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Casos prácticos para practicar., Ejercicios de Derecho Penal

Caso práctico para saber identificar la solución.

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 09/11/2022

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diana-cula 🇪🇸

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CASOS PRINCIPIOS II
1. Antonio y Enrique, delincuentes habituales, paseaban juntos por
una concurrida avenida cuando el primero observó a una elegante
señora que llevaba el bolso abierto y dejado caer sin asirlo sobre su
hombro. Ante la bien fundada posibilidad de que dicho bolso
contuviera dinero u otros objetos de valor y ante la facilidad que
representaba el modo descuidado en que lo portaba su propietaria,
Antonio concibió la idea de sustraerlo, cosa que hizo por el
procedimiento del tirón, cayendo la señora al suelo. Acto seguido
comenzó a correr, ante lo cual el asombrado Enrique le siguió en
su huida. (Supuesto analizado en la STS de 6 abril de 1990)
La sentencia de la Audiencia les condenó a ambos como autores de un
delito contra la propiedad. Enjuicia el fallo condenatorio a la luz de los
principios penales
Vulnera el Principio de inocencia ( porque se le está condenado porque
no hay ninguna prueba que le incrimine en el hecho) , principio del
hecho (porque se le condena el hecho del otro), principio de
culpabilidad (porque no hay dolo o imprudencia), principio de legalidad
(vulnera el tenor literario del robo con violencia).
2. El acusado, militar de profesión, mientras desempeñaba el servicio
de cuartelero en los hangares del acuartelamiento cogió un vehículo
militar, sin conocimiento ni autorización de sus superiores y, cuando
se hallaba circulando con el mismo por el patio de acuartelamiento
tomó la determinación -«le dió el punto» según su expresión- de
estrellarlo contra el remolque de dos toneladas que se encontraba allí
estacionado. A resultas del fuerte impacto el vehículo sufrió
desperfectos en el chasis, radiador, bomba de agua, ventilador y
elementos eléctricos tasados pericialmente en 248.662 pesetas.
El art. 58.1 del CP militar aplicable al caso castiga el atentado
contra medios o recursos de la defensa nacional con una pena de prisión
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¡Descarga Casos prácticos para practicar. y más Ejercicios en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

CASOS PRINCIPIOS II

  1. Antonio y Enrique, delincuentes habituales, paseaban juntos por una concurrida avenida cuando el primero observó a una elegante señora que llevaba el bolso abierto y dejado caer sin asirlo sobre su hombro. Ante la bien fundada posibilidad de que dicho bolso contuviera dinero u otros objetos de valor y ante la facilidad que representaba el modo descuidado en que lo portaba su propietaria, Antonio concibió la idea de sustraerlo, cosa que hizo por el procedimiento del tirón, cayendo la señora al suelo. Acto seguido comenzó a correr, ante lo cual el asombrado Enrique le siguió en su huida. (Supuesto analizado en la STS de 6 abril de 1990) La sentencia de la Audiencia les condenó a ambos como autores de un delito contra la propiedad. Enjuicia el fallo condenatorio a la luz de los principios penales Vulnera el Principio de inocencia ( porque se le está condenado porque no hay ninguna prueba que le incrimine en el hecho) , principio del hecho (porque se le condena el hecho del otro), principio de culpabilidad (porque no hay dolo o imprudencia), principio de legalidad (vulnera el tenor literario del robo con violencia).
  2. El acusado, militar de profesión, mientras desempeñaba el servicio de cuartelero en los hangares del acuartelamiento cogió un vehículo militar, sin conocimiento ni autorización de sus superiores y, cuando se hallaba circulando con el mismo por el patio de acuartelamiento tomó la determinación - «le dió el punto» según su expresión- de estrellarlo contra el remolque de dos toneladas que se encontraba allí estacionado. A resultas del fuerte impacto el vehículo sufrió desperfectos en el chasis, radiador, bomba de agua, ventilador y elementos eléctricos tasados pericialmente en 248.662 pesetas. El art. 58.1 del CP militar aplicable al caso castiga el atentado contra medios o recursos de la defensa nacional con una pena de prisión

de cinco a quince años. Por sentencia de 6 de octubre de 1994, el tribunal militar territorial condenó al acusado a la pena de cinco años de prisión. Analiza la norma y la aplicación de la misma desde la perspectiva de los principios penales. Argumente sobre las posibles vías de defensa, ya sea para conseguir la absolución en otras instancias judiciales, ya sea, al menos, para mitigar las consecuencias de una eventual ratificación de la condena. Vulnera el principio de culpabilidad ( ya que era consciente del hecho que iba a cometer), vulneración de principio de proporcionalidad (

  1. El acusado fue sorprendido por los funcionarios de aduanas con un maletín en el que portaba dos millones de pesetas que pretendía llevar a un banco radicado fuera de nuestras fronteras. Según la legislación vigente al tiempo de los hechos (LO 10/1983) constituía delito monetario la exportación de dinero “contraviniendo el sistema legal de control de cambios”. Dicho sistema aparecía regulado en diversas disposiciones reglamentarias que por aquél entonces exigían para exportar tal cantidad la previa autorización administrativa, de la que carecía el acusado. Poco después de acaecidos los hechos, entró en vigor un nuevo RD sobre transacciones económicas con el exterior que liberalizaba el sistema español de control de cambios, permitiendo la exportación sin necesidad de autorización cuando la cuantía no excediese de cinco millones de pesetas por persona y viaje. Señala cuál es el principal problema que plantea este caso y expón el procedimiento que seguirías para buscar una solución.
  2. El principal problema que se plantea en este caso es que debido a lo que se regula en LO 10/1983 se castiga el delito monetario de exportación. Debido a que el acusado no tenía autorización de un banco radicado, es castigado según la Ley. Sin embargo, poco después se aprobó un RD que permite que se pueda exportar 5 millones por persona y viaje Por lo que, en este caso entra el principio de retroactividad favorable debido a que cuando se realizo el hecho estaba en vigor otra norma, pero después del