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dercho tributario, Apuntes de Derecho Laboral

Asignatura: derecho del trabajo, Profesor: Mario Ruiz, Carrera: Dret, Universidad: URV

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 22/02/2014

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magi29_95 🇪🇸

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Son prestaciones pecuniarias obligatorias establecidas por los distintos niveles estatales.
El tributo es la obligación monetaria establecida por la ley, cuyo importe se destina al
sostenimiento de las cargas públicas, en especial al gasto del Estado.
Son prestaciones generalmente monetarias.
Son verdaderas prestaciones que nacen de una obligación tributaria; es una obligación
de pago que existe por un vínculo jurídico.
El sujeto activo de las relaciones tributarias es el Estado o cualquier otro ente que tenga
facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos, los cuales han
sido cedidos a través de un pacto social.
El sujeto pasivo es el contribuyente tanto sea persona física como jurídica.
Sujeto de iure: el que fue considerado en la norma al establecer el impuesto.
Sujeto de facto: es quien soporta la carga económica del impuesto, a quien el sujeto de
jure traslada el impacto económico.
En el moderno Estado de derecho los tributos son creados por ley. El Estado es una forma
moderna de convivencia social.
En la actualidad existe un sector importante de la doctrina que afirma que es necesario que, en
aras de fortalecer el federalismo mexicano, es indispensable realizar toda una serie de
reformas a la Ley tendientes a que cada uno de los niveles de gobierno (federal, estatal y
municipal), tengan la posibilidad de captar las contribuciones que en el ámbito de su
competencia le correspondan y no sólo eso, sino que, inclusive, tengan la facultad de
administrarlas y aplicarlas para la satisfacción de las necesidades de la población que
gobiernan. Con ello, afirman, se ganaría y se tendría un gran avance no solamente en la parte
relativa a las contribuciones sino que, también, fortalecería el sistema democrático del País,
puesto que se evitaría que la federación continuara administrando esas contribuciones,
administración que implica una tardanza importante en la llegada de los recursos económicos
a los estados y los municipios, en perjuicio mismo, paradójicamente, de los contribuyentes, que
son los que pagan los impuestos para satisfacer los servicios públicos que requieren. Los
detractores de esta tesis, afirman que eso vendría en perjuicio del presidencialismo mexicano,
puesto que el hecho de que los estados y los municipios recauden los impuestos, implicaría su
autonomía y su independencia del poder central, traduciéndose ello en un "libertinaje" que
conllevaría una especie de anarquía en la federación, en eminente riesgo para el pacto federal.
Con el transcurso del tiempo, se ha venido fortaleciendo esta tesis, sin embargo cuenta con
una gran oposición de los defensores a ultranza del presidencialismo, quienes ven en esa
autonomía de la potestad tributaria un riesgo, pues implicaría que el poder central ya no tendría
influencia política sobre los estados y los municipios, dada la autonomía económica de los
mismos.

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Son prestaciones pecuniarias obligatorias establecidas por los distintos niveles estatales.

El tributo es la obligación monetaria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas, en especial al gasto del Estado.

• Son prestaciones generalmente monetarias.

• Son verdaderas prestaciones que nacen de una obligación tributaria; es una obligación

de pago que existe por un vínculo jurídico.

El sujeto activo de las relaciones tributarias es el Estado o cualquier otro ente que tenga facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos, los cuales han sido cedidos a través de un pacto social.

El sujeto pasivo es el contribuyente tanto sea persona física como jurídica.

• Sujeto de iure: el que fue considerado en la norma al establecer el impuesto.

• Sujeto de facto: es quien soporta la carga económica del impuesto, a quien el sujeto de

jure traslada el impacto económico.

En el moderno Estado de derecho los tributos son creados por ley. El Estado es una forma moderna de convivencia social.

En la actualidad existe un sector importante de la doctrina que afirma que es necesario que, en aras de fortalecer el federalismo mexicano, es indispensable realizar toda una serie de reformas a la Ley tendientes a que cada uno de los niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), tengan la posibilidad de captar las contribuciones que en el ámbito de su competencia le correspondan y no sólo eso, sino que, inclusive, tengan la facultad de administrarlas y aplicarlas para la satisfacción de las necesidades de la población que gobiernan. Con ello, afirman, se ganaría y se tendría un gran avance no solamente en la parte relativa a las contribuciones sino que, también, fortalecería el sistema democrático del País, puesto que se evitaría que la federación continuara administrando esas contribuciones, administración que implica una tardanza importante en la llegada de los recursos económicos a los estados y los municipios, en perjuicio mismo, paradójicamente, de los contribuyentes, que son los que pagan los impuestos para satisfacer los servicios públicos que requieren. Los detractores de esta tesis, afirman que eso vendría en perjuicio del presidencialismo mexicano, puesto que el hecho de que los estados y los municipios recauden los impuestos, implicaría su autonomía y su independencia del poder central, traduciéndose ello en un "libertinaje" que conllevaría una especie de anarquía en la federación, en eminente riesgo para el pacto federal. Con el transcurso del tiempo, se ha venido fortaleciendo esta tesis, sin embargo cuenta con una gran oposición de los defensores a ultranza del presidencialismo, quienes ven en esa autonomía de la potestad tributaria un riesgo, pues implicaría que el poder central ya no tendría influencia política sobre los estados y los municipios, dada la autonomía económica de los mismos.