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TEMA 1. Elementos conceptuales y contextuales de los Servicios Sociales.
• Lectura Nº 1. Servicios sociales: aspectos conceptuales. (p. 11 a 42).
1. DERECHOS SOCIALES Y ESTADO DE BIENESTAR.
Contexto clave para el desarrollo de los servicios sociales en España.
• Siglo XIX F 0 8 A El propio Estado Liberal , cuyo punto de referencia fundamental es un
sistema productivo / capitalista , empieza a dar algunas respuestas / compromisos a las necesidades sociales existentes.
• Desde esta perspectiva del Estado Liberal, existe una relación contradictoria ,
compleja, entre la búsqueda universal , dirigida al conjunto de una población y actuaciones dirigidas a sectores específicos que demandan o tienen necesidades.
• Lo que el sistema capitalista pretende es que, a través del mercado , las
personas con su trabajo sean capaces , por sí mismas, de cubrir sus necesidades.
• ¿Cómo se articula la forma en que esos Estados liberales responden a esas
necesidades sociales?
• Fundamentalmente mediante la reglamentación , mediante normativa que
compromete a los Estados , que conformará el denominado Estado de Bienestar.
• ¿Cómo surgen estas normativas?
• Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 F 0 2 2Referencia
clave para ese compromiso de los Estados.
• A esto se llega después de una etapa muy conflictiva y contradictoria ( I y
II Guerra Mundial ), consecuencia de confrontaciones de aspectos ideológicos y de la manera de responder a su ciudadanía.
• Cuestión clave F 0 2 2A partir del s. XIX , el capitalismo supone una
confrontación con el proletariado , que se irá superando y modificando de demandas, luchas, etc.
• Terminada la II Guerra Mundial (1939 – 1945), el punto de referencia para
los Servicios sociales es el artículo 25 de la DUDH ( 1948 ). Establece como deben responder los Estados a las situaciones de riesgo social.
Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure , así como a su familia, la salud y el bienestar , y en especial la alimentación , el vestido , la vivienda , la asistencia médica y los servicios sociales necesarios ; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo , enfermedad , invalidez , viudez , vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
• Las otras reglamentaciones que aparecen en la lectura hacen referencia a otros
aspectos europeos :
• Convención Europea de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales del
Consejo de Europa (Roma, 1950 ).
• Compromiso de los Estados a reconocer determinados derechos
individuales.
• Carta Social Europea (Turín, 1961 ).
• Cuerpo normativo en el que se diseñan los derechos de carácter social que
los Estados están dispuestos a reconocer y garantizar.
• Acta Única Europea (Luxemburgo, 1985 ).
• Convención Europea y Carta Social como referencia en materia de promoción de
los Derechos fundamentales.
• Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los
Trabajadores (Estrasburgo, 1989 ).
• Principios sobre los que se basa el modelo europeo de Derecho Laboral y, de
forma general, el lugar que ocupa el trabajo en la sociedad.
• Tratado de la UE o Tratado de Maastricht ( 1992 ).
• Culminación política de un conjunto normativo vinculante para todos los Estados
miembros de la UE.
• Tratado de Lisboa ( 2007 ).
• Modifica el Tratado de la UE y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
• Las distintas crisis económicas dificultan que los países cumplan con los
compromisos asumidos.
• Las demandas sociales históricas son las que crean los compromisos de los
países (Ej. Sistema sanitario, dado que todas las personas enferman. Ej2. El sistema educativo, etc., Ej.3 Seguridad Social – desempleo).
• Europa asume esta responsabilidad de los Estados de Bienestar mediante el
Modelo Social Europeo (compromiso de los Estados con el Bienestar Social).
2. DERECHOS SOCIALES Y CIUDADANÍA.
• THOMAS MARSHALL F 0 9 A Teoría de la ciudadanía , “ Ciudadanía y Clase
social ”.
• Ciudadanía moderna F 0 8 A Estatus que atribuye derechos y deberes a los
nuevos grupos sociales que emergen con el desarrollo de una nueva sociedad industrial desde mediados del s. XVII.
• El reconocimiento de la ciudadanía habría evolucionado a lo largo del
tiempo a través de la creciente adquisición de Derechos (por etapas):
1. Derechos CIVILES (s. XVIII ) F 0 9 A Igualdad ante la Ley, Libertad física, etc.
2. Derechos POLÍTICOS (s. XIX ) F 0 9 A Extensión del sufragio, voto secreto, etc.
3. Derechos SOCIALES (s. XX ) F 0 9 A Se reconoce a las personas que tengan
una cobertura de aquellos aspectos a los que están expuestos en su vida (Ej. Enfermedad, accidente laboral) y educación, bienestar, seguridad social, etc.
• Ver página 35 de la lectura; relación entre derechos civiles y políticos, y
derechos sociales). En esa página están los cuatro aspectos fundamentales para la aplicación de los derechos fundamentales y la puesta marcha de los servicios sociales.
• Derechos Políticos F 0 9 A Individuales.
• Derechos Sociales F 0 9 ASuelen ser colectivos.
• Coste de implantar uno u otros.
• Aceptación en función del contexto histórico.
• Derechos individuales F 0 9 A Universales e igualitarios.
• Sin embargo, los Derechos Sociales NO son en la misma medida.
En ocasiones, “ Acción Positiva ”, reivindicación para que se incorpore. (Ej. Establecer un centro de drogodependencia en un barrio genera más problemas que un centro de mayores).
• El ejercicio privado de los derechos individuales NO afecta a los
derechos de los demás (Ej. Voto).
• Sin embargo, el ejercicio de los sociales es interdependiente ;
el grado de reconocimiento varía en función de los demás.
• 22 de septiembre de 2015.
A partir de la página 67 a la 74.
• EVOLUCIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES : ETAPAS.
• ¿Qué ocurre en la etapa de estructuración de los Servicios Sociales, de 1976
a 1981 (La Transición política española).
1. ETAPA F 0 2 2FASE DE DISEÑO DE LOS SERVICIOS SOCIALES, 19 76 – 19 81.
• Período de Transición democrática.
• 1978 aprobación de la CE , como referente para estructurar el sistema.
• Período de transición , situación de diseño , SIN definir.
• Partidos políticos F 0 2 2Piensan y diseñan este aspecto.
• Protagonismo profesional F 0 2 2Doble responsabilidad de las trabajadoras
sociales en el proceso:
.a Como profesionales y como ciudadanas , con un compromiso ético y
político con la sociedad.
.b Como militantes que defienden la universalidad de los derechos sociales
y la construcción del nuevo sistema público de protección social.
• Ruptura con la etapa benéfico asistencial.
• Incorporación a los ayuntamientos de líderes políticos procedentes de los
movimientos sociales.
• Mayor fuerza en la formalización de las demandas ciudadanas.
• Respuesta a los problemas sociales desde una Administración Pública
que se rige por los principios de la modernización administrativa.
• Desarrollo de diferentes concepciones teóricas y políticas basadas en:
• El derecho de cada ciudadano a tener cubiertas una serie de
necesidades.
• La orientación hacia una universalización de los servicios.
• Relacionado con el modelo de Estado de Bienestar predominante.
• Convivencia entre lo Público y lo benéfico asistencial (Ej. Cáritas), que
continuan con sus labores benéficas.
• Plan nacional de apoyo al desarrollo de los SS públicos.
• Asume la responsabilidad de los convenios de SS, derivada de la creación
del Ministerio de Asuntos Sociales en 1988.
• Refrenda el protagonismo de los Ayuntamientos ( descentralización )
para que puedan asumir las competencias de gestión.
• Articula la cooperación económica y técnica entre Administraciones ,
con la finalidad de lograr la colaboración entre la Administración del Estado y las CCAA para financiar conjuntamente una Red de Atención de Servicios Sociales Municipales que permita garantizar las prestaciones básicas a los ciudadanos en situación de necesidad, ayudando así a las Entidades Locales en el cumplimiento de las obligaciones que, de acuerdo con la LBRL, han de llevar a cabo en relación con la prestación de Servicios Sociales.
• Centros de SS Municipales F 0 2 2Elemento clave del sistema de SS.
• Se produce un desarrollo legislativo en las distintas CCAA procurando un marco
legal generalizado , con predominio de la concepción pública de los SS ; normativa que permite estructurar y desarrollar los SS.
• Sector privado sin ánimo de lucro F 0 2 2Papel subsidiario y apenas existían
referencias al sector de iniciativa privada lucrativa.
• La demanda de TS es muy alta , aunque existe una crítica sobre el papel
que el TS tiene en esta estructuración.
• Sectores conservadores.
• Función controladora y de acomodación al sistema.
• Comportamiento profesional identificable con reconocimiento de estatus.
• Finales de los ´.
• 1988. Adhesión de España a la Carta Europea de la Autonomía
local.
