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Apunts dret mercantil, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Mercantil

Apunts dret mercantil upf 2023

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 29/06/2023

esther-inigo-alvarez
esther-inigo-alvarez 🇪🇸

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14/4/2023
DERECHO MERCANTIL
Tema 8- Formas jurídicas de organización de la empresa y estatuto jurídico del
empresario mercantil.
Estatuto jurídico
En el derecho mercantil, la pieza angular es el código de comercio, además de una
multitud de normas que han ido desarrollando ámbitos concretos. Existen juzgados de lo
mercantil especializados que regulan dichas competencias concretas.
Noción legal del empresario: importancia de la calificación como empresario. Las
reglas que rigen la representación entre particulares no son las mismas que las que
representan las relaciones mercantiles.
Art 1 del CCCom
Son comerciantes para los efectos de este Código
o1. Los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican
a él habitualmente.
o2. Las compañías mercantiles o industriales que se constituyen con
arreglo a este código.
Problema de esra definición: está sesgada, incompleta y es excesiva, ya que define
solamente al “comerciante” individual.
Sesgada:
-Comerciante/empresario: en la actualidad, el comerciante es solo un tipo
concreto de empresario. El CCCom data de 1885, así que podríamos decir que
ha de actualizarse, puesto que las actividades económicas han evolucionada y se
han desarrollado. No solo existe el comercio, sino que existen multiples
sectoores económicos que antes no existían.
El comerciante de ayer es el empresario de hoy.”
Incompleta:
-Actuación por cuenta propia: artículos 5 y 281 y siguientes del código de
comercio). Todos los actos que realiza se realizan por nombre y cuenta propia,
soy el titular tanto de los derechos como de los deberes (deudas) de mis
decisione sy actuaciones.
Excesiva:
-Requisito de capacidad legal: el código de comercio permite excepcionalmente
que un menor adquiera la condición de empresario con representación legal de
un adulto.
EMPRESARIO: DEFINICIÓN: “persona natural o kurídica que, pormismo o por
medio de representantes ejercita en nombre propio una actividad económica (esto es, de
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DERECHO MERCANTIL

Tema 8- Formas jurídicas de organización de la empresa y estatuto jurídico del empresario mercantil. Estatuto jurídico En el derecho mercantil, la pieza angular es el código de comercio, además de una multitud de normas que han ido desarrollando ámbitos concretos. Existen juzgados de lo mercantil especializados que regulan dichas competencias concretas. Noción legal del empresario : importancia de la calificación como empresario. Las reglas que rigen la representación entre particulares no son las mismas que las que representan las relaciones mercantiles. Art 1 del CCCom Son comerciantes para los efectos de este Código o 1. Los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente. o 2. Las compañías mercantiles o industriales que se constituyen con arreglo a este código. Problema de esra definición: está sesgada, incompleta y es excesiva, ya que define solamente al “comerciante” individual. Sesgada:

- Comerciante/empresario : en la actualidad, el comerciante es solo un tipo concreto de empresario. El CCCom data de 1885, así que podríamos decir que ha de actualizarse, puesto que las actividades económicas han evolucionada y se han desarrollado. No solo existe el comercio, sino que existen multiples sectoores económicos que antes no existían. “ El comerciante de ayer es el empresario de hoy.” Incompleta:

  • Actuación por cuenta propia: artículos 5 y 281 y siguientes del código de comercio). Todos los actos que realiza se realizan por nombre y cuenta propia, soy el titular tanto de los derechos como de los deberes (deudas) de mis decisione sy actuaciones. Excesiva:
  • Requisito de capacidad legal: el código de comercio permite excepcionalmente que un menor adquiera la condición de empresario con representación legal de un adulto. EMPRESARIO: DEFINICIÓN: “persona natural o kurídica que, por sí mismo o por medio de representantes ejercita en nombre propio una actividad económica (esto es, de

producción o distribución de bienes o servicios en el mercado), adquiriendo la titularidad de las obligaciones y derechos nacidos de esta actividad”: Rasgos definitorios:

  • No es necesario ejercerla directa y perosnalmente
  • Actividad profesional/ habitual: actividad profesional. No todos los profesionales son empresarios mercantiles.
  • Actividad para el mercado
  • Ejercicio en nombre propio/por cuenta propia: aunque yo nombre a un apoderado, las consecuencias de sus actos o contratos son mías. Yo soy el titular de los derechos y obligaciones del ejercicio de su actividad.
  • Actividad económica: actividad racionalizada en términos de mercado. Principio de economicidad o cobertura de costes. En ocasiones, hay sociedades que no tienen ánimo de lucro.
  • Actividad organizada: organizar el trabajo de un conjunto de personas. Predisponer los medios apropiados. Esa organización da origen a un conjunto de relaciones jurídicas. Organización del trabajo: contrato de trabajo. El empresario es titular de derechos sobre ciertos bienes. Ej: Traspaso de una empresa: se traspasa no solo el local, sino la marca, los trabajadores, clientes, etc. Delimitación del concepto de empresario frente figuras próximas o afines. Profesionales liberales y otras figuras afines. No todos los profesionales son a su vez empresarios mercantiles.
  • Existe profesionalidad, pero no es una actividad impersional. No son empresarios, entonces, profesionales liberales que realicen actividad intelectual. (no se les aplica el estatuto jurídico mercantil).
  • Empresario vs. Emprendendor. o Ley 11/2013, de 26 de julio , de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo o Ley 14/2013, de 27 de septiembre , de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Concepto de emprendedor (art 3 LE):aquella perosna que, independientemente de su condición de persona física o jurídica, va a desarrollar o está desarrollando una actividad económica empresarial o profesional productiva en los términos establecidos en esta ley”. Figura que ha obtenido escaso éxito. El emprendedor puede limitar su responsabilidad delante de sus bienes y responsabilidad. ¡Responsabilidad limitada por deudas!
  • Agricultores, ganaderos, artesanos: No se consideran mercantiles las ventas de su propia producción (CCom). Se consideraba que estos sujetos no podían
  • La publicidad registral mercantil --> obligación de registrarse en el registro mercantil
  • La representación mercantil
  • La contabilidad mercantil o Responsabilidad del empresario (remisión): la responsabilidad del empresario cuando hace referencia al daño que pueda general el empresario a terceros. EL REGISTRO MERCANTIL
  • Artículos 16 a 24 del Ccom
  • Reglamento del Registro mercantil aprobado por el Real Drecreto 1784/1996 del 19 de junio Noción: Institucion administrativa adscrita a ua funcuon publica al servivio de la seguridad jurídica La figura de los registradores
  • Depende del MJ
  • Dirección General de Seguridad jurídica y Fe pública (DGSJP) (antes DGRN) Resto del personal (oficiales y auxiliares) Función:
  • Identificar al empresario
  • Identificar quién puede vincular al empresario, cómo puede hacerlo y qué patrimonio responde. Facilita la contratación reduciendo costes de transacción (reducción asimetría informativa) y aumentando la seguridad en la “propiedad”. Identificación del empresario:
  • Individual
  • Las personas jurídicas son patrimonios separados que carecen de existencia física o Es necesario poder identificarlos. Identificación patrimonio responsable y quienes pueden vincularlo
  • Identifica los patrimonios responsables/quienes pueden vincular esos patrimonios cuando hay una separación entre ka propiedad de un patrimonio y el control (separación entre control y propiedad).
  • Facilita la contratación reduciendo costes de transacción (reducción de la asimetrçía informativa) y aumentando la seguridad en la “propiedad”.
  • Problema: asimetría infomativa terceros vs incentivcos empresario. Existej costes de asimetría informativa.
  • Ejemplo: asigno un representante general de cataluña para que gestiones la venta de velas náuticas. El comprador será consciente de que aquél que nombre al

representante es responsable de los actos del mismo, y que si las cosas van mal dadas y se excede, este contrato ¿vincula o no al empresario?

