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casos prácticos examen, Apuntes de Derecho Social

casos prácticos para realizar examen

Tipo: Apuntes

2025/2026

Subido el 14/03/2026

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FUNDAMENTOS DE DERECHO PENAL Y CONSECUENCIAS
JURÍDICAS
Ejercicios prácticos. Bloque I. Principios y fines del Derecho Penal
1. Supuesto práctico
Un diseñador de microchips de 43 años, identificado como A., publicó un anuncio en
Internet que, según los periódicos, decía: “Se busca: hombre de complexión fuerte, de
18 a 30 años, para matanza”. Unos meses después, B., un técnico informático de 41 años,
respondió: “Me ofrezco a ti y te dejaré cenar de mi cuerpo vivo. ¡Nada de carnicería,
cena!”. Los dos hombres intercambiaron numerosos correos electrónicos, en los que
discutieron los detalles de la posible matanza y la cena. B. incluso bromeó sobre el hecho
de que ambos eran fumadores: “La buena carne ahumada dura más”. Se cree que B se
presentó en casa de A. y se tragó 20 pastillas para dormir y media botella de aguardiente.
Luego A. cortó una parte del cuerpo del B. y la frió como tentempié para los dos. B. se
estaba desangrando, pero todavía no estaba muerto cuando A. lo apuñaló en el cuello
después de un beso de despedida, mientras una cámara de vídeo grababa el suceso.
Descuartizó a la víctima y almacenó partes del cuerpo en un congelador para
consumirlas ocasionalmente, enterrando otras partes en su jardín.
En el juicio, A. admitió haber matado, desmembrado y comido a B. Su principal defensa
fue el consentimiento de la víctima.
Responde de manera razonada a las siguientes preguntas:
1- ¿Cuál es el efecto legal del consentimiento en este caso?
2- ¿Tiene una persona algún derecho a autorizar a otra la causación de este tipo de
injerencias en su propio cuerpo?
3- ¿Cuál es el papel del Estado en el proceso? ¿Existe algún interés público en
procesar estas conductas?
2. Supuesto práctico
Hechos probados 1
“Eloy, de estado civil casado, conoció a Estela, viuda, de 42 años de edad, en un baile
del Paseo de Gracia en Barcelona, iniciándose relaciones entre ellos y manifestándole a
la Estela que era soltero y quería contraer matrimonio con ella, que iba a solicitar un
piso de la Caja de Ahorros como vivienda para los dos, pero que necesitaba 20.000 euros
para como señal, consiguiendo que ésta le entregase con dicha finalidad, un talón contra
su cuenta corriente en la Caja de Ahorros Provincial de Barcelona, que éste hizo efectivo
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FUNDAMENTOS DE DERECHO PENAL Y CONSECUENCIAS

JURÍDICAS

Ejercicios prácticos. Bloque I. Principios y fines del Derecho Penal

1. Supuesto práctico Un diseñador de microchips de 43 años, identificado como A., publicó un anuncio en Internet que, según los periódicos, decía: “Se busca: hombre de complexión fuerte, de 18 a 30 años, para matanza”. Unos meses después, B., un técnico informático de 41 años, respondió: “Me ofrezco a ti y te dejaré cenar de mi cuerpo vivo. ¡Nada de carnicería, cena!”. Los dos hombres intercambiaron numerosos correos electrónicos, en los que discutieron los detalles de la posible matanza y la cena. B. incluso bromeó sobre el hecho de que ambos eran fumadores: “La buena carne ahumada dura más”. Se cree que B se presentó en casa de A. y se tragó 20 pastillas para dormir y media botella de aguardiente. Luego A. cortó una parte del cuerpo del B. y la frió como tentempié para los dos. B. se estaba desangrando, pero todavía no estaba muerto cuando A. lo apuñaló en el cuello después de un beso de despedida, mientras una cámara de vídeo grababa el suceso. Descuartizó a la víctima y almacenó partes del cuerpo en un congelador para consumirlas ocasionalmente, enterrando otras partes en su jardín. En el juicio, A. admitió haber matado, desmembrado y comido a B. Su principal defensa fue el consentimiento de la víctima. **Responde de manera razonada a las siguientes preguntas: 1 - ¿Cuál es el efecto legal del consentimiento en este caso? 2 - ¿Tiene una persona algún derecho a autorizar a otra la causación de este tipo de injerencias en su propio cuerpo? 3 - ¿Cuál es el papel del Estado en el proceso? ¿Existe algún interés público en procesar estas conductas?

