Anna Arnau Gombau

1º Criminología y Seguridad 13/

Universidad Jaume I

Estudio jurídico y psicológico en relación con la víctima.

“La verdadera libertad consiste en el

dominio absoluto de uno mismo.”

Miguel de Cervantes

Índice

  • Motivación para la realización del trabajo............................................. 3
1. Introducción...............................................................................................
2. Violencia de género................................................................................ 5-

2.1. Concepto............................................................................................................. 5 2.2. Modelos explicativos.......................................................................................... 6 2.3. Situación en España.........................................................................................6- 2.4. La víctima de la violencia de género.................................................................. 7

Estudio jurídico y psicológico en relación con la víctima.

Motivación para la realización del trabajo

Ante los temas propuestos en la asignatura de Criminología del primer curso del grado en Criminología y Seguridad, mi elección ha sido tratar la violencia de género, en especial los protocolos de actuación de las FFCC de Seguridad del Estado y la asistencia a la víctima como parte jurídica y las secuelas, el tratamiento y la percepción social como parte psicológica.

Como estudiante de Criminología y sobretodo como mujer, expongo mi gran interés por el tema a tratar, ya que no es de extrañar en la sociedad actual, oír frecuentemente en los medios de comunicación casos de violencia de género que por desgracia, tienen un triste final. Pero, ¿somos conscientes realmente hasta dónde puede llegar este fenómeno? Sin darnos cuenta, vivimos rodeados de violencia y ésta no es palpable muchas veces, es decir, en ocasiones no se manifiestan los casos por diversas razones. Sin embargo, hay un gran número de mujeres que viven atormentadas al estar sufriendo una situación de éste tipo.

La violencia de género por tanto, esconde una gran cifra negra y aunque es un tema relevante en la actualidad y a pesar de las medidas para evitarla, la problemática va en aumento. Ya no solo como mujer, si no como persona, tengo interés en estudiar el tema y acercarme más a un tema del que, en general, creemos saber mucho, pero en realidad, es bastante más complejo de lo que parece.

Finalmente, creo que es necesario acercarnos a la situación de la víctima y seguir luchando para que la violencia de género disminuya y en los casos en que se produzca, tener un control total de la situación para que se pueda volver a la normalidad de la mejor forma posible.

1. Introducción

Estudio jurídico y psicológico en relación con la víctima.

La violencia de género es un fenómeno social tan ligado históricamente en nuestras sociedades que, en la actualidad, resulta difícil de identificar. Gracias a los movimientos feministas y otros agentes sociales como los medios de comunicación u otras asociaciones, nos damos cuenta la violencia pasa a ser un problema grave sufrido por un colectivo de personas.

En las últimas décadas, se ha producido una identificación más profunda del problema, de manera que la ONU reconocía el 1993 los derechos de las mujeres como derechos humanos, acusando su violación. Dos años después en la Conferencia de Pequín, se consagraba la violencia de género como un problema social. Los años posteriores se ha tratado de definir que la violencia contra las mujeres es un atentado contra sus derechos humanos y se ha dado hincapié en el asunto por tal de poder medir su alcance.

En los casos de violencia de género, las mujeres sufren diferentes ataques durante periodos largos de tiempo pero que pueden ser invisibles para nosotros, de tal forma que es difícil detectarlos y por tanto evitarlos. Para ser capaces de reaccionar frente a ellos, primero deberíamos conseguir identificarlos. En el concepto se incluyen todas las formas de maltrato psicológico, explotación sexual, agresión física y abuso personal a las que están sometidas algunas mujeres. Culturalmente, se piensa que la violencia es una construcción social y no una acción irracional.

El sistema democrático actual ha permitido que se empiece a definir y medir la violencia, algo novedoso ya que unos años atrás, ésta no se consideraba delito. Para conseguirlo, se ha creado y mejorado la legislación penal y se han impuesto sanciones para los agresores y protección para las víctimas, que en conjunto, ayudan a las víctimas a denunciar su situación frente a la justicia. El problema que se presenta viene dado porque la legislación aun es reciente y en muchos casos la violencia no se llega a conocer por motivos diversos.