• Se implantan las Rentas Mínimas de Inserción (RMI).
• Planes de Inclusión Social.
3. ETAPA F 0 2 2 CONSOLIDACIÓN , 19 93 – 20 08.
• 19 93 F 0 2 2Empieza una renovación legislativa que afectará a 8 CCAA.
I. PRIMERA FASE (19 93 – 20 05 ):
• Efectos contradictorios de las Leyes renovadas.
Avanzan en la institucionalización del sistema.
Introducen aspectos que condicionan su proceso de consolidación.
Incremento inicial del sector NO lucrativo.
Mayor protagonismo del sector mercantil.
Tendencia a la liberalización y externalización de los SS.
Aportación financiera de los usuarios para determinados servicios especializados. Los generales son gratuitos.
II. SEGUNDA FASE (20 06 – 20 08 ).
• Ley 39 / 2006 , 14 diciembre, de P romoción de la A utonomía P ersonal y
A tención a las personas en situación de D ependencia.
Ley estatal.
Enfoque global como riesgo social.
Reconoce el derecho subjetivo a la autonomía dentro de los SS.
• Cualquier persona que tenga reconocida esa dependencia
tendrá derecho a esa prestación o servicio.
Proceso de universalización – garantiza el acceso a unas prestaciones fundamentales y específicamente definidas en un catálogo.
• Se actualiza el debate sobre la necesidad de una ley estatal que lleve a la
igualdad territorial.
• Relaciones complejas , ambivalentes y contradictorias entre las
administraciones públicas , el sector no lucrativo y el sector mercantil.
4. UN SISTEMA AMENAZADO , desde 2009.
• Nueva crisis financiera.
• Importantes recortes en los SS y TS.
• Planteamientos opuestos de los sectores críticos al Estado de Bienestar y
de los sectores a favor del sistema público de SS.
• Crítica ideológica del mundo académico contra la intervención del
Trabajo Social.
• 2011 F 0 2 2 Profesionales, académicos, miembros de organizaciones
profesionales, sociales y sindicales plantean la DEFENSA del sistema público de SS.
• Comprender las dinámicas del Estado y su relación con los sectores
sociales implicados en su actuación (coherencia y racionalidad).
• Estrategia que permita completar su universalización con una lógica de
derechos subjetivos y con unas prestaciones básicas garantizadas en el conjunto del Estado , en el marco de una amplia corresponsabilidad interadministrativa.
• ÁMBITO COMPETENCIAL.
• ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.
• Art. 139. 1 CE: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en
cualquier parte del territorio del Estado.
• Art. 149. 1. 1 CE: Competencia exclusiva del Estado sobre determinadas materias.
• Estructuras orgánicas establecidas por Ley 6/1997, 14 abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado.
• Desde 1988 , con el Ministerio de Asuntos Sociales, 1996, 2008, 2009, 2010,
hasta 2011: Ministerio de Sanidad , Servicios Sociales e Igualdad.
• ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA.
• Estatuto de Autonomía F 0 2 2Norma institucional básica de cada CCAA.
• Art. 148. 20 CE F 0 2 2Competencia exclusiva de las CCAA en materia de
Asistencia Social (Legislativa, Administrativa y Organizativa).
• Estructuras orgánicas F 0 2 2 Consejerías específicas o compartidas de SS.
• ADMINISTRACIÓN LOCAL.
• Art. 140 CE F 0 2 2La CE garantiza la autonomía de los municipios (…).
• Competencias:
.a Ley 7 / 1985 , 2 de abril, R eguladora de las B ases del R égimen L ocal.
• Art. 26. Los Municipios con población superior a 20. 000 habitantes
deberán prestar el servicio siguiente: Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
.b Ley 27 / 2013 , 27 de diciembre, de R acionalización y S ostenibilidad de la
A dministración L ocal.
• Art 8 (modificación del Art. 25 LBRL) : El municipio ejercerá en todo caso
como competencias propias (…): Evaluación e información de situaciones de necesidad social y (…).
• Estructuras orgánicas F 0 2 2 Concejalías específicas o compartidas de SS.
• Teniendo en cuenta estas competencias, los EJES que estructuran los SS son:
1. RED DE SERVICIOS SOCIALES.
• Se establece con dos puntos de apoyo, uno que tiene que ver con el
Plan Concertado (básico) y los Servicios Sociales Especializados.
• Estructura de los SS F 0 2 2 Básicos y Especializados.
• Uno de los problemas es la información , por ejemplo: SIUS ; en
servicios sociales está costando crear una base de usuarios de SS.
2. RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN.
• Puesta en marcha en los años 80 , hay 17 modelos de RMI, una por
cada CCAA.
3. APLICACIÓN DE LA LEY DE DEPENDENCIA.
• Mediante la creación del SAAD , de tipo estatal, un sistema que da
cuenta de toda la estructura montada aplicada proveniente de la LD (Centros, ayudas, baremos, etc.).
• SAAD F 0 2 2Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
• 29 de septiembre de 2015.
4. (ESTA PARTE ESTUDIAR DE LA LECTURA N4).
• 2013 F 0 2 2Se aprueba la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración
Local. ( Ley 27 / 2013 , 27 de diciembre).
• Enfoque economicista , al restringir gastos e intentar establecer fórmulas
menos costosas para los ayuntamientos.
1. Clarificar competencias entre AL y AA, evitar duplicidades.
2. Transferencia de competencias o parte de ellas, a las Diputaciones
Provinciales.
3. Fusión de municipios. Crítica: medida de tipo voluntario.
4. Baremos remuneración cargos públicos.
5. Ahorro en la prestación de servicios públicos.
• Impacto de esta legislación a los Servicios Sociales:
• Choca con el Principio de Proximidad.
• Ejemplo: Ley 11/2003, 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de
Madrid. Art. 3.G : La prestación de los servicios sociales se realizará desde el ámbito más cercano al ciudadano , mediante un reparto equitativo de recursos que permita la atención y permanencia de las personas en su entorno habitual de vida y de convivencia.
• Responsabilidad que los SS van a tener:
• Art 8 (modificación del Art. 25 LBRL): El municipio ejercerá en todo caso como
competencias propias (…): Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
• Restringe las funciones de la Administración Local en materia de SS.
• Se intentó una Ley estatal pero la competencia exclusiva es de las
CCAA.
• En este marco competencial, las CCAA han aprobado sus propias leyes en el
ámbito de los SS, en las cuales, se definen sus principios inspiradores , prestaciones y servicios.
• Diversidad entre las distintas CCAA (Ej. Requisitos de acceso a
prestaciones y servicios, cuantía de las prestaciones, etc.).
• Los aspectos reseñables sobre legislación de los SS y las dificultades en el
reconocimiento de derechos se concretan en:
• Concretar las situaciones de necesidad. Cómo operativizar estas
situaciones, los estándares. Resulta difícil.
• ¿Cuáles son los servicios que deben prestarse , cómo aprobarlos por parte
de la ciudadanía? (Ej. Hay servicios que en el imaginarios social no dan problemas; mayores y drogodependientes).
• La disponibilidad , la oferta ; ¿Qué catálogo se establece?.
• Aspecto legales , burocráticos , etc. Aspectos que, aun estando en la
legislación, NO se llevan a cabo. Ej. Eliminación de barreras arquitectónicas.
• Nunca va a existir una cobertura total de todas las necesidades debido a
presupuestos escasos y gran cantidad de demanda.
• Para el desarrollo legislativo hay que tener en cuenta el contexto europeo y la
aprobación de la primera Ley de Servicios Sociales , en el País Vasco ( 1982 ); ley que es el referente para las primeras legislaciones que aparecen.
Otro aspecto es que en 1984 , una parte importante de las CCAA estaban gobernadas por el PSOE , y el propio partido establece un DOCUMENTO BASE para el desarrollo de los SS (establece unos principios ):
a. Servicios comunitarios y servicios sectoriales.
b. Servicios sociales de prestación pública y municipal.
c. Las organizaciones altruistas van a ser subsidiarias , sólo actúan cuando
el sector público lo demande o sea necesario.
d. El propio documento plantea la necesidad de establecer estructuras
organizativas , unido con esa gestión.
• ETAPAS EN LA EVOLUCIÓN DE LAS LEYES DE SS.
1. PRIMERA ETAPA. LEYES DE PRIMERA GENERACIÓN (19 82 – 19 92 ).
• Aspectos comunes que dan estabilidad al sistema de SS ( Principios ):
a. Responsabilidad pública.
b. Igualdad y universalidad.
• La discriminación positiva es necesaria.
c. Descentralización. Todas las leyes aceptan que la actuación y la
respuesta a las demandas ciudadanas deban darse en el lugar más cercano al ciudadano.
d. Normalización : intentar superar los estereotipos y dar respuestas a
sectores vulnerables SIN marcarlos.
e. Participación ciudadana. Aunque se ha quedado en una cuestión
formal , prácticamente burocrática , pero NO real.
f. Planificación y coordinación. (¿A qué se da respuesta primero?) Se llevó
a cabo con los Mapas de Servicios Sociales , con estudios de necesidades dando prioridad a unas sobre otros, aunque esta prioridad tiene un componente político muy fuerte.
• Con estos principios se arma la estructura con las 17 leyes de SS. La forma en
que se establecieron estas leyes demuestran limitaciones importantes, dado que en el año 93 empezó la renovación legislativa. Entre esas limitaciones se encuentra:
1. NO hay reconocimiento real de derechos.
• NO hay un catálogo de servicios , no se concreta a qué tienes
derecho.
2. Son muy genéricas , NO hay concreción.
3. Imprecisión conceptual.
4. Falta de medios y recursos para poner en marcha dicho sistema.
2. SEGUNDA ETAPA. RENOVACIÓN LEGISLATIVA DE LOS SS ( 1993 – 2003 ).
• NO se renuevan todas.
• Algunos avances significativos ; entre las novedades se destacan las siguientes:
1. Modificación F 0 2 2 De ser exclusivo del sector público a incluir a asociaciones
sin ánimo de lucro / privadas.
• Esta novedad tiene que ver con la nueva corriente de la gestión de la
Administración Pública que intenta incorporar el modelo empresarial , una visión que considera al ciudadano como cliente.
2. Gestión empresarial (programas, gestión del presupuesto, etc.).
3. Transparencia F 0 2 2 Mayor información.
4. Ruptura de lo público con la externalización (privatización) de servicios,
administración privada del servicio.
autonomía personal y para la atención y cuidado de situaciones de dependencia, así como los privados concertados debidamente acreditados.
6 de octubre de 2015.
• TEMA 5. POBREZA Y EXCLUSIÓN. Rentas mínimas de Inserción. Estructura y
desarrollo en la Comunidad y Ayuntamiento de Madrid.
(Lectura Nº 6. Capítulo 5. Los SS frente a la pobreza y a la exclusión social).
• Tras la II Guerra Mundial se desarrolla el sistema de bienestar social, que genera
cierto equilibrio con el capitalismo brutal anterior.
• Con la crisis de los años 70 se pone en evidencia los límites del Estado de
Bienestar.
• Ruptura binomio contribuciones / retribuciones.
• Lo que el individuo aporta a la sociedad y lo que el individuo recibe de la
sociedad, todo esto en un contexto de intercambio y solidaridad.
• El problema es que se rompe esa relación de intercambio y solidaridad.
• Se pone en cuestión con las políticas neoliberales.
• Ej. Impuestos. Si puedo pagar por un servicio privado, por qué voy a
pagar para que los demás tengan un servicio público.
• Tiene que ver con los problemas para justificar la propia política social.
• ELEMENTOS CLAVE POR LOS QUE SE JUSTIFICA LA POLÍTICA SOCIAL:
1. Elaborar / concretar lo que se denomina bien público.
• Ej. Sanidad. Se complica cuando hay que hacer el reconocimiento de
sectores específicos de la población. Ej. Mayores, bien visto. Drogodependiente, NO tan bien visto.
2. Eficacia y rentabilidad. Cuando se hace una actuación debe justificarse
que es eficaz. En los SS la eficacia y la rentabilidad NO puede medirse de igual modo que en el ámbito mercantil.
3. Criterio moral. Ej. Personas sin hogar, hay que hacer algún tipo de
actuación. A ese criterio hay que unir otro criterio / decisiones , el criterio POLÍTICO. La forma y cómo se va a actuar es una decisión política.
• Nos movemos en un marco de situaciones de precariedad laboral, futuro incierto,
donde los temas de vulnerabilidad son más evidentes y complejos.
• En los años 70 , era claro qué sectores de población eran vulnerables , pero en
este momento nos encontramos con grupos heterogéneos. La clase media se ve afectada por esta situación , que antes no se daba (Ej. Paro larga duración, desahucios, etc.).
• EXCLUSIÓN SOCIAL. Se trata de una definición multidimensional , no sólo en
términos económicos.
1. Pobreza económica.
2. Acceso al empleo.
3. Límites de acceso al sistema educativo.
4. Límites de acceso a los sistemas de salud.
5. Vivienda (Desahucio, personas sin hogar).
6. Relacional (Ej. Soledad).
• El Consejo de Europa (2.000), establece de forma concreta los indicadores que
permiten medir / operativizar el NIVEL de POBREZA :
• Indicadores primarios (hay secundarios también).
1. Tasa renta baja. Aquellos hogares cuyos ingresos se encuentran por
debajo de la mediana de cada país.
2. Distribución de la renta. Indicador de desigualdad.
3. Persistencia renta baja. No solo por la crisis, algo persistente.
4. Desfase renta baja / mediana.
5. Cohesión regional. Diferencia según regiones (Norte / Sur).
6. Tasa de desempleo de larga duración.
7. Personas que viven en hogares en los que no trabaja ninguno de
sus miembros. Pueden ser pensionistas o que no haya nadie trabajando por desempleo.
8. Personas que abandonan prematuramente la enseñanza y no siguen
ningún tipo de educación o formación.
9. Esperanza de vida al nacer.
10. Percepción del propio estado de salud.
• Estos indicadores permiten trabajar la situación de pobreza y llevar a cabo
actuaciones.
• PROGRAMAS EUROPEOS de LUCHA contra la POBREZA.
• 1975. Primer Programa europeo Lucha contra la Pobreza.
• Muy generalista , trata de diagnosticar (qué pasa) y cuantificar.
• 13 de octubre de 2015
• TEMA 6. LOS SISTEMAS DE GARANTÍA DE INGRESOS MÍNIMOS EN LAS CCAA.
• España, años 80 , los sindicatos incorporan en sus demandas una petición : la
garantía de ingresos mínimos (“salarios sociales”). Hubo discusión , incluso huelga general , pero el Gobierno denegó esa cuestión diciendo que era competencia de las CCAA.
• 1988 – 2001 F 0 2 2Las CCAA empiezan a poner en marcha los llamados programas
de rentas mínimas de inserción.
• 1988 F 0 2 2IMI, en Euskadi.
• Los programas de RMI , como parte del Sistema Público de Servicios Sociales, son
una competencia exclusiva de las CCAA y Ciudades de Ceuta y Melilla , al amparo de lo establecido en la Constitución Española.
• Reciben diferentes denominaciones.
• Cuentan con distintas formas de acceso , requisitos exigidos, duración o cuantía ,
según cada administración.
• En común F 0 2 2Destinadas a personas y/o familias que carecen de recursos económicos
suficientes para cubrir sus necesidades básicas, proporcionando los medios necesarios para cubrir dicha carencia y van acompañados de un proceso de intervención social , que en algunos casos se vincula con la inserción laboral.
• RMI : Se caracteriza por el doble derecho, es decir, una parte es la
renta (unos ingresos) y, otra, la inserción social (mediante Programas).
• El sistema de RMI de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, se apoya en
una regulación normativa que desde sus orígenes ha sufrido continuas transformaciones , que han supuesto una avance en la consolidación legal y social de estas prestaciones, progresando tanto el reconocimiento de las mismas como derecho subjetivo como en su concepción de garantía de recursos mínimos para la subsitencia y de instrumento en los procesos de inclusión social , constituyendo una prestación social básica para la ciudadanía.
• RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN :
.a Es una prestación que tiene por finalidad satisfacer las necesidades
contempladas en el artículo 142 del Código Civil :
• Todo lo que es indispensable para el sustento , habitación , vestido y asistencia
médica.
• Educación e instrucción mientras sea menor de edad.
• Gastos de embarazo y parto.
.b Tiene carácter subsidiario (del resto de prestaciones establecidas por ley) y
complementario hasta el importe que corresponda percibir al beneficiario de la misma, respecto de los recursos de que disponga y de las prestaciones económicas a que pudiera tener derecho.
.c Importe F 0 2 2La cuantía de la RMI estará integrada por la suma de una
prestación mensual básica y un complemento mensual variable , que estará en función de los miembros que formen la unidad de convivencia.
• Prestación mensual básica F 0 9 A 1 ª Persona: 375 , 55 €.
• Complemento variable F 0 9 A 2 ª persona: 112 , 67 € y 3 ª persona y siguientes: 75 , 11
€
.d Duración F 0 2 2El derecho a la percepción se prolongará en tanto el titular reúna
los requisitos establecidos , salvo que se produzca la suspensión o extinción del derecho por causas establecidas por la Ley correspondiente.
.e Programa Individual de Inserción F 0 2 2Previsión de acciones cuya finalidad
es evitar procesos de exclusión y favorecer la incorporación laboral e integración soical.