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comprensión de textos, Apuntes de Análisis de Textos Literarios

texto argumentativo ciclo 1 utp

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 08/06/2025

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mei-dx 🇵🇪

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Modelo de esquema de producción de texto argumentativo para la TA”
¿La Ley 30681 garantiza realmente el derecho a la salud en el Perú?
Una mirada crítica al uso medicinal del cannabis
INTRODUCCIÓN
Contextualización
Dato 1: Congreso de la República (2017)
Explicación 1: En 2017, el Congreso del Perú aprobó la Ley 30681 que regula el
uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados.
Explicación 2: Esta ley permitió por primera vez el acceso legal y controlado a
productos derivados del cannabis para pacientes con enfermedades como
epilepsia, cáncer o dolor crónico.
Dato 2: Ojo Público (2017)
Explicación 1: Grupos de pacientes y familiares venían exigiendo desde años
antes el reconocimiento legal del cannabis medicinal como una alternativa
efectiva frente a tratamientos tradicionales.
Explicación 2: A pesar de su legalización, muchos pacientes aún enfrentan trabas
burocráticas y falta de acceso real a los productos.
Razón a favor: La ley representa un avance en el reconocimiento del cannabis como
opción terapéutica respaldada por evidencia médica.
Razón en contra: Su reglamentación sigue siendo restrictiva, limitada a laboratorios y
excluye el autocultivo, afectando la disponibilidad y el costo del tratamiento.
Controversia: ¿La Ley 30681 garantiza adecuadamente el derecho a la salud para todos
los peruanos, o su aplicación limita el acceso efectivo al cannabis medicinal?
Tesis: Si bien la Ley 30681 es un paso positivo, no garantiza plenamente el derecho a la
salud.
Anticipación del desarrollo: A continuación, sustentaré mi postura con dos argumentos
sólidos.
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Modelo de esquema de producción de texto argumentativo para la TA”

¿La Ley 30681 garantiza realmente el derecho a la salud en el Perú?

Una mirada crítica al uso medicinal del cannabis

INTRODUCCIÓN

Contextualización

Dato 1: Congreso de la República (2017)

• Explicación 1: En 2017, el Congreso del Perú aprobó la Ley 30681 que regula el

uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados.

• Explicación 2: Esta ley permitió por primera vez el acceso legal y controlado a

productos derivados del cannabis para pacientes con enfermedades como

epilepsia, cáncer o dolor crónico.

Dato 2: Ojo Público (2017)

• Explicación 1: Grupos de pacientes y familiares venían exigiendo desde años

antes el reconocimiento legal del cannabis medicinal como una alternativa

efectiva frente a tratamientos tradicionales.

• Explicación 2: A pesar de su legalización, muchos pacientes aún enfrentan trabas

burocráticas y falta de acceso real a los productos.

Razón a favor: La ley representa un avance en el reconocimiento del cannabis como

opción terapéutica respaldada por evidencia médica.

Razón en contra: Su reglamentación sigue siendo restrictiva, limitada a laboratorios y

excluye el autocultivo, afectando la disponibilidad y el costo del tratamiento.

Controversia: ¿La Ley 30681 garantiza adecuadamente el derecho a la salud para todos

los peruanos, o su aplicación limita el acceso efectivo al cannabis medicinal?

Tesis: Si bien la Ley 30681 es un paso positivo, no garantiza plenamente el derecho a la

salud.

Anticipación del desarrollo: A continuación, sustentaré mi postura con dos argumentos

sólidos.

DESARROLLO 1 – Estrategia de generalización Idea principal (Tesis y argumento) : La Ley 30681 no garantiza de manera suficiente el derecho a la salud porque impone barreras que dificultan el acceso efectivo al cannabis medicinal. Idea secundaria 1 – Caso 1: Enfermos crónicos y epilepsia infantil (Devinsky, 2017)

  • Idea terciaria 1: Muchos pacientes con epilepsia refractaria han mostrado mejoras con cannabis medicinal.
  • Idea terciaria 2: La falta de producción nacional suficiente obliga a depender de importaciones costosas. (DEVIDA, 2020)
  • Idea terciaria 3: El proceso para obtener productos con receta médica es lento y burocrático. Idea secundaria 2 – Caso 2: Autocultivo como alternativa bloqueada (El Comercio, 2022)
  • Idea terciaria 1: Familias organizadas como “Buscando Esperanza” reclaman el derecho a cultivar su medicina.
  • Idea terciaria 2: El Estado no ha incluido el autocultivo en la reglamentación, a pesar de su potencial de abaratamiento. (Minsa, 2019)
  • Idea terciaria 3: Esta exclusión restringe el acceso solo a quienes pueden pagar o acceder al sistema formal. Reafirmación de tesis: Por lo tanto, aunque existe un marco legal, la ley aún no garantiza de manera real y equitativa el derecho a la salud para todos los pacientes que podrían beneficiarse del cannabis medicinal.

CIERRE

Conector de cierre: En conclusión, Tesis y síntesis de argumentos: La Ley 30681 no garantiza plenamente el derecho a la salud, ya que impone barreras que dificultan un acceso efectivo, equitativo y universal al cannabis medicinal. Reflexión crítica: Una ley que reconoce derechos, pero restringe los medios para ejercerlos, termina profundizando las desigualdades. En lugar de democratizar la salud, la actual reglamentación del cannabis medicinal en el Perú la convierte en un privilegio de pocos, dejando en desamparo a los pacientes más vulnerables. Esto evidencia una contradicción entre el discurso legal y la realidad social. Propuesta 1: Permitir el autocultivo regulado para uso medicinal. Impacto: Esta medida reduciría los costos para las familias, facilitaría el acceso a tratamientos en zonas sin farmacias autorizadas y empoderaría a los pacientes con enfermedades crónicas a controlar su salud con acompañamiento técnico. Propuesta 2: Crear un programa nacional de distribución de cannabis medicinal desde el sistema público de salud (MINSA y EsSalud). Impacto: Garantizaría el acceso gratuito o subsidiado para pacientes de bajos recursos, descentralizaría el tratamiento y fomentaría la investigación científica nacional sobre sus aplicaciones terapéuticas.

MODELO DE TEXTO ARGUMENTATIVO

¿La Ley 30681 garantiza realmente el derecho a la salud en el Perú?

Una mirada crítica al uso medicinal del cannabis

INTRODUCCIÓN

En 2017, el Congreso de la República del Perú aprobó la Ley 30681, que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. Esta normativa representó un hito al permitir por primera vez el acceso legal y controlado a productos derivados del cannabis para pacientes que padecen enfermedades como epilepsia refractaria, cáncer o dolor crónico, condiciones para las cuales los tratamientos tradicionales no siempre resultan efectivos. Esta iniciativa respondió, en parte, a la presión ejercida durante años por grupos de pacientes y familiares que reclamaban el reconocimiento legal del cannabis medicinal como una alternativa terapéutica legítima (Ojo Público, 2017). No obstante, pese a la legalización, la realidad muestra que muchos pacientes continúan enfrentando obstáculos burocráticos y un acceso limitado a estos productos, lo que plantea interrogantes sobre la eficacia real de la ley para garantizar el derecho fundamental a la salud. En este contexto, surge la cuestión: ¿La Ley 30681 asegura adecuadamente el derecho a la salud para todos los peruanos, o su aplicación restringe el acceso efectivo al cannabis medicinal? Sostengo que, aunque la Ley 30681 constituye un avance legislativo importante, no garantiza plenamente el derecho a la salud en el Perú. Para sustentar esta postura, analizaré dos argumentos principales que revelan las limitaciones prácticas y conceptuales de la norma. DESARROLLO 1 En primer lugar, la Ley 30681 no asegura el derecho a la salud de manera suficiente porque impone barreras que dificultan el acceso real al cannabis medicinal. Uno de los casos investigados son pacientes con epilepsia refractaria —una condición que ha mostrado mejoras significativas con el uso de cannabis medicinal según Devinsky (2017)— enfrentan dificultades considerables para obtener estos tratamientos en el país. La producción nacional es insuficiente, lo que obliga a depender de costosas importaciones, tal como señala la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA, 2020). Además, el proceso para acceder a estos productos mediante receta médica es lento y burocrático, prolongando el sufrimiento de quienes más los necesitan. En paralelo, movimientos sociales como “Buscando Esperanza” han reclamado reiteradamente el derecho al autocultivo como una alternativa viable para abaratar costos y facilitar el acceso (El Comercio, 2022). Sin embargo, la reglamentación actual excluye esta opción, manteniendo el control exclusivo en manos de laboratorios privados y farmacias autorizadas. Esta restricción limita el acceso al cannabis medicinal únicamente a quienes cuentan con recursos económicos y posibilidades de acceder al sistema formal, dejando de lado a sectores vulnerables y de zonas alejadas. Por ende, aunque la ley establece un marco legal, no garantiza un acceso equitativo ni efectivo para todos los pacientes que podrían beneficiarse del cannabis medicinal.

  • Ministerio de Salud (MINSA). (2019). Reglamento de la Ley N.º 30681 sobre cannabis medicinal. https://www.gob.pe/minsa
  • Ojo Público. (2017, 25 de octubre). La historia de las madres que impulsaron la legalización del cannabis medicinal en Perú. https://ojo-publico.com
  • Organización Mundial de la Salud (OMS). (2008). Marco conceptual y estratégico de la OMS sobre los determinantes sociales de la salud. https://www.who.int/