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Los poderes constitucionales del rey y del gobierno en españa en relación con las cortes generales. El rey participa en la función legislativa mediante la sanción y puede proponer, nombrar y cesar al presidente del gobierno y a sus miembros. El gobierno, por su parte, tiene la responsabilidad de ejercer estos poderes y también puede convocar referéndums. Además, se detalla el papel del rey como jefe de estado y su representación diplomática, declaración de guerra y paz, y la sucesión en la corona. Se describe también el papel de las cortes generales en la sucesión en la corona y en la regencia.
Tipo: Apuntes
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Tema 10: la Jefatura de Estado
La evolución de la monarquía en nuestra historia ha desembocado en la monarquía parlamentaria basada en la democracia de nuestro Estado tras la transición postfranquista. Este es un sistema democrático basado en la soberanía nacional y la división de poderes en el que el monarca ostenta el título de Jefe del Estado.
Los poderes de los monarcas en los sistemas parlamentarios actuales son muy limitados. El poder de decisión le corresponde al Gobierno.
En relación con las Cortes Generales
En relación con el Gobierno:
Teóricamente está al frente del poder ejecutivo. Pero este es ejercido por el Gobierno que es quien tiene la responsabilidad. Según el art. 62 corresponde al rey:
El rey es símbolo de unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales (art. 56.1 CE). Ejerce de misma forma las funciones que le atribuyen la Constitución y las leyes. El art. 62 le atribuye funciones típicas del ejecutivo, también se contempla algunas específicas de la jefatura de Estado. Ya en el art. 63 se centra en su papel de representante que encarna la propia personalidad del Estado:
Acceso y sucesión
El acceso al trono se produce en virtud de un derecho público subjetivo expresamente reconocido en la Constitución a favor de un determinado miembro de la familia real reinante. Se establece mediante el art. 57 de la CE mediante un orden de sucesión:
Al acceder al trono se necesita el juramento o declaración de acatar la constitución.
Tutoría y regencia
La regencia suele originarse con la minoría de edad del rey, porque este se halle concebido y no nacido o por la incapacidad física o mental del monarca. Es una institución que se caracteriza por la provisionalidad, puesto que desaparece con la desaparición de la causa que la motivó. La regencia puede ser individual y colegiada. La constitución las prevé en el art. 59.3. El art 59 la regula del siguiente modo:
El problema más grave que se ha encontrado es el vínculo o nexo que debería de existir entre representantes y representados y de cuya pervivencia dependen todos los efectos jurídicos. El pensamiento liberal de la Nación como un todo complica las posibilidades de reconocimiento de dicho vínculo que seguirá siendo posible mientras se mantenga la ficción de homogeneidad social que también preside la sociedad liberal.
Sistema electoral españolD´Hondt
Cuanta más pequeña sea nuestra circunscripción mayores opciones habrá de bipartidismo debido a la escasa población existente. En las circunscripciones con mayor población (Madrid) se reflejará una mayor pluralidad que el sistema electoral comporta.
Un extranjero no puede votar en las elecciones nacionales. En cambio sí lo puede hacer en las municipales. Esto viene del Tratado de Maastricht en Derecho comunitario.
El cuerpo electoral tiene ciertos requisitos accesorios para ejercer el derecho al voto:
En las circunscripciones nacionales se nombran a distintos candidatos nominados plurinominales. En las circunscripciones se reparten los 350 escaños del Congreso (art. 68.2 y art. 162 LOREG)
En el senado rige un doble sistema de resignación:
Es una cámara de segunda lectura de los procesos legislativos. Se dan los grandes debates autonómicos. Es un órgano de control del presidente del gobierno. El sistema es mayoritario que a la hora de votar solo se pueda votar a un número inferior que a los representantes que se eligen.
La fórmula electoral pretende eliminar los partidos políticos que no tienen entidad para ser representados en la cámara de representación.
En el senado existe un sistema mayoritario de voto limitado. Se eligen a 4 senadores por provincia aunque solo se puede votar a tres. El senado fomenta el bipartidismo además de consolidarlo.
