Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


CASOS PRÁCTICOS DERECHO CONCURSAL, Apuntes de Derecho Mercantil

Asignatura: DERECHO MERCANTIL, Profesor: Concepción Nuñez del Rey, Carrera: Periodismo, Universidad: UCM

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 23/05/2014

lauriita14
lauriita14 🇪🇸

3.9

(40)

28 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
CASOS PRÁCTICOS DERECHO CONCURSAL (prof. Martínez Rosado)
La empresa constructora ORBE, SRL, ha sido declarada en concurso el 10 de
noviembre de 2013. Resuelva los siguientes problemas teniendo en cuenta lo
dispuesto en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
1. GUADAIRA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO, inició una ejecución
hipotecaria sobre unos almacenes propiedad de ORBE el 14 de septiembre de
2013. ¿Continúa dicha ejecución? En caso afirmativo, ¿el precio de remate se
integra en la masa activa? El IBI correspondiente a dichos almacenes, ¿qué
calificación tendrá?
2. Vd., entidad de crédito, descontó una letra de cambio que le presentó ORBE
un mes antes de la declaración de concurso, cuyo vencimiento es el 4 de julio
de 2014. ¿Puede comunicar/insinuar el eventual crédito de regreso frente a
ORBE? Supongamos ahora que el descontante es un proveedor de ORBE, y
ORBE figura en la misma como aceptante al tiempo de la declaración de
concurso, siendo su fecha de vencimiento también el 4 de julio de 2014.
3. Al tiempo de la declaración de concurso, ORBE, SRL, tiene una contraída una
deuda con la Hacienda Pública por impuestos impagados que asciende a 86.000
€, a los que hay que sumar otros 14.000 € en concepto de intereses de demora.
En total, por tanto, 100.000 €. Debe también a ésta 25.000 en concepto de
retenciones del IRPF realizadas a sus trabajadores, cantidad a la que hay que
sumar 3.000 € en concepto de intereses de demora. Clasifique dichos créditos.
4. Al tiempo de la declaración de concurso, ORBE había dejado sin pagar dos
facturas de la luz. La compañía eléctrica solicitó la resolución del contrato, pero
el juez del concurso, dada la necesidad del mismo para la continuidad de la
empresa, acordó su continuación forzosa conforme a lo dispuesto en el art.
62.3 LC. El importe por dichas facturas, ¿es un crédito concursal o contra la
masa? ¿Y el importe de los vencimientos posteriores a la declaración de
concurso?
5. Poco antes de ser declarado en concurso, ORBE llamó a una empresa de
mensajería para entregar varios paquetes con folletos publicitarios en varios
sitios. La empresa de mensajería “pasó” una factura por valor de 135 €.
6. Debe a BANCO WESTMEDITERRÁNEO 80.000 € por un préstamo concedido y
avalado por D. Luis García, administrador único de la sociedad concursada.
7. El 23 de septiembre de 2013, ORBE abona dos letras de cambio a un
proveedor, ambas con dicha fecha de vencimiento y por importes de 25.000 €.
Por el contrario, otros dos proveedores, a los que ORBE había entregado
sendos pagarés con vencimiento también el 23 de septiembre de 2013, no
reciben pago alguno. Los importes de estos últimos eran de 12.500 y 30.000
respectivamente. ¿Son rescindibles los pagos?
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga CASOS PRÁCTICOS DERECHO CONCURSAL y más Apuntes en PDF de Derecho Mercantil solo en Docsity!

CASOS PRÁCTICOS DERECHO CONCURSAL (prof. Martínez Rosado)

La empresa constructora ORBE, SRL, ha sido declarada en concurso el 10 de noviembre de 2013. Resuelva los siguientes problemas teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

■ 1. GUADAIRA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO, inició una ejecución hipotecaria sobre unos almacenes propiedad de ORBE el 14 de septiembre de

  1. ¿Continúa dicha ejecución? En caso afirmativo, ¿el precio de remate se integra en la masa activa? El IBI correspondiente a dichos almacenes, ¿qué calificación tendrá?

■ 2. Vd., entidad de crédito, descontó una letra de cambio que le presentó ORBE un mes antes de la declaración de concurso, cuyo vencimiento es el 4 de julio de 2014. ¿Puede comunicar/insinuar el eventual crédito de regreso frente a ORBE? Supongamos ahora que el descontante es un proveedor de ORBE, y ORBE figura en la misma como aceptante al tiempo de la declaración de concurso, siendo su fecha de vencimiento también el 4 de julio de 2014.

■ 3. Al tiempo de la declaración de concurso, ORBE, SRL, tiene una contraída una deuda con la Hacienda Pública por impuestos impagados que asciende a 86. €, a los que hay que sumar otros 14.000 € en concepto de intereses de demora. En total, por tanto, 100.000 €. Debe también a ésta 25.000 € en concepto de retenciones del IRPF realizadas a sus trabajadores, cantidad a la que hay que sumar 3.000 € en concepto de intereses de demora. Clasifique dichos créditos.

■ 4. Al tiempo de la declaración de concurso, ORBE había dejado sin pagar dos facturas de la luz. La compañía eléctrica solicitó la resolución del contrato, pero el juez del concurso, dada la necesidad del mismo para la continuidad de la empresa, acordó su “continuación forzosa” conforme a lo dispuesto en el art. 62.3 LC. El importe por dichas facturas, ¿es un crédito concursal o contra la masa? ¿Y el importe de los vencimientos posteriores a la declaración de concurso?

■ 5. Poco antes de ser declarado en concurso, ORBE llamó a una empresa de mensajería para entregar varios paquetes con folletos publicitarios en varios sitios. La empresa de mensajería “pasó” una factura por valor de 135 €.

■ 6. Debe a BANCO WESTMEDITERRÁNEO 80.000 € por un préstamo concedido y avalado por D. Luis García, administrador único de la sociedad concursada.

■ 7. El 23 de septiembre de 2013, ORBE abona dos letras de cambio a un proveedor, ambas con dicha fecha de vencimiento y por importes de 25.000 €. Por el contrario, otros dos proveedores, a los que ORBE había entregado sendos pagarés con vencimiento también el 23 de septiembre de 2013, no reciben pago alguno. Los importes de estos últimos eran de 12.500 y 30.000 € respectivamente. ¿Son rescindibles los pagos?

■ 8. ORBE, SRL, tenía, al tiempo de la declaración de concurso, una flota de 15 camiones para trasladar material de obra.

  • Siete de ellos eran de su propiedad y se encontraban íntegramente pagados al tiempo de la declaración de concurso. No obstante, de los siete, dos están averiados y se encuentran en el taller. Uno ya ha sido reparado; el otro aún no. Al tiempo de la declaración de concurso, la factura por el camión que ya ha sido reparado aún no ha sido abonada.
  • Otros dos los tiene en virtud de sendos contratos de renting. Por virtud de estos contratos, ORBE, SRL, abona un canon mensual de 600 € por cada uno de los camiones. A cambio, puede – por supuesto- utilizar los camiones para el desarrollo de su actividad; las labores de mantenimiento (incluyendo la sustitución periódica de neumáticos), reparación y seguro corren a cargo de la entidad arrendadora. De los dos, uno se encontraba asimismo en el taller al tiempo de la declaración de concurso.

■ 9. El 15 de octubre de 2013 adquirió firmeza la sentencia que resolvió el contrato de arrendamiento de un local por falta de pago del canon arrendaticio por parte de ORBE. Dicha sentencia también dio por vencida la obligación de devolución de la fianza que, en su momento, ORBE había entregado a la entidad arrendadora. El mismo día de la declaración de concurso de ORBE, esto es, el 10 de noviembre de 2013, esta última entregó (devolvió) las llaves del inmueble a la arrendadora. Declarado el concurso de ORBE, la entidad acreedora comunica su crédito en el concurso correspondiente a las cantidades que fijó la sentencia en concepto de daños y perjuicios, y deduce mediante compensación las cantidades que ORBE había entregado en concepto de fianza. ¿Es correcta dicha compensación? ¿Podría ORBE enervar la resolución del contrato?

■ 10. Tras la declaración de concurso, los socios se plantean celebrar una Junta general para nombrar otros administradores. El juez, al declarar el concurso, declaró intervenidas las facultades patrimoniales de los administradores de la sociedad. ¿A quién corresponde convocar dicha Junta? ¿Y presidirla?