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Orientación Universidad
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actividad al aula, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Francisco Javier casinos Mora, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 27/10/2015

sara_matlabi
sara_matlabi 🇪🇸

3.6

(26)

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ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA DE DERECHO ROMANO
SARA MATLABI LLUCH.
1º DE DERECHO. GRUPO U EN VALENCIÀ
24/10/2015
1. LEGISACTIONES
I. Legis actio per iudicis arbitrive postulationem. Dado que el texto contiene la causa
por la cual se reclama. (capital)
II. Legis actio per sacramentum in rem. Ya que se trata de la sentencia del juez en la
una o varias personas, perdían la apuesta pecuniaria.
III. Legis actio manus inectionem , dado que supone la utilización legítima por el
actor de cierta coacción física sobre el adversario.
IV. Legis action per condictionem. El autor, después de manifestar que se le debe
una suma de dinero y de oponerse a ello el demandado, emplazaba a este para que
a los 30 días compareciera para la elección del juez.
V. Legis actio per condictionem. El autor, después de manifestar que se le debe una
suma de dinero y de oponerse a ello el demandado, emplazaba a este para que a los
30 días compareciera para la elección del juez.
VI: Legis actio sacramenti. Es la acción para reivindicar cosas y derechos reales,
como podemos observar en el ejemplo.
1. FORMULAE
1. 1
Siga jutge Tici. Si hi és provat que Numeri Negidi ha de donar a Aule Ageri deu mil
sestercis, si no ha estat convingut entre Aule Ageri i Numeri Negidi que no es
demanaria eixe diners durant un any, o s’ha fet quelcom per Numeri Negidi amb dol
dolent, condemna jutge Numeri Negidi a pagar a Aule Ageri deu mil sestercis; si no
hi és provat, absol-lo.
1-Nominatio iudicis (nombramiento del juez).
2-Intentio.
2-Exceptio.
4-Replicatio (Dolo)
5-Condemnatio
1.2
Siga Marc jutge. Si hi és provat que Numeri Negidi ha occit injustament aquell
esclau, per la qual cosa Numeri Negidi ha de donar a Aule Ageri tant diners quant
siga el màxim valor abastat per l’esclau en el propassat any, condemna jutge
Numeri Negidi a pagar a Aule Ageri el doble d’eixa quantitat; si no hi és provat,
absol-lo.
1-Nominatio iudicis
2-Intentio
3-Praescripto
4-Condemnatio
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ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA DE DERECHO ROMANO

SARA MATLABI LLUCH.

1º DE DERECHO. GRUPO U EN VALENCIÀ

1. LEGISACTIONES

I. Legis actio per iudicis arbitrive postulationem. Dado que el texto contiene la causa por la cual se reclama. (capital) II. Legis actio per sacramentum in rem. Ya que se trata de la sentencia del juez en la una o varias personas, perdían la apuesta pecuniaria. III. Legis actio manus inectionem , dado que supone la utilización legítima por el actor de cierta coacción física sobre el adversario. IV. Legis action per condictionem. El autor, después de manifestar que se le debe una suma de dinero y de oponerse a ello el demandado, emplazaba a este para que a los 30 días compareciera para la elección del juez. V. Legis actio per condictionem. El autor, después de manifestar que se le debe una suma de dinero y de oponerse a ello el demandado, emplazaba a este para que a los 30 días compareciera para la elección del juez. VI: Legis actio sacramenti. Es la acción para reivindicar cosas y derechos reales, como podemos observar en el ejemplo.

1. FORMULAE

Siga jutge Tici. Si hi és provat que Numeri Negidi ha de donar a Aule Ageri deu mil sestercis, si no ha estat convingut entre Aule Ageri i Numeri Negidi que no es demanaria eixe diners durant un any, o s’ha fet quelcom per Numeri Negidi amb dol dolent, condemna jutge Numeri Negidi a pagar a Aule Ageri deu mil sestercis; si no hi és provat, absol-lo.

1-Nominatio iudicis (nombramiento del juez). 2-Intentio. 2-Exceptio. 4-Replicatio (Dolo) 5-Condemnatio

Siga Marc jutge. Si hi és provat que Numeri Negidi ha occit injustament aquell esclau, per la qual cosa Numeri Negidi ha de donar a Aule Ageri tant diners quant siga el màxim valor abastat per l’esclau en el propassat any, condemna jutge Numeri Negidi a pagar a Aule Ageri el doble d’eixa quantitat; si no hi és provat, absol-lo.

1-Nominatio iudicis 2-Intentio 3-Praescripto 4-Condemnatio

Siga jutge Cai. Si hi és provat que Numeri Negidi ha de donar set mil sestercis a Aule Ageri, condemna jutge Numeri Negidi a pagar set mil sestercis a Gai Tici; si no hi és provat, absol-lo.

1-Nominatio iudicis 2-Intentio 3-Condemnatio.

Siga jutge Luci. Si hi és provat que el predi Cornelià és de propietat civil d’Aule Ageri, i no és restituït a Aule Ageri segons l’arbitri del jutge, condemna jutge Numeri Negidi a pagar a Aule Ageri quant la cosa valdrà; si no hi és provat, absol-lo.

1-Nominatio iudicis 2-Intentio 3-Audicatio 3-Condemnatio.

Siga jutge Sext. Si hi és provat que Aule Ageri comprà un esclau i li fou lliurat, i si hagués posseït un any eixe esclau, sobre el qual s’hi pledeja, i n’hagués esdevingut propietari civil; i si eixe esclau no pertany en propietat civil a Numeri Negidi; o si Numeri Negidi vengué i lliurà a Aule Ageri l’esclau de què s’hi tracta; i si en tot açò no s’hagués fet res per intimidació; llevat que eixe esclau siga restituït per Numeri Negidi al teu arbitri, condemna jutge Numeri Negidi a pagar a Aule Ageri quant l’esclau valdrà; si no hi és provat, absol-lo.

1-Nominatio iudicis 2-Intentio 3-Explicatio 4-Replicatio 5-Duplicatio 6-Triplicatio 7-Audicatio 4-Condemnatio

Siga jutge Tici. Atés que Aule Ageri ha comprat a Luci, qui ha estat posat per Numeri Negidi al capdavant d’una botiga d’oli, en l’exercici d’aquest comerç deu lliures d’oli, qüestió sobre la qual s’hi pledeja, a tot el que per aquest motiu haja de donar o fer Luci a Aule Ageri segons la bona fe, jutge condemna Numeri Negidi a favor d’Aule Ageri; si no hi és provat, absol-lo.

1-Nominatio iudicis, 2-Demonstratio 3-Intentio 4-Condemnatio

  1. Es una Acción in personam, porque se reclama exclusivamente contra el deudor. Es una acción rei- persecutoria, ya que garantiza la reparación o indemnización de un daño que se nos ha causado, como consecuencia de la violación de nuestro derecho, en este caso, la regeneración del capital. Es temporal porque tiene como vencimiento un año. Es de derecho estricto, dado que el juez solo podrá tener en cuenta y aplicar con rigor lo expresado en la fórmula. Por último, es una acción privada.
  2. Es una acción in personam, ya que va unicamente contra el deudor. Es del derecho estricto dado que el juez solo podrá tener en cuenta y aplicar con rigor lo expresado en la fórmula, cuya pena consiste en pagar el doble de la cantidad inicial. Es también una acción privada.
  3. Es una acción in rem ,dado que se reclama contra la persona que limita el derecho real del actor. Es también una acción reipersecutoria, ya , que garantiza la reparación o indemnización de un daño que se nos ha causado, como consecuencia de la violación de nuestro derecho, en este caso, la regeneración del capital. En este caso, los diez mil sestercios. Forma parte del derecho estricto , porque el juez debe seguir la fórmula. Es también una acción privada.
  4. Es una acción in rem, ja que la acción se produce en contra de la persona poseedora de la res. És una acción reipersecutoria,ya que garantiza la reparación o indemnización de un daño que se nos ha causado, como consecuencia de la violación de nuestro derecho. Forma parte del derecho estricto dado que el juez solo podrá tener en cuenta y aplicar con rigor lo expresado en la fórmula, És también una acción privada.
  5. Es una acción in personam,ya que va unicamente contra el deudor. Es también una acción rei- persecutoria, ya que busca la reintegración de los diez mil sestercios. Además es del derecho estricto, dado que el juez solo podrá tener en cuenta y aplicar con rigor lo expresado en la fórmula.Es también una acción privada,
  6. Es una acción in rem, dado que se reclama contra la persona que limita el derecho real del actor. De buena fe, que favorece que el juez pueda estimar según la equidad lo que el demandado debe dar al demandante. Es también una acción reipersecutoria ya que garantiza la reparación o indemnización de un daño que se nos ha causado, como consecuencia de la violación de nuestro derecho (10 mil sestercios) y acción privada.
  7. Es una acción in personam, ya que se reclama contra el deudor.También es una acción rei persecutoria, ya que garantiza la reparación o indemnización de un daño que se nos ha causado, como consecuencia de la violación de nuestro derecho. Forma parte del derecho estricto, ya que el juez debe seguir la fórmula. Es una acción privada.
  8. Es una acción in rem, dado que se reclama contra la persona que limita el derecho real del actor.Es,una acción reipersecutoria, ya que busca la reintegración de los diez mil sestercios. De derecho estricto, ya que el juez debe seguir la fórmula y una acción privada.

4. (voluntaria)

I. Acción conductio II. Acción penal. Delito daño causado a una persona ajena. Acción de la Ley Aquilea donde se reclama una indemnización por el daño ocasionado. Ese doble que se pide, es la pena, y es una característica de una acción penal. (Acción de la Ley Aquilea). III. Actione in personam (acciones personales), Actiones certae, Acción Pretoria:Acciones con transposición de personas (Gayo es un representante procesal del demandante), Actiones stricti iuris (Acciones de derecho estricto). IV. Es una Actiones arbitrariae" acciones arbitrarias", ya que se está autorizando al juez a ordenar al demandado a restituir o exhibir el objeto reclamado, y porque aparece la expresión "NEQUE EA RES ARBITRIO IUDICIS". V. Actiones in personam(acciones personales),Actiones incertae, Actiones civilis (acciones civiles; Actiones stricti iuris (acciones de derecho estricto).