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Asignatura: Paleografia i diplomatica, Profesor: , Carrera: Història, Universidad: UB
Tipo: Ejercicios
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Proceso de elaboración de los documentos:
Factores del génisis:
Formulas y formularios
PROCESOS DE ELABORACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
Actio:
Conscriptio:
LOS FACTORES DEL DOCUMENTO
El autor es el responsable de la acción documental
El destinatario es aquel al que le hace efecto acción documental
El rogatario es el responsable de la puesta por escrito del documento
FORMULAS Y FOMULARIOS
La fórmula es un documento modelo establecido o recogido a título de ejemplo para la redacción de una determinado tipo de documentos para facilitar el trabajo de los redactores
Ejemplos de formularios: Ars Dictandi, Ars Notariae, Formularios de Ripoll (s.X) y Santes Creus (s.XII)
Definición documento público: El documento público es aquel emitido por una autoridad pública en virtud de las facultades que les confiere su naturaleza y al que se le confiere la autenticidad inmediata
CANCILLERÍA
El término Cancillería proviene del cancellus y cancellarius romano. El cancellus es el lugar donde se guardaban los documentos públicos y el cancellarius era la persona encargada de custodiarlos.
La Cancillería es el órgano de expendición de documentos de naturaleza pública , instrumento y símbolo de la voluntad absoluta de la autoridad de la que dependen.
El sello es el instrumento externo para demostrar la validez de un documento público. Todas las autoridades públicas de un documento público. Todos las autoridades públicas pueden crear su propio sello y utilizarlo como medio de validación, sin embargo podían usar el sello de plomo , que significaba validez, a perpetuidad, ya que se sellaban con cera solamente tenían validez durante ese reinado y pontificado, teniendo que ser ratificados por sus sucesores.
CANCILLERÍA PONTIFICI
Comenzó a organizarse en el pontificado de Adriano I (772-795) que formalizó el primer tipo documental de privilegio. Acabó su proceso de organización durante el pontificad de Inocencio III (1198-1216)
CANCILLERÍAS REGIAS
En el siglo XII aparecen las primeras cancillerías regias organizadas. Además aparecieron órganos especializados como la escribanía mayor privilegios, para los documentos más solemnes y las notarias mayores de los diferentes reinos ( Castilla, León, Toledo, Andalucía, Granda).
MODELOS DE DOCUMENTACIÓN PÚBLICA
EDAD MEDIEVAL
tabelionato del Bajo Imperio Romano se transformó en una profesión pura y exclusivamente privada. Tendremos que esperar hasta el advenimiento de la Edad Media para que surja el notariado en lugar del tabelionato.
EDAD MEDIA
Con la caída del Imperio de Occidente en el año 476, da comienzo una nueva época llamada Edad Media (siglos V y XV).
Siglos V a X (Alta Edad Media):
Los particulares recurren para la redacción de los documentos y la formalización de los testamentos, a los monjes y clérigos;
Siglos XI a XV (Baja Edad Media):
La función legitimadora y la función autenticante se amalgaman y se ponen en mano del Escribano (que será el notario).
Características de los Documentos :
Los documentos notariales en la Edad Media regulaban contratos o acciones privadas que al pasar a manos de una persona habilitada (notario público) se convertían en un Instrumentum Publicum , es decir en un documento privado que tenía validez pública y autoridad legal.
Fe Pública , por la cual un ESTADO PÚBLICO O AUTORIDAD PÚBLICA delega a unos funcionarios la facultad de dotar de autenticidad y fuerza legal los instrumentos que autorizan.
EL PROCESO DE REDACCIÓN DEL DOCUMENTO NOTARIAL
Con el descubrimiento del derecho romano evoluciona la forma de redactar los documentos y se impone un sistema de registro para esta documentación.
Redacción previa del negocio jurídico
In mundum ( pergamino en limpio)
El lugar donde aparecen por primera vez estas novedades es en la ciudad de Génova.
Hasta mediados del siglo XI, los escribanos redactaban una breve nota, al dorso del pergamino, que contendía los datos principales del contrato ( notitia dorsalis ).
A partir de mediados del siglo XII (1154) inician la práctica de escribir unas
notas ( imbreviaturæ ) en hojas sueltas de papel.
Estas hojas sueltas, hacia finales de este mismo siglo, se empiezan a juntar y religar, dando lugar al nacimiento de los registros o protocolos notariales.
El proceso de redacción del documento notarial es complejo y sigue unos pasos muy bien definidos.
En el sistema de registro único la mecánica era la siguiente:
SISTEMA DE DOBLE REGISTRO
Las Corte de Perpiñán de 1351, para introducir errores, involuntarios o no, respeto al texto original, legislaron obligando a los notarios a redactar en un libro, íntegramente, sin etceterar.
tiene un carácter de perfección y acabado; en la edición diplomática se reconoce con la letra A.»
EL SEGUNDO ESTADO DEL DOCUMENTO ES LA COPIA.
Una copia es una transcripción literal, más o menos inmediata, de un texto anterior.
Respecto al original no es ni primigenia ni perfecta. Puede haber sido elaborada a partir del original o de otra copia.
Hay varios tipos de copias, siempre en función de la mayor o menor relación que guardan con el original.
Copia simple: aquella que no trae ninguna marca de autenticidad jurídica por parte de una autoridad y, por lo tanto, no tiene ninguna garantía jurídica.
Copia auténtica o certificada : aquella que tiene elementos de validación que están destinados a darle plena fe. Esta copia, con todas las garantías jurídicas, puede sustituir el documento original.
Copia auténtica o certificada puede presentar bajo dos formas:
Copia notarial o traslado: es aquella transcripción certificada y avalada por la suscripción y firma de un notario que da fe pública de su contenido y de su legitimidad, junto con las firmas de al menos dos notarios como testigos y de la autoridad judicial que da su visto bueno a su realización. Sabemos que estamos ante una copia notarial o traslado cuando leemos la fórmula introductoria “ Hoc est translatum bene te fideliter...”
Vidimus: es un documento por el cual una autoridad da testimonio, bajo su sello, de haber visto un documento anterior con todos los caracteres de autenticidad, describiendo eventualmente los caracteres externos y reproduciendo íntegramente el texto sin modificar nada, a fin y efecto de conferir autenticidad al documento así transcrito. Toma el nombre de la fórmula “ Noverint universi quod … vidimus cartam... ”. No es la renovación jurídica de un documento anterior, sino únicamente una transcripción certificada con determinadas formalidades.
TABLA DE TRADICIÓN
Para designar los diferentes ejemplares de un documento, es decir, los originales y las copias, nos serviremos de las letras mayúsculas del alfabeto latino en negrita.
Reservaremos la letra A para el original.
(En la descripción indicaremos el archivo o biblioteca donde se conserva el documento).
Si disponemos de originales diversos con la misma fecha, los designaremos, igualmente, con la letra A, indicando con un número en exponente los diferentes ejemplares de este original (A1, A2, A3 ...).
Para designar las copias utilizaremos las letras mayúsculas del alfabeto latino en negrita, teniendo en cuenta que hemos reservado la letra A para el original.
núm. 41, ex A.
Maior», fol. 78, ex B.
En párrafo aparte, indicaremos las ediciones que se han hecho del texto que publicamos. Las diferentes ediciones se indicarán por orden cronológico y por medio de las letras minúsculas del alfabeto latino en negrita (a, b, c ...).
(Teniendo en cuenta que todo trabajo tiene que presentar la relación bibliográfica completa, las diferentes ediciones de un texto las indicaremos abreviadas, sin dejar de indicar, si es posible, la fuente que ha seguido cada editor).
Es importante, pues, que la mesa de tradición sea lo más completa posible (ejemplo completo).
En párrafo aparte, indicaremos las ediciones que se han hecho del texto que publicamos. Las diferentes ediciones se indicarán por orden cronológico y por medio de las letras minúsculas del alfabeto latino en negrita (a, b, c ...). (Teniendo en cuenta que todo trabajo tiene que presentar la relación bibliográfica completa, las diferentes ediciones de un texto las indicaremos abreviadas, sin dejar de indicar, si es posible, la fuente que ha seguido cada editor).
Es importante, pues, que la mesa de tradición sea lo más completa posible (ejemplo completo).
[A]. Original no localitzat.
B. * Còpia del segle XII. Barcelona, ACA, Cancelleria, Ramon Berenguer IV, perg. núm. 41, ex A.
C. Còpia de finals del segle XII. Barcelona, ACA, Cancelleria, «Liber Feudorum Maior», fol. 78, ex B.