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Asignatura: humanidades, Profesor: , Carrera: Derecho + Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UC3M
Tipo: Apuntes
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Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “El Sol”
El CEIP “El Sol” nace en el año 2000 y es el resultado de la fusión de un centro de Educación Especial para sordos y un centro ordinario.
El centro dispone de dos tipos de programas: Educación Ordinaria en modalidad de integración (Educación Infantil y Primaria) y Educación Básica Obligatoria (los alumnos con discapacidad auditiva escolarizados en la línea de Educación Especial pueden cursar la Educación Primaria, a lo largo de 10 cursos o Niveles, distribuidos en dos etapas educativas).
En el período de Educación Infantil (de 3 a 5 años) hay cuatro aulas por curso, es decir, 12 aulas en total. De ellas, en 5 aulas se escolarizan hasta 5 alumnos con discapacidad auditiva. Estos grupos disponen de un tutor y un cotutor que programan y coordinan el trabajo del grupo-clase. El cotutor lleva a cabo el trabajo específico e individualizado con los alumnos sordos, en el área de lengua castellana.
Por otro lado, la etapa de Educación Primaria (de 6 a 12 años) también dispone de cuatro aulas por curso (en el primer y segundo ciclo) y de tres aulas por curso (en el tercer ciclo). En 9 de esas aulas se escolarizan hasta 5 alumnos con discapacidad auditiva y se sigue la misma metodología que en Educación Infantil: un tutor y un cotutor que programan y coordinan el trabajo, mientras que el cotutor lleva a cabo un trabajo específico con alumnos sordos.
Como hemos señalado, la Educación Básica Obligatoria es otra oferta educativa de este centro. Esta modalidad está pensada para niños y niñas escolarizados en programas de Educación Especial y consta de dos etapas, desarrolladas en 10 años:
a) 1a Etapa (6-7años/12-13 años). Se inicia a los 6 ó 7 años, dependiendo de si han tenido prórroga de escolarización en la etapa de Educación Infantil o no. Esta etapa está organizada en tres ciclos (1o,2o y 3o) y 6 niveles. A lo largo de estos cursos se desarrolla el currículo adaptado de la E. Primaria con:
programas de Garantía Social o Formación Profesional a los que se accedería a partir de los 16 años.
Tal y como podemos observar, en el CEIP “El Sol” se intenta cumplir con estos principios de igualdad, equidad y flexibilidad a través de la integración de alumnos con discapacidad auditiva en las aulas y la atención flexible que aportan a esa diversidad de aptitudes y necesidades.
Por otro lado, también encontramos positivo la atención que propicia este centro a los fines de la educación declarados en el artículo segundo de la LOE:
g. La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad. [...]
i. La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.j. La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras. [...]”.
Colegio Ágora
En el proyecto educativo del centro encontramos que “El Colegio Ágora nació en 1975 como una alternativa de experiencia escolar laica, que entendía la Educación como un proceso de desarrollo de las capacidades de cada alumno en una dinámica libre y creativa”. El centro nace por iniciativa de cuatro profesores, cuyo objetivo era “lograr una escuela integradora, viva, dinámica, abierta y socializadora; que creyese firmemente en la necesidad de educar a los alumnos para la comunicación y convivencia democrática y en la que todos tuvieran derecho a ser respetados en su individualidad”. En 1984 el colegio pasó a ser propiedad de los padres de los alumnos, constituidos en cooperativa.
El centro reconoce los siguientes principios y señas de identidad:
Por otro lado, el centro apunta también a sus finalidades educativas:
a. Contribuir al desarrollo en los alumnos y alumnas de todas sus capacidades como personas. Este desarrollo se busca dando protagonismo al propio alumno, promoviendo su iniciativa en el aprendizaje.
Para lograr todos estos objetivos, en el centro se promueve una metodología de atención individualizada, de integración, investigación y participación. Se da mucha importancia al trabajo en equipo y el intercambio de experiencias. Una metodología que no va encaminada a lograr una excelencia académica, sino una excelencia en la personalidad de los niños y sus máximas capacidades.
El punto central de este colegio es la integración, sobre el que afirman que “El Colegio no sólo pretende la adaptación al grupo de los alumnos de integración, sino también que éstos se desarrollen de acuerdo con sus capacidades. Es decir, realizar integración educativa es [...] consecuencia de nuestra metodología y de nuestro concepto de educación”.
Examinado el Proyecto Educativo del centro, pasamos a compararlo con la legislación, intentando destacar sus aciertos y haciendo hincapié en una posible mejora.
Lo primero que podemos observar es que los principios que rigen el centro se contemplan en la legislación española sobre educación: desarrollo de la libre personalidad del menor, principio de no discriminación, flexibilidad y atención a la diversidad, esfuerzo individual y motivación del alumno...
Podemos destacar otra vez los principios que aparecen en el ya citado artículo primero de la LOE y que casan con los principios que contempla el Proyecto Educativo de este centro:
integradora implica que “el proceso educativo se base en el desarrollo de todas las capacidades personales individuales”.
f. “La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores”. El Proyecto Educativo dispone de un epígrafe sobre la relación entre profesores y alumnado. En él se destaca que “El profesor no intenta transmitir que lo conoce todo, sino que propone la búsqueda de recursos para solucionar y aprender aquello que interesa en cada momento”.
personal y el espíritu emprendedor. [...]”[Recordemos que el centro anima a que “los alumnos puedan manifestar, desarrollar y aportar su propia realidad personal [...] y puedan encontrar sus propias opciones, valores y actitudes ante la vida”].
En referencia a la parte legislativa que versa sobre el alumnado con necesidades educativas especiales, hemos visto que la LOE aboga por la inclusión y apoyo a este alumnado para lograr potenciar al máximo sus capacidades. En este sentido, el Colegio Ágora maneja un concepto parecido de integración: “La integración escolar supone que cualquier niño o niña con determinadas necesidades educativas especiales permanentes o transitivas, puede evolucionar en un ambiente escolar adecuado, accediendo a una estimulación social temprana y a una mayor diversidad de modelos de comportamiento. La integración educativa es, además, un valor educativo añadido para el resto de alumnos, pues desde pequeños aprenden a convivir con niños con deficiencias, comprendiendo, respetando y adoptando una actitud positiva ante las diferencias”.
Aunque, como podemos ver, en general, las actuaciones, objetivos y metodología de este centro se corresponden con el concepto de inclusión que manejamos, también encontramos que esta inclusión está restringida por una cuestión: la ratio de alumnos con necesidades educativas especiales que puede acoger el centro. “Desde sus inicios, el Colegio ha tenido como planteamiento que el número de alumnos por aula fuera el adecuado para poder desarrollar una metodología de trabajo coherente con nuestro proyecto”. Y en este sentido, el propio centro llega a contradecirse a sí mismo afirmando que, aunque son un centro de Integración por vocación propia, “ello nos lleva a ser muy exigentes en el cuidado de lo que consideramos que impide un proceso educativo de calidad: la saturación de alumnos con necesidades educativas especiales”. Por ello manejan una ratio de entre 2 y 5 alumnos con necesidades educativas especiales por clase.
Aunque es comprensible que la falta de medios condiciona la inclusión educativa, el objetivo que se debe perseguir es la plena inclusión de todos los menores, independientemente de sus capacidades o situaciones.
Como hemos venido destacando a lo largo del informe, la Educación Inclusiva debe ser la
única educación posible para todos los niños y todas las niñas. Es la única manera real de poder garantizar el derecho a la educación y de hacerlo efectivamente igualitario para todos y todas.
El objetivo principal de la educación es lograr el libre desarrollo de la personalidad a través de la potenciación de las capacidades individuales de cada menor. Y precisamente ahí es donde la Educación Inclusiva, entendida como el derecho de todos a la educación, no puede referirse únicamente a los menores con discapacidad, diversidad funcional o necesidades especiales. La Educación Inclusiva es una educación para todos en igualdad de condiciones, con acceso a los mismos conocimientos y a la misma modalidad de educación. Hemos visto cómo esto está contemplado en las diferentes legislaciones, pero también como su puesta en práctica deriva en situaciones como la segregación en Centros de
Educación Especial y en una modalidad combinada de educación que poco o nada tiene que ver con las prácticas inclusivas.
La actual existencia de tres modalidades diferentes de escolarización (ordinaria, especial y combinada) hace imposible una verdadera Educación Inclusiva. La segregación de menores a centros de educación especial no permite el acceso igualitario ni el ejercicio igualitario del derecho a la educación de todos los menores: según las capacidades, los niños y las niñas reciben una educación u otra. Especialmente controvertido es el asunto de la modalidad combinada. Esta práctica es indefendible e ilógica dentro de un sistema inclusivo: si un menor puede estar escolarizado dos días a la semana en un centro ordinario, ¿por qué no puede estarlo a tiempo completo? Si esos dos días a la semana es posible garantizarle el apoyo que necesita y que cumpla sus objetivos, ¿qué necesidad hay de que tenga que dividir su tiempo en dos escolarizaciones diferentes, dos centros distintos y compañeros y profesores diferentes? No puede considerarse la modalidad combinada como una práctica de integración, sino como una práctica de semi-segregación, que deja al menor en un limbo constante entre dos sistemas y que puede ser más perjudicial para su desarrollo que una contribución al mismo. La escolarización de los menores en las diferentes modalidades educativas se dispone a partir de dictámenes escolares e informes psicopedagógicos elaborados por los departamentos de orientación de los centros. Estas evaluaciones no cuentan con el protocolo de control necesario para evaluar al menor. La tranquilidad y la confianza son elementos necesarios para poder llevar a cabo estos dictámenes: deben ser realizados sin alterar la tranquilidad del menor y con personas con las que esté familiarizado, es complicado que un niño que presenta necesidades especiales pueda entrar en confianza en un solo día con una persona que no conoce y comportarse como normalmente lo hace.
Por otro lado, es preocupante la falta de cohesión legislativa en España respecto a educación. Aunque existe una Ley Orgánica de Educación a nivel estatal, las Comunidades Autónomas tienen competencias en esa materia. Aunque el artículo 148 de la CE (que establece las competencias de las CCAA) no establece literalmente la educación como competencia de las CCAA, tampoco está atribuida al Estado de manera literal. El artículo 149.3. establece que “Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas”. Esta delegación conlleva una gran falta de homogeneidad entre comunidades, por lo que se ve afectado el derecho a la educación de los menores. Esta gran falta de cohesión lleva aparejado otro problema: la gran desinformación para las familias de cuál es el procedimiento adecuado para exigir sus derechos.
En otro orden de asuntos, existe la mítica creencia de que la educación inclusiva lleva aparejada un incremento de los costes y, por tanto, escasa rentabilidad. Es cierto que hay que hacer un gran esfuerzo de adaptación, pero también hay que ver todo lo que tenemos disponible para ello: existen muchos centros de educación especial que pueden reconvertirse en centros de formación o en centros ordinarios, multitud de profesionales formados en educación especial pueden reciclarse para atender a niños con necesidades
centros ordinarios. Por ello queremos hacer esta reflexión, apelando a la prudencia a la hora de referirse a una desaparición total de estos centros especiales.