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Análisis de un Caso Práctico de Derecho Penal: Lesiones y Responsabilidad Penal, Ejercicios de Derecho Penal

Caso practico 2 de procesos sobre los casos expuestos en clase

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 11/03/2023

andrea-pacheco-ruiz
andrea-pacheco-ruiz 🇪🇸

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CASO PRACTICO 2
Ángel y Ana los cuales tenían un palo se encontraba molestando al perro de Rafa, el
cual este y su hermano salieron a su defensa para que terminasen de molestar al perro y
se fuesen, pero los dos molestadores inmediatamente fueron a por los hermanos
produciéndoles varios golpes con los palos que tenían, pero Antonio para defenderse
cogió una piedra y golpeo a Ángel el cual le dejo un traumatismo craneoencefálico
dejándole durante tres meses en el hospital, mientras que Ana le lanzo un vaso de cristal
a Rafa dejándole graves lesiones en la cara incluida una herida desde parpado hará
sobrepasar la ceja en la que se veía el hueso frontal.
De acuerdo con el caso procedemos a analizar los artículos que serán utilizados:
oArtículo 140 bis.
“A los condenados por la comisión de uno o más delitos comprendidos en este Título se
les podrá imponer además una medida de libertad vigilada.”
oArtículo 147
“1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que
menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo
del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a
doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de
una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple
vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento
médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no
incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con
la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles
mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal”
oArtículo 148.
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¡Descarga Análisis de un Caso Práctico de Derecho Penal: Lesiones y Responsabilidad Penal y más Ejercicios en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

CASO PRACTICO 2

Ángel y Ana los cuales tenían un palo se encontraba molestando al perro de Rafa, el cual este y su hermano salieron a su defensa para que terminasen de molestar al perro y se fuesen, pero los dos molestadores inmediatamente fueron a por los hermanos produciéndoles varios golpes con los palos que tenían, pero Antonio para defenderse cogió una piedra y golpeo a Ángel el cual le dejo un traumatismo craneoencefálico dejándole durante tres meses en el hospital, mientras que Ana le lanzo un vaso de cristal a Rafa dejándole graves lesiones en la cara incluida una herida desde parpado hará sobrepasar la ceja en la que se veía el hueso frontal. De acuerdo con el caso procedemos a analizar los artículos que serán utilizados: o Artículo 140 bis. “A los condenados por la comisión de uno o más delitos comprendidos en este Título se les podrá imponer además una medida de libertad vigilada.” o Artículo 147 “1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.

  1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
  2. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
  3. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal” o Artículo 148.

Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido: 1.Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado. o Artículo 149. “ 1. El que causará a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años.” o Artículo 152 “ 1. El que por imprudencia grave causare alguna de las lesiones previstas en los artículos anteriores será castigado, en atención al riesgo creado y el resultado producido:

  1. ° Con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a dieciocho meses, si se tratare de las lesiones del apartado 1 del artículo 147.
  2. ° Con la pena de prisión de uno a tres años, si se tratare de las lesiones del artículo 149.
  3. ° Con la pena de prisión de seis meses a dos años, si se tratare de las lesiones del artículo150.” o Artículo 152 bis. En los casos previstos en el número 1 del artículo anterior, el Juez o Tribunal podrá imponer motivadamente la pena superior en un grado, en la extensión que estime conveniente, si el hecho revistiere notoria gravedad, en atención a la singular entidad y relevancia del riesgo creado y del deber normativo de cuidado infringido, y hubiere provocado lesiones constitutivas de delito del artículo 152.1.2.º o 3.º a una pluralidad de personas, y en dos grados si el número de lesionados fuere muy elevado.