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bases administrativas de concurso
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Nº Símbolo Descripción
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta. 3 Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y por los proveedores. 4 Se refiere a advertencias a tener en cuenta los proveedores.^ por el comité de selección^ y^ por 5 Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases. CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO: Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características: Nº Características Parámetros 1 Márgenes^ Superior Izquierda: 2.5 cm^ : 2.^5 cm Derecha: 2.5 cmInferior:^2.^5 cm 2 Fuente Arial 3 Estilo de Fuente Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de página Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) 4 Color de Fuente^ Automático: Para el contenido en general Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) 5 Tamaño de Letra 16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica 11 : Para el nombre de los Capítulos. 10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie 6 Alineación Justificada: Para el contenido en general y notas al pie. Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos) 7 Interlineado^ Sencillo 8 Espaciado^ Anterior : 0 Posterior : 0 9 Subrayado^ Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá _quedar en letra tamaño 1 0 , con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 DEBER DE COLABORACIÓN La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación. De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia. La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a las disposiciones previstas en los numerales 72.4 y 72.5 del artículo 72 del Reglamento. Importante
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 Importante Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del artículo 64 del Reglamento.
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato. El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. Importante
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. Importante Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. Advertencia Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
_1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema- financiero/clasificadoras-de-riesgo).
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 3.6.2. OTRAS PENALIDADES La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección específica de las bases. Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. 3.7. PAGOS El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato. La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente. La conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad del funcionario que debe emitir la conformidad. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. Advertencia En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 1 71 del Reglamento, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada. 3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 1 64 del Reglamento. 3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1
Nombre : GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE LIMA RUC Nº : 20518396332 Domicilio legal : AV. BOLIVIA N° 320 – CERCADO DE LIMA Teléfono: : 01 - 743 - 2424 Correo electrónico: : Procesos.seleccion 1 @grml.gob.pe 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente procedimiento de selección tiene por objeto la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA SUPERVISIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA A TRAVES DE PISTAS Y VEREDAS EN LA AV. JOSE CARLOS MARIATEGUI (ACCESO A HUAYCAN); TRAMO: AV. LOS INCAS (MZ. E DEL BARRIO EL DESCANSO) – AV. NN5 (MZ. D DE LA ASOC. DE VIV. RESIDENCIAL VILLA HERMOSA), ZONA 06, SUB ZONA 01, DISTRITO DE ATE – PROVINCIA DE LIMA – DEPARTAMENTE DE LIMA” CON CUI N° 2502567 1.3. VALOR REFERENCIAL^4 El valor referencial asciende a S/. 990 , 393. 07 (NOVECIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 07 /100 soles) , incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio de consultoría de obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de NOVIEMBRE. Valor Referencial (VR) Límites^5 Inferior Superior S/ 990 , 393. 07 S/ 891 , 353. 77 S/^ 1´0^89 ,^43 2.^37 Importante Las ofertas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley. 1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante FORMATO N° 0712024 - MML-GRML- SRAF-F002 el 18 de noviembre de 2024. (^4) El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas. (^5) De acuerdo a lo señalado en el artículo 48 del Reglamento, estos límites se calculan considerando dos (2) decimales. Para ello, si el límite inferior tiene más de dos decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal; en el caso del límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Importante La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección. 1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento se rige por el sistema de EXQUEMA MIXTO (TARIFAS Y SUMA ALZADA) , de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. Importante En el caso de supervisión de obras, cuando se haya previsto que las actividades comprenden la liquidación del contrato de obra, la supervisión se rige bajo el sistema de tarifas mientras que la liquidación se rige bajo el sistema a suma alzada. 1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases. 1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA Los servicios de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 18 0 días calendarios , en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación. Importante En el caso de supervisión de obras, el plazo inicial del contrato debe estar vinculado al del contrato de la obra a ejecutar y comprender hasta la liquidación de la obra, de conformidad con el artículo 10 de la Ley. 1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto serán entregados gratuitamente. Importante El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción. 1.10. BASE LEGAL
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1
Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE. Importante De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento. 2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS 2.2.1. OFERTA TÉCNICA La oferta contendrá, además de un índice de documentos^6 , la siguiente documentación: 2.2.1.1. Documentación de presentación obligatoria A. Documentos para la admisión de la oferta a.1) Declaración jurada de datos del postor. ( Anexo Nº 1) a.2) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta. En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Advertencia De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE^7 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. (^6) La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta. (^7) Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
CONCURSO PUBLICO N°0 05 - 2024 - MML/GRML-CS- 1 a.3) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2 ) a.4) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. ( Anexo Nº 3 ) a.5) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio de consultoría de obra. (Anexo Nº 4 ) a.6) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. ( Anexo Nº 5 ) Importante El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. B. Documentos para acreditar los requisitos de calificación Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases. 2.2.1.2. Documentación de presentación facultativa: a) Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Factores de Evaluación” establecidos en el Capítulo IV de la presente sección de las bases, a efectos de obtener el puntaje previsto en dicho Capítulo para cada factor. Advertencia El comité de selección no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”. 2.2.2. OFERTA ECONÓMICA La oferta económica expresada en SOLES. Adjuntar obligatoriamente el Anexo Nº 6. El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios o tarifas pueden ser expresados con más de dos (2) decimales. Importante