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Asignatura: Derecho Penal I, Profesor: Joan Lluís Perez Francesch, Carrera: Dret, Universidad: UAB
Tipo: Apuntes
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La irretroactividad de las leyes penales surgen del principio de legalidad.
Qué pasa cuando hay una sucesión de reformas de leyes?
Promulgación Publicación BOE Vacatio Legis Entrada en vigor Eficacia temporal ley (hasta ue se produca la derogación) Derogación (expresa-tácita)
Las normas entran en vigor a los 20 días de haberse publicado (Cógio civil). El CP de 1995 en su dispoción final 7ª establecía que el período de Vacatio Legis era de 6 meses. En la reforma del CP de 2015 el período de Vacatio Legis es de 3 meses (Ley Orgánica 1/2015).
La derogación puede ser de dos tipos:
En derecho penal lo importante es que la promulgación de la ley sea anterior al hecho delictivo. Por lo tanto, el principio clave en el ámbito de la aplicación temporal de la ley es el principio de irretroactividad de las leyes (art. 9 CE, 25.1 CE y 1 y 2 CP). Cuando se produce una sentencia penal, se debe observar siempre la ley que estaba en vigor en el moment de cometerse los hechos.
EXCEPCIÓN: Principio de retroactividad de la norma penal más favorable al reo (ejemplo del delito cometido en 2005 y juzgado en 2011: en 1995 pena 10 años, en 2010 pena 20 años. Por lo tanto, se condenarà con la ley de 1995 porque es más beneficiosa para el reo) POR QÚE ES ASÍ? Porque en tal caso, la pena no cumpliría una de sus funciones como la reinserción.