En el marco europeo se está luchando contra la violencia de género mediante la educación, la idea de convivencia pacífica, la resolución de conflictos, la formación y la sensibilidad de los profesionales y la efectiva organización de los servicios con el fin de prevenir o tratar la violencia.

2. Violencia de género

2.1. (^) Concepto

Estudio jurídico y psicológico en relación con la víctima.

Hay muchos los modelos teóricos que han intentado explicar el origen y/o el mantenimiento de la violencia, entre ellos: el modelo del aprendizaje social, el modelo de estrés, la teoría de la indefensión aprendida, del ciclo de la violencia, la trampa psicológica, la unión traumática, modelo del análisis de costes y beneficios, o la persuasión coercitiva.

Vamos a centrarnos en éste último, el cual permite comprender la prolongación de la mujer en una relación de violencia de género. Este modelo explica la búsqueda de control por parte del maltratador, que mediante el aislamiento y el control modula el proceso de persuasión. Utiliza técnicas como el arrepentimiento para mantener el fin que quiere. Esta persuasión actúa sobre las víctimas a distintos niveles, social, emocional y cognitivo. Se puede relacionar que las emociones surgidas en las descalificaciones por razón de género producen un miedo que paraliza a las víctimas y también vergüenza social que ocultaría la situación.

2.3. Situación en España El año 2013 se produjeron 54 muertes de las cuales 11 habían denunciado. Una de ellas había retirado la denuncia, nueve habían solicitado protección y ocho las obtuvieron, aunque solo cuatro de ellas la tenían en vigor. Se observa que los quebrantamientos de las medidas son sin el consentimiento de la víctima.

En cuanto a las características de las víctimas, 38 eran españolas de procedencia. La mayoría de mujeres tenían entre 21 y 50 años. El número de mujeres asesinadas por su pareja es mayor que las asesinadas por la expareja.

Respecto al ámbito geográfico, Andalucía, Madrid y la Comunidad Valenciana recogen el mayor número de muertes.

Los agresores son principalmente españoles, de entre 21 y 50 años mayormente, y que en 12 casos ha habido tentativa de suicidio y en nueve casos se ha consumado. Un total de 42 niños quedaron huérfanos en 2013 por la violencia de género.

A finales de mayo de 2014, el número de fallecidas asciende a 25 y ocho de ellas habían denunciado. La mayoría de ellas convivía con el agresor y eran pareja. Este año, sin embargo, el mayor número de muertes han tenido lugar en Cataluña.

Casi la mitad de los agresores han tenido tentativas de suicidio y éste se ha consumado. Como consecuencia, un total de 14 hijos han quedado huérfanos.

*Datos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Gobierno de España.

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2.4. La víctima de la violencia de género Usualmente, la mujer maltratada no tiene un perfil de persona susceptible a recibir maltrato. Es indiferente su estrato social, nivel económico, inteligencia o cultura, de manera que lo que se ve atacado son sus emociones.

A veces la mujer se convierte en víctima sin ser consciente de ello, ya que las situaciones violentas comienzan sutilmente y van agravándose progresivamente. En las primeras ocasiones, la mujer tiende a creer que la situación es puntual y pasajera y que el agresor cambiará, aunque en la mayoría de casos no es así. Al final, la violencia pude llegar a crecer tanto que desemboca en un terrible maltrato físico y psicológico.

El perfil de la mujer víctima de violencia se caracteriza por autoestima baja, falta de cariño y afecto y poco valorada por el entorno, de manera que los primeros signos de maltrato pueden asimilarlos como normales. Normalmente son dependientes de sus parejas, además de tener un falso concepto de las relaciones, cubriendo antes las necesidades de su pareja que las suyas propias. Las mujeres tienden a ser temerosas y se pueden observar síntomas de ansiedad y depresión, incomunicación, aislamiento, vergüenza y culpabilizarían.

Es difícil distinguir qué características son previas a la violencia y cuales son la consecuencia.

