Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Derecho sucesorio parte 3, Diapositivas de Derecho Civil

Material que contiene Sucerio Parte (3)

Tipo: Diapositivas

2019/2020

Subido el 26/05/2020

felipe-alveal
felipe-alveal 🇨🇱

4 documentos

1 / 15

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE
MUERTE
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derecho sucesorio parte 3 y más Diapositivas en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

LA SUCESIÓN POR CAUSA DE

MUERTE

EJERCICIOS CASOS.

Paulina, soltera y sin hijos, le pidió a su sobrina Viviana que si le pasaba algo en su viaje a Europa, cuidara de sus padres aún vivos. Con el afán de asegurarse, antes de partir hace un testamento y dispone lo siguiente: “Dejo la mitad de mis bienes a mi sobrina Viviana.” Lamentablemente, fallece en un accidente de tránsito mientras recorre Paris.

  1. ¿qué tipo de sucesión es? ¿porqué?
  2. Haga la distribución de la herencia de Paulina, fundamentando su respuesta.
  3. ¿Variaría su respuesta si Paulina tuviera un hijo?
  4. ¿Cambiaría la distribución si antes de morir y en un arranque de romanticismo Paulina se casa con un francés?

Características del testamento :  (^) Se trata siempre de un acto solemne.  (^) Es esencialmente revocable. Disposiciones de bienes. En cuanto a las declaraciones de voluntad, hay algunas irrevocables. (art.1001cc.)  (^) Es un Acto Jurídico unilateral y solemne cuyo objeto fundamental es la disposición de bienes para cuando haya muerto el causante. Es un acto mortis causa.  (^) Es un acto personalísimo. (1003cc., 1004cc. rel. con art.262 cc.)  (^) Debe bastarse a sí mismo. (1002 cc.)

Requisitos del Testamento: Como todo acto jurídico, requiere del cumplimiento de ciertos requisitos para su validez. Estos requisitos son internos y externos. Internos: Capacidad para testar y voluntad exenta de vicios. Externos: Solemnidades del testamento. Son diferentes dependiendo del tipo de testamento.

En cuanto a su solemnidad, el testamento se clasifica en solemnes y menos solemnes o privilegiados. (art.1008cc.)  (^) Solemne: se cumplen todas las solemnidades que requiere la ley. Puede ser abierto o cerrado.  (^) Menos solemne o privilegiado: pueden omitirse algunas de las solemnidades en atención a circunstancias particulares establecidas en la ley. Puede ser verbal, militar o marítimo.  (^) Testamento ológrafo: no se admite en nuestra legislación.

Interpretación del testamento:

  • Como todo acto jurídico, debe interpretarse, existiendo una norma fundamental, el art. 1069 cc. Existen varias normas interpretativas en esta materia: Art.1057, 1060, 1062, 1064, 1065,1066, 1067, 1068.

Objetivos: Las asignaciones deben ser determinadas y determinables. Art.1066 inc.1ºcc. Es distinta la determinación de una herencia a la de un legado. Herencia. la concreción de a cuota de un testamento se produce después, no en el testamento. Legados. sea de género o especie la determinación se produce al momento en que el testador hace el legado. Herederos de cuota Herederos universales. Siempre llevan la parte La cuota depende de cuántos herederos designada en el testamento. universales está llamados a la herencia. Herederos de remanente: Llamado a lo quede.

Tipos de asignaciones testamentarias.

  1. Asignaciones a título Universal y asignaciones a título singular.  (^) A tít. Universal: Herederos. Art.1097cc. Herederos Universales: aquellos cuya asignación comprende el total del patrimonio del causante, sin expresión de cuota. (art.1098cc.) Herederos de cuota: aquellos a quienes se asigna una cuota o parte alícuota del patrimonio del causante. Heredo de remanente: Son aquellos a quienes se les asigna lo que reste después de cumplidas otras disposiciones del causante. (Art.1099cc.)
  • A título Singular: art.1104cc. Se atiende exclusivamente a su contenido. Art. 1127 cc. y 1113cc. Cosas que no pueden legarse: Art.1105 cc. El Objeto de la asignación a título singular puede determinarse específicamente o genéricamente.
  1. Asignaciones puras y simples y sujetas a modalidad.  (^) Asignación condicional art. 1070, 1071 cc.  (^) art. 1072, hecho ocurrido en vida del testador.  (^) Condiciones que la ley reputa ineficaces: Art. 1073, 1074, 1075 cc. Ex. 1076 y 1077cc.  (^) Asignaciones a plazo Art. 1080 cc. arts. 1081, 1085, 1086,1087 (inc.2º, asignaciones de pensiones periódicas), 1088, 1083 (condición).
  • Asignaciones modales. Art.1089cc. ¿qué ocurre si el asignatario no cumple el modo? Art.1090 cc. Art.1092, 1096 y 1291cc. Art.1093cc.: modo física o moralmente imposible de cumplir. Arts. 1094 y 1095 cc.