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derecho mercantil, Apuntes de Derecho

Asignatura: AAPUNTES PLAN BOLONIA (GRADO), Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UAM

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 12/05/2013

rurita
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Derecho Mercantil
Lección 1. Concepto, evolución histórica y fuentes
del derecho mercantil.
I.El concepto del Derecho mercantil.
1. El Derecho mercantil como Derecho privado especial.
El Derecho mercantil es el Derecho privado especial que tiene como
objeto al empresario, el estatuto jurídico de ese empresario y la
actividad que éste desarrolla en el mercado.
El empresario es la persona (natural o jurídica) que lleva a cabo en
nombre propio una actividad empresarial.
La actividad empresarial es el modo de desarrollar, dentro del
mercado una actividad económica cualicada.
El Derecho mercantil es Derecho privado distinto y separado del
Derecho civil. Éste se contiene en el Código de Comercio de 1885 y
en las leyes mercantiles posteriores.
El Derecho español pertenece a un sistema dualista en el que el
Derecho privado está dividido internamente.
Es el Derecho público el que determina el modelo constitucional en el
que el empresario desarrolla su actividad, el que establece los
requisitos y los límites para operar en un determinado sector
económico y el que condiciona las opciones mercantiles.
El objeto del Derecho mercantil es el empresario y la actividad
empresarial.
La actividad empresarial se extiende al sector comercial, industrial y
de servicios.
Por empresa entendemos tanto al empresario como al
establecimiento mercantil (conjunto de elementos materiales y
personales organizados por el empresario para el ejercicio de la
actividad empresarial).
2. La distinción entre Derecho mercantil y Derecho civil.
Hay dos criterios para distinguir los actos mercantiles de los actos
civiles:
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Derecho Mercantil

Lección 1. Concepto, evolución histórica y fuentes

del derecho mercantil.

I.El concepto del Derecho mercantil.

  1. El Derecho mercantil como Derecho privado especial. El Derecho mercantil es el Derecho privado especial que tiene como objeto al empresario, el estatuto jurídico de ese empresario y la actividad que éste desarrolla en el mercado. El empresario es la persona (natural o jurídica) que lleva a cabo en nombre propio una actividad empresarial. La actividad empresarial es el modo de desarrollar, dentro del mercado una actividad económica cualificada. El Derecho mercantil es Derecho privado distinto y separado del Derecho civil. Éste se contiene en el Código de Comercio de 1885 y en las leyes mercantiles posteriores. El Derecho español pertenece a un sistema dualista en el que el Derecho privado está dividido internamente. Es el Derecho público el que determina el modelo constitucional en el que el empresario desarrolla su actividad, el que establece los requisitos y los límites para operar en un determinado sector económico y el que condiciona las opciones mercantiles. El objeto del Derecho mercantil es el empresario y la actividad empresarial. La actividad empresarial se extiende al sector comercial, industrial y de servicios. Por empresa entendemos tanto al empresario como al establecimiento mercantil (conjunto de elementos materiales y personales organizados por el empresario para el ejercicio de la actividad empresarial).
  2. La distinción entre Derecho mercantil y Derecho civil. Hay dos criterios para distinguir los actos mercantiles de los actos civiles:
  1. El sistema subjetivo, establece la distinción según el contrato se realice o no por un comerciante o empresario en el ejercicio de la profesión mercantil.
  2. El sistema objetivo, establece la distinción atendiendo a la naturaleza del acto o contrato, sin tener en cuenta la condición de empresario o comerciante. Los sistemas subjetivos utilizan técnicas para saber la mercantibilidad de los contratos:
  3. Criterio de la enumeración, mediante los diferentes actos de comercio, pero deja fuera aquellos que surgen en el futuro.
  4. Criterio de la definición, intenta ofrecer un concepto del acto de comercio recurriendo a sus características, pero tiene un carácter impreciso. El sistema español vigente pertenece a los sistemas objetivos con algunas particularidades, ya que no define ni enumera y sigue una posición intermedia. Para determinar la mercantibilidad de los actos de comercio recurre a dos criterios que se complementan:
  5. Criterio de la inclusión, son mercantiles los actos incluidos en la Ley mercantil.
  6. Analogía, son también actos de comercio los que aunque no estén incluidos en la Ley mercantil son de naturaleza análoga o similar a los que se encuentran dentro de ella. Para atribuir carácter mercantil a un acto o contrato no hay que atender al acto en sí, ni a la intervención de un empresario o comerciante, sino a que el contrato pertenezca a una serie de actos o contratos que el empresario ha ido creando, organizando y perfeccionando. El acto o contrato es mercantil si se realiza para servir a las exigencias del tráfico profesional del empresario en el mercado de bienes y servicios, tratándose de una actividad comercial, industrial o de servicios. El Derecho civil se ocupa de los actos jurídicos que realizan personas sin calificación en el desarrollo de su vida particular. Mientras el Derecho mercantil se ocupa de una clase de sujetos especiales (los empresarios), y de la actividad profesional que ejercen. II.El Derecho mercantil como categoría histórica: origen y evolución.
  • Es el Rey el que promulga las leyes, aunque lo hace únicamente receptando el Derecho existente. Un ejemplo de ello, son las Ordenanzas de Bilbao. Se trata de la Recepción del “IUS MERCATORUM”.
  • En la práctica, se mantiene en términos muy similares al “IUS MERCATORUM”. Funciona porque a finales del S XVIII se produce la Revolución Francesa, surge la Necesidad axiológica de la superación del derecho de clases. Se abolen las diferencias de Clases (títulos nobiliarios, cleros, etc.) sometiéndose al Imperio de la Ley. Esto sucede Igualmente con el derecho de los mercaderes. 1 Derecho de los sujetos que participan en los mercados. 2 Comerciantes elegidos como mediadores de conflictos entre mercaderes. 3 En la antigua Italia, los banqueros y los prestamistas se sentaban en sus bancas para realizar las transacciones. Cuando “quebraban”, las autoridades les rompían sus bancas, es decir, se quedaban en banca rota. Este término ha ido Evolucionando. Se configuran objetivamente aquellos contratos y actos que determinan el hecho. Se Determina la aplicación de la norma jurídica. Es decir, se aplica a cualquier sujeto Que realice cualquier actividad con notas mercantiles. La definición de “acto de comercio” no ha llegado a prosperar, ya que en el ámbito del Derecho Mercantil surgen constantemente nuevos tipos contractuales, lo que implicaría Su inclusión reiteradamente La idea de elaborar una lista de actos de comercio resulta Inviable. Son por lo tanto actos de comercio aquellos tipificados en el Código de Comercio, como los análogos (art. 2.2 y exposición de motivos). El art. 2 Caco. Explica las reglas aplicables a los actos de comercio: “Los actos de Comercio, sean o no comerciantes los que los ejecuten, y estén o no especificados en este Código, se regirán por las disposiciones contenidas en él; en su defecto, por los usos del Comercio observados generalmente en cada plaza; y a falta de ambas reglas, por las del

Derecho común; Serán reputados actos de comercio los comprendidos en este Código y Cualesquiera otros de naturaleza análoga”. En cuanto a la razón política, debemos distinguir 2 momentos clave:

  • Durante el S XIX, el Código de Comercio sirvió como una garantía de seguridad de Unidad de mercado en el territorio español (antes de la promulgación del Código Civil). (Falta)
  • Durante el último tercio del S XX: surge por la consagración de la CE en su art. 149.1.6 CE que atribuye la competencia exclusiva al Estado en materia de Legislación Mercantil. Se persigue garantizar la uniformidad y la certeza de las Relaciones comerciales en España. El principio de unidad de mercado implica que una sociedad de (falta)- ST 225/93. Art. 148.1.13 CE: “Las comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las Siguientes materias: 6. Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en General, los que no desarrollen actividades comerciales”. En el ámbito jurídico privado tenemos:
  • Juzgados de primera Instancia.
  • Juzgados de lo Mercantil. Esta jurisdicción separada surge como consecuencia de una necesidad de aplicación más Profesional de la Ley Concursal. Además de materia de Concursos, se le añaden una Serie de competencia típicas conocidas como Legislación mercantil (pleitos en materia de Marcas, patentes…) Esta aparición se establece únicamente en la primera instancia. En Segunda instancia hay una sala de lo Civil, y asean pleitos en materia Mercantil o civil. La apelación se hará ante una única instancia civil, y lo mismo si llega al TS, Es posible Que en grandes ciudades, alguna sección de las audiencias provinciales, se especialice

4.Empresarios privados y empresarios públicos. 5.Empresarios por razón de la actividad y empresarios por razón de la forma. 6.Pequeños y grandes empresarios. El artesano. 7.Empresario aparente y empresario oculto. III.La responsabilidad civil del empresario. 8.El principio de la responsabilidad patrimonial universal. 9.La responsabilidad contractual del empresario. 10.La responsabilidad extracontractual del empresario. 11.La responsabilidad extracontractual del empresario por hechos de los dependientes. 12.La responsabilidad extracontractual del empresario industrial. 13.La responsabilidad extracontractual del empresario comercial. IV.El empresario individual. 14.El concepto de empresario individual. 15.La capacidad para ser empresario individual. 16.El menor empresario. 17.Las prohibiciones para el ejercicio de la actividad empresarial. 18.Adquisición, prueba y pérdida de la condición de empresario individual. 19.El domicilio del empresario individual. V. El ejercicio de la actividad mercantil por persona casada. 20.Consideración general. 21.El régimen legal de las responsabilidad patrimonial por deudas mercantiles del cónyuge empresario:características generales. 22.El ámbito de aplicación del régimen especial. 23.La extensión de la responsabilidad patrimonial. 24.La administración y la disposición de los bienes comunes por el empresario casado.

VI.El empresario persona jurídica. 25.Las sociedades mercantiles. 26.El ejercicio de la actividad mercantil por asociaciones y por fundaciones.

Lección 3. El establecimiento mercantil.

I.El establecimiento mercantil. 1.Concepto de establecimiento mercantil. 2.La naturaleza jurídica del establecimiento mercantil. II.Clases de establecimientos. 3.Establecimiento comercial, establecimiento industrial y establecimiento de servicios. 4.Establecimiento principal y establecimientos secundarios: las sucursales. 5.Establecimiento privativo y establecimiento ganancial. III.El establecimiento abierto al público. 6.El establecimiento abierto al público. 7.La indemnización por clientela. IV.Los elementos del establecimiento mercantil. 8.Los elementos integrantes del establecimiento mercantil. 9.El fondo de comercio. V.El local como elemento del establecimiento mercantil. 10.El local como elemento del establecimiento: establecimiento en local propio y establecimiento en local arrendado. 11.El arrendamiento del local. VI.La transmisión del establecimiento mercantil. 12.Consideración general. 13.La transmisión inter vivos del establecimiento mercantil. 14.Transmisión del establecimiento mercantil y transmisión de elementos aislados.

9.Las inscripciones y sus clases. 10.La publicidad de los asientos registrales: certificaciones y notas informativas. V.El acto inscrito. 11.La presunción legal de exactitud y validez. 12.La oponibilidad del acto inscrito. 13.La discordancia entre inscripción y publicación. VI.El registro mercantil central. 14.El registro mercantil central. 15.El Boletín Oficial del Registro Mercantil. VII.Las demás funciones del registro mercantil. 16.Las demás funciones del registro mercantil.

Lección 5. La contabilidad.

I.Introducción. 1.Las funciones de la contabilidad. 2.El Derecho contable. II. El deber de contabilidad. 3.El deber de contabilidad. 4.Libros obligatorios y libros potestativos. 5.La llevanza de los libros de contabilidad. 6.La legalización de los libros de los empresarios. 7.El valor jurídico de los asientos contables. 8.El deber de conservación. 9.La inobservancia de las normas legales en materia de contabilidad. III.El secreto contable y sus excepciones. 10.El secreto contable. 11.Las excepciones al secreto contable. IV.La contabilidad como medio de prueba.

12.La comunicación y la exhibición de la contabilidad. 13.La eficacia probatoria de la contabilidad. V.Las cuentas anuales. 14.Las cuentas anuales. 15.El balance. 16.La cuenta de pérdidas y ganancias. 17.Los demás documentos contables. VI.Los principios contables. 18.La función de los principios contables. 19.La enumeración de los principios contables. VII.La auditoría de cuentas. 20.La auditoría de cuentas. 21.El estatuto jurídico del auditor. 22.El informe del auditor. 23.La responsabilidad del auditor. VIII.El depósito y la publicidad de las cuentas anuales. 24.El depósito y la publicidad de las cuentas anuales.

Lección 6. La representación del empresario.

I.Introducción. 1.Representación voluntaria, representación legal y representación orgánica. 2.La representación voluntaria en el Derecho mercantil. 3.La naturaleza de la relación entre el empresario y el personal de la empresa. II.El apoderamiento general o factor. 4.El factor. 5.Los deberes del factor. 6.El poder de representación.

10.Las entidades de gestión colectiva. 11.La comisión de propiedad intelectual. III.Los nombres de dominio. 12.Consideraciones generales. 13.Contenido del derecho. 14.Mecanismos de protección.

Lección 8. La propiedad intelectual en sentido

amplio: La propiedad industrial.

I.Modalidades de propiedad industrial. 1.Creaciones técnicas. La patente y el modelo de utilidad. 2.Creaciones estéticas: el diseño industrial. 3.La marca, el nombre comercial y el rótulo del establecimiento. 4.Otras modalidades de propiedad industrial. II.Creaciones técnicas: la patente y el modelo de utilidad. 5.La patente. A)Concepto y significado del término. B)Normativa reguladora. C)Características de la patente. Requisitos de patentabilidad. D)Clases de patentes. E)Titularidad del derecho a obtener una patente. F)Procedimiento de concesión. G)Contenido del derecho sobre la patente. H)Acciones que protegen la inviolabilidad de la patente. I)Deberes del titular: obligación de explotar y licencia obligatoria. J)La patente como objeto de negocios jurídicos. K)Nulidad y caducidad de la patente. 6.El modelo de utilidad. A)Concepto y régimen.

B)Contenido del derecho. III.Creaciones estéticas: el diseño industrial. 7.El diseño industrial. A)Concepto y régimen jurídico. B)El diseño español: características principales. C)El diseño comunitario: características principales. IV.La marca, el nombre comercial y el rótulo de establecimiento. 8.La marca. A)Función, antecedentes y disposiciones reguladoras de la marca. B)Relación entre el sistema nacional de protección y el sistema comunitario. C)Concepto de marca y adquisición del derecho sobre la misma. D)Clasificación de las marcas. E)Requisitos de los signos que han de constituirse en marca. Las llamadas prohibiciones del registro. F)El procedimiento de registro. G)Contenido del derecho sobre la marca. H)Acciones que protegen el derecho de marca. I)La marca como objeto de negocios jurídicos. J)Extinción de la marca. Nulidad y caducidad. K)La marca comunitaria. Características principales. 9.El nombre comercial. A)Consideraciones generales. B)Concepto legal y régimen jurídico. 10.El rótulo de establecimiento. V.Otras modalidades de propiedad industrial. 11.Protección jurídica de las obtenciones y variedades vegetales. 12.Denominaciones de origen e indicaciones geográficas de productos.

B)Ámbito de aplicación del control. C)Procedimiento de control. 10.El control de las ayudas públicas. 11.El Derecho comunitario europeo de la competencia. III.La competencia desleal. 12.La lealtad en la concurrencia mercantil y la Ley de Competencia desleal. 13.Finalidad y ámbito de aplicación de la Ley de Competencia Desleal. 14.Concepto de competencia desleal: La cláusula general de prohibición y la tipificación de los actos de competencia desleal. 15.Clasificación y análisis de los actos de competencia desleal. A)Actos de engaño. B)Actos de confusión. C)Prácticas agresivas. D)Actos de denigración. E)Actos de comparación. F)Actos de imitación. G)Actos de explotación de la reputación ajena. H)Actos de violación de secretos. I)Actos de inducción a la ruptura contractual. J)Actos de violación de normas. K)Actos de discriminación L)Actos de explotación de la situación de dependencia económica. M)Actos de venta con pérdida. N)Publicidad ilícita. 16.Prácticas comerciales desleales en relación con los consumidores. A)Prácticas engañosas. B)Prácticas de venta piramidal.

C)Prácticas agresivas. 17.Acciones derivadas de la competencia desleal. 18.Cuestiones procesales. A)Legitimación activa para el ejercicio de las acciones de competencia desleal. B)Legitimación pasiva. C)Prescripción. D)Procedimiento. 19.Códigos de conducta. A)Fomento de los códigos de conducta. B)Acciones frente a los códigos de conducta.

Lección 11. Títulos valores. Teoría general.

I.Noción y caracteres del título-valor. 1.El título- valor, instrumento de materialización de derechos. Función económica. 2.Perspectivas de futuro. 3.Formación progresiva del concepto de título-valor. 4.Definición del título-valor. Análisis crítico del concepto. 5.El título-valor y su causa. 6.Aspecto jurídico-real del título. 7.Títulos-valores impropios. A)Títulos y contraseñas de legitimación. B)Carta de patrocinio y tarjeta de crédito. 8.La cirulación de los títulos-valores. II.Clases. 9.Clasificación de los títulos-valores. Criterios de clasificación. 10.Títulos- valores según el derecho incorporado. A)Títulos de pago.

14.El aval. V.Pago de la letra. 15.Vencimiento y presentación. 16.Actuaciones posteriores a la falta (total o parcial) de pago. Protesto y regreso. 17.Acciones judiciales derivadas de la letra. 18.Excepciones cambiarias.

Lección 13. El cheque y el pagaré.

I.El cheque. 1.Evolución histórica y régimen vigente. 2.Función económica del cheque. 3.Concepto y caracteres del cheque. 4.Forma del cheque. 5.Menciones y cláusulas facultativas. Modos de giro. 6.Circulación del cheque. El endoso. 7.El aval del cheque. 8.Presentación y pago del cheque. 9.Revocación del cheque y oposición al pago. 10.Falta de pago ordinario y protesto del cheque. 11.Pago extraordinario del cheque y acciones que protegen. 12.Prescripción. 13.Cheques especiales. II.El pagaré cambiario. 14.Concepto y evolución histórica. 15.Similitudes y diferencias con otros documentos del tráfico. 16.Requisitos formales. 17.Régimen jurídico del pagaré.

Lección 14. Valores representados mediante

anotaciones en cuenta.

I.La llamada crisis de los títulos-valores. 1.Introducción. II.Los valores representados por anotaciones en cuenta como alternativa. 2.Consideración general. 3.Rasgos esenciales del sistema de anotaciones en cuenta. A)La escritura pública de representación. 4.El registro contable y su llevanza. 5.Transmisión. 6.Los certificados de legitimación. 7.Similitudes y diferencias entre anotaciones en cuenta y títulos valores.

Lección 15. Regulación jurídica de la insolvencia: la

legislación concursal.

I.La legislación concursal. 1.La tutela del crédito en caso de insolvencia del deudor común: el concurso de acreedores. 2.La evolución histórica de los procedimientos concursales. 3.Las funciones del concurso de acreedores. 4.La legislación concursal especial.

  1. La legislación concursal internacional. II.Los acuerdos de refinanciación. 6.Los acuerdos de refinanciación. 7.El acuerdo de refinanciación ordinario. 8.El acuerdo de refinanciación homologado. III.El procedimiento de concurso de acreedores. 9.El procedimiento del concurso de acreedores.