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Asignatura: INSTITUCIONES DE DERECHO COMUNITARIO EUROPEO, Profesor: , Carrera: Dret, Universidad: UB
Tipo: Apuntes
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Los proyectos realizados durante la primera mitad del siglo XX: referencia especial a la actividad de la Sociedad de Naciones. El regionalismo europeo después de la II Guerra Mundial: la dimensión económica, política y militar
1. Los proyectos realizados durante la primera mitad del siglo XX: referencia especial a la actividad de la Sociedad de Naciones La construcción europea es un proceso inacabado que se inicia después de la II WW. La ambición de unificar Europa en un solo estado fue un movimiento intelectual que se remonta al siglo XIX como idea no abrazada por las grandes naciones europeas, como Reino Unido o Italia ya que estos eran países nacionalistas que buscaban afianzar su poder hacia el resto de países. Por lo tanto, la idea de una nación europea no encajaba. Algunos intelectuales plantearon que la única salida de estas contradicciones era la guerra (preeuropea- Miguel Unamuno, Víctor Hugo). Lo cierto es que estas potencias europeas dominaban el mundo en el s. XIX. A finales del siglo XIX vemos un cierto declive de estas, ya que US, Rusia y Japón empezaron a tener poder y influencia. Hay que tener presente que entre las dos guerras –incluso antes- se produjeron algunos acontecimientos que indicaban la idea de crear un gran país europeo desde Francia; en ese sentido destaca la presentación del ministro francés Briand ante la Sociedad de Naciones en el año 1929 el cual propuso un vínculo federal para las dos naciones enfrentadas. Brinad dice que esta propuesta de unión debía centrarse en la economía de ambas naciones y añade que no debía afectar a la soberanía de estos países. En resumen: ☼ Briand habla de crear un vínculo federal ☼ Centrado en crear un vínculo económico ☼ Sin afectar a la soberanía de estos países: este punto resulta irrealizable puesto que si se tiene por objeto conseguir un vínculo federal necesariamente se tiene que contemplar una cesión de soberanía por parte de los estados. Su propuesta no se concretó porque los acontecimientos que se daron entonces iban en sentido contrapuesto por dos motivos: ☼ (^) Resolver los problemas políticos internos (crack 29) ☼ (^) Planteamiento contrario a la idea de unión (nazismo) En la II WW, la resistencia francesa defiende la idea de unión de la mano de Monnet. Acabó la II WW y tenemos un continente destruido y hundido económicamente. El Europeísmo no era el pensamiento asumido por las elites políticas y dirigentes políticos que gobernaban Es en esa nueva coyuntura de crisis en la que emerge la idea y necesidad de crear una Europa única; de hecho, es el contexto geopolítico y geoestratégico donde EEUU condiciona la concesión de la ayuda del Plan Marshall a que los europeos iniciaran un proceso de integración cuya metodología no estaba determinada. Esto es así debido a que EEUU no quería un continente aliado de naciones enfrentadas y débiles, ya que a pesar de que Alemania estaba destruida, tal escenario era una prueba de debilidad frente a la URSS.
Los europeos tenían que vertebrar Europa. Sentado este planteamiento se plantean dos enfoques claramente opuestos y distintos sobre lo que debía ser la integración europea: ☼ Planteamiento británico : el Reino Unido no quería cesiones de soberanía, se conformaban y abogaban por una cooperación intergubernamental en el marco de la cual decide un Comité de Ministros que adopta decisiones por unanimidad. Los británicos no se sienten ni se sentían europeos, dejándolo claro cuando en el 1946 Churchill dijo que “GB esta con Europa pero nosotros no somos europeos”. En el año 1949 en Londres se firma el tratado internacional por el que se crea el Consejo de Europa, cuyo artículo 1 dice que los países que crean el Consejo de Europa afirman el objetivo de crear una unión estrecha entre los miembros y cooperar en todos los ámbitos. Más importancia tiene el artículo 3 que dispone que los países de Europa se comprometen a respetar los derechos humanos. Un año después del tratado, se firma el Convenio de derechos humanos que es la más importante creación de este órgano. ☼ Planteamiento franco-alemán : desde estos países y desde los países bajos hubo una generación de políticos convencidos ya de que había de trabajar por unos estados unidos de Europa “la gran federación Europa” (ahora no se persigue esta idea). Jean Monnet tenía una idea muy clara; Europa no se podía construir de golpe, sino que su planteamiento era hacerlo de manera progresiva de manera que lo primero que había que acometer era la integración económica sectorial. A la unificación política debía llegarse después de la integración económica. Ex: no es lo mismo la