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Aspectes polítics, Apuntes de Historia

Asignatura: fonaments del món contemporani, Profesor: javier tebar hurtado, Carrera: Història, Universidad: UAB

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 15/07/2016

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Aspectos políticos.
Hay cambios y continuidades en el dinamismo mundial. Es importante una visión mundial de la
asignatura. Había en 1750 grandes imperios a parte de los estados nación de Europa: China y
Japón. Se toma muy en consciencia la importancia de la delimitación fronteriza y el valor y el
significado de las fronteras y el dominio territorial (cada imperio le da un valor, ya que son
culturas y etnias diferentes).
Los aspectos políticos japoneses se asimilan más al caso europeo en el modelo del valor de las
fronteras, porque es un imperio marítimo con conquistas en el continente asiático. Europa tiene
un pequeño tamaño y se concentra en el feudalismo. Esos estados nació terminarán
imponiéndose a finales del último tercio del siglo XIX.
Europa
Tenía un modelo de monarquía absoluta como régimen político, económico y social. Las bases
de la monarquía absoluta son:
1. No tiene restricción
2. El poder emana del rey, él es la ley y tiene legitimación, gracias a su discurso divino.
Tiene poder sobre relaciones comerciales, relaciones sociales, sobre la justicia, etc.
Discurs de Lluís XVI al Parlament (març del 1766). "Es sólo en mi persona donde reside el
poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a
quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no
ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo
a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los
oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la
ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación,
de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío
y no descansan más que en mis manos"
Els reis, la imatge de Déu. “Els reis han estat nomenats déus perquè ells són, gràcies al seu
poder, la imatge de Déu i uns mestres obeint al seu dret. També són senyors i propietaris dels
béns i de les vides dels homes. Sobirans sense tenir cap persona per damunt d’ells, i protectors
perquè són escut i muralla (…).” [H.Duboys, De l’origine et autorité des rois, 1604]
El respecte sagrat als reis. “(...) La persona dels reis és sagrada, i cometre atemptats contra ells
és un sacrilegi. Déu els ha fet ungir pels seus profetes amb un ungüent sagrat, de la mateixa
manera que fa ungir els pontífexs i fa consagrar els altars (...). Convé, doncs, respectar els reis
com a coses sagrades, i aquell que no vulgui ni guardar-los ni respectar-los, és digne de mort
(...).” [J.B.Bossuet, Política deducida de las propias palabras de la Sagrada Escritura]
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Aspectos políticos.

Hay cambios y continuidades en el dinamismo mundial. Es importante una visión mundial de la asignatura. Había en 1750 grandes imperios a parte de los estados nación de Europa: China y Japón. Se toma muy en consciencia la importancia de la delimitación fronteriza y el valor y el significado de las fronteras y el dominio territorial (cada imperio le da un valor, ya que son culturas y etnias diferentes).

Los aspectos políticos japoneses se asimilan más al caso europeo en el modelo del valor de las fronteras, porque es un imperio marítimo con conquistas en el continente asiático. Europa tiene un pequeño tamaño y se concentra en el feudalismo. Esos estados nació terminarán imponiéndose a finales del último tercio del siglo XIX.

Europa

Tenía un modelo de monarquía absoluta como régimen político, económico y social. Las bases de la monarquía absoluta son:

  1. No tiene restricción
  2. El poder emana del rey, él es la ley y tiene legitimación, gracias a su discurso divino. Tiene poder sobre relaciones comerciales, relaciones sociales, sobre la justicia, etc.

Discurs de Lluís XVI al Parlament (març del 1766). "Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos"

Els reis, la imatge de Déu. “Els reis han estat nomenats déus perquè ells són, gràcies al seu poder, la imatge de Déu i uns mestres obeint al seu dret. També són senyors i propietaris dels béns i de les vides dels homes. Sobirans sense tenir cap persona per damunt d’ells, i protectors perquè són escut i muralla (…).” [H.Duboys, De l’origine et autorité des rois, 1604]

El respecte sagrat als reis. “(...) La persona dels reis és sagrada, i cometre atemptats contra ells és un sacrilegi. Déu els ha fet ungir pels seus profetes amb un ungüent sagrat, de la mateixa manera que fa ungir els pontífexs i fa consagrar els altars (...). Convé, doncs, respectar els reis com a coses sagrades, i aquell que no vulgui ni guardar-los ni respectar-los, és digne de mort (...).” [J.B.Bossuet, Política deducida de las propias palabras de la Sagrada Escritura]

El texto del rey define esa naturaleza del poder absolutista. Él es la fuente soberana pero va más allá. La vida de la gente depende de él. El nivel de lealtad que consiste en la subordinación. Obtiene un poder independiente y sin división, ilimitado. El orden público del que habla es el ejército, el conflicto en la sociedad, etc. Las fuerzas del monarca. Puede existir una nación que discuta temas generales, pero con subordinación al monarca. La naturaleza del gobierno es más débil del que se ha presentado a veces en la historiografía.

Japón

Es un modelo semejante al europeo a finales de la Edad Media pero aquí se descentralizan los poderes. La sociedad japonesa tradicional es semejante porque la mayoría de la población son campesinos y después hay una estratificación.

El “sistema feudal” era una clase aristócrata militar jerarquizada.

  1. Emperador [Era de Edo (XVII-1868)]
  2. A diferencia del caso europeo es el Shōgun, con los Dàimio (el gran señor feudal). Los Daimio vienen del linaje de los Tokogawa (desde el 1600) domina la estructura después del emperador. Estos están divididos en linajes y tierras y le da el carácter de señor feudal. El feu es el haihan.
  3. Debajo están los samuráis, que en su evolución se pondrán de parte de los señores feudales)
  4. Comerciantes (que tenían también función de campesinos)
  5. (^) Campesinos.

A partir del siglo XVI se produce una prosperidad, con los Tokogawa pero para la sociedad sigue básicamente feudal durante la primera mitad del s.XIX. Los que empiezan con la industrialización en Europa en Japón llega más tarde, porque el ritmo en Japón es más lento. En la medida de la economía, surgen los comerciantes (ahora sin función de campesinos), únicamente comerciantes (especialmente en Osaka y Edo). Hacen presión para el cambio político, división y una disputa en términos sociales y políticos.

El sistema feudal japonés había marginado al emperador, como había pasado en muchos países europeos (Polonia). En 1600 el emperador pasa a ser una figura simbólica. Ningún aristócrata era el Shogun y el país estaba divido en haihan cada uno con su daimio. Ninguna persona podía salir de la señoría sin autorización. El señor feudal tenia los monopolios i derechos que regulaban la circulación de mancancias i el paso de las personas. En todos sus efectos, estas señorías eran como estados dentro del estado japonés controlado por el shogun.

Los shogun acabarán constituyéndose gobierno (shogunato).

Con la centralización impuesta por los Tokogawa al siglo XVII Japón fue dividido en dos tipos de feus diferentes. Por una parte, los que dependían directamente del shogun i los

  1. Todo reglamentado (administración sobre unas magistraturas, una gran dimensión del estado. Obstaculización del desarrollo del imperio).
  2. (^) Corrupción institucionalizada
  3. Cuando se intentan introducir políticas modernizadoras, se privatizan progresivamente la función del estado

Aquest és assistit per un reduït grup de consellers (alts funcionaris), agrupats en un Alt Secretariat i des del 1720, en un Gran Consell. La gestió corrent és a càrrec de 6 ministeris: funció pública, finances, rites, exèrcit, justícia i treballs públics. Estructura de l’administració territorial.

  • Les 18 províncies de l’interior eren administrades per una jerarquia a tres nivells: govern provincial; prefectura; subprefectura.
  • Les administracions subprefecturals eren dirigides per un únic funcionari. Aquest tenia jurisdicció sobre unes 100.000-300.000 persones i era assitit per un reduït nombre d’adjunts, sense responsabilitat directa davant del govern central.

Els costos de l’administració són suportats pels mateixos beneficiaris i sufragats mitjançant impostos. Aquests eren pagats per tots els col.lectius socials. L’aspecte essencial a retenir és: la feblesa del pressupost ordinari de l’Estat, donada l’immensitat del país. Però, cal tenir en compta el volum d’empreses gestionades i finançades directament per la població, seguint les directives i sota la supervisió de la burocràcia territorial.

  • De fet, s’assitia a un procés secular de privatització creixent de l’economia i de les funcions de l’Estat. Esdevindrà un problema polític de gran transcendència en els últims decennis de l’Imperi i la construcció d’un Estat modern al s.XX haurà de passar per una recentralització i una reburocratització de tot el sistema.
  • (^) Es tracta d’una administració “subfinançada”; els funcionaris estaven molt mal pagats.
  • El problema de la corrupció a tots els nivells.
  • Reglamentisme exagerat, però, a l’hora, pràctiques quotidianes que ignoren la lletra dels reglaments.
  • Entre els òrgans de poder central i la massa de la població hi ha una munió d’intermediaris.
  • Malgrat tot l’anterior, l’Estat desenvolupa funcions essencials dins del món xinès, això sí, ho fa de manera puntual: lluita contra les fams; gestió de 3 l’emmagatzemament de cereals; supervisió de les infraestructures hidràuliques ...
  • Aquestes funcions donen a l’Estat bona part de la seva legitimitat.