  1. Supuesto práctico Hechos probados 1** “Eloy, de estado civil casado, conoció a Estela, viuda, de 42 años de edad, en un baile del Paseo de Gracia en Barcelona, iniciándose relaciones entre ellos y manifestándole a la Estela que era soltero y quería contraer matrimonio con ella, que iba a solicitar un piso de la Caja de Ahorros como vivienda para los dos, pero que necesitaba 20.000 euros para como señal, consiguiendo que ésta le entregase con dicha finalidad, un talón contra su cuenta corriente en la Caja de Ahorros Provincial de Barcelona, que éste hizo efectivo

el día 15 de septiembre, beneficiándose con su importe, ya que no era cierto que pensase adquirir el piso y contraer matrimonio” Hechos probados 2 “El denunciante conoció a la acusada a través de una página de contactos sexuales, actividad a la que se dedicaba profesionalmente la acusada, iniciando con ella “una relación a través del teléfono y video llamadas y con frecuencia diaria, en ocasiones varias veces al día, realizando los correspondientes pagos por los servicios de Elsa. Con esos contactos, el perjudicado se enamoró de la acusada, iniciándose una relación que pasó del mero trato profesional cliente-trabajadora del sexo a una relación similar a la de pareja hasta el punto de que Melchor comenzó a exigir a la acusada que se retirara de su trabajo y para lo cual los envíos de dinero fueron muy superiores, llegando incluso a acordar que Melchor se trasladara a Almería y vivirían en una casa que ella había adquirido el 23 de enero de 20 21 , para lo cual el perjudicado le enviaba dinero para la compra de muebles y otros objetos de la casa y le abonó el coste de un tratamiento dental. A raíz de que en junio de 202 2 Melchor se desplazó a Almería para encontrarse por primera vez con Elsa, ésta le expuso excusas para no verle, rompiendo finalmente la relación al no conseguir encontrarse con Elsa. El denunciante realizó transferencias bancarias, ingresos en efectivo y giros postales a la cuenta corriente de la acusada por una cantidad total de 54.175 euros, en las que casi siempre utilizó el término “préstamo” en la casilla de concepto”. Instrucciones: Lee con atención los siguientes preceptos del CP y el CC Art. 248 CP. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre este y el defraudador, los medios empleados por este y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción. Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses. Código Civil Artículo 42. La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo ni de cumplir lo que se hubiere estipulado para el supuesto de su no celebración.

Art. 32. Prevención de la gestación por subrogación o sustitución.

  1. La gestación por subrogación o sustitución es un contrato nulo de pleno derecho, según la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, por el que se acuerda la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
  2. Se promoverá la información, a través de campañas institucionales, de la ilegalidad de estas conductas, así como la nulidad de pleno derecho del contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero. Art. 33. Prohibición de la promoción comercial de la gestación por sustitución. En coherencia con lo establecido en el párrafo cuarto del artículo 3.a) de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, las administraciones públicas legitimadas conforme al artículo 6 de dicha Ley instarán la acción judicial dirigida a la declaración de ilicitud de la publicidad que promueva las prácticas comerciales para la gestación por sustitución y a su cese. Ley 14/2006, de 26 de mayo, de técnicas de reproducción humana asistida (consulta arts. 1, 2 y anexo) https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A- 2006 - 9292 Artículo 221 CP
  3. Los que, mediando compensación económica, entreguen a otra persona un hijo, descendiente o cualquier menor aunque no concurra relación de filiación o parentesco, eludiendo los procedimientos legales de la guarda, acogimiento o adopción, con la finalidad de establecer una relación análoga a la de filiación, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad, tutela, curatela o guarda por tiempo de cuatro a 10 años.
  4. Con la misma pena serán castigados la persona que lo reciba y el intermediario, aunque la entrega del menor se hubiese efectuado en país extranjero.
  5. Si los hechos se cometieren utilizando guarderías, colegios u otros locales o establecimientos donde se recojan niños, se impondrá a los culpables la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de las referidas actividades por tiempo de dos a seis años y se podrá acordar la clausura temporal o definitiva de los establecimientos. En la clausura temporal, el plazo no podrá exceder de cinco años. Cuestión: ¿crees que la conducta, podría ser constitutiva de delito conforme a lo establecido en el art. 221 CP? Construye un argumento a favor y otro en contra de la utilización de la sanción penal con respecto a este tipo de conductas.

4. Supuesto práctico Hechos probados Durante la visita de un jefe de Estado extranjero a España en 2021 , parte de la representación diplomática, incluido el jefe de la misión, decide visitar un prostíbulo ubicado a las afueras de la ciudad de Barcelona. Entre las personas que acuden se encuentran además representantes de las autoridades españolas que habían decidido acompañar a los primeros al bar de alterne donde se produjeron los hechos. A la mañana siguiente, una de las mujeres que trabaja en el prostíbulo presenta una denuncia en el Juzgado de Instrucción por la presunta comisión de delitos de abuso sexual por parte de dos diplomáticos extranjeros a los que prestó sus servicios, por entender que, una vez finalizado el servicio, ella se dispuso a dormir tras haber ingerido voluntariamente pastillas para conciliar el sueño y dos de ellos se quedaron en la misma habitación, con la excusa de que "se echarían a dormir también". Según la declaración de la víctima, horas después, cuando esta despertó, se encontró desnuda y con evidentes signos de haber mantenido relaciones sexuales, sin que sea capaz de recordar cualquier acto de violencia contra su persona para ser penetrada vaginalmente. En el parte médico refiere únicamente molestias típicas del mantenimiento de relaciones sexuales por un periodo prolongado de tiempo. El Juzgado de Instrucción procede a incoar diligencias. **Responde a las siguientes cuestiones a)¿Puede determinar la responsabilidad penal de los sujetos y aplicar la pena correspondiente? b) En caso de que la respuesta anterior fuera negativa, ¿qué obstáculos podría encontrar el juez instructor y dónde residiría su fundamento?

  1. Supuesto práctico Hechos probados** Se declara probado que el día 15 de noviembre de 2024, Alberto (13) de nacionalidad española, Borja (15) de nacionalidad española y Charles (18) y Jacques (19), ambos de nacionalidad francesa, se encontraban en las inmediaciones de la discoteca KILES situada en la localidad francesa de Hendaya. Allí conocieron a Irune (16) y Rosé (17), ambas de nacionalidad francesa y vecinas de Hendaya, que habían acudido a la fiesta celebrada en la citada discoteca. A las 2.35 de la madrugada, Jacques y Charles se ofrecieron, junto con Alberto y Borja, a llevar a Irune y Rosé a la localidad guipozcoana de Irún, algo a lo que accedieron, ya que al día siguiente ambas tomaban un tren con destino a Bilbao a las 8.00 am. En el trayecto entre Hendaya e Irún, Borja y Charles realizaron actos de naturaleza sexual con ambas mujeres mientras Jacques conducía el vehículo y Alberto iba sentado en el asiento del copitolo. Al llegar a Irún buscaron un parque cercano a la estación y todos los ocupantes bajaron del vehículo. En una zona apartada del parque todos ellos y ellas mantuvieron relaciones sexuales grupales, siendo conscientes los varones de que las mujeres habían ingerido una notable cantidad de alcohol durante la fiesta. No consta que se ejerciera fuerza física o intimidación sobre