Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Convenio 87, corte constitucional, componente constitucional, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Laboral

Laboral colectivo esto nos habla de componente constitucional y jurisprudencia comparado con el convenio de la OIT

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2018/2019

Subido el 08/10/2019

jossert-duarte
jossert-duarte 🇨🇴

4.7

(3)

5 documentos

1 / 5

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
ARTÍCULO DEL CONVENIO.
COMPONENTE
CONSTITUCIONAL.
COMPONENTE LEGAL.
COMPONENTE JURISPRUDENCIAL.
Artículo 1
Todo Miembro de la Organización
Internacional del Trabajo para el
cual esté en vigor el presente
Convenio se obliga a poner en
práctica las disposiciones
siguientes.
Artículo 2:
Los trabajadores y los empleadores,
sin ninguna distinción y sin
autorización previa, tienen el
derecho de constituir las
organizaciones que estimen
convenientes, así como el de
afiliarse a estas organizaciones, con
la sola condición de observar los
estatutos de las mismas.
Artículo 38.’Se garantiza el
derecho de libre asociación para el
desarrollo de las distintas
actividades que las personas
realizan en sociedad’’
Artículo 39. ‘’los trabajadores y
empleadores tienen derecho a
constituir sindicatos o
asociaciones, sin intervención del
estado. su reconocimiento jurídico
se producirá con la simple
inscripción del acta de
constitución’’
Código Sustantivo de Trabajo
Artículo 358. Libertad de
afiliación. Los sindicatos son
organizaciones de libre ingreso
y retiro de los trabajadores. En
los estatutos se reglamentará
la coparticipación en
instituciones de beneficio
mutuo que hubiere establecido
el sindicato con aportes de sus
miembros.
Sentencia T- 619/16 legitimación por
activa de las organizaciones y sus
representantes para interponer accion de
tutela.
SENTENCIA C-180 DE 2016
CLASIFICACIÓN LEGAL DE
SINDICATOS EN CATEGORÍAS
EMPRESARIALES, INDUSTRIALES,
GREMIALES Y DE OFICIOS VARIOS-
No desconoce el núcleo esencial del
derecho a la libertad sindical.
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Convenio 87, corte constitucional, componente constitucional y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity!

ARTÍCULO DEL CONVENIO. COMPONENTE

CONSTITUCIONAL.

COMPONENTE LEGAL. COMPONENTE JURISPRUDENCIAL.

Artículo 1 Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente Convenio se obliga a poner en práctica las disposiciones siguientes. Artículo 2: Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas. Artículo 38.’Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad’’ Artículo 39. ‘’ los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del estado. su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución’’ Código Sustantivo de Trabajo Artículo 358. Libertad de afiliación. Los sindicatos son organizaciones de libre ingreso y retiro de los trabajadores. En los estatutos se reglamentará la coparticipación en instituciones de beneficio mutuo que hubiere establecido el sindicato con aportes de sus miembros. Sentencia T- 619/16 legitimación por activa de las organizaciones y sus representantes para interponer accion de tutela. SENTENCIA C-180 DE 2016 CLASIFICACIÓN LEGAL DE SINDICATOS EN CATEGORÍAS EMPRESARIALES, INDUSTRIALES, GREMIALES Y DE OFICIOS VARIOS- No desconoce el núcleo esencial del derecho a la libertad sindical.

Artículo 3: ¨1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

  1. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal¨ Código Sustantivo de trabajo. Articulo 362 Estatutos Toda organización sindical tiene el derecho de realizar libremente sus estatutos y reglamentos administrativos Sentencia C-695/08, DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL-Fundamental/DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL-Constitución de organizaciones ASOCIACIÓN SINDICAL-No es ilimitado Artículo 4: ¨Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa¨ Código Sustantivo del trabajo Artículo 401. Casos de disolución.

a) Por cumplirse cualquiera de

los eventos previstos en los estatutos para este efecto; b) Por acuerdo, cuando menos, de las dos terceras (2/3) partes de los miembros de la organización, adoptado en Sentencia No. C-096/ PRINCIPIO NON BIS IN IDEM/DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL / SINDICATO-Disolución

negociación colectiva Artículo 7: ¨La adquisición de la personalidad jurídica por las organizaciones de trabajadores y de empleadores, sus federaciones y confederaciones no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite la aplicación de las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 de este Convenio¨ Código Sustantivo del trabajo. Artículo 364. toda organización sindical de trabajadores por el solo hecho de su fundación, y a partir de la fecha de la asamblea constitutiva, goza de personería jurídica. Sentencia C-349/09, CONVENIO 154 DE LA OIT-Hace parte de la legislación interna/CONVENIO 154 DE LA OIT-Hace parte del bloque de constitucionalidad/CONVENIO 154 DE LA OIT-Su ratificación modifica contexto normativo de disposiciones referidas a la negociación colectiva Artículo 8: ¨1. Al ejercer los derechos que se les reconocen en el presente Convenio, los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados, lo mismo que las demás personas o las colectividades organizadas, a respetar la legalidad.

  1. La legislación nacional no menoscabará ni será aplicada de suerte que menoscabe las garantías previstas por el presente Convenio¨ Sentencia C-617/08, LIBERTAD SINDICAL Y AUTONOMÍA SINDICAL-No tienen carácter absoluto, DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL-Contenido y alcance/AUTONOMÍA SINDICAL-Alcance, AUTONOMÍA SINDICAL-Contenido de los estatutos/AUTONOMÍA SINDICAL-No se vulnera por la enumeración del contenido mínimo de los estatutos de las organizaciones sindicales Artículo 9: ¨1. La legislación nacional deberá Sentencia T-619/

determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas y a la policía las garantías previstas por el presente Convenio.

  1. De conformidad con los principios establecidos en el párrafo 8 del artículo 19 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, no deberá considerarse que la ratificación de este Convenio por un Miembro menoscaba en modo alguno las leyes, sentencias, costumbres o acuerdos ya existentes que concedan a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía garantías prescritas por el presente Convenio¨ las personas jurídicas representadas en los sindicatos se encuentran legitimadas para solicitar el amparo constitucional de derechos sindicales, con el fin de proteger los derechos de sus afiliados. Artículo 10: ¨En el presente Convenio, el término organización significa toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores¨ Código Sustantivo de trabajo. Artículo 414. Derecho de asociación. Artículo 428. Congresos Sindicales. Sentencia C-797/00 , FEDERACIÓN DE SINDICATOS-Reconocimiento automático de personería jurídica/CONFEDERACIÓN DE SINDICATOS-Reconocimiento automático de personería jurídica, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES-Naturaleza/FEDERACION ES Y CONFEDERACIONES-Función de asesoría de organizaciones afiliadas.