  • Dilema: regla de propiedad vs regla de responsabilidad. La regla de propiedad beneficiará al propietario. El representante deberá responder por las velas. El propietatio en la regla de responsabilidad, va a tener que responder de dicho exceso del apoderado. En el derecho mercantil, se permite que el emprrsario escoja una regla de propiedad en el registro mercantil.
  • Solución: publicidad registral o Reglas de responsabilidad, pero posibilidad de elegir la regla de propiedad si la hace pública. o Registro mercantil --> inscripción empresario -->inscripciones representantes y poder representación --> publicación en borme (+notas simples/certificaciones). El tercero deberá conocer los límites del apoderado.
  • Art 23 Ccom “el registro mercantil es público” MEDIOS o Notas informativas (art 78 RRM) o Certificaciones (art 77 RRM) o Ordenador en la oficina del Registro (art 79 RRM); telemáticamente y BORME (solo extracto). ORGANIZACIÓN o Sistema registral español: descentralizado  Registros mercantiles Territoriales (art 16 RRM)  Registro mercantil Central o No existe competencia entre registradores. EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN
  1. Actos y sujetos inscribibles
  2. Presentación de documentos
  3. Calificación
  4. El acto inscrito: efectos 1. SUJETOS INSCRIBIBLES (v. art. 16 Ccom y 81 RRM) Unos tienen la condición de empresarios y otros no. 2. ACTOS INSCIBIBLES: Según la clase de sujeto --> Numerus clausus Empresario individual (v.art. 87 RRM). Necesariamente se tienen que inscibir en el Registro mercantil. Empresario social: a rt 94 RRM.

CALIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS

La calificación de los documentos que presenta el solicitante al Registro Mercantil. ¿Qué califica el registrador? Objeto de la calificación registral (arts 58 a 65 RRM) se limita a (art 6 RRM)

  • La legalidad de las formas extrínsecas de los documentos
  • La capacidad y legitimación (diferencia entre ambos: capcidad de obrar y para ser empresario mercantil) de los que otorguen o suscriban y la validez de su constenido (por ejemplo, la transmisibilidad de las acciones en las SA es libre).
  • Calificación del registrador: positiva, suspende (defecto en el titulo, que puede ser subsnable, con errores menores o insubsanable), negativa. Puede haber errores menores pero que son insubsanables. El acto inscrito: efectos Oponibilidad del acto inscrito (art 21 Ccom y art 9 RRM):
  • Regla general : oponibles a terceros de buena fe desde su publicación en el BORME. Responde el apoderado.
  1. Dentro de los 15 dias siguientes a la publicaicón, los actos inscritos y publicados no seran oponibles a terceros que prueben que no pudieron conocerlos (art 21.2. Ccom y art 9.2 RRM)
  2. El acto, inscrito o no, es oponible antes de la publición si se prueba que el tercero no lo conocia (presunción de buena fe) art 21,4 CCOM y art 9.4 RRM) Presnunción legal de exactitud y validez El contenido del registro s epresupone exacto y valido y estan bajo la salvaguardia d elos Tribunales.
  • No tiene eficacia sanatoria o canvialidante de actos nulos (art 7.2 RRM): Principios/supuestos Principios/efectos Principio de inscripcion obligatoria principio de titulacion pu´blica Principio de legalidad o calificacion Principio de legitimación o presuncion de exactitud y validez Principo de publicidad formal Principio de publicidad material o de oponibilidad Otras funciones de los registros territoriales Legalizacion de los libros del empresario (arts 16 Ccom y 2 y 329 y ss RRM) Nombramientos auditores y expertos independientes Convocatoria junta general Nombramiento mediador Nombramiento liquidadores e interventores Depósito y publicidad de cuentas anuales Firma electrónica