2. Protocolos de actuación de las FFCC de seguridad del estado frente a
las víctimas de violencia de género

2.5. LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género****. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre enfoca la violencia de género de forma integral y multidisciplinar, empezando por el proceso de socialización y educación dentro del marco de prevención a la violencia, con el fin de alcanzar la igualdad y el respeto a la dignidad humanas y la libertad de las personas. En la ley se manifiestan una serie de medidas

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condiciones en las que la libertad e igualdad de los individuos y de los grupos en los que se integran sean reales y efectivas y para remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.”

Su trabajo más reciente recae en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género , y LO 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

2.9. Derechos de las víctimas y tutela institucional Mediante la ley se pretende ayudar a mujeres que tienes dificultades para dejar atrás al agresor y someterse a tratamientos psicológicos o incluso cambiar su lugar de residencia. Por esa razón, la ley establece unos derechos en diversos ámbitos.

  • Derecho a la información, el cual se garantiza a través de los servicios sociales. En su contenido está la información de las medidas, los derechos y ayudas y los lugares de atención, emergencia, apoyo y recuperación.
  • (^) Derecho a la asistencia social integral, que comprende apoyo social, atención psicológica, apoyo educativo en la unidad familiar, reinserción laboral…
  • Derechos laborales y prestaciones de la seguridad social. Si trabaja por cuenta ajena, tiene derecho a la reducción de su jornada, a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo y a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo. Si trabaja por cuenta propia, pueden cesar su actividad para hacer más efectiva su protección y se les suspenderá la obligación de cotizar durante periodo de seis meses.
  • Derechos de las fundaciones públicas, de forma que las funcionaria tienen derecho a la reducción de su jornada o reordenación de su tiempo, movilidad geográfica y a la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica.
  • Derechos económicos. Éstos se concentran en ayudas sociales en los términos que disponga la ley y en un acceso a vivienda y residencia públicas y protegidas para mayores. El Real Decreto Ley 3/2013 de 22 de febrero, modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita, convalidado por el Congreso de los Diputados el 14 de marzo, se procede a la

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modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita. Consta de la siguiente forma: “Se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita con independencia de la existencia de recursos para litigar, a las víctimas de violencia de género.” En cuanto a la tutela institucional, se crean organismos que colaboran entre sí para la prevención de la violencia de género, tales como la Delegación Especial del Gobierno contra la violencia sobre la mujer, el Observatorio estatal de Violencia sobre la Mujer, las Unidades especializadas de Violencia de Género y los Planes de Colaboración con Administraciones sanitarias, FFCC del Estado, servicios sociales y otros organismos de igualdad. 2.10. Juzgados de violencia sobre la mujer Los juzgados de violencia contra la mujer tramiten todas las denuncias interpuestas por mujeres víctimas con el fin de responder más rápida y eficazmente a la violencia.

Hay una necesidad de coordinación entre las órdenes civiles y penal en cuanto a violencia de género, ya que la eficacia de las medidas depende en gran parte de eso.

Cuando se inicia un proceso penal declarativo, la primera fase es la de instrucción, que tiene por objeto la averiguación de todos los indicios del delito y su presunto autor, así como el aseguramiento de las personas y bienes relacionados con el delito. La primera atribución que tendrán los Juzgados de Violencia de Género en materia penal será la tramitación de la fase de instrucción, en la que se intentará determinar cómo y en qué circunstancias se cometió y quien cometió el delito, y a partir de aquí, establecer las oportunas medidas cautelares.

La competencia de los juzgados abarca el homicidio, el asesinato, la inducción al suicidio, el aborto, las lesiones y malos tratos, lesiones al feto, delitos contra libertad, integridad moral, allanamiento de morada, robo con violencia e intimidación, extorsión, robo de vehículo, usurpación, delitos contra los derechos y deberes familiares, quebrantamiento de los deberes de la custodia, inducción a menores al abandono del domicilio, sustracción de menores y el abandono de familia.

