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Principio de Contradicción: Derecho a la Defensa en Juicios, Apuntes de Derecho Penal Avanzado

El principio de contradicción es un criterio legal que garantiza el derecho a la defensa en juicios. Este principio permite a las personas confrontar las pruebas presentadas contra ellas y presentar pruebas en apoyo de sus argumentos. El principio está respaldado en el código orgánico integral penal y la constitución de la república. La contradicción es fundamental en el proceso judicial, ya que permite que todas las partes discutan y refutan las pruebas presentadas.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 28/11/2022

arleth-quintero
arleth-quintero 🇪🇨

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Principio de contradicción
Les voy a hablar sobre el principio de contradicción, este es un criterio que
rige el derecho procesal y que expresa que toda persona tiene derecho a
confrontar las pruebas que se presenten contra él en un juicio. Este principio
significa que los jueces no pueden dictar una resolución sin que los acusados
tengan oportunidad de exponer su posición y aportar las pruebas pertinentes
para apoyar sus argumentos.
Este principio de contradicción se encuentra respaldado en el artículo 5
numeral 13 del Código Orgánico Integral Penal y en el artículo 76 numeral 7
literal h de la Constitución de la República en donde establece que
El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes
garantías: Presentar de forma verbal o escrita las razones o
argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de
las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten
en su contra.
Básicamente el principio de contradicción garantiza que toda persona que
pueda verse afectada por una decisión judicial debe tener la oportunidad de
argumentar con un juez, testificar y refutar o impugnar las pruebas que se le
presenten. Para el tratadista Cabanellas “el principio de Contradicción en lo
procesal obliga a las partes a facilitar al tribunal los hechos o medios de
prueba necesarios para la resolución”. Es por ello que debemos tener en
cuenta de que todos los medios de prueba son la forma existente con la que
podremos aclarar y refutar las acciones u omisiones que se le imputen al
procesado. La contradicción significa que toda la actividad probatoria que
hace un sujeto procesal debe saber la otra parte, precisamente para que la
conozca y pueda discutirla por lo tanto es un requisito fundamental en el
proceso.
Pero por otro lado no podemos olvidar que el principio de contradicción está
directamente relacionado con el derecho a la prueba que tiene como primer
requisito la legalidad de la petición probatoria, en el doble sentido de que "el
medio de prueba esté autorizado por el Ordenamiento y de que" la prueba se
haya solicitado en la forma y momento legalmente establecidos. Pero si esta
prueba no se practica a la presencia del juez o tribunal y con la presencia de
las partes la prueba no tiene validez.

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Principio de contradicción Les voy a hablar sobre el principio de contradicción, este es un criterio que rige el derecho procesal y que expresa que toda persona tiene derecho a confrontar las pruebas que se presenten contra él en un juicio. Este principio significa que los jueces no pueden dictar una resolución sin que los acusados tengan oportunidad de exponer su posición y aportar las pruebas pertinentes para apoyar sus argumentos. Este principio de contradicción se encuentra respaldado en el artículo 5 numeral 13 del Código Orgánico Integral Penal y en el artículo 76 numeral 7 literal h de la Constitución de la República en donde establece que

  • El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: Presentar de forma verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra. Básicamente el principio de contradicción garantiza que toda persona que pueda verse afectada por una decisión judicial debe tener la oportunidad de argumentar con un juez, testificar y refutar o impugnar las pruebas que se le presenten. Para el tratadista Cabanellas “el principio de Contradicción en lo procesal obliga a las partes a facilitar al tribunal los hechos o medios de prueba necesarios para la resolución”. Es por ello que debemos tener en cuenta de que todos los medios de prueba son la forma existente con la que podremos aclarar y refutar las acciones u omisiones que se le imputen al procesado. La contradicción significa que toda la actividad probatoria que hace un sujeto procesal debe saber la otra parte, precisamente para que la conozca y pueda discutirla por lo tanto es un requisito fundamental en el proceso. Pero por otro lado no podemos olvidar que el principio de contradicción está directamente relacionado con el derecho a la prueba que tiene como primer requisito la legalidad de la petición probatoria, en el doble sentido de que "el medio de prueba esté autorizado por el Ordenamiento y de que" la prueba se haya solicitado en la forma y momento legalmente establecidos. Pero si esta prueba no se practica a la presencia del juez o tribunal y con la presencia de las partes la prueba no tiene validez.