











Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Derecho Procesal I, Profesor: Enrique Canuto, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
1 / 19
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!












Robert Alexy, Oldenburg (Alemania), 1945.
"Teoría de la Argumentación Jurídica" (Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1989), traducción de I. Espejo y M. Atienza.
(^) Proceso del discurso práctico jurídico: caso-leyes- argumentación-decisión juez. (^) Condiciones en que una decisión o ley puede ser discutida racionalmente (debido a la complejidad del caso, normas insuficientes, varias opciones posibles,..) (^) Criterios de corrección para evitar errores en las decisiones jurídicas. (Ni aplicación mecánica de la norma ni decisión voluntarista). (^) La corrección es procedimental y relativa: ‘Lo correcto es lo posible discursivamente’.
Integrado por: 22 reglas + 6 formas de argumentos = 28 reglas del discurso Se clasifican así:
Formulan las condiciones máximas de racionalidad. Sólo se pueden cumplir de manera aproximada, esto es, definen un ideal
“Quien pretende tratar a una persona A de manera distinta a una persona B está obligado a fundamentarlo”. “Quien ataca una proposición o una norma que no es objeto de la discusión, debe dar una razón para ello”. “Quien ha aducido un argumento, sólo está obligado a dar más argumentos en caso de contraargumentos”. “Quien introduce en el discurso una afirmación o manifestación sobre sus opiniones, deseos o necesidades que no se refiera como argumento a una anterior manifestación, tiene, si se le pide, que fundamentar por qué introdujo esa afirmación o manifestación”.
4.2 El segundo está constituido por 2 reglas atinentes a la prueba crítica de las convicciones normativas o morales de quien argumenta a) a tenor de la primera tales convicciones no pasan la prueba si no se pueden justificar racionalmente en el momento actual, aunque en su origen sí estuvieran justificadas b) la segunda dispone que tampoco pasan la prueba (en el plano individual) si las convicciones se han establecido únicamente a partir de condiciones de socialización no justificables 4.3 El tercero está integrado por la regla de realizabilidad: resultante del hecho de que el discurso práctico versa sobre cuestiones prácticas reales. Esto hace que el discurso práctico deba llevar a resultados que puedan también ser llevados a la práctica. Hay que respetar los límites de realizabilidad realmente dados.
Para ALEXY el discurso jurídico es un caso especial del discurso práctico. Su carácter especial derivaría de que opera bajo una serie de condiciones delimitadoras, que enmarcan la discusión y el diálogo jurídicos: