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Asignatura: Administrativo II, Profesor: , Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
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TRABAJO DE BLADE RUNNER. Admnistrativo II
La historia sucede a comienzos del siglo XXI en la ciudad de Los Angeles, cuando la Corporación Tyrell avanza en la evolución del robot a la fase Nexus, un robot idénticamente constituido a un humano, conocido como replicante. Estos eran utilizados en el mundo como obra de mano esclava en la colonización de otros planetas. Depués de un motín fueron declarados ilegales en la Tierra bajo pena de muerte. Aquí es donde entran en juego las unidades Blade Runner , escuadrones de polícia que tenían órdenes de disparar a matar en cuanto detectaran la presencia de cualquier replicante. El protagonista, un antiguo Blade Runner retirado, Deckard, es convocado por el capitán de policía para que encuentre y elimine a un grupo de replicantes que se han infiltrado en la Tierra. La única manera que tienen de descubrirlos en someterlos a un test que detecta a través de la retina la existencia de emociones. A continuación se inicia una persecución mutua entre Decard y los demás Blade Runner contra los replicantes. Ambos ven una amenaza continua en los otros y luchan por su propia supervivencia.
A través de la película Blade Runner el autor hace un análisis de dos de los temas básicos del Derecho, el tiempo y los derechos humanos. A medida que avanza en el estudio de los dos temas y los va desarrollando, hace alusión continuamente a aspectos y hechos que ocurren en la película, haciéndonos ver que no es tan diferente el mundo que el director Ridley Scot nos muestra con el que vivimos nosotros ahora. Nos habla del Derecho en su función de guardián del tiempo y de la diferencia y nos habla de temas de transcendencia actual como la discriminación desde puntos de vista como la inmigración o el racismo.
2.1. El Tiempo, la materia de lo humano
El tiempo es el elemento que preside todo el argumento de la película, el tiempo es el nudo. En este capítulo De Lucas determina que cada cultura tiene unas formas propias e inherentes de percibir el tiempo, debido a los diferentes ritmos de vida social y a elementos como las
telecomunicaciones que actualmente alteran la realidad temporal haciendo de la virtual la única realidad. Por esto, el Derecho aparece como instrumento que nos permite medir el curso de los acontecimientos. De hecho es el más eficaz, porque nos hace creer que se anticipa a nuestro nacimiento y perdura después de nuestra muerte. Nuestra sociedad en otros momentos históricos tenía el tiempo como algo cíclico, como la fuerza que regía nuestra vida y por la que nos movíamos. En este punto el autor se plantea dos cuestiones: vivido ¿para qué, a la espera de qué? y vivido ¿por quién?. Respecto a la primera pregunta reflexiona sobre si el futuro es el peor de los engaños, citando a García Calvo, el que nos aliena en una vida que no es vida a la espera de otra que no llega y cuyos símbolos son las hipotecas, los seguros, los planes de pensiones… Se pregunta si no es esa la función del Derecho, atarnos al pasado en nombre del futuro impidiéndonos vivir lo único real, el presente. Y vivido ¿por quién? Dice que nosotros no somos los protagonistas. Hace una comparación con las películas de Matrix y Total Recall determinando que nuestra vida es una realidad virtual, por su cotidianeidad y rutina. Son los otros los que viven nuestra vida y por lo tanto nuestra realidad.
En este punto comienza a analizar la película de Blade Runner. Dice que ahora más que nunca los seres humanos buscamos nuestra propia identidad, conociendo nuestro origen, como el protagonista de Blade Runner, Deckard, que busca esa identidad propia en la memoria, en los recuerdos. Deckard descubre que en la búsqueda de esa identidad, los recuerdos no la garantizan, que los recuerdos pueden ser implantados y que lo humano, lo propio de las personas, lo que las identifica no es el recuerdo ni la memoria del tiempo sino lo que el tiempo les permite construir a través de lo vivido, de las experiencias propias de cada uno, de los sentimientos y las emociones, del contacto y de la compasión hacia los otros que no son como él. De ahí surge la necesidad de relacionarnos con otros seres vivos como los animales porque, como dice De Lucas literalmente: “nos hacemos más humanos cuando extendemos nuestra condición de humanos, nuestros derechos, a quienes no lo son”. Así el argumento de la película gira en torno a la idea de que los seres humanos, las personas, podemos llegar a ser dueños del tiempo. El autor se plantea si efectivamente lo somos y lo hace a través de tres cuestiones: conocemos el pasado, controlamos el presente y, cada vez más, somos capaces de diseñar nuestro futuro. Dice que la ansiada inmortalidad tantas veces perseguida parece cada vez más a nuestro alcance debido a los avances científicos entre otras cosas. Y que la percepción del tiempo vivido es la clave de nuestro modo de entender el tiempo, de cómo hacemos nuestro el tiempo. Por eso, la labor del Derecho como ese policía que trata de preservar el “orden natural” en la película aparece como estéril. Y de ahí que la sociedad hasta el siglo XIX apenas cambiara debido
el instrumento por excelencia del Derecho, la ley, apenas resiste como un vestigio de aquella voluntad de congelar el tiempo y la vida. Por eso, De Lucas dice que frente al legislador, hoy toman el relevo agentes capaces de adoptar decisiones para el caso concreto, los “nuevos señores del Derecho” como él mismo los denomina. De ahí que se des institucionalicen los procesos jurídicos y crezcan la mediación, la negociación y el arbitraje que sustituyen a la norma.
3.1. Superar los límites de lo humano: la cuestión de la identidad.
De Lucas comienza este nuevo apartado planteándose varias cuestiones: ¿Somos los seres humanos los únicos titulares de la dignidad, de la condición humana? Y ¿Qué es lo que nos confiere este inmenso privilegio?
La película sugiere que la condición de humano lleva a extender la dignidad humana a otros más allá de la barrera de lo “natural”, porque la condición humana no es natural, no nos viene de la naturaleza sino más bien al contrario, el ser humano lo es por apartarse de ella. El desarrollo del ser humano es lo que le humaniza, lo que le confiere esa condición y ese proceso no es exclusivo de nuestra especie. Según Choza lo humano viene determinado por los sentimientos en contraposición a la razón, debido a que los sentimientos no se pueden explicar y los razonamientos sí. Blade Runner muestra claramente que lo que diferencia al humano de la máquina reflexiva es un tipo de sentimientos: el amor y la piedad, pero no como compasión a los otros sino como reconocimiento de humanidad a quienes están más alejados de nosotros, incluso a otras especies.
Lo que sucede en la película es que esa diferencia entre el humano y la máquina ya no existe. De esta manera el autor relaciona lo que aprende el protagonista de la película con nuestra realidad social. El protagonista, Deckard, comprende que hacerse humano es un proceso largo en el que puede fracasar o triunfar. Un proceso al que también pueden acceder otros. De Lucas lo asemeja a las dificultades de la multiculturalidad que platean aquellos a quienes consideramos otros, como los inmigrantes o los extranjeros, sobre los que ejercemos situaciones de dominación, privilegios y discriminación.
3.2. Los seres humanos, titulares exclusivos de los derechos humanos
La primera función del Derecho es la de reconocer a los seres humanos la condición de titulares de los derechos humanos. El Derecho es guardián de esta primera diferencia: solo quienes sean titulares de la condición de humanidad pueden ver reconocidos los derechos humanos. La imagen de ser humano responde a los elementos de sexo, raza, religión y clase, incluso la edad, las aptitudes y la opción sexual.
Aquí el autor hace un análisis de esos elementos de ese modelo de ser humano que se califica como “normal”. En primer lugar el género, que ha excluido a la mayor parte de la población que no fuera varón, y por tanto negaba la condición de seres humanos a las mujeres. Lo mismo ocurría con la edad y la capacidad de trabajo que excluía a los niños y a los discapacitados. Y con la raza dominante que ha excluido sobretodo a quienes no fueran blancos, o la religión apartando a los no cristianos. La clase determinaba que sólo quienes tenían medios propios eran sujetos de derechos, lo que excluía a la mayor parte de los seres humanos, los trabajadores. Cuando la ciencia demostró que las condiciones “naturales” eran solo prejuicios se recurrió al argumento de la identidad cultural, tradición que justificaría restricciones como la preferencia del varón sobre la mujer. Otro caso que también se consideraba inválido para disfrutar de los mismos derechos que se reconocen a quienes se consideran “normales” era la de tener opciones sexuales diferentes a las habituales.
De Lucas justifica todo esto como el miedo a la diversidad, a la diferencia y a la evidencia de que no hay verdades intocables. El Derecho debe garantizar el derecho básico a la libre determinación personal, lo que no sucede en el caso de los individuos que tienen una orientación sexual diferente a la hegemónica, porque tenemos miedo a la libertad en serio y la universalidad de los derecho exige vencer el miedo a la libertar. Por esto dice que desarraigar la homofobia es luchar por los derechos humanos de todos nosotros. Pero estas discriminaciones también las sufren otros grupos a los que su carácter minoritario parece condenar al perjuicio y a la desigualdad. Estos grupos son los ya antes mencionados: niños y discapacitados o minusválidos. El autor determina que la reacción frente a ese déficit que afecta a la igualdad se encuentra sobre todo en medidas que se desarrollan en el marco del principio de igualdad antes la ley y que los dos retos más importantes con los que nos enfrentamos en este ámbito son los derechos de las minorías y los de los extranjeros.
De Lucas concluye que mientras sigamos empeñados en reconocer a quien es diferente, cuestionándose al decir eso que quién no lo es, mientras solo le ofrezcamos tolerancia, sin tener en cuenta que ésta solo se justifica allí donde no están reconocidos los derechos y como un tránsito a
fundamentales de los inmigrantes, y además una discriminación pretendidamente justificada. Todo esto lo califica de cinismo, cinismo por la forma en la que se presenta un mensaje que de lo único que sirve es de piedra angular para que se experimenten los procesos de exclusión cuyo primer elemento es la precariedad del trabajo. Bajo su punto de vista, el hecho de que los derechos de los inmigrantes no sean cuestión prioritaria en la “agenda política” se debe a nuestra mirada y nuestra comprensión del fenómeno de la inmigración, ya que considera que seguimos anclados entre la conmiseración y el mercantilismo. Lo peor de esa mirada errónea es que produce dos consecuencias: la primera de ellas, la contaminación de la lógica de las libertades y del Estado de Derecho, es decir que el mensaje que envían los instrumentos jurídicos de política de inmigración es el siguiente: esta justificada la discriminación en el reconocimiento de los derechos humanos de los inmigrantes, su condición de sujetos jurídicos de segundo orden. Y la segunda de las consecuencias es que nuestras políticas de inmigración niegan la centralidad del fenómeno de la inmigración como cuestión política, incluso en sociedades multiculturales.
El autor determina que la ciudadanía no puede reservarse a los nacionales, quienes fueron beneficiados con la lotería geográfica, a quienes forman parte de ese nosotros que no puede ser etnocultural. Lo que les falta a los inmigrantes es que tomemos en serio su condición de sujetos del derecho a tener derechos.
La noción de inmigrante está presidida por la negación de la posibilidad misma de ser inmigrante de verdad, libre en su proyecto migratorio, se le congela en su diferencia como distinto y como trabajador útil aquí y ahora. Por eso se le imponen condiciones forzadas, supeditadas al interés de la sociedad de destino que sólo le necesita como mano de obra y sujeta a plazo. Así se diferencia entre buenos y malos inmigrantes , considerando a los primeros como inmigrantes necesarios y los demás, como rechazables, por delincuentes o imposibles de aceptar, que generan racismo y xenofobia contra los inmigrantes buenos. La inmigración se ha tipificado pudiendo distinguir entre la falsa inmigración, la inmigración “forzada” en sus manifestaciones de asilo y refugio, o los desplazamientos masivos de población de quienes huyen de catástrofes ya sean naturales o sociales, poniéndoles la etiqueta de “lo humanitario”. Y la verdadera inmigración, la económico laboral, el trabajador invitado. Seguimos pensando que la inmigración es una cuestión de manos de obra y orden público. El modelo de gestión de la inmigración consiste en eso, policía de tráfico y adecuación de contingentes. Pero eso no es política porque ignora la realidad de los inmigrantes. Citando a H.Arendt, el autor establece que el primero de los derechos es el derecho a tener derechos, es decir, a ser reconocido como persona, como miembro de la comunidad política y
jurídica y por lo tanto, el primer deber de la universalidad de los derechos humanos es la inclusión del otro, pero no cuando se asemeja a ese molde que hemos hecho a nuestra medida que es el canon occidental, vaciado de toda identidad propia y personal.
De Lucas concluye diciendo que el Estado no puede abandonar el principio de solidaridad, sino que debe considerarlo como un imperativo, como parte del contenido de la justicia, al igual que lo son la igualdad y la libertad y debe exigirlo de los poderes públicos y de los ciudadanos. Y resalta que la conclusión a la que nos lleva la película Blade Runner es que ni siquiera la mayor de las diferencias que nos separa de los replicantes justifica su negación y su exclusión, aplicándolo a nuestra realidad como aquel al que consideramos diferente por razón de sexo, raza, religión, orientación sexual, etc. Un Derecho q se limita a la función de guardián de esa diferencia tiene fecha de caducidad, porque se habrá convertido en seña de identidad de un mundo caduco y por tanto desaparecerá cuando ese mundo se transforme.