





Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Apuntes profesor hechos a mano
Tipo: Monografías, Ensayos
1 / 9
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!






Hay tres administraciones territoriales Estado Provincias Comunidades autónomas Estas, son publicas y pueden adoptar reglamentos. Una norma es una categoría general que puede ser una orden/mandato/obligación… que establecen reglas. Hay algunas con más poder o más vinculación jurídica que otras. El incumplimiento de las reglas puede conllevar a algún tipo de sanción. Las aprueban las instituciones que tienen competencia para ello. Hay distintos tipos con distintas posiciones dentro del ordenamiento jurídico. El parlamento puede aprobar leyes a nivel estatal y a nivel de comunidades autónomas lo hacen las asambleas legislativas (descentralizado). El poder ejecutivo se conforma por el gobierno y por las administraciones publicas. A nivel estatal: el gobierno o el consejo de ministros ministerios
Las normas de estos ámbitos se llaman disposiciones de carácter general, añaden algo nuevo a las reglas que están en la ley y provienen de administraciones publicas. Por lo tanto, las administraciones publicas tienen carácter normativo, pero siempre van a ser normas infra legales porque van por debajo de la ley. Hay que ver quien tiene la competencia y en que materias. Cuando la norma infra legal con rango reglamentario proviene del consejo de ministros, se llama real decreto. Cuando lo aprueba un ministro, se llamará orden ministerial. Cuando hacen uso de su poder de hacer reglamento (como categoría) los consejos de gobierno de comunidades autónomas se llamarán decretos. Tienen potestad normativa pero no potestad legislativa. Cuando aprueba una norma el consejero, se llamará orden del consejero/consejería A veces las ordenes funcionan como normas y a veces como actos administrativos. Tanto las ordenes ministeriales como las del consejero, tienen una naturaleza discutible. A nivel municipal está el pleno y el alcalde. Tienen legitimidad democrática directa porque nosotros lo votamos a través de las elecciones municipales directamente, por lo que no es lo mismo qie el presidente del gobierno o el consejo de ministros, puesto que a estos no les votas directamente. El pleno y el alcalde tienen potestad normativa y no legislativa. Las normas de estos son infra legales de rango reglamentario. Siempre estarán sometidos a lo que digan las leyes (estatales, parlamento autonómico…) porque sigue siendo un reglamento y este está sujeto a lo que dice la ley. Cuando lo hacen el alcalde y el pleno, este reglamento se llaman ordenanzas municipales. Hay un principio que posiciona las distintas normas en un reglamento jurídico:
reglamentarias (que consideremos ilegales, que vulneren ddff). Las leyes no podemos recurrirlas los ciudadanos directamente (sí las normas infralegales). Esto es el recurso directo contra un reglamento (decreto, real decreto o ordenanza). La sanción si es ilegal es la nulidad de pleno derecho por infringir el principio de jerarquía normativa. Cuando se declare ilegal un reglamento por un tribunal competente, este debe ser inaplicado por cualquier órgano judicial. El recurso contra este reglamento esta en el Art 25.1 de la jurisdicción administrativa.
Los reglamentos se pueden recurrir de forma directa por cualquier ciudadano en el plazo de 2 meses desde su publicación. De forma indirecta: si el plazo pasa, cuando llega el acto administrativo, como no podemos imponer recurso directo como real decreto, impugnamos el acto administrativo e indirectamente decimos que el problema del acto administrativo está en el reglamento en el que se basa dicho acto. Es decir, un acto administrativo basado en un reglamento y que cuando nos llegue el acto nos enteremos de que ese reglamento puede ser contrario a la ley, por lo que impugnamos directamente el acto administrativo e indirectamente impugnamos con un recurso indirecto el reglamento que le da cobertura a dicho acto. Caben vía administrativa y vía contencioso administrativa. SENTENCIA FUNDAMENTOS 7 Y 8 CASO Real decreto 20 marzo 2014 que establece cuando es obligatorio matar animales en fase de mera sospecha de enfermedades y establece unas indemnizaciones. Hay otra disposición de real decreto que faculta al ministro supuestos indemnizatorios (actualizados cada dos años). Unos años después la consejera de agricultura de la comunidad autónoma de cartilla y león emite una orden el 20 de diciembre de 2025 que impone el sacrifico obligatorio que obliga a sacrificar a 776 vacas de una propiedad cooperativa por sospechas de estar enfermas y fija una indemnización derivada del sacrifico. La orden de la consejera aplica el entramado de normas estatales a un caso concreto. La orden de la consejera funciona como un acto
porque tiene normas y las aplica a un caso concreto (vamos a matar a las vacas). Reserva de ley: Derechos involucrados: El derecho a la propiedad privada Art 33 CE
Principio de reserva de ley Art 53. Artículo 53
_1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).
Hay una asociación de vecinos que interpone un recurso directo contra el plan especial e indirecto contra plan general, la asociación cree que estos planes no están conforme al derecho, entonces la asociación tiene un interés para que se estimara el recurso como ha hecho el TSJ, este, realmente está de acuerdo lo que dice la asociación y estima el recurso. El ayuntamiento que es el que hace el plan y una empresa inmobiliarias con intereses recurren en casación la sentencia del TSJ porque consideran que por varios motivos no se podía tocar el plan general por parte del TSJ. La impugnación directa cuando es contra un acto administrativo se puede cuestionar todo, la forma, el procedimiento, tramites que dice la LPAC.... A parte, se puede impugnar cualquier problema de contenido (esto es contrario a un ddff, a un ppio…) esto es lo que dice el TS. El recurso directo puede abarcar todo tipo de problemas: de contenido de forma EL TC intenta limitar que es lo que se puede analizar. En el recurso indirecto en este caso, no se podría hacer algo. ¿Qué se puede hacer con un recurso indirecto? En contra de lo que dijo el TSJ, el TS dice que un recurso indirecto no puede ser un recurso directo en cubierto, por lo que solamente se puede impugnar si hay indicio material que realmente arrastra el plan especial. Pero si hay problemas de forma, esto ya no se puede impugnar de forma indirecta a través del plan especial. Si no sigues la forma para la aprobación par una disposición, es un problema formal Un plan general es un reglamento, se aprueba el 3 de noviembre de 2024 y crecemos que hay un problema en la forma, no se ha seguido el procedimiento porque se salto el plan de info publica: se puede interponer un recurso directo contencioso administrativo. Si nadie percibe que ha pasado esto y pasan los meses (octubre 2025) se aprueba un plan special que desarrolla en general, y nos damos cuenta de que se prescindió del tramite de info publica, primero de interpone un recurso directo contra el plan especial y a la vez uno indirecto contra el plan general. Según el TS, el recurso indirecto no nos vale para este tipo de vicios por que no pueden alegarse problemas de forma en el recurso indirecto (vicios formales), solamente sustantivos. El fallo del TS es: estima el recurso de casación
deja sin efecto la sentencia dice que tanto el plan especial como el plan general están bien desdibuja lo que se puede hacer con un recurso directo y con uno indirecto. CASO PRÁCTICO 3