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Orientación Universidad
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caso práctico de derecho, Apuntes de Derecho Penal

caso práctico de derecho penal

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 29/05/2026

Conchinchina
Conchinchina 🇪🇸

2 documentos

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Actividad de aprendizaje nº 31
Resolver el siguiente supuesto conforme a la
metodología para la aplicación del Derecho Penal
Los grupos asignados en el cronograma de la asignatura deberán elaborar,
entregar y exponer en clase, el día señalado, la Ficha metodológica o analítica
junto a un trabajo razonado con la solución del supuesto, conforme a los
siguientes criterios:
1. ELABORACIÓN ESCRITA. En la cabecera del trabajo indicarán el
número de la Actividad de Aprendizaje, el grupo que la ha elaborado, así
como los apellidos y nombres de los alumnos/as que han participado en
su redacción. El trabajo consistirá en cumplimentar la Ficha
metodológica o analítica, fundamentando jurídicamente (normativa e
interpretativamente) las decisiones adoptadas en otro documento
razonado, que no podrá tener una extensión superior a 3 folios.
2. EXPOSICIÓN ORAL. El día señalado, el grupo asignado deberá hacer
entrega del trabajo por escrito al profesor y facilitará a los demás
alumnos una versión en formato PDF. Expondrán a la clase la Ficha
metodológica o analítica y argumentarán las razones jurídicas de las
soluciones adoptadas, con referencias a la Legislación y doctrina
jurisprudencial y/o científica que les sirva de fundamento.
Concluida la exposición, los miembros del grupo deberán responder
verbalmente a las cuestiones que puedan plantear, sobre la forma o el
contenido del trabajo, tanto el Profesor como los demás alumnos.
3. Para que la nota de la Actividad cuente a efectos de evaluación
continuada, es obligatorio asistir a clase el día de la exposición.
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Actividad de aprendizaje nº 31

Resolver el siguiente supuesto conforme a la

metodología para la aplicación del Derecho Penal

Los grupos asignados en el cronograma de la asignatura deberán elaborar, entregar y exponer en clase, el día señalado, la Ficha metodológica o analítica junto a un trabajo razonado con la solución del supuesto, conforme a los siguientes criterios:

  1. ELABORACIÓN ESCRITA. En la cabecera del trabajo indicarán el número de la Actividad de Aprendizaje, el grupo que la ha elaborado, así como los apellidos y nombres de los alumnos/as que han participado en su redacción. El trabajo consistirá en cumplimentar la Ficha metodológica o analítica, fundamentando jurídicamente (normativa e interpretativamente) las decisiones adoptadas en otro documento razonado, que no podrá tener una extensión superior a 3 folios.
  2. EXPOSICIÓN ORAL. El día señalado, el grupo asignado deberá hacer entrega del trabajo por escrito al profesor y facilitará a los demás alumnos una versión en formato PDF. Expondrán a la clase la Ficha metodológica o analítica y argumentarán las razones jurídicas de las soluciones adoptadas, con referencias a la Legislación y doctrina jurisprudencial y/o científica que les sirva de fundamento. Concluida la exposición, los miembros del grupo deberán responder verbalmente a las cuestiones que puedan plantear, sobre la forma o el contenido del trabajo, tanto el Profesor como los demás alumnos.
  3. Para que la nota de la Actividad cuente a efectos de evaluación continuada, es obligatorio asistir a clase el día de la exposición.

Supuesto nº 31

La acusada MARIA C., entabló una relación sentimental análoga a la matrimonial, con Alberto. S., cuyo inicio fue en septiembre de 2017. La convivencia de la acusada con Alberto S., era compartida con el hijo de Alberto, Jaime S. de 8 años de edad, cuando al niño le correspondía estar con su padre. El día 23/02/18 se desplazaron Alberto, su hijo Jaime y la acusada, María C., al domicilio de la abuela paterna del niño, sito en Nijar, para pasar unos días. El día 27/02/18, a las 15.30 horas, Jaime le dijo a su abuela y a María C. que se marchaba a jugar a casa de sus primos que vivían cerca. La acusada, inmediatamente después de marcharse el menor de la vivienda, se subió a su vehículo Nissan, e interceptó al niño, instándole a que le acompañara a la finca para realizar labores de pintura. El menor, ante la confianza generada por la acusada, persona íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre, accedió a marcharse a la citada finca con ella. La acusada María C. era consciente de su superioridad respecto del niño, por la diferencia de edad y complexión, ya que el niño medía 1.30 metros y pesaba 24 kg. Una vez en la finca de Rodalquilar, María C. de forma intencionada, súbita e inopinada, y por motivos que se desconocen, cogió al menor y lo lanzó contra el suelo o la pared de la habitación, y tras el impacto del niño, procedió la acusada, con sus propias manos, a taparle la boca y la nariz con fuerza, hasta vencer su resistencia. Tras ello, la acusada, María C., cavó una fosa en los exteriores de la finca, y como quiera que uno de los brazos del niño no cabía, le propinó diversos cortes con un hacha, provocando la fractura del cúbito y radio, cubriéndolo completamente de tierra. Al percatarse unos vecinos de lo que estaba ocurriendo, contactaron inmediatamente con la Policía dando cuenta de lo que sucedía, acudiendo ésta junto con los servicios de emergencia, y huyendo María C. al escuchar que se aproximaban al lugar. La rápida intervención de los servicios sanitarios logró salvar la vida del menor, que fue ingresado en el Hospital de la localidad, recuperándose después de sesenta días, quedándole diversas secuelas físicas y psicológicas. (Tipicidad: Código Penal, Libro II, Título I, arts. 138 a 141)