Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


doctrina de conciliacion, Monografías, Ensayos de Historia de los Medios de Comunicación

LEY DE CONCILIACION Y FRMAS DE CONCILIACION

Tipo: Monografías, Ensayos

2017/2018

Subido el 22/04/2018

melvin-diaz-aguilar
melvin-diaz-aguilar 🇵🇪

1 documento

1 / 8

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Doctrina como surgió en el Perú:
pf3
pf4
pf5
pf8

Vista previa parcial del texto

¡Descarga doctrina de conciliacion y más Monografías, Ensayos en PDF de Historia de los Medios de Comunicación solo en Docsity!

Doctrina como surgió en el Perú:

El origen de la conciliación se encuentra en el origen mismo de las sociedades las que cansadas del empleo de la auto tutela. Ejercida con violencia de la superioridad física, buscan medios mas pacíficos de solucionar las controversias que surgían a su interior , así los jefes de familia que mediante la persuasión hicieron que las partes en conflicto dirimieran sus diferencias por el empleos de medios pacíficos y conciliación Antecedentes y evolución histórica

La Constitución de Cádiz de 1812

 (^) En articulo 282 señalaba: “El alcalde de cada pueblo ejercerá en él el oficio de conciliador, y el que tenga que demandar por negocios civiles o por injurias, deberá presentarse a el con este objeto”  (^) Articulo 283 prescribía: “El alcalde con dos hombres buenos, nombrados uno por cada parte, oirá al demandante y al demandado, se enterara de las razones en que respectivamente apoyen su intención, y tomara, oído el dictamen de los dos asociados, la providencia que le parezca propia para el fin de terminar el litigio sin mas progreso, como se terminara en efecto, si las partes se aquietan con esta decisión extrajudicial”  (^) Articulo 284: “sin hacer constar que se ha intentado el medio de la conciliación, no se entablara pleito ninguno”.

Constitución política del Perú de

Cuyo articulo 120 prescribía “No podrá entablarse demanda alguna civil, sin haberse intentado la conciliación ante el juez de paz”. A demás :  Esta misma constitución señala en sus artículos 142 y 143 , bajo el rubro del poder municipal, que los alcaldes son los jueces de paz de su respectiva población, conociendo de las demandas verbales de menor cuantía si son civiles, y de los procesos penales que solo requieran una corrección moderada como las injurias leves y delitos menores.

Código de procedimiento civiles de

Establece en su articulo 119: señalaba no

se admitirá demanda civil, sin que se

acompañe un certificado del juez de paz,

que acredite haberse intentado el

conciliatorio, bajo pena de nulidad,

excepto en los que este no sea

necesario”.

Código de enjuiciamientos civiles en

materia civil 1852

El articulo 284 prescribía que “la

conciliación debe preceder a toda

demanda correspondiente a un juicio

escrito” realizándose, conforme el articulo

285 ante el juez de paz del domicilio del

demandado, o ante el que ejerza sus

funciones.