El enjuiciamiento de los delitos dependerá de la materia que se enjuicie y de la pena que lleve aparejada el delito, por ejemplo, le corresponderá al Tribunal del Jurado enjuiciar delito de homicidio y asesinato y allanamiento de morada. Le corresponderá al Juzgado de lo Penal los delitos que tengan atribuida una pena privativa de libertad menor de cinco años o pena de

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proceso. Pueden ser medidas cautelares penales (orden de alejamiento, libertad provisional, prisión provisional o suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas), y medidas cautelares civiles (atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, determinación del régimen de custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos, determinación del régimen de prestación de alimentos o cualquier otra con el fin de proteger el menor de un peligro). Algunas herramientas para el control de la violencia de género se basan en la aplicación GPS, es decir, a partir de medidas telemáticas, como por ejemplo, pulseras o alarmas que detectan la proximidad del agresor y permiten a los cuerpos de seguridad una protección más efectiva hacia las víctimas.

PARTE II: Aspectos Psicológicos de la Violencia de Género

La violencia de género no es un tema que deba pasar desapercibido, sobre todo a nivel de la víctima, la cual ve vulnerados sus derechos y libertades fundamentales.

Como ya hemos constatado anteriormente en la primera parte de referencias jurídicas a la violencia de género, la Constitución manifiesta en su artículo 15: “Todas las personas tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes.” En los casos de violencia de género esto se ve claramente vulnerado, ya que la mujer, a causa de esta subordinación intolerable, no disfruta plenamente de los derechos que tiene por el hecho de ser persona. Sin embargo, esto va más allá. Dejando a un lado los derechos de la víctima, vamos a ver como una situación de violencia de género tiene un efecto psicológico sobre ella. En la siguiente parte, se van a describir aspectos psicológicos tales como las secuelas en la mujer víctima de

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la violencia de género, los tratamientos que tienen la finalidad de ayudar a superar la situación y finalmente, la percepción social de la violencia de género.

5. Secuelas en la mujer víctima de violencia de género

Una mujer que sufre o ha sufrido violencia de género ve afectada su calidad de vida, ya que su salud física y psíquica se ve atacada a causa de los episodios de violencia. Estas secuelas o consecuencias no solamente se producen durante el periodo de maltrato, si no que pueden prolongarse cuando éste ya ha desaparecido, siendo el impacto mayor o menor en su salud según la severidad de los sucesos.

Aunque con el término “violencia” tendamos a relacionar conceptos agresivos que se producen físicamente, mayormente lesiones, éstas no son la consecuencia más común de violencia de género, ya que en muchos casos, tienen lugar otro tipo de trastornos que por no ser directos, pueden pasar desapercibidos, por ejemplo trastornos funcionales, síndromes o disfunciones. En un número menor de casos pero sí muy importante y significativo, la consecuencia es fatal, ya que acaba con la muerte de las víctimas.

En la siguiente tabla se observan resumidamente las posibles consecuencias que la violencia de género puede tener en la salud de la víctima, tanto física como psíquica.

Posibles consecuencias de la violencia de género en la salud

Físicas Hematomas y contusiones, fracturas, fibromialgia, síndrome de dolor crónico, colon irritable, trastornos gastrointestinales, daño ocular, disfunciones físicas, laceraciones y abrasiones.

Sexuales y reproductivas

Trastornos ginecológicos, infertilidad, inflamación de la pelvis, disfunción sexual, aborto inseguro, enfermedades de transmisión sexual y embarazo no deseado. Psicológicas Drogodependencia, alcoholismo, depresión, ansiedad, trastornos alimenticios, insomnio, sentimientos de culpa, trastornos del pánico, fobias, trastorno de estrés postraumático, trastornos psicosomáticos, tabaquismo, conducta suicida y conducta insegura.

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Este síndrome podría explicar en gran parte por que una víctima de violencia de género permanece junto a su agresor. En éste caso se desarrolla un vínculo afectivo más fuerte con el agresor, llegando al punto de asumir las culpas tras episodios violentos, de retirar denuncias una vez impuestas o declarar a favor de los agresores. Esto se produce tras una serie de modificaciones cognitivas que normalmente tienen lugar en los casos en los que la violencia de género se produce en el ámbito familiar.