economía que la cultura. Se debe tener en cuenta que existen ciertas diferencias entre las organizaciones de cooperación intergubernamental y las de integración que tienen poderes normativos. En ambos casos decide un órgano de representación directa de los estados, es decir, un órgano ministerial formado por ministros. De esta manera los estados se aseguran que sus intereses particulares están representados ante la OI. Las OI de cooperación intergubernamental toman las decisiones por unanimidad puesto que no hay una cesión de soberanía a pesar de que sea una manera difícil de toma de decisiones. En cambio, en las comunidades y en la Unión hay una institución con muy importantes poderes normativos y legislativos que representa los intereses tanto de los estados como de los particulares. LECCIÓN 2: EL ORIGEN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS La declaración de Robert Schumann. El proceso de conclusión del Tratado constitutivo de la CECA. Los proyectos de la Comunidad Europea de Defensa y la Comunidad Política Europea. El proceso de conclusión de los Tratados constitutivos de la CEE y de la CEEA
1. La declaración de Robert Schumann El 9 de mayo de 1950 fue un día histórico porque Robert Shumann, ministro de asuntos exteriores convocó una rueda de prensa en la que pronunció la conocida declaración (el autor intelectual fue Monnet). Esta es una propuesta de Francia a Alemania que está abierta al resto de naciones europeas que se quieran adherir. Propone colocar la producción del carbón y del acero bajo una alta autoridad común, es decir, bajo una institución supranacional independiente de Francia y Alemania que no debía seguir instrucciones de ninguna de ambas y con poder de imponer sus decisiones sobre Francia y Alemania y cualquier otra nación que se hubiese adherido. Por lo tanto, le otorga poder soberano para tomar decisiones independientemente de los países que lo conforman. Shumann dice que este es el primer paso para la creación de una federación europea. Líneas claves de la declaración: ☼ Sentar las bases para unas relaciones pacíficas ☼ Cesión de soberanía
organizaciones eran para todo tipo de mercancías. Se eliminan los aranceles intra zonales, pero seguían existiendo aranceles ad extra. De manera contrapuesta los seis habían previsto un arancel exterior común para los productos no comunitarios. UK se dio cuenta de que esta organización no iba a perdurar -la razón por la que esto no podía ser era la falta de un arancel común, puesto que a falta de él los importadores entraban sus productos por el país con un arancel más bajo- y cambió el paradigma; como no podía combatir contra las organizaciones europeístas, decidió entrar a formar parte de ellas para destrozarlas desde dentro. Es por ello que solo un año después a la creación de la AELC UK pidió el ingreso a la comunidad, pero este fue denegado por Gold (ministro de asuntos exteriores de Francia) y no fue hasta 11 años más tarde cuando los estados miembros le permitieron adherirse (1972)! ingreso congelado de UK. A través de los tratados comunitarios los estados ceden algunas competencias normativas a favor de las organizaciones creadas, estas son aquellas necesarias para que la comunidad cree un mercado común general (más amplio que el común sectorial). Junto a esto debemos tener en cuenta que el mercado no era el único objetivo de la comunidad, sino que la organización tenía un carácter más ambicioso este se extendía a otros sectores. Ex: agricultura, transportes, etc. En 1968 se realzó el Tratado de Bruselas, que unifica las instituciones del momento. La sede del Parlamento es Bruselas y Estrasburgo. Una vez al mes los parlamentarios se reunían en Estrasburgo y posteriormente a Bruselas. Por la táctica de de Gold, hasta en 1972 no entró el Reino Unido dentro de la CEE, además entro también Irlanda, y Dinamarca. Solo Dinamarca y Rusia protestan por acabar cumpliendo más y mejor que los otros. Una vez descartada la opción de crear un euroejercito (un ejército era un elemento de un estado y por aquel momento era muy prematuro e inviable, se encarga al primer ministro belga llamado Tildemans elabora un informe en el año 1974 sobre la creación de una unión europea como antesala de un futuro estado europeo. Ese informe señala dos elementos necesarios como precondiciones para la Unión (concepto propuesto por Victor Hugo a imagen de USA): ☼ Política exterior ☼ Ciudadanía europea El 1979, se pasó a votar la Asamblea Parlamentaria y se celebran las primeras elecciones al Parlamento Europeo (cada 5 años), aunque en la práctica no se dio. Esto fue así ya que fue un “cementerio de políticos” ya que a los políticos que los países no les interesaba tener gobernando dentro de él, lo enviaban a las listas para el Parlamento Europeo. LECCIÓN 3: LA UNIÓN EUROPEA De la Declaración de Stuttgart al Tratado de la Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea: aspectos generales. Fundamentos de la Unión Europea. Les revisiones a los Tratados de la Unión Europea. La cooperación reforzada. Naturaleza jurídica de la Unión Europea
1. El Tratado de la Unión Europea: aspectos generales
Tildemans elabora un informe en el año 1974 sobre la creación de una unión europea como antesala de un futuro estado europeo. Ese informe señala dos elementos necesarios como precondiciones para la Unión (concepto propuesto por Victor Hugo a imagen de USA): ☼ Política exterior ☼ (^) Ciudadanía europea Lo que se quería era aumentar el número de países miembros, por lo que en 1986 se firmó la Acta Única en Maastricht, que amplió las bases de las políticas comunes, ya que solamente estaba la del carbón y acero, atómica, agrícola y transporte. Por ello surgieron nuevas, y se intento crear un ámbito interno, eliminando el mercado común y se pasó a un mercado interior. En este año 1986 entro ESP y PORT. En 1992 se firmó el Tratado de Ámsterdam o de la UE (1993 EV), y se pasó de las 3 comunidades a tener una nueva entidad, la UE, entidad con personalidad jurídica propia, que tiene las mismas instituciones que habían y alguna más que englobaba la CEE, CEEA y la CECA. Además de crear la entidad, también fue importante por crear dos nuevos ámbitos de cooperación.
2. Fundamentos de la Unión Europea El TUE dice que la unión tiene un triple fundamento:
su existencia tras la creación pasa a llamarse Tratado de Funcionamiento de la Unión. Con el Tratado de Lisboa, el TUE sigue siendo un tratado con objetivos y cambia de nombre. La CECA deja de existir en 2002 y sus funciones quedan en manos del Tratado de la Comunidad Europea.
4. Naturaleza jurídica de la Unión Europea La UE resulta ser una entidad autónoma de poder con derechos de soberanía propios y un ordenamiento jurídico independiente de los Estados miembros, al que están sometidos tanto los Estados miembros como sus ciudadanos en los ámbitos de competencia transferidos a la UE.
La paz desde la creación se ha garantizado en las relaciones con los miembros, donde entre los estados europeos no hay guerras y es improbable que la haya, a pesar de que siga habiendo guerras en Europa. La UE a nivel interno está libre de guerras. Los valores de la unión son la democracia, la libertad, los derechos humanos, el estado de derecho y el principio de legalidad. Si hay algo a destacar en la UE, en estos valores, la UE los defiende firmemente (ej. inutilidad de la unión como potencia militar y presentándose al mundo como una potencia civil firme). Entre los miembros de la unión, la pena de muerte está prohibida. El bienestar de sus pueblos, hace referencia básicamente al bienestar económico, donde los ciudadanos tengan dinero y riqueza. ✏ Art. 3.2 “La UE ofrecerá un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores”. Consistiendo en la abolición de controles policiales en las fronteras comunes, y esa abolición tiene un sentido únicamente político, y es el crear un territorio abierto al tráfico. RU e Irlanda no forman parte de este espacio, aparentemente, en el caso del RU porqué son islas y por ello deben saber quién entra y quién sale. Puntualmente sí que pueden hacerse controles por razones de seguridad interior. El derecho a circular en todo el territorio de la unión implica la entrada en el territorio Schengenn, ésta presenta dos tipos de retos:
de 1986 con intención de verlo concluido antes del comienzo de 1993. En esta nueva fase del proceso de integración se pretende, no ya una zona de libre comercio, sino «la desaparición de cualesquiera obstáculos (incluidos los de carácter estructural) a los intercambios intracomunitarios con el fin de fundir los mercados nacionales en un mercado único lo más parecido a un mercado interior».
3. La ciudadanía europea Son ciudadanos europeos todas las personas nacionales de los Estados miembros. El sentido de la ciudadanía europeo es estrictamente político, pues la incorporación de este estatuto de la ciudadanía europea representa un paso hacia la afirmación de una futura y posible nacionalidad de la UE. Para que un estado exista tiene que existir un territorio y un pueblo con consciencia nacional. Esta ciudadanía es una “pre-nacionalidad”, que incorpora un elenco de cinco derechos civiles y políticos, reconocidos en el art. 20 del TFUE:
En el origen la comunidad fue constituida por 6 Estados: Alemania, Francia, Italia, Bélgica, Holanda y Luxemburgo. 2.La adhesión de nuevos Estados miembros a la Unión Europea. En 1972 se produce la primera ampliación: Reino Unido, Irlanda y Dinamarca. En 1981 se incorpora Grecia y en el 1986, Portugal y España. En 1989, cae el Muro de Berlín, por tanto, se produce la reunificación de Alemania y ésta (RDA + RFA) se integra en las comunidades.