REGISTRO MERCANTIL CENTRAL: FUNCIONES

  • Centralizadora (conexión RMT- BORME)
  • Informartiva
  • Archivo y publicidad denominaciones sociales y demás entidades
  • Registro sociedades españolas La sección de denominaciones Concepto Principio de unidad de denominación (art 398.1 RRM) Clases Objetivas y subjetivas (arts. 400 y ss. RRM) Composición Principio libre elección Limites: contenido arts 399, 404, 405, 406 RRM Estructura Indicación forma social Disponibilida d Prohibición indentidad (art 407 RRM) Que la denominación escogida esté disponible Concepto identidad: no es igual al criterio de confusión en materia de marcas (v.art. 408 RRM) Identidad :
  • Mismas palabras difeente orden, género o número
  • Mismas palabras con la adición o supresion de terminos o expresiones genéricas o accesorias, o de articulos, dverbios, preposiciones, cobnjunciones, acentos, guiones... de escasa significación.
  • Palabras distintas que tengan la misma expresión o notoria semejanza fonética. 5/5/ Contabilidad interna o de costes vs contabilidad externa o contabilidad financiera
  • Impuesta por el artículo 25.1 del Ccom
  • Empresario (en caso de sociedades mercantiles administradores) Interna: decisiones empresariales óptimas Externa: (en concreto cuentas anuales): reduce costes de transacción. ¿Quién puede tener interés en la contabilidad de la empresa?: inversors, entitats públiques, treballadors... Normas reguladoras entre ellas:
  • Artículos 25 a 49 del Ccom
  • Leyes especiales mercantiles o En especial: arts 253 a 284 y 536 a 538 de la LSC)
  • Usos de comercio en materia contable: usos consolidados en la práctica de las Asociaciones Profesionales de expertos contables, a nivel nacional (AECA) e intencional (IASB)
  • ¿Qué valor probatorio tienen los asientos de contabilidad en favor o en contra del empresario? La contabilidad es considerada como confesión extrajudicial que se presume iuris tantum verdadera. INCUMPLIMIENTO LLEVANZA LIBROS: Legislación mercantil: Concurso de acreedores. Concurso culpable. Arts 443.5 LC Legislación penal: Pena de prisión de una a cuatro años o, si existiera imprudencia, pena de prisión de seis meses a dos años. Legislación administrativa. EJEMPLO SAP MADRID "Los datos económicos y patrimoniales obrantes en esta pieza demuestran que las existencias habían sido contabilizadas a31 de diciembre de 2011 en 1.847.447,45 euros y pocos meses después, en julio de 2012, se admite que su valoración correcta sería de 119.762,18 euros. No se ha brindado por el recurrente una explicación que podamos considerar satisfactoria de por qué esa drástica reducción de la partida de existencias, hasta quedar tan sólo en aproximadamente un 6 % de lo contabilizado. Un reflejo en la contabilidad de la partida de existencias sobrevalorado en un 94 % más de 1.700. euros) supone una desviación muy importante con respecto a la realidad". CUENTAS ANUALES Finalidades: Reducir los constes de transacción
  • Análisis e interpretación de la información contable
  • (i) Análisis patrimonial: inversión y modo de financiación
  • (ii) Análisis financiero: solvencia
  • (iii) Análisis económico: rentabilidad OBLIGACIÓN EMPRESARIO (art 34 CCOM) REDACTARSE CON CLARIDAD OBJETIVO: Mostrar imagen fiel ◦ Del patrimonio ◦ Situación financiera ◦ Resultados de la empresa al cierre del ejercicio SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LA EMPRESA (INVERSIONES) ACTIVO : ver el % que representa el Activo circulante y el no circulante sobre el total de la inversión. Cálculo: valor partida/ activo total x 100 Ejemplo: existencias (dentro del activo corriente)= 250€ y activo total de 1.000€

Análisis patrimonial (forma de financiación) Análisis financiero (solvencia y capacidad para poder pagar a los acreedores)