5.2. Depresión

La depresión es el principal diagnóstico médico para las víctimas de violencia de género. Aunque la depresión puede ser anterior a los episodios de violencia, es normal que se intensifique tras ellos a causa del cese de esperanza, la pérdida del control sobre los acontecimientos, la imposibilidad de evitar situaciones negativas o el hecho de verse a sí misma como una perdedora. Con la depresión, se produce un trastorno del estado de ánimo, transitorio o permanente, caracterizado por sentimientos de infelicidad, abatimiento, y culpabilidad, además de hacer más posible la ansiedad. 5.3. Trastornos de ansiedad

Los estudios han determinado que las mujeres víctimas de violencia de género son más propensas a desarrollar trastornos de ansiedad. Gleason (1993), explica que la ansiedad y las percepciones negativas de una misma en mujeres víctimas de maltrato explica la agorafobia y además, explica que el trastorno obsesivo compulsivo es un intento de dominar la situación en la que se la está abusando por medio de pensamientos obsesivos frente a su agresor, así como un intento por bloquear recuerdos de la situación traumática. Los miedos que la mujer experimenta en las situaciones de violencia pueden provocar la asociación de estímulos de esa situación a otras, causándole fobias.

5.4. Trastorno de estrés postraumático (TEP)

El trastorno por estrés postraumático o TEPT es un trastorno psicológico clasificado dentro del grupo de los trastornos de ansiedad. Se caracteriza por la aparición de síntomas específicos tras la exposición a un acontecimiento estresante, extremadamente traumático, que involucra un daño físico o es de naturaleza extraordinariamente amenazadora o terrible para la persona. En la violencia de género es el diagnóstico más apropiado para describir

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secuelas de víctimas. El desarrollo del síndrome depende de factores como la frecuencia, la severidad, tensión experimentada y la duración de los sucesos.

5.5. Otros problemas psicopatológicos

  • Abuso o dependencia de sustancias: En este caso, existe abuso del alcohol y de otras drogas, ya que los estudios demuestran que las mujeres que son víctimas de violencia de género tienen una disposición ligeramente mayor.
  • Baja autoestima: es escasa, inferior a la media de población, independientemente de si la violencia era física o psíquica. Estudios realizados por Lynch & Graham- Bermann concluyen que difícilmente llegan a establecer una imagen positiva de sí mismas. Aunque no dan una sola explicación, podría ser que las víctimas se hayan acostumbrado a culparse y a desconfiar incluso de ellas mismas. El hecho de sentirse criticadas y descalificadas en diversos ámbitos de la vida las aísla y tiene consecuencias en las relaciones sociales que establecen.
  • Cogniciones postraumáticas: Se cambia la forma de ver las cosas y se alteran las propias percepciones. Hay autoculpa, aumento de tolerancia frente a la violencia, visión de vulnerabilidad, desconfianza…
  • Déficit en solución de problemas: se ha observado que las mujeres que han sido víctimas de violencia tienen más dificultad a la hora de buscar alternativas de solución o al menos, menos efectivas que las mujeres no víctimas. El estilo de afrontamiento de los problemas utilizado tiende a ser la evasión o la acomodación.
  • Inadaptación: dificultad de adaptarse a la vida cotidiana y por consiguiente, bajo rendimiento laboral, inadaptación social, alteración de relaciones familiares…
  • Suicidio o ideación suicida: esta consecuencia se explica en las víctimas que en casos extremos, ven el fin de su vida como la solución a su sufrimiento. En muchas ocasiones viene precedido de un fuerte aislamiento social.
6. Programas de intervención y tratamiento

Los tratamientos para las víctimas de la violencia de género no siguen un patrón, si no que hay una gran variedad y los expertos han desarrollado muchos modelos de intervención para respaldar a las víctimas y ayudarlas en su recuperación sobretodo psíquica pero

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  • Dada la importancia y popularidad del Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT), hay terapias concretas como por ejemplo, la “Exposición In Vivo” que tiene como objetivo promover el acercamiento progresivo al estímulo traumático y por tanto evitado para que se lleve a cabo la habituación y posterior reducción de síntomas de ansiedad. otro ejemplo es la “ Exposición En Imaginación”, que viene a ser lo mismo pero mediante imaginación. Es necesario en ambos casos haber entrenado técnicas de control de la ansiedad. El acercamiento a cada uno de los estímulos debe ser progresivo y controlado.
7. Percepción social de la víctima de Violencia de Género

La percepción social de la Violencia de Género es muy variada, aunque tienden a aparecer falsos mitos que se alejan de la realidad de este problema. Vamos a ver, a partir de las siguientes afirmaciones sobre la percepción de la violencia, como la sociedad tiene una visión errónea del problema. De este modo, producen afirmaciones falsas y tan equivocadas como las siguientes:

  • Es un problema que se da en casos aislados. Sin embargo, las cifras de las que disponemos (denuncias, sentencias, estadísticas) demuestran que es un problema social alarmante y general.
  • Solo se da en el ámbito familiar. Esto es falso, ya que la violencia es un problema público, que se da siempre que una mujer se ve agredida de cualquier modo.
  • Es propio de clases sociales bajas. El nivel socioeconómico, la etnia o el perfil de mujer es indiferente. La violencia se da en todas las capas de la sociedad.
  • Es propio de mujeres adultas. El número de denuncias lo desmiente, ya que cada vez mujeres más jóvenes se ven afectadas.
  • Si una mujer es maltratada en casa, también lo será fuera de ella. En realidad las relaciones fuera del hogar son normales y no violentas, no

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podemos sospechar, pero sin embargo, en el hogar se sienten poderosos y tienen lugar conductas intolerables.

  • Los maltratadores tienen problemas con las drogas. Aunque a veces lo utilizan para evitar responsabilidades, no siempre es así.
  • No será tan grave si la mujer no denuncia. La situación de la mujer es complicada y son muchos los factores que explican la no denuncia de la violencia (miedo, desconocimiento, vergüenza…)
  • Los hijos sufrirán más si sus padres se separan. En la realidad, la situación hostil afecta el desarrollo de los hijos pudiéndose repetir el modelo posteriormente.
  • Las agresiones físicas son peores que las psíquicas. Hay que saber que las agresiones psíquicas suponen un riesgo para la capacidad de la mujer y para el desarrollo normal de la vida cotidiana.
  • (^) Los maltratadores son enfermos mentales. En realidad, son personas adaptadas a la sociedad, con trabajo y vida social y de las cuales es difícil crear un perfil homogéneo.

Una encuesta realizada por Juan M. Vazquez e Idoya Jarabo confirmaba algunas de estas percepciones sociales. Para la gran mayoría de la población, la violencia de género era un fenómeno totalmente inaceptable, frente a una minoría que opina que es inevitable y otra que opina que es necesaria en algunas circunstancias. Respecto a los medios de comunicación, se considera que aunque mucha información procede de ellos, éstos son poco objetivos y sensacionalistas. Alrededor de un 80% opina que las mujeres no denuncian por miedo y vergüenza. Sin embargo, una cifra elevada está de acuerdo en que si una mujer es maltratada frecuentemente, la culpa será suya por seguir conviviendo con el agresor y permitiendo así, los maltratos. Se cree que las mujeres acaban perdonando a su agresor por dependencia emocional o miedo a las represalias, o incluso que la mujer cree que su agresor puede cambiar. La opinión pública tiende a pensar que la solución más eficaz para luchar contra la violencia es con medidas educativas o con el endurecimiento de las penas. Erróneamente, casi la mitad de los encuestados creen que la violencia se da mayoritariamente en familias con nivel cultural bajo. En cuanto a la utilidad de las medidas telemáticas, la percepción es muy positiva. Finalmente, podemos destacar que un número considerable de hombres considera que un hombre agresivo será más atractivo.

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