En 1995, se incorpora Finlandia, Suecia y Austria. Noruega, en dos referéndums sucesivos quedó fuera porque se votó “no” a la entrada en UE. En 2004 se produce la primera gran ampliación, que implicó la adhesión de diez estados de Europa central y oriental (10 PECOS): Chipre, Malta, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia, Rep. Checa, Letonia, Estonia, Lituania y Hungría. Esta gran ampliación pudo haber sido demasiado rápida y ha podido romper la ambición federal de la UE. Esta ampliación ha dado al traste con las ambiciones federales de la UE. En 2007, se incorporan Rumanía y Bulgaria, que tardaron en incorporarse por su situación económica. En 2013, se incorpora Croacia. Este proceso de ampliación no ha concluido. Macedonia, Islandia, Montenegro, Serbia y Turquía (complicado por lo grande que es y su gran número de población, que son 80 millones) son estados candidatos a la incorporación a la UE, lo que implica que el Consejo Europeo acepta la negociación de su incorporación. El caso de Turquía es distinto, pues desde el año 2004, es un país candidato a la adhesión a la UE, si se llega a producir, esto supondría un gran impacto en la Unión, pues tiene la misma demografía que Alemania (lo que supondría el mismo poder). Turquía pues es difícil que entre ya que es un estado que demográficamente es igual que Alemania (AL 82 mill. TUR 78 mill). Como en la UE, el Consejo de la Unión es la institución con más poder y cada estado aporta o tiene más poder dependiendo de la demografía esto no le interesa a los grandes como AL o FR. Como candidatos potenciales (tienen como objetivo pero no han ni empezado a negociar) tenemos Albania, Bosnia Herzegovina y Kosovo. En el caso de Kosovo, dado que algunos estados de la UE no lo reconocen como estado, su potencial adhesión a la UE es más complicada. Estos países no tienen candidatura aceptada para ingresar. Fronteras de la UE son Rusia, Bielorrusia, Ucrania y Moldavia. Para Rusia no le interesa en nada que estos países fronterizos pases a ser parte de la UE por el hecho de que dejaría de tener influencia en estos países los cuales Rusia también limita. Actualmente pero tienen la condición de “vecinos”.
3. Condiciones exigidas a los estados candidatos: especial referencia a la aceptación del cabal comunitario (art. 49 TUE) Junto las condiciones del artículo 49, también rigen las condiciones de Copenhague, donde se recoge la praxis juridicial de aceptación de nuevos miembros.
4. El procedimiento de adhesión Con respecto a este asunto, el art. 49 TUE, establece lo siguiente:
Características. Tipología. El proceso de fusión de las instituciones comunitarias. La distribución de competencias entre las instituciones de la Unión Europea. El principio de equilibrio institucional
1. Características La Unión dispone de un marco institucional que tiene como finalidad promover sus valores, perseguir sus objetivos, defender sus intereses, los de sus ciudadanos y los de los Estados miembros, así como garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones. 2. La distribución de competencias entre las instituciones de la Unión Europea Instituciones políticas de la UE: ostentan competencias legislativas y ejecutivas.
Un miembro de la Comisión presentará su dimisión si se lo pide el Presidente. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad presentará su dimisión, con arreglo al procedimiento establecido en el apartado 1 del artículo 1o18, si se lo pide el Presidente.
7. Teniendo en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento Europeo y tras mantener las consultas apropiadas, el Consejo Europeo propondrá al Parlamento Europeo, por mayoría cualificada, un candidato al cargo de Presidente de la Comisión. El Parlamento Europeo elegirá al candidato por mayoría de los miembros que lo componen. Si el candidato no obtiene la mayoría necesaria, el Consejo Europeo propondrá en el plazo de un mes, por mayoría cualificada, un nuevo candidato, que será elegido por el Parlamento Europeo por el mismo procedimiento. El Consejo, de común acuerdo con el Presidente electo, adoptará la lista de las demás personalidades que se proponga nombrar miembros de la Comisión. Éstas serán seleccionadas, a partir de las propuestas presentadas por los Estados miembros, de acuerdo con los criterios enunciados en el párrafo segundo del apartado 3 y en el párrafo segundo del apartado 5. El Presidente, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y los demás miembros de la Comisión se someterán colegiadamente al voto de aprobación del Parlamento Europeo. Sobre la base de dicha aprobación, la Comisión será nombrada por el Consejo Europeo, por mayoría cualificada. 8. La Comisión tendrá una responsabilidad colegiada ante el Parlamento Europeo. El Parlamento Europeo podrá votar una moción de censura contra la Comisión de conformidad con el artículo 234 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Si se aprueba dicha moción, los miembros de la Comisión deberán dimitir colectivamente de sus cargos y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad deberá dimitir del cargo que ejerce en la Comisión. 1. Composición Está compuesta por 28 comisarios, un nacional por cada estado miembro. Las personas elegidas son militares de los partidos pero que al formar parte de la Comisión asumen actuar con independencia. Entre los 28 hay un presidente y 4 vicepresidencias. Una de las vicepresidencias la ocupa el alto representante para las relaciones exteriores y la seguridad, en el tratado fallido constitucional se refería a esta figura como Ministro de Exteriores, el cual ejecuta las directrices del Consejo en cuanto a materia de política exterior. Esta figura es la única persona de la Comisión que puede ocuparse de los asuntos PESC. Además, esta figura es nombrada por el Consejo (mayoría cualificada de los estados). Nombramiento de los comisarios Se produce cada 5 años, la elección se vincula a las elecciones del Parlamento europeo. Básicamente se vincula porque la Comisión europea se asemeja a lo que un futuro podría ser un Gobierno de la UE. Una vez elegidos los miembros elegido los miembros del parlamento europeo, el Consejo europeo propone a la persona del presidente de la Comisión por mayoría cualificada. Esa persona se somete a la investidura del Parlamento europeo, es decir, se somete a votación. Investido el presidente por el Parlamento, éste procederá al nombramiento de comisarios de los estados. Nombrados así los comisarios, se somete esta lista ante el Parlamento europeo y ante la votación favorable se constituye la Comisión. Los comisarios deben hacer unas declaraciones previas y deben defender su idoneidad. Los grandes asuntos europeos recaen en comisarios de países grandes europeos. Una vez formada la Comisión el presidente de la Comisión distribuye las carteras de asuntos entre los Comisiones, es decir, se atribuyen ámbitos materiales a los Comisarios.
Causas de cesión del cargo:
Una minoría de bloqueo estará compuesta por al menos cuatro miembros del Consejo, a falta de lo cual la mayoría cualificada se considerará alcanzada. Las demás modalidades reguladoras del voto por mayoría cualificada se establecen en el apartado 2 del artículo 238 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
5. Las disposiciones transitorias relativas a la definición de la mayoría cualificada que serán de aplicación hasta el 31 de octubre de 2014, así como las aplicables entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de marzo de 2017, se establecerán en el Protocolo sobre las disposiciones transitorias. 6. El Consejo se reunirá en diferentes formaciones, cuya lista se adoptará de conformidad con el artículo 236 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El Consejo de Asuntos Generales velará por la coherencia de los trabajos de las diferentes formaciones del Consejo. Preparará las reuniones del Consejo Europeo y garantizará su actuación subsiguiente, en contacto con el Presidente del Consejo Europeo y la Comisión. El Consejo de Asuntos Exteriores elaborará la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo y velará por la coherencia de la acción de la Unión. 7. Un Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros se encargará de preparar los trabajos del Consejo. 8. El Consejo se reunirá en público cuando delibere y vote sobre un proyecto de acto legislativo. Con este fin, cada sesión del Consejo se dividirá en dos partes, dedicadas respectivamente a las deliberaciones sobre los actos legislativos de la Unión y a las actividades no legislativas. 9. La presidencia de las formaciones del Consejo, con excepción de la de Asuntos Exteriores, será desempeñada por los representantes de los Estados miembros en el Consejo mediante un sistema de rotación igual, de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 236 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 1. Composición Está formado por ministros (el art. 16 no utiliza el término ministros, utiliza el término rango ministerial…). Ejerce poderes legislativos muy importantes. Esta institución representa a los intereses particulares de los Estados. Es una institución intergubernamental por la que se defienden los intereses de cada estado miembro. Los ministros defienden las posiciones y expresan los intereses de su estado. Institución que ostenta las máximas competencias legislativas en la UE. 2. Organización y funcionamiento ORGANIZACIÓN El Consejo tiene varias formaciones: