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APUNTS DE DRET UAB, Apuntes de Derecho Penal

Asignatura: Derecho Penal I, Profesor: Joan Lluís Perez Francesch, Carrera: Dret, Universidad: UAB

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 02/06/2017

joan.soler
joan.soler 🇪🇸

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Tema 7 – Ámbito temporal de la ley penal (la ley penal en el
tiempo)
El principio de irretroactividad de la ley penal (LIBRETA ESQUEMA!)
La irretroactividad de las leyes penales surgen del principio de legalidad.
Qué pasa cuando hay una sucesión de reformas de leyes?
Período entre la publicación de una norma en el BOE y su entrada en vigor Vacatio legis
Promulgación Publicación BOE Vacatio Legis Entrada en vigor Eficacia temporal ley (hasta ue se produca la
derogación) Derogación (expresa-tácita)
Las normas entran en vigor a los 20 días de haberse publicado (Cógio civil). El CP de 1995 en su dispoción final 7ª
establecía que el período de Vacatio Legis era de 6 meses. En la reforma del CP de 2015 el período de Vacatio Legis
es de 3 meses (Ley Orgánica 1/2015).
La derogación puede ser de dos tipos:
Expresa: expresamente una ley dice que una ley queda derogada.
Tácita: la ley posterior deroga la anterior. Ej. Una nueva ley regula cierto aspecto que ya estaba regulado
pero de manera distinta en una ley anterior. Por lo tanto, la nueva ley deroga la anterior.
En derecho penal lo importante es que la promulgación de la ley sea anterior al hecho delictivo. Por lo tanto, el
principio clave en el ámbito de la aplicación temporal de la ley es el principio de irretroactividad de las leyes (art. 9
CE, 25.1 CE y 1 y 2 CP). Cuando se produce una sentencia penal, se debe observar siempre la ley que estaba en
vigor en el moment de cometerse los hechos.
Art. 7 CP Teoría de la acción: la ley penal aplicable en acciones duraderas en el tiempo será la que este en
vigor cuando se comete la acción.
EXCEPCIÓN: Principio de retroactividad de la norma penal más favorable al reo (ejemplo del delito cometido en
2005 y juzgado en 2011: en 1995 pena 10 años, en 2010 pena 20 años. Por lo tanto, se condenarà con la ley de 1995
porque es más beneficiosa para el reo) POR QÚE ES ASÍ? Porque en tal caso, la pena no cumpliría una de sus
funciones como la reinserción.
Ley intermedia: esa ley que no está vigente en el momento de los hechos ni del juicio pero se encuentra a
caballo entre una cosa y la otra.
Ley temporal o de excepción: art 2 CP. Son leyes que se apruben en casos de excepcionalidad. Cuando la
situación excepcional pasa, la ley se deroga. Es el único caso en que el CP establece que la pena se
establecerá tal como la indica la ley temporal. Es decir, por mucho que posteriormente haya una ley más
favorable, en las leyes temporales es el único caso en que no se seguirá la regla de ley más beneficiosa.

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Tema 7 – Ámbito temporal de la ley penal (la ley penal en el

tiempo)

El principio de irretroactividad de la ley penal (LIBRETA ESQUEMA!)

La irretroactividad de las leyes penales surgen del principio de legalidad.

Qué pasa cuando hay una sucesión de reformas de leyes?

  • Período entre la publicación de una norma en el BOE y su entrada en vigor Vacatio legis

Promulgación Publicación BOE Vacatio Legis Entrada en vigor Eficacia temporal ley (hasta ue se produca la derogación) Derogación (expresa-tácita)

Las normas entran en vigor a los 20 días de haberse publicado (Cógio civil). El CP de 1995 en su dispoción final 7ª establecía que el período de Vacatio Legis era de 6 meses. En la reforma del CP de 2015 el período de Vacatio Legis es de 3 meses (Ley Orgánica 1/2015).

La derogación puede ser de dos tipos:

  • Expresa: expresamente una ley dice que una ley queda derogada.
  • Tácita: la ley posterior deroga la anterior. Ej. Una nueva ley regula cierto aspecto que ya estaba regulado pero de manera distinta en una ley anterior. Por lo tanto, la nueva ley deroga la anterior.

En derecho penal lo importante es que la promulgación de la ley sea anterior al hecho delictivo. Por lo tanto, el principio clave en el ámbito de la aplicación temporal de la ley es el principio de irretroactividad de las leyes (art. 9 CE, 25.1 CE y 1 y 2 CP). Cuando se produce una sentencia penal, se debe observar siempre la ley que estaba en vigor en el moment de cometerse los hechos.

  • Art. 7 CP Teoría de la acción: la ley penal aplicable en acciones duraderas en el tiempo será la que este en vigor cuando se comete la acción.

EXCEPCIÓN: Principio de retroactividad de la norma penal más favorable al reo (ejemplo del delito cometido en 2005 y juzgado en 2011: en 1995 pena 10 años, en 2010 pena 20 años. Por lo tanto, se condenarà con la ley de 1995 porque es más beneficiosa para el reo) POR QÚE ES ASÍ? Porque en tal caso, la pena no cumpliría una de sus funciones como la reinserción.

  • Ley intermedia: esa ley que no está vigente en el momento de los hechos ni del juicio pero se encuentra a caballo entre una cosa y la otra.
  • Ley temporal o de excepción: art 2 CP. Son leyes que se apruben en casos de excepcionalidad. Cuando la situación excepcional pasa, la ley se deroga. Es el único caso en que el CP establece que la pena se establecerá tal como la indica la ley temporal. Es decir, por mucho que posteriormente haya una ley más favorable, en las leyes temporales es el único caso en que no se seguirá la regla de ley más beneficiosa.