Las garantías administrativas y jurisdiccionales del sistema electoral:
Existen juntas (central, provincial, de zona y de CC. AA) integradas por jueces y magistrados. Posteriormente están las mesas electorales formadas por ciudadanos. Control judicial del proceso electoral. Numerosas garantías
Para ser Diputado o Senador es necesario una previa candidatura a las elecciones generales
El estatuto jurídico de los parlamentarios: art. 70 CE: incompatibilidad de cargosimposibilidad de simultanear el ejercicio del cargo parlamentario con otro cargo público o actividades privadas (TC, secretario de Estado, defensor del pueblo, magistrados, jueces, fiscales, ciertas profesiones como militares, miembros de las juntas electorales…)
Esto pretende garantizar que los parlamentarios ejerzan las competencias propias de su cargo con la mayor libertad posible, que podría verse mermada por el desempeño de las funciones correspondientes a otros cargos o actividades
La inelegibilidad afecta a la capacidad de un ciudadano para ejercer su derecho de sufragio pasivo a fin de que el proceso electoral se desarrolle en condiciones de igualdad. Pretende que quien ostenta un cargo público pueda prevalerse del mismo para participar en condiciones más ventajosas que el resto de candidatos.
Nadie puede presentarse como candidato al Congreso y al Senado. Debería dejar el cargo sino no sería proclamada su candidatura.
Grupos parlamentariosestos son la vía por la cual se han introducido los partidos como tales en el Derecho parlamentario. Aunque la doctrina constitucional los ignorase, la realidad de los partidos se impuso y acabaron reconociéndose en la práctica parlamentaria y después a nivel reglamentario por la vía de la agrupación de los parlamentarios pertenecientes a un mismo partido político. También razones funcionales impulsaron el reconocimiento dado que es mucho más manejable un Parlamento en el que cuentan los grupos, que otro donde se debe realizar el trabajo parlamentario con la complejidad que supone que se haya de tener en cuenta una enorme pluralidad de miembros en lugar de unos cuantos grupos.
Tema 12: las Cortes Generales (II)
Su principal misión es cuidar el buen orden de los trabajos parlamentarios y dirigir y moderar los debates y demás actividades de la Cámara. Cuentan con variadas funciones: dirección de los debates parlamentarios, aplicación del reglamento de la Cámara, el mantenimiento del orden
La Mesa se reunirá a convocatoria del Presidente y estará asesorada por el Letrado Secretario General, que redactará el Acta de las sesiones y cuidará, bajo la dirección del Presidente, de la ejecución de los acuerdos.
El órgano esencial es el Pleno de la Cámara, junto al mismo cabe registrar las Comisiones de todo tipo y los grupos parlamentarios.
EL Pleno
Reunión de todos los miembros de la Cámara. Para ser exactos, la reunión de la Cámara a la que son debidamente convocados la totalidad de los miembros y se verifica bajo la presidencia del Presidente y, en su caso, de la Mesa o Presidium de la misma. El Pleno es el órgano fundamental de la Cámara puesto que es él quien ejerce las facultades que constitucional y reglamentariamente corresponden a la Cámara mismo.
Se plantea la exigencia de determinar un número mínimo de parlamentarios asistentes a una sesión concreta para evitar que un número en extremo reducido pueda ejercer todas o algunas facultades que al Pleno corresponden. Para ello, las constituciones o reglamentos, suelen establecer un quorum que actúa como umbral, a partir del cual puede tenerse como válidamente constituida la Cámara y sin el cual no podría la misma deliberar válidamente.
La regla decisoria ordinaria es la de la mayoría simple, no obstante, dicho quorum de validez de acuerdos suele ser más elevado. Este fenómeno ocurre cuando la legislación exige la adopción de decisiones por mayoría cualificada. Mayor es aun la exigencia en las mayorías cualificadas cuando se trata de la elección de ciertos cargos y naturalmente, para llevar a cabo la reforma constitucional. Las mayorías cualificadas son de carácter excepcional y encubren tanto el deseo de obtener una decisión por un grado de consenso más elevado que el de la legislación ordinaria y, de otro lado, constituyen un mecanismo para la protección de las minorías.
Las Comisiones
Son reuniones de grupos reducidos de parlamentarios que tienen por misión estudiar o preparar los asuntos que les son sometidos por la Cámara para presentar el resultado de sus trabajos o deliberaciones al Pleno.
Son una respuesta al problema de las funciones que tiene que afrontar un cuerpo numeroso, y constituye una aplicación del principio de división del trabajo. Las comisiones permiten agilizar el trabajo parlamentario, evitar discusiones largas y enojosas y realizar un estudio más detenido y preciso de los asuntos que se tramitan en la Cámara. Las Comisiones se dividen en permanentes que son las nombradas para una legislatura o período de sesiones, y no permanentes, que se constituyen para estudiar un asunto concreto y se disuelven una vez concluido el estudio de dicho asunto. También se dividen en especialidades (desde otro punto de vista) si su competencia se ciñe a una gama determinada de asuntos, y no especializados si su competencia es general y entienden de cualquier asunto que les sea sometido.
Objeciones a las Comisiones:
La composición de las comisiones se rige por tres sistemas distintos:
En la práctica dicha diferencia no es relevante debido a que la designación del papel preponderante corresponde siempre a los grupos políticos representados en la Cámara.
La constitución hace referencia a las Comisiones en su art. 75.
Las Comisiones del Senado podrán ser Permanentes y de Investigación o Especiales. Las Permanentes podrán ser Legislativas y no Legislativas.
Subcomisiones y Ponencias
Son órganos de estudio y propuesta que se constituyen en el seno de las Comisiones. Las subcomisiones actúan como órganos de preparación de las decisiones de la Cámara, mientras que las ponencias hacen lo mismo respecto a las Comisiones. Se realiza el estudio más detenido de los asuntos sometidos a su consideración. Las ponencias se forman para cada asunto, actúan a puerta cerrada, y se integran por varios miembros, que representan a los distintos grupos parlamentarios.
La estructura parlamentaria y su complejo funcionamiento reclaman una reglamentación interna para que cada Asamblea pueda cumplir con eficiencia sus funciones.
La importancia del reglamento es singular por muchas razones:
Tema 13: Las Cortes Generales (III)
Art. 66.1 y 2las Cortes Generales representan al pueblo español. Ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
El ejercicio de la potestad legislativa es la función genuina de un Parlamento. Decide libremente sin otro límite que el respeto al texto constitucional. Adquiere su preeminencia teórica sobre el resto de poderes del Estado. El procedimiento legislativo no es monopolizado por las Cortes, sino que en este proceso actúan una pluralidad de órganos. Además la potestad legislativa es compartida con el Gobierno que mediante el Decreto-ley (puede legislar de forma urgente) o la legislación delegada. Otro procedimiento de legislar es la iniciativa legislativa popular que es de difícil aplicación.
Procedimiento legislativo
Operaciones complejas de diversos factores que comienza con la presentación de una iniciativa. Tras su tramitación se convierte en ley. Nuestra Constitución se la entrega al Gobierno, al
Congreso, al Senado y a las Asambleas de las CC. AA. (de forma indirecta). También se encuentra la iniciativa popular pero con muy reducido poder y compleja de llevar a cabo.
La iniciativa ha de ser promovida por una comisión que habrá de presentar ante la Mesa del Congreso de los Diputados un texto articulado que será objeto de examen de admisibilidad por la Mesa para comprobar que se ha cumplido los requisitos formales y los de carácter sustantivo. La iniciativa podrá ser o rechazada o admitida. La resolución de la Mesa del Congreso puede ser recurrida en amparo ante el TC.
A continuación se debate en el Pleno. Si se vota a favor de su toma en consideración por mayoría simple de la Cámara el proceso seguirá.
Proyecto de leyoriginario del Gobierno
Proposición de leyoriginario de las Cámaras
Propuestaoriginario de las Asambleas legislativas autonómicas
Este es el momento de la razón. La discusión es la actividad primordial de las Cámaras y la que se debe de emplear en este proceso.
Sistemas de discusión:
En nuestro caso, la discusión de un texto legal se desarrolla en diversas fases:
Una vez ejercitada la iniciativa, la Mesa del Congreso ordenará la publicación de la proposición de ley y su remisión al Gobierno para que se manifieste. Transcurridos 30 días sin que el Gobierno se haya opuesto a la tramitación, la proposición de ley quedará en condiciones de ser incluida en el orden del día del pleno para su toma en consideración.
El control que realiza la oposición tiene el objetivo de colocar al Gobierno en una posición difícil y si fuese posible llevarlo al cese. Busca trasladar a la opinión pública un mensaje alternativo y desgastar al Gobierno.
Titularidad de control
La Constitución establece que las Cortes controlan la acción del Gobierno, siendo las titulares de esta función. También pertenece a los miembros de las Cortes la titularidad material (art. 66 CE) ya que se tienen que tomar en cuenta las iniciativas de algunos parlamentarios siendo adoptadas por las Cortes.
Los mecanismos de control deben ser ágiles y permitir al Parlamento exigir del Gobierno que explique a la opinión pública lo que hace y porqué lo hace. El control es distinto dependiendo de la naturaleza del otorgamiento de la confianza porque se activan de manera continuada y regular.
Ejemplos clásicos de control parlamentariopreguntas, interpelaciones, solicitudes de documentación e información y las comparecencias de los miembros del Gobierno.
Históricamente, las economías fueron las primeras funciones que tuvieron los Parlamentos. Era una función propia de los Parlamentos no democráticos y de las Asambleas estamentales que el monarca convocaba para lograr establecer los impuestos.
La función financiera tiene una manifestación singular en las democracias actuales en el seno de los Parlamentos, en su doble faceta de consentir el impuesto y aprobar los gastos.
Con la aprobación del proyecto de la Ley de Presupuestos, las Cortes Generales deciden cómo se crean los recursos con los que se va a financiar el Estado y autorizan los recursos que las sociedad pone en manos del Estado para que cumpla con las funciones que tiene constitucionalmente encomendadas, de ahí que la potestad presupuestaria sea una función parlamentaria esencial y específica, singularizada respecto de la función legislativa de la que forma parte.
La aprobación de presupuestos se lleva a cabo mediante una ley de carácter anual para cuya aprobación se seguirá el procedimiento legislativo común. El debate presupuestario tiene lugar en el Congreso y se organiza en tres lecturas: la primera, cuyo objetivo es fijar las cuantías globales de los estados presupuestarios; la segunda, concerniente al articulado y al estado de autorización de gastos; y la tercera, se residencia de nuevo en el Pleno, al objeto de diferenciar el conjunto de articulado de la ley de cada una de sus secciones.
La ley de Presupuestos no puede crear tributos. Ni el Gobierno, ni las Cámaras están habilitados para crear tributos. Únicamente, cabe la posibilidad de que modifiquen los ya existentes cuando así lo autorice una ley tributaria sustantiva previa, o una ley que regule elementos concretos de la relación tributaria y que no sea la Ley de Presupuestos
La ley de Presupuestos no es la única manifestación de la función financiera de las Cortes Generales
Otras funciones:
La función de dirección política es atribuida por la Constitución al Gobierno (art. 97). Pero nada impide que el Parlamento asuma decisiones de dirección política (provisión personal de otros órganos, indirizzo. Estos se dividen en mociones y proposiciones no de ley. Pueden tener múltiples y tener variadas finalidades:
Existe un tipo especial de moción conocido como “de reprobación de Ministros” en que el Congreso o el Senado expresan su desconfianza, desagrado o rechazo de la gestión de uno o varios Ministros. La aprobación de estas mociones no conlleva el cese del Ministro en cuestión, pero pone en evidencia la posición debilitada del mismo.
También la investidura del Presidente del Gobierno se ha considerado como una manifestación de la función de indirizzo o dirección política por cuanto implica la aprobación, por el Congreso, de las líneas maestras de la política nacional y el candidato a la Presidencia del Gobierno propuesto por el rey, deberá exponer, previamente a la votación de investidura en ala que la Cámara le otorga su confianza, el programa político del Gobierno.
Exigencia de responsabilidad política:
Moción de censurase presenta una candidatura optativa a la ya existente en el Gobierno.
La cuestión de confianzapetición que parte del Gobierno y donde este somete su estabilidad política a una votación.
Control-fiscalización (ordinario)no implica sanciones ni necesariamente la dimisión del Gobierno.
Otras competencias competencias de integración de otros órganosdesignan a los titulares de otros órganos, deciden los partidos políticos en función del sistema de “cuotas”
La acción del gobierno es de dirección política. Está sometida a la ley pero no a la jurisdicción contencioso-administrativa.
La administración se ha convertido en el eje del poder ejecutivo. Es necesario que la administración actúe mediante neutralidad política. Principio de profesionalización de la administración pública.
Características:
Homogeneidad
Actuación única que responde a un programa de gobierno. Este depende si es de carácter monocolor o de coalición y de la fuerza de las corrientes internas de los partidos.
Colegialidadórgano colegiado que delibera y decide en Consejo de Ministros.
Responsabilidadresponde políticamente ante el Parlamento. Cuando se aprueba algo en el Consejo de Ministros será su responsabilidad.
Penal:
Política:
Composición (art. 98.1 CE): Presidente, vicepresidente, ministros
Órganos de apoyo y colaboración:
Se integran en la función de control político de las Cortes sobre el Gobierno.
Moción de censura: