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Derecho empresarial (UAB), Apuntes de Derecho Empresarial y Laboral

Apuntes de derecho empresarial de la UAB, carrera empresa y tecnología

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 22/10/2018

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Derecho
empresarial
Tema 1 – El ordenamiento jurídico
El derecho es un conjunto de normas establecidas para poder convivir
en una sociedad.
El ordenamiento jurídico
Derecho
a) Hombre en sociedad (Robinson Crusoe)
b) Derecho es un asunto de la sociedad, la pluralidad de
individuos
c) Es resolver conictos de intereses
d) Es una autoridad común
e) La convivencia entre seres humanos hace posible el
nacimiento del derecho
f) Es necesario un sistema de reglas de conducta que haga
posible la convivencia
g) Es un sistema aceptado y válido
h) Es un sistema coercitivo
El derecho es un conjunto de normas de conducta externa del sujeto,
en sus relaciones con los demás, enunciadas por los órganos
competentes e impuestas coactivamente a los ciudadanos.
El ordenamiento como sistema de normas
El ordenamiento jurídico es una organización de coexistencia:
a) Conjunto de normas que delimitan las facultades y los
deberes de cada uno
b) Autoridad que haga efectivas esas normas y vele por los
intereses generales (PE)
c) Dirima las contiendas (poder judicial) (Estado del derecho)
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Derecho

empresarial

Tema 1 – El ordenamiento jurídico

El derecho es un conjunto de normas establecidas para poder convivir en una sociedad.

El ordenamiento jurídico

  • Derecho

a) Hombre en sociedad (Robinson Crusoe)

b) Derecho es un asunto de la sociedad, la pluralidad de individuos

c) Es resolver conflictos de intereses

d) Es una autoridad común

e) La convivencia entre seres humanos hace posible el nacimiento del derecho

f) Es necesario un sistema de reglas de conducta que haga posible la convivencia

g) Es un sistema aceptado y válido

h) Es un sistema coercitivo

El derecho es un conjunto de normas de conducta externa del sujeto, en sus relaciones con los demás, enunciadas por los órganos competentes e impuestas coactivamente a los ciudadanos.

El ordenamiento como sistema de normas

  • El ordenamiento jurídico es una organización de coexistencia:

a) Conjunto de normas que delimitan las facultades y los deberes de cada uno

b) Autoridad que haga efectivas esas normas y vele por los intereses generales (PE)

c) Dirima las contiendas (poder judicial) (Estado del derecho)

El derecho es una organización que hace valer las reglas y ambos componen el ordenamiento jurídico.

La norma jurídica: Concepto y estructura

a) El derecho subjetivo es la facultad de otorgar derecho.

b) El derecho objetivo es la regulación del derecho

La norma jurídica ordena algo cuya eficacia vinculante mantiene el poder público.

  • Norma: Contiene un mandato, pero solo de la proposición jurídica completa, la que tiene el supuesto antecedente y la consecuencia jurídica.

a) Proposición jurídica completa: Supuesto antecedente y consecuencia jurídica.

b) Proposición jurídica incompleta: No entraña por si sola un mandato. Necesita integrar-se en otras.

  1. La combinación más simple es la remisión.
  2. Equivalente a la remisión es la ficción (declara idénticos dos supuestos desiguales, con lo que se atribuye al uno las mismas consecuencias jurídicas que comporta el otro.
  3. Definiciones legales
  • Características de la norma:

a) Abstracción: Desvinculación del supuesto derecho de la norma de situación real y concreta. El supuesto derecho describe una situación hipotética, actual o futura que siempre que exista dará lugar a la consecuencia jurídica.

b) Generalidad: La norma no se refiere a la persona en concreta sino a todos los ciudadanos que resulten afectados por ella. Existe una norma que afecte a una persona actual.

  • Estructura: La proposición jurídica completa reviste la forma de un juicio hipotético.
  • Más transparente: Actuar en función de cada cual
  • Más unida en la economía mundial: Alto representante para asuntos exteriores.
  • Más segura: Nuevas posibilidades de lucha contra el cambio climático y el terrorismo.

El mercado único

  • Reducciones del precio de muchos bienes y servicios (acceso a internet, precio de billetes de avión)
  • Descenso del 40% en el precio de las llamadas telefónicas entre 2000 y 2006
  • Creación de 2’8 millones de nuevos puestos de trabajo.
  • Libertades de circulación

a) (^) Bienes

b) Servicios

c) Personas

d) Capital

El euro (€)

  • Puede utilizarse en cualquier país de la eurozona.
  • Monedas: Una cara con motivos internacionales y otra cara común
  • Billetes: No tienen cara nacional

Espacio de libertad, seguridad y justicia

  • Carta de derechos internacionales
  • Cooperación contra el terrorismo
  • Cooperación policial y judicial de los distintos países
  • Coordinación en las políticas de asilo y justicia

Exportadora de paz y seguridad

  • Normas de comercio mundial
  • Política exterior y de seguridad común
  • Ayuda de desarrollo y ayuda humanitaria

Órganos

  • (^) Parlamento europeo (la voz del pueblo)

a) Aprobación de la normativa y el presupuesto de la UE junto con el consejo de ministros.

b) Supervisión democrática de toda la labor de la UE

  • Consejo de ministros

a) (^) Un ministro de cada país de la UE

b) Presidencia semestral rotatoria

c) Aprobación de la legislación y el presupuesto de la UE junto con el parlamento.

d) Gestión de la política exterior y de seguridad común

  • (^) Cumbre del consejo europeo:

a) Cumbre de los jefes de estado o de gobierno de todos los países de la UE.

b) Se reúnen 4 veces al año

c) Establece las directrices generales de las políticas de la UE

d) (^) Presidente: Herman Van Rampoy

  • Alta representante para asuntos exteriores y política de seguridad

a) Preside las reuniones del consejo de ministros de asuntos exteriores.

b) (^) Vicepresidenta de la comisión europea

c) Dirige la política exterior y de seguridad común

d) Jefe del servicio europeo de acción de exteriores

  • Comisión europea

a) 27 comisarios independientes, uno de cada país de la UE

b) (^) Propone la legislación

c) Es el órgano ejecutivo

d) Es guardiana de los tratados

e) Representa a la UE en la escena internacional

aplicación F 0E 0 Comisión y tribunal de justicia: Seguimiento de la aplicación

Derecho originario: Los tratados

1952 F 0E 0 Comunidad europea del carbón y del acero (CECA)

1958 F 0E 0 Tratado de Roma

1987 F 0E 0 Acta Única Europea (Mercado único)

1993 F 0E 0 Tratado de la UE (Tratado de Manstrich)

2003 F 0E 0 Tratado de Niza

2009 F 0E 0 Tratado de Lisboa

Derecho derivado

  • Actos normativos adoptados por las instituciones comunitarias para la consecución de los objetivos contenidos en los tratados.
  • Desarrollan los tratados
  • (^) Directiva, reglamento, decisión (son vinculantes)
  • Recomendaciones y dictámenes (no son vinculantes)

El reglamento

  • Es de alcance general
  • Es de carácter obligatorio
  • Es de aplicabilidad directa

La directiva

  • De aplicación general pero no directa

a) La directiva obliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado

b) Deja a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios.

c) Se utiliza como instrumento para armonizar las legislaciones de los estados miembros.

d) Se publica en el D.O.C.E.

La decisión

  • Es de aplicación directa pero no general
  • (^) Es obligatoria en todos sus elementos para todos sus destinatarios
  • Se publica en el D.O.C.E.

Tema 3 – Qué es y cómo funciona

la UE

Fuentes materiales F 0E 0 Tiene el poder de establecer la norma jurídica

Fuentes formales F 0E 0 Medios o maneras de establecer las normas jurídicas que componen el derecho.

Fuentes formales del derecho

Establece como fuentes del derecho:

  • La ley (tiene primicia sobre la costumbre)
  • La costumbre
  • Los principios generales del derecho

La ley

  • Forma de producir normas jurídicas
  • Norma jurídica procedente del estado

b) Materia objeto de regulación: general o especial.

c) Relación con la ley:

  1. Extra o praeter legem (costumbre en ausencia de ley)
  2. Contra legem
  3. Secundum o propter legem

Los principios generales del derecho (PGD)

  • Son las ideas fundamentales que informan nuestro derecho positivo contenido en las leyes y costumbres y, en última instancia, las directrices que derivan de la justicia como entiende nuestro ordenamiento jurídico.
  • Se aplican siempre y de forma directa en defecto de la ley y la costumbre.
  1. Analogía (procedimiento analógico): Resolución de un caso no regulado ni en la ley ni en la costumbre mediante la aplicación de los principios generales, contenidos en supuestos regulados substancialmente idénticos.
  2. Jurisprudencia: Se denomina jurisprudencia al método habitual de decidir una cuestión, un tribunal en sus sentencias y también al conjunto de estas.
  3. Habitualidad: Más de una sentencia que decida una cuestión en el mismo sentido.

La jurisprudencia y la doctrina científica

  • Doctrina científica:

a) No es una fuente del derecho

b) (^) Es un medio para conocer el derecho

c) No tiene más valor que la que confiere la autoridad científica del autor que la defiende o el que la proporcionan los argumentos en que se apoya.

d) No obliga a los tribunales.

  • Personas jurídicas: Ficción legal instrumental consistente en dotar de capacidad (ser titular de derecho y obligaciones) jurídica y de obrar (capacidad de ejercer esos derechos y obligaciones), distinta de las de las personas que las componen, a grupos de personas o masas de bienes con el objetivo de facilitar los fines que le son propios
  • Corporaciones de derecho público:

a) Uniones de personas agrupadas para la consecución de fines comunes de interés público.

b) Creados por la ley

  • Personas jurídicas de derecho privado

a) De tipo asociativo: asociaciones sin ánimo de lucro

  1. Sociedades civiles
  2. Sociedades mercantiles (Personalistas o de responsabilidad limitada)

b) De tipo fundacional: Fundaciones (voluntad del fundador que ejecutan los patrones).

  • Interés:

a) Interés público:

  1. Asociaciones sin ánimo de lucro (de utilidad pública o interés general)
  2. Corporaciones de derecho público
  3. Fundaciones

b) Interés privado

  1. Sociedades
  • Regulación:

a) Sociedades civiles

b) Sociedades mercantiles

  • Autonomía patrimonial:

a) Sociedades de capital (SA, SL, SAL)

  1. Patrimonio dividido en acciones
  2. Responsabilidad limitada a lo aportado
  3. Autonomía patrimonial completa

desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los estatutos de autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la constitución. La diferencia fundamental respecto al procedimiento común es que, para ser aprobada, precisa mayoría absoluta en el congreso en una votación final sobre el conjunto del texto.

  • Leyes ordinarias: No existe una auténtica definición de este tipo de disposiciones legales, pero pueden caracterizarse por oposición a las leyes orgánicas, lo que implica que, desde el punto de vista material, son aquellas que no recaen sobre las materias reservadas a la ley orgánica: derechos fundamentales y libertades públicas, estatutos de autonomía, régimen electoral general y demás consignadas en el ordenamiento jurídico. Desde la óptica procedimental, las leyes ordinarias requieren para su elaboración, modificación o derogación la mayoría simple del congreso de los diputados.

Procedimiento legislativo

Iniciativa

  • El gobierno, el congreso y el senado, la asamblea de la CCAA y los ciudadanos son los titulares que tienen, según la constitución, la capacidad de promover leyes en España. El gobierno y el congreso son, no obstante, las instancias de las que parte la inmensa mayoría de las iniciativas que, finalmente, se convierten en textos legales.
  • Una iniciativa legislativa del gobierno es un proyecto de ley, mientras que las del resto se denominan proposiciones de ley. La tramitación parlamentaria de ambas supone mínimas diferencias.

Proyecto de ley

1- Aprobación: Los proyectos de ley se aprueban por el consejo de ministros y se remiten al congreso de los diputados acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.

2- Enmiendas: La mesa del congreso recibe el texto y ordena su publicación en el BOCG y el envío a la comisión correspondiente. A partir de la ficha de publicación, los grupos parlamentarios disponen de 15 días para presentar enmiendas al texto, salvo que la mesa, a petición de algún grupo, acuerde un aplazamiento.

3- Ponencia: Concluido el plazo de enmienda y el debate de totalidad, si lo hubiera, la comisión correspondiente designa de entre sus miembros, una ponencia, grupo reducido de diputados representantes de todos los grupos parlamentarios que, a puerta cerrada, redactan un informe a la vista del texto remitido por el gobierno y de las enmiendas presentadas. Dispone para ello de un plazo de 15 días.

4- Deliberación en comisión: Concluido el informe de la ponencia, la comisión se reúne de nuevo para debatirlo, así como las enmiendas artículo por artículo, Tras votarlos, emite un dictamen que someterá al pleno de la cámara. Los grupos parlamentarios disponen de 48 horas, desde la aprobación del dictamen, para comunicar cuales de los votos particulares y enmiendas que resultaron rechazados en la comisión, tienen intención de defender el pleno.

5- Deliberación en pleno: El debate en el pleno, que puede comenzar con un nuevo turno de defensa por parte del gobierno y de prestación del dictamen por un miembro de la comisión, supone el final de esta primera fase de tramitación parlamentaria del proyecto ley, que pasa entonces al senado.

6- Tramitación en el senado: Recibido el texto, el senado dispone de 2 meses para tramitar el proyecto, plazo en el que las posibilidades de actuación son tres:

a) Aprobar el texto en los mismos términos en que le fue remitido por el congreso. En tal caso, quedará aprobado.

b) Introducir enmiendas: El proyecto volverá al pleno del congreso, que puede aceptarlas o rechazarlas por mayoría simple.

c) Interponer un veto que ha de ser aprobado por mayoría absoluta. Para superarlo, el congreso debe ratificar, por idéntica mayoría, el texto inicial por el aprobado. De no conseguirlo, se someterá de nuevo a votación transcurridos dos meses a contar desde la interposición del veto que, en este caso, será superado por mayoría simple.

Por término medio, el proyecto ley tarda 5 meses desde que el consejo de ministros lo envía al parlamento, hasta ser aprobado definitivamente por el congreso, succionado y promulgado por el rey y publicado por el BOE, se convierte en ley.

Proposiciones de ley

  • De iniciativa parlamentaria:

derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el título I, al régimen de las comunidades autónomas ni al derecho electoral general.

  • Real decreto legislativo:

a) Son normas con fuerza de ley dictadas por el gobierno en virtud de una autorización expresa de las cortes, denominada delegación legislativa. Las cortes generales podrán delegar en el gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas.

b) La CE establece 2 limitaciones:

  1. Que la delegación se otorga para un mandato concreto.
  2. Que no puede entrar en materia de ley orgánica.

c) Hay dos tipos de delegación:

  1. El que tiene por objeto la formación de textos articulados y se efectúa mediante una ley de base.
  2. El que tiene como finalidad refundir varios textos legales en uno solo, se otorga mediante ley ordinaria.

Tema 5 – Estatuto jurídico del

empresario

Estatuto jurídico del empresario

  • En diversas épocas se utilizan diversos términos para aludir a los que son propietarios de su propio negocio (Negociantes, comerciantes, mercaderes, tratantes, empresarios, etc…)
  • Un empresario es emprendedor y los dos son personas físicas y jurídicas.
  • Elementos configuradores del estatuto jurídico del empresario:

a) (^) Habitualidad: requisito esencial. Sino no es empresario.

b) Presunción ejercicio habitual: Disponer de un establecimiento que tenga por objeto alguna operación mercantil.

c) También ser empresario sin tener domicilio diferente al personal.

  • Excluye agricultores, ganaderos, artesanos, y profesionales liberales.
  • Capacidad legal para ser comerciante:

a) Mayor de edad con libre disposición de sus bienes.

b) (^) No incapacitados con sentencia firme ni menores

c) Excepción: Continuar con el negocio que hubieran ejercido sus padres o causantes pero hasta la mayoría de edad o plena capacidad.

d) Emancipado: Menor de edad no puede ser empresario

e) (^) Los inhabilitados no pueden ser empresarios

  • Inscripción en el registro mercantil:

a) Voluntaria

b) No inscrito no puede pedir inscripción de ningún documento ni beneficiarse de sus efectos legales.

c) (^) Contenido inscripción:

  1. Identidad del empresario
  2. Nombre comercial de la empresa
  3. Objeto de la empresa
  4. Fecha de inicio de sus operaciones
  5. (^) Domicilio del establecimiento principal y sus sucursales.

Tema 6 – Registro mercantil

Registro mercantil

  • Origen F 0E 0 Año 1829
  • Finalidad:

a) Registro de comerciantes

b) Dar publicidad de actos relativos al mismo régimen económico matrimonial

c) Constitución compañías mercantiles

d) Publicidad empresarial y seguridad jurídica en el comercio.

  • Sistema de hoja personal:

a) Hoja personal abierta: empresario, compañías y otras entidades

b) El registrador anota cada hoja de los actos y contratos que legalmente tienen que dar publicidad.

c) Condición personal del empresario individual, sociedades.

d) Quienes son los representantes

e) Objeto social de la empresa

f) Domicilio de su establecimiento y sucursales

g) Situación concursal

h) Situación financiera resultante de sus cuentas anuales

i) Toda esta información la suministrarán las empresas.

  • Obligados a inscribirse:

a) Sociedades mercantiles

b) Sociedades de inversión colectiva

c) Cajas de ahorro

d) Mutuas de seguros

Principios rectores del registro mercantil

  • Principio de titulación publica:

a) Acceso al registro mercantil los documentos públicos

b) Excepción: Inscripción comerciante individual, apertura o cierre de sucursales.

c) El notario puede convertir documentos privados en públicos

  • Principio de legalidad:

a) Calificación del registrador de la legalidad extrínseca de los documentos que se pretende inscribir, capacidad y legitimación.

b) Documento que no contiene defectos o se subsana se inscribe de forma inmediata.

c) Calificación negativa: recurso administrativo.

  • Principio de legitimación y fe pública

a) Contenido del registro se presume exacto y válido

b) Asientos del registro: bajo la tutela tribunales y producen sus efectos mientras no se produzca declaración de inexactitud o nulidad.

c) Inscripción no convalida los actos que sean nulos conforme las leyes

d) Declaración de inexactitud o nulidad no perjudica a los terceros de buena fe.

  • Principio de oponibilidad

a) Concepto: Permite que el ciudadano que haya basado sus decisiones en el registro mercantil siempre va a poder oponerlo a aquellos que quieran invalidar esa decisión.

b) Tercero de buena fe

c) Desde su publicación en el BORME

  • Principio de publicidad formal

a) Registro público