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Caso práctico de dº constitucional, Ejercicios de Derecho Constitucional

Caso práctico de sistemas de derechos y libertades de la UB.

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 08/06/2020

anna-gangolells
anna-gangolells 🇪🇸

8 documentos

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Anna Gangolells Rodríguez, M2
CASO PRÁCTICO PARTE DE DERECHOS REALES
“En el año 120 DC, Julio (ciudadano romano) vende a Adriano (ciudadano
romano) una res nec mancipi que no es de su propiedad, y después de pagar
Adriano el precio correspondiente, Julio se la entrega”.
Contestar de manera argumentada a las siguientes cuestiones:
1.- Posición jurídica de Julio y Adriano después de la traditio ex iusta causa de la
res nec mancipi.
Julio es el transmitente pero sin ser el propietario civil ni el poseedor y Adriano es el
adquirente siendo el poseedor pero no el propietario civil.
2.- Cayo, que es el propietario civil de la res nec manicipi vendida y entregada:
- ¿podrá ejercer alguna acción?, de ser así, qué acción (debe dar un concepto
preciso de la misma) y contra quién.
Podrá ejercer la acción reivindicatoria contra Adriano, ya que es el propietario civil no
poseedor. Es decir, Cayo podrá reclamar la restitución de la cosa.
- posible defensa del demandado frente a Cayo. ¿Quién triunfará?
El demandado podrá ejercer la exceptio rei venditae et traditae. Ganará Cayo
(verdadero dueño) porque el adquirente no podrá recurrir a Cayo, ya que éste no es
quién se la vendió ni se la entregó.
3.- Si Adriano perdiese la posesión de la cosa, antes de consumar a su favor la
usucapión:
- si la cosa fuera recuperada por un tercero (un poseedor de peor condición que
Adriano): ¿podría Adriano interponer alguna acción contra él? de ser así, debe dar
un concepto preciso de la misma; ¿podría el tercero defenderse de algún modo? en
definitiva, ¿quién triunfaría?
Adriano podría interponer la acción Publiciana, reclama una restitución de la posesión
perdida, adquirida ex iusta causa, antes de haber consumado en su favor la usucapio.
Triunfaría Adriano por ser tener la mejor condición, es decir, que posee un título
superior al del poseedor de la cosa.
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Anna Gangolells Rodríguez, M CASO PRÁCTICO PARTE DE DERECHOS REALES “En el año 120 DC, Julio (ciudadano romano) vende a Adriano (ciudadano romano) una res nec mancipi que no es de su propiedad, y después de pagar Adriano el precio correspondiente, Julio se la entrega”. Contestar de manera argumentada a las siguientes cuestiones: 1.- Posición jurídica de Julio y Adriano después de la traditio ex iusta causa de la res nec mancipi****. Julio es el transmitente pero sin ser el propietario civil ni el poseedor y Adriano es el adquirente siendo el poseedor pero no el propietario civil. 2.- Cayo, que es el propietario civil de la res nec manicipi vendida y entregada:

- ¿podrá ejercer alguna acción?, de ser así, qué acción (debe dar un concepto preciso de la misma) y contra quién. Podrá ejercer la acción reivindicatoria contra Adriano, ya que es el propietario civil no poseedor. Es decir, Cayo podrá reclamar la restitución de la cosa. - posible defensa del demandado frente a Cayo. ¿Quién triunfará? El demandado podrá ejercer la exceptio rei venditae et traditae. Ganará Cayo (verdadero dueño) porque el adquirente no podrá recurrir a Cayo, ya que éste no es quién se la vendió ni se la entregó. **3.- Si Adriano perdiese la posesión de la cosa, antes de consumar a su favor la usucapión:

  • si la cosa fuera recuperada por un tercero (un poseedor de peor condición que Adriano): ¿podría Adriano interponer alguna acción contra él? de ser así, debe dar un concepto preciso de la misma; ¿podría el tercero defenderse de algún modo? en definitiva, ¿quién triunfaría?** Adriano podría interponer la acción Publiciana, reclama una restitución de la posesión perdida, adquirida ex iusta causa , antes de haber consumado en su favor la usucapio. Triunfaría Adriano por ser tener la mejor condición, es decir, que posee un título superior al del poseedor de la cosa. 1

- si la cosa fuera recuperada por Cayo: ¿podría Adriano interponer alguna acción contra él? de ser así ¿podría Cayo intentar defenderse de algún modo? en definitiva, ¿quién triunfaría? Adriano podría interponer la acción Publiciana pero Cayo se defendería con la exceptio iusta dominii. Triunfará Cayo al ser el verdadero dueño de la cosa, la acción Publiciana de Adriano hubiera triunfado si esta se hubiera hecho en contra de cualquier poseedor de peor condición que él. 4.- ¿Podrá Adriano adquirir la propiedad de la res nec mancipi****? en ese caso, explique cómo (debe dar un concepto preciso) y enumere los requisitos que deben concurrir. Adriano podrá adquirir la propiedad a partir de la usucapión. Los requisitos que se deben concurrir son los siguientes: tiene que ciudadano romano, han de ser muebles e inmuebles itálicos, cumplir el tiempo de posesión (1 año para lo muebles y 2 años para los inmuebles), subsanar vicios de forma y de fondo, ha de haber una iusta causa y bona fides. 2