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Derecho constitucional, Apuntes de Derecho Constitucional

Asignatura: derecho constitucional, Profesor: , Carrera: Criminologia, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 16/01/2017

ansisan
ansisan 🇪🇸

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Dº Constitucional – Tema 1
LA CONSTITUCIÓN
1.- Concepto de Constitución.
2.- La Constitución como norma jurídica.
3. Defensa y Reforma de la Constitución.
4.- El sistema de fuentes del Derecho en la Constitución
española: principios constitucionales
A) La ley: leyes orgánicas y leyes ordinarias, leyes del
Estado y leyes de las Comunidades Autónomas.
B) Normas con fuerza de ley.
C) Potestad reglamentaria.
D) Convenios colectivos.
E) La jurisprudencia.
F) Las fuentes internacionales y supranacionales
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Dº Constitucional – Tema 1

LA CONSTITUCIÓN

1.- Concepto de Constitución.2.- La Constitución como norma jurídica.3. Defensa y Reforma de la Constitución.4.- El sistema de fuentes del Derecho en la Constituciónespañola: principios constitucionales

A) La ley: leyes orgánicas y leyes ordinarias, leyes delEstado y leyes de las Comunidades Autónomas.B) Normas con fuerza de ley.C) Potestad reglamentaria.D) Convenios colectivos.E) La jurisprudencia.F) Las fuentes internacionales y supranacionales

1. EL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN

●^

Manera en que está compuesto algo o forma en que se estructuransus elementos constituyentes. ●^

Ley

suprema

de

un

Estado

que

establece

su

organización,

su

funcionamiento, su estructura política y los derechos y garantías de loshabitantes de ese estado. Se llama precisamente Constitución pues“constituye” la nación políticamente organizada, le da sus principios, yla distingue de otros estados. ●^

La Constitución contiene las leyes o doctrinas que establece la formade organización política de un Estado, y fija los limites y relacionesentre los poderes de éste (los cuales generalmente son el Legislativoejercido por el parlamento, congreso o asamblea; el Ejecutivo, ejercidopor el gobierno; y el Judicial, por los jueces). Además, establece losderechos

y

los

deberes

de

los

ciudadanos

y

gobernantes,

como

también la organización del territorio en municipios, provincias y otrasdivisiones, como las comunidades autónomas (en el caso de España)

BASES DOCTRINALES DEL CONSTITUCIONALISMO

LAS PRIMERAS

CONSTITUCIONES

Fila 1

Fila 2

Fila 3

Fila 4

12 10 8 6 4 2 0

Columna 1Columna 2Columna 3

2. LA CONSTITUCIÓN COMO

NORMA JURÍDICA

●^

Responder a la pregunta: ¿La Constitución esuna verdadera norma que crea derechos y quese debe de aplicar por los Tribunales, o es másbien una norma dirigida a instituciones públicas,a la clase política, ….?

D. S. A. de Smith

: introdujo dos nuevos criterios:

a)^

Diárquicas o no diárquicas (según el poder ejecutivo se divida o no) b)

De partido único (pone el énfasis en cuestiones programáticas y endeberes ciudadanos) o de pluralismo político (énfasis en los derechos). E.^

L.^

Wolf-Philips

propone

clasificaciones;

lo

importante

es

que

introduce

elementos

sociológicos

o

politológicos,

no

estrictamente

jurídicos; v. gr:c)^

Autóctonas y externas: según estén “hechas en casa” o impuestasdesde el exterior. d)

Manifiestas y latentes: según promuevan o no una actividad políticavital. e)^

Justiciables y nugatorias: según establezcan o no mecanismos dedefensa constitucional.

Las clasificaciones modernas: Karl Loewenstein

y la clasificación ontológica.

Una Constitución no es sólo lo que está escrito, sino lo que gobernantes yciudadanos hacen y quieren hacer de ella: 1.^

CONSTITUCIONES NORMATIVAS

: la realidad y efectividad del proceso

político se ajusta a la norma (EEUU, Reino Unido, Suecia,…).

2.^

CONSTITUCIONES

NOMINALES

:^

factores

sociales

(inexistencia

de

clases medias, nivel educativo….) o económicos (incompleto desarrolloliberalismo

económico,….)

impiden

la^

plena

concordancia

realidad/norma, pero hay expectativas de éxito (México, Argentina,Uruguay,…)

3.^

CONSTITUCIONES SEMÁNTICAS

: el proceso del poder está congelado

en

beneficio

de

quienes

lo^

detentan

efectivamente

(constitucionalismo islámico). ( Political Power and the Governmental Process (University of Chicago Press, 1959

)

¿Y LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA? Dos pdv (jurídico y sociológico) 1. PERSPECTIVA JURÍDICA Art 9.1 Const

: Los poderes públicos y los ciudadanos están SUJETOS a la

Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. STC 16/1982, de 28 de abril

. “La Constitución lejos de ser un mero

catálogo de principios de no inmediata vinculación y de no inmediatocumplimiento… es una norma jurídica, la norma suprema de nuestroOrdenamiento… sus preceptos son alegables ante los Tribunales” (F.J. 1º)¿ES NORMATIVA TODA LA CONSTITUCIÓN? SÍ^

desde el pdv de que todos los preceptos de la CE VINCULAN a poderes públicos y ciudadanosNO

desde el pdv de que SÓLO CIERTAS PARTES SON DIRECTAMENTE APLICABLES: derechos fundamentales, habilitación de poderes públicos,derogación de normas anteriores contrarias,…..

LA EFICACIA DE LA CONSTITUCIÓN COMO NORMA JURÍDICA: CUATRO TIPOS DE EFICACIA •^ 1.- EFICACIA DIRECTA a)^

La Constitución se aplica directamente por los tribunales sin necesidad de desarrollolegislativo. b)^

Hay un conjunto de mandatos constitucionales con contenido propio y eficacia directa sinnecesidad de Ley (v. gr.-prohibición censura previa, art. 20 CE) c)^

La CE también tiene contenidos programáticos: NO SON DIRECTAMENTE APLICABLES, SINOQUE NECESITAN UNA NORMA DE DESARROLLO (normalmente una Ley). CASO TÍPICO: losprincipios rectores de la política social y económica (capítulo III del Título I, arts. 39-52) Art. 53.3: “El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en elCapítulo Tercero, informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de lospoderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo quedispongan las leyes que los desarrollen”. Consecuencias:1.- Vinculan a los poderes públicos cuando legislan (inconstitucionales las leyes contrarias a losmismos y son criterio interpretativo de las leyes existentes)2.- Pero los ciudadanos sólo pueden reclamarlos ante los Tribunales según lo que establezcanlas leyes que los desarrollen

b)

Leyes Postconstitucionales

: los jueces ordinarios no

pueden inaplicarlas ni declararlas nulas (sólo puedehacerlo el TC: jurisdicción concentrada) pero puedenplantear la cuestión de inconstitucionalidad.c)

Otras normas distintas de la ley (=Reglamentos) ya

sean anteriores o posteriores a la CE:

los jueces ordinarios

deben inaplicar los reglamentos contrarios a laConstitución. Art. 6 (LOPJ): “Los jueces y tribunales no aplicarán los reglamentos ocualquier otra disposición contrarios a la Constitución, a la ley o alprincipio de jerarquía normativa”

  1. EFICACIA SOBRE EL CUADRO DE FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO •^ A) LA CONSTITUCIÓN ES “FUENTE DE FUENTES”: explicacómo se producen las normas jurídicas (procedimientode aprobación de leyes, de elaboración de estatutos deautonomía, tratados internacionales,….) •^ B) LA C.E. INTRODUCE NUEVAS FUENTES: derechoautonómico, derecho europeo (= normas de apertura).