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Asignatura: derecho romano, Profesor: LUIS MARIANO ROBLES VELASCO, Carrera: Derecho, Universidad: UGR
Tipo: Apuntes
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Bloque 1: CONCEPTO, HISTORIA Y FUENTES DEL DERECHO TEMA 2: LAS ETAPAS HISTÓRICO POLÍTICAS DE ROMA
I. Etapa Arcaica (Monarquía)
En esta etapa ocurrieron dos acontecimientos importantes: 1.- La fundación de Roma: Los autores fijan su fundación en el 753 aC, para De Sanctis, “el día de la delimitación se puede considerar el dia de la fundación”. Esta etapa arcaica se desarrolla desde el año 753 aC hasta las leyes Liciniae Sextiae (367 aC aproximadamente). En Roma aparecen los primero asentamientos, estos reciben el nombre de Quirites, personas portadoras de lanzas, que dan nombre a la colina del Quirinal. A partir de estos originarios habitantes, arranca el más primitivo Derecho, con unas normas conocidas como Ius Quiritium, aunque eran más bien un conjunto de costumbres comunes a todos aquellos individuos. Estos pertenecían a un mismo quirite (los Gens) con un mismo código de comportamiento, de ahí el nombre gens quiritarium; aunque en realidad, mas que normas jurídicas son pautas de respeto
2.- La expansión y conquista de Roma:
Roma toma contacto con los distintos pueblos vecinos de la península Itálica, y posteriormente, con los pueblos adyacentes, ya sea en relaciones amistosas o a través de campañas de conquista de tipo bélico, hasta desembocar en las Guerras Púnicas. En estas guerras, Roma vence a Cartago, y acelera las relaciones comerciales, económicas y militares que desembocan en el dominio del Mediterráneo.
Desde un punto de vista jurídico, esta etapa se caracteriza por ña necesidad de dirimir las diferencias entre pueblos con costumbres distintas, con diferentes usos y distintas maneras de solucionar los litigios que se presentan.
Encontramos dos tipos de litigios:
Esto impone necesariamente una especialización y diferenciación del viejo Ius Quiritium
II. Etapa Pre-Clásica o Republicana
1.- Jurisprudencia de la época preclasica
Iuris Prudentia (hombres sabios, conocedores del derecho), la Jurisprudencia es “el arte de saber elegir entre varias soluciones la más adecuada al caso debatido”. Al final del periodo arcaico, la jurisprudencia sacerdotal se transforma en jurisprudencia laica, la razón está aquí: el derecho deja de ser labor callada y secreta de los sacerdotes, para pasar a ser una labor importante abierta a todos ya que las respuestas de los juristas y su razonamiento van a ser públicos.
Aparecen los primero pontífices juristas como por ejemplo, Appius Claudio o Tiberius Coruncannius. Además, aparecieron juristas no pontífices como, Manus Manilius, Publius Mucius “Scaveola” (fundador del Ius Civile) o Aquilius Galius. También aparecieron las primeras obras legislativas como la Ley de las doce tablas o el interpretario.
2.- Periodo helenístico
El gusto por la literatura, costumbres griegas, conforman y moldean la mente de los romanos introduciéndolos en una nueva mentalidad. Aunque no todos los romanos admitían las costumbres, teatro y filosofía “griegas”, introducidas en Roma por las familias Escévolas y de los Escipiones. Así, Catón el viejo decía: “nosotros los romanos gobernamos el mundo. Nuestras mujeres nos gobiernan a nosotros… Y los griegos gobiernan a nuestras mujeres”.
3.- Método dialéctico y el “casus romanus”.
El Método dialéctico se trata de un análisis lógico o razonamiento deductivo que creo un método de estructura y análisis.
4.- El “casus” jurisprudencial: la creación del Derecho.
El casus es un original sistema jurisprudencial mediante la aplicación de la lógica y el método dialéctico, que unido a un conocimiento de la ciencia jurídica sirve para la resolución de las cuestiones suscitadas en la práctica o vida diaria.
Sobre una manera de resolver previa (caso guía) se pretende resolver los casos futuros. El jurista se vale de la interpretación de los casos anteriores (los antecedentes), y los reelabora para dictar su propia sentencia o responsa.
responsae, estas tienden a dar respuesta a las nuevas necesidades buscando una conexión lógica con las anteriores.
III. Etapa Clásica (Principado)
Es la etapa más conocida y gloriosa del mundo Romano. Abarca desde el principado siglo IaC aproximadamente hasta el siglo III dC. Las principales características desde un punto de vista jurídico:
1.- la burocratización o funcionarización del Derecho:
Se observa una tendencia hacia la burocratización de los juristas. Son funcionarios o practicones del derecho, pero bajo la autoridad del princeps o emperador. Las opiniones de los juristas para ser alagadas, necesitan del reconocimiento imperial o Ius Respondendi.
2.- Ius Respondendi
El Ius Respondendi es conferido por el emperador a determinados juristas que gozaran de su aceptación, los cuales pueden dar sus responsae públicamente < ex publicae respondendi >, puesto que estas soluciones se consideran como si fueran emanadas del propio emperador < ex auctoritate principis >, es decir, como si hablara el propio emperador. El primer emperador que concede el Ius Respondendi es Augusto.
Dentro del Ius Respondendi es necesario distinguir:
IV. El Imperio Absoluto ( Etapa Post-Clásica)
Corresponde históricamente con el Imperio Absoluto que se extiende desde Diocleciano hasta Justiniano, y con la decadencia del Imperio Romano. Vamos a distinguir:
1.- La jurisprudencia en el Dominado o Post-Clásica.
El poder del emperador es un poder absoluto basado en un monopolio exclusivo del sistema de fuentes del Derecho, que intenta controlar la interpretación de las normas jurídicas.
En la cancillería imperial los recriptos rompen con la tradición, hay una falta de independencia de la ciencia jurídica, que es una manifestación del hundimiento de una sociedad libre. Cambian las directrices de la formación de los funcionarios imperiales, abandonando la conexión con el antiguo saber y perdiéndose tecnicismos.
La práctica comienza a formarse sin la mediación de la instancia técnica, formándose como costumbre: el Derecho Romano Vulgar, manifestación de un carácter anárquico.
La única fuente del Derecho es la voluntad del propio emperador manifestada a través de constituciones imperiales o leges, recogido en los amplios comentarios de los últimos juristas del principado. El derecho jurisprudencial recibe el nombre de Iura, que da lugar a la elaboración de resúmenes y comentarios,que al ser cada vez menos comprensibles da lugar a reelaboraciones de las obras más elementales o florilegios o antologías fr fragmentos de autores antiguos.
2.- Caracteres del derecho en la época Post-Clásica
3.- La caída del Imperio Romano de Occidente.
El 23-agosto-476 cae el Imperio romano de Occidente. Rómulo Augustulo es depuesto por Odovakar rey de los hérulos, que conquista Roma y se convierte en el Rey de Roma. Roma había comenzado con un Rómulo (hermano de Remo) y terminó con otro Rómulo.
V. Etapa Justinianea (o Bizantina)
Corresponde a la etapa dominada por la obra lesgislativa de Justiniano, del cual se puede decir que realizó la obra jurídica más importante del derecho romano. Fue el transmisor de la civilización romana al mundo medieval y actual.
Con Justiniano renace la idea de restaurar el Imperio que estaba en manos de los bárbaros. El propio emperador se considera un emperador romano, y sus súbditos aun en oriente son “romanos”.
Esta Idea de Unidad se articula en: