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Documento se trata de las minerias ilegales
Tipologia: Resumos
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1: Ley Orgánica del Petróleo de 1937 Etapa Fue promulgada el 24 de octubre de 1937 durante el gobierno del Coronel David Toro. Datos relevantes Nacionalizó las concesiones de la Standard Oil, declarando su caducidad. Los recursos de hidrocarburos (sólidos, líquidos o gaseosos) pertenecen al Estado. El Estado tiene un dominio directo, inalienable e imprescriptible sobre estos recursos, lo que significa que no se pueden vender ni se pierden por el paso del tiempo. El Poder Ejecutivo puede explotar estos recursos directamente o mediante concesiones a particulares. El Estado tiene derecho a una participación en los productos de las concesiones otorgadas a particulares. El Estado se reserva para sí el helio y otros gases raros encontrados en los yacimientos. Los concesionarios tienen el derecho de producir, transportar, refinar y vender petróleo, pero también están obligados a entregar los gases raros al gobierno. Modificaciones La Ley Orgánica de Petróleo de 1937 tuvo vigencia hasta 1955, fue modificada y reemplazada por el Código de Petróleo de 1955, luego cambiada por el Código de 1972, más tarde derogada por la Ley 1689 de 1996, y finalmente esta última sustituida por la Ley 3058 de 2005. Opinión personal Creo que fue una norma necesaria, porque si bien no resolvió todos los problemas de producción ni aseguró una administración eficiente en el corto plazo, abrió el camino para que Bolivia asuma que el petróleo es un recurso estratégico que debía estar bajo control estatal, puede decirse que fue la semilla de la política de nacionalizaciones que después marcaría gran parte de la historia económica del país abriendo paso a que se puede crear la empresa de YPFB, ya que Bolivia no tenía control de sus propios recursos este fue un paso importante para nuestro país, con el pasar del tiempo gracias a estas ley se fueron abriendo nuevos caminos para la economía de Bolivia. 2: Decreto Ley de 8 de marzo de 1938 Etapa:
Proceso de institucionalización posterior a la nacionalización. En 1938 el Estado buscó dar respaldo jurídico y operativo a lo dispuesto en 1937, afianzando a YPFB como eje de la política petrolera y cerrando vacíos que aún podían aprovechar las compañías privadas. Datos Relevantes: Ratifica que los hidrocarburos son de dominio directo, inalienable e imprescriptible del Estado. Consolida el monopolio estatal en las actividades clave (exploración, explotación, transporte, refinación y comercialización) a través de YPFB. Sujeta cualquier participación privada a autorización del Poder Ejecutivo, a la supervisión técnica de YPFB y al cumplimiento de plazos y obligaciones. Ordena la regularización de concesiones heredadas: revisión, adecuación o caducidad si no cumplen la normativa. Establece criterios para regalías, tributos y servidumbres necesarios para oleoductos y demás infraestructuras. Modificaciones: Complementa y fortalece la Ley Orgánica del Petróleo de 1937, pasando de una declaración de principios a un andamiaje operativo. Reduce la discrecionalidad de antiguas concesiones y eleva el control técnico–fiscal del Estado. Blinda el rol de YPFB como operador exclusivo, limitando márgenes de acción de las transnacionales bajo reglas claras. Opinión Propia: Este decreto fue el paso que ancló la nacionalización: convirtió la voluntad política en reglas aplicables, dando certeza jurídica y capacidad de fiscalización a YPFB. Aun así, persistieron retos de financiamiento y capacidad técnica, típicos de una empresa estatal joven que debía expandirse rápido en un sector intensivo en capital y tecnología. 3: Código del Petróleo de 1955 Fue un decreto promulgado en 1955 durante el gobierno de Víctor Paz Estenssoro, también conocido como el "Código Davenport" Datos relevantes Fue emitido bajo el gobierno de Víctor Paz Estenssoro, luego de la Revolución Nacional de 1952. Con el objetivo de atraer inversiones de capital extranjero para impulsar la industria petrolera, resolver la escasez de divisas y mejorar la situación fiscal del país.
El decreto buscaba proteger la independencia y soberanía nacional, considerando que la empresa transnacional se había convertido en un poder económico y político superior al del Estado. Se estableció la creación de una comisión para determinar el monto y los términos de la indemnización a la empresa, que presidiría el Ministerio de Minas y Petróleo. Las actividades de YPFB (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos) se mantuvieron, y el Estado boliviano asumió las obligaciones y derechos de la antigua sociedad de la empresa nacionalizada Modificaciones Esta ley no tubo modificaciones, pero, fue eliminada por el gobierno militar de Hugo Banzer Suárez, quien instauró un sistema de contratos de operación. Opinión personal El Código del Petróleo de 1955 buscó atraer inversión extranjera para explotar los recursos que Bolivia no podía desarrollar sola en ese momento, sirvió para mover la industria petrolera, pero en la práctica entregó demasiadas ventajas a las empresas privadas y dejó a YPFB en un rol más débil, resolvió la falta de capital y tecnología, pero a costa de ceder parte de la soberanía sobre un recurso estratégico, fue una ley que priorizó la llegada de capital y tecnología, aunque sacrificó parte del control nacional sobre los hidrocarburos. 5: Ley de Hidrocarburos de 1972 Etapa: La Ley de Hidrocarburos de 1972, específicamente el Decreto Ley Nº 10170 del 28 de marzo de 1972, fue promulgada en Bolivia bajo el gobierno de Hugo Banzer. Esta ley sentó las bases para que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) pudiera suscribir contratos de operación con empresas privadas para la explotación petrolera, marcando un hito en la política hidrocarburífera del país. Datos Relevantes: Ratificó la propiedad estatal sobre los hidrocarburos y la participación de YPFB como ente central. Introdujo la posibilidad de establecer contratos de servicios con empresas privadas, bajo la condición de que los hidrocarburos siempre pertenecían al Estado. Permitió mayor participación de compañías extranjeras en exploración y producción, pero bajo esquemas de operación limitada y supervisada. Mantuvo el monopolio estatal en refinación y comercialización, pero abrió espacios de cooperación para mejorar tecnología y producción. Modificaciones:
Complementó la Ley General de Hidrocarburos de 1969, ajustando su marco rígido. Introdujo mayor flexibilidad, facilitando que capital privado participara, pero sin ceder la titularidad de los recursos. Fue una transición intermedia entre el modelo puramente estatal de 1969 y las políticas más liberalizadoras de los años ochenta. Opinión Propia: Esta norma buscó un equilibrio pragmático: proteger la soberanía nacional sin cerrarse por completo a la inversión privada. Fue una ley pensada para aprovechar la tecnología y el capital extranjero sin repetir el error del “Código Davenport” de 1955. Sin embargo, abrió la puerta a una mayor influencia de las transnacionales, lo que con el tiempo fue debilitando el protagonismo de YPFB. 6: Decreto Supremo 21060 de 1985 Etapa: El 29 de agosto de 1985, durante el gobierno de Víctor Paz Estenssoro, se promulgó el Decreto Supremo 21060, en un contexto de crisis económica marcada por una hiperinflación histórica, que representó el inicio del modelo neoliberal en Bolivia. Datos Relevantes: Estableció un programa de estabilización económica que liberalizó precios, eliminó subsidios y redujo el rol del Estado en la economía. En el sector hidrocarburos, introdujo la lógica de apertura al capital privado bajo contratos de riesgo compartido. Limitó la capacidad operativa de YPFB, relegándola a un papel menos protagónico. Abrió las puertas a una mayor participación de empresas extranjeras, preparando el camino para las reformas de los años noventa. Modificaciones: Aunque no fue una ley específica de hidrocarburos, cambió de raíz la política económica que los regulaba. Rompió con la visión estatista de las décadas anteriores y sentó las bases de un modelo neoliberal que se profundizaría en los años siguientes con las leyes de 1990 y 1996. Opinión Propia: Este decreto fue clave para estabilizar la economía, pero su costo social fue muy alto lo que generó desempleo también debilitó a YPFB y redujo el control estatal sobre los recursos estratégicos, pero en el área de hidrocarburos significó un cambio de rumbo estructural, ya que priorizó atraer inversión privada y la disciplina fiscal por encima de la soberanía nacional. 7: Ley de Hidrocarburos de 1990
El transporte de hidrocarburos y la distribución de gas natural por redes se realizaron mediante concesiones administrativas otorgadas por el ente regulador tras licitaciones públicas. Propiedad Estatal de los Hidrocarburos: Se reafirmó que los yacimientos de hidrocarburos son de dominio directo, inalienable e imprescriptible del Estado boliviano. La ley buscó atraer inversión privada mediante incentivos económicos para incrementar las reservas y la producción, fortaleciendo la seguridad energética. Modificaciones la Ley de Hidrocarburos de 1996 (Ley N° 1689) tuvo modificaciones, siendo reemplazada en 2005 Ley N° 3058, que establece un nuevo régimen en el marco constitucional boliviano. Esta ley de 2005 buscó modificar el régimen de concesiones de 1996, estableciendo contratos de operación y devolviendo a YPFB la facultad de exploración y explotación, si bien la propiedad de los yacimientos sigue siendo del Estado. Opinión personal Durante el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada enmarcada en la política de capitalización y apertura a la inversión privada, nacional e internacional, su objetivo era modernizar el sector, atraer capital, tecnología y eficiencia, pero a costa de reducir el control directo del Estado sobre los hidrocarburos. Esta ley terminó generando descontento social, ya que mucha gente percibía que se estaban entregando los recursos estratégicos del país a empresas privadas. Fue una ley pragmática para el desarrollo económico inmediato, pero controvertida en términos de soberanía, porque mostraba nuevamente la tensión entre inversión extranjera y control estatal de los recursos naturales.
9. Decreto Supremo Nº 28174, 19 de mayo de 2005 (Gobierno de Carlos Mesa) Etapa: El Decreto Supremo N° 28174, promulgado por Carlos Mesa el 19 de mayo de 2005, tiene como objetivo asegurar el suministro de hidrocarburos al mercado interno de Bolivia y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales de exportación de estos productos. A través de esta normativa, se autorizó a YPFB (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos) a instruir a los productores continuar con sus actividades de explotación y comercialización hasta que se adecúen a la Ley de Hidrocarburos N° 3058. Propósito principal: Asegurar el suministro interno: Garantizar que el mercado nacional cuente con el abastecimiento de hidrocarburos necesario.
Cumplir compromisos de exportación: Asegurar el cumplimiento de los contratos de exportación de gas natural y otros hidrocarburos a otros países. Datos Relevantes: Pese al enorme sacrificio que ha significado la lucha del pueblo boliviano por recuperar los hidrocarburos -demanda sintetizada en la nacionalización de los hidrocarburos-, el contenido de la Ley de Hidrocarburos 3058, aprobada en la gestión de gobierno de Carlos Mesa, El decreto buscaba garantizar el suministro interno de hidrocarburos y al mismo tiempo cumplir los compromisos internacionales de exportación. Otorgó a YPFB la facultad de instruir a las empresas privadas seguir operando en explotación y comercialización hasta que se adecuaran a la nueva Ley de Hidrocarburos Nº 3058. Respondía a una demanda nacional urgente: asegurar que los recursos sirvieran primero a la población boliviana, sin descuidar la exportación. Fue una norma puente, que preparó el camino para la reforma estructural que se concretaría con la llegada de Evo Morales y la nacionalización de 2006. Modificaciones: No modifica el actual dominio de las empresas transnacionales sobre estos recursos naturales; por el contrario, significa la continuidad de la política inaugurada por Gonzalo Sánchez de Lozada en 1996 No alteró de manera directa el dominio de las empresas privadas instaurado en 1996, pero sí redefinió la relación entre YPFB y las transnacionales, reforzando la presencia del Estado en la supervisión. Opinión Propia: Este decreto reflejó la tensión política de la época donde el gobierno buscaba responder a la presión social sin romper de golpe con las reglas establecidas por la capitalización. Fue una medida de emergencia para mantener el abastecimiento y la gobernabilidad, aunque no satisfizo plenamente la demanda popular de nacionalización, este fue el último intento de conciliación con el modelo neoliberal antes de la ruptura definitiva en 2006.