  • Ratios: Por ejemplo. o Ratio de tesorería: comparar el saldo de tesorería con deudas inmediatamente exigibles o Ratio de solvencia: comparar activo corriente con pasivo corriente  Ratio de solvencia= activo corriente/pasivo corriente. BALANCE (art 35.1. Ccom) Ojo: LIMITACIONES
  • Documento estático
  • Muestra valores contables
  • Omite valores importantes CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS
  • RESULTADO DEL EJERCICIO Y EL MODO EN QUE SE HA GENERADO (ingresos y gastos)
  • Distingue los ingresos y gastos que proceden de la actividad ordinaria de los de otras procedencias Permite conocer la rentabilidad de una empresa ESTADO DE FLUIOS DE EFECTIVO (art. 35.3 CCom) ◦ Refleja los cobros y pagos realizados por la empresa en el ejercicio ◦ Se divide en tres Secciones que se ponen de manifiesto los flujos de efectivo procedentes de: ◦ (i) Actividades de explotación de la empresa ◦ (ii) Actividades de inversión ◦ (ii) Actividades de financiación ESTADO DE VARIACIONES DEL PATRIMONIO NETO DELEJERCICIO (art. 35.2. CCom) ◦ MUESTRA LOS CAMBIOS DEL PATRIMONIO TETO ◦ Dos partes:
  • Ingresos Y gastos actividad.
  • Movimientos habidos en el patrimonio neto. MEMORIA COMPLETA, AMPLÍA Y COMENTA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS OTROS DOCUMENTOS. VERIFICACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES. La auditoria de cuentas FINALIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES Incrementar la fiabilidad de la información financiera de las empresas ◦ Permite reducir (ex post) la existencia de posibles fraudes contables. ◦ Permite reducir (ex ante) el “lemon problem» (Akerlof)

INDEPENDENCIA DEL AUDITOR DE CUENTAS

  • Responsabilidad
  • Responsabilidad administrativa : art. 68 a 86 LAC. Potestad sancionadora: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
  • Responsabilidad penal : arts. 199.2, 200 y 279 CP (revelación de secretos); arts. 28b, 29 y 290 CP (falseamiento de cuentas anuales); arts. 390.1, 392a 396 (falsificación de documentos); art. 403 CP (intrusismo).
  • Responsabilidad civil (arts. 1101 y 1902 CC y art. 26 LAC) EJEMPLO: STS 21 de septiembre de 2018 ◦ Hechos: Una compañía demanda a su auditor. ◦ Conducta desleal por parte de directora financiera que estarían desviando fondos. ◦ IMER desestimó la demanda, ◦ Audiencia Provincial : estimó parcialmente y condenó a KPMG a pagar más de 2 millones de euros. En el recurso de casación se desestiman los motivos SOCIEDADES MERCANTILES OBLIGADAS NO necesitan auditoría: las sociedades que durante 2 ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos 2 de las circunstancias siguientes: a) Total partidas del activo: < 2.850.000 euros. b) Importe neto de la cifra anual de negocios < 5.700.000 euros. c) Número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio: « 50. Se pierde la exención de verificación: si durante 2 ejercicios consecutivos no se reúnen 2 de las circunstancias señaladas. El primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades quedan exceptuadas de la obligación de auditarse si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos 2 de los requisitos (pero pueden auditar voluntariamente) SOCIEDADES OBLIGADAS RE 4: Están obligadas ciertas sociedades por la actividad que realizan (p.c. financiera) u otras circunstancias de "interés público" (p.e. cotizadas).
  • DA 12 TRLAC Y DA 22 y 32 RAC. RG: Auditoría a solicitud de la minoría (265.2 LSC). ◦ Solicitud: de socios con, al menos, el 5 % del capital social. ◦ Nombramiento: Por el registrador mercantil. RG: Nombramiento de auditor por registrador: también cuando no se haya nombrado debiendo hacerlo, no acepte el cargo, etc. (265.11SC) RG: Nombramiento por Juez cuando se pida la revocación por justa causa del auditor.