

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Los recursos administrativos ordinarios de alzada y reposición, sus objetivos, características y plazos de interposición y resolución. Además, se detalla cómo actúan contra las resoluciones de estos recursos y cuál es la competencia para su resolución.
Tipo: Apuntes
1 / 3
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Un recurso administrativo es un medio de revisión de los actos inválidos por la Administración, iniciado a instancia de parte por un sujeto legitimado para ello y sujeto a un plazo de interposición. Pueden ser ordinarios
Clasificación de los recursos administrativos ordinarios
Un recurso es perceptivo cuando su interposición es requisito sine qua non (condición sin la cual no) para la interposición de un recurso judicial. El primer paso es interponer el recurso administrativo para proseguir su impugnación vía judicial. (RECURSO DE ALZADA)
Por el contrario, es facultativo o potestativo cuando el particular puede optar por interponerlo o acudir directamente a la vía judicial. (RECURSO DE REPOSICIÓN)
RECURSO DE ALZADA
Tiene por objeto la impugnación de actos administrativos (resoluciones) que no agoten la vía administrativa. Con la interposición del recurso, además de pretender la anulación de un acto adm, el particular puede aparejarle a esta pretensión la de indemnización por daños y perjuicios que el mismo le hubiera producido. Por ejemplo si se impugna el cierre de un establecimiento comercial, el particular puede solicitar indemnización por el tiempo que el negocio hubiera estado sin funcionar. No procede interponer el recurso de alzada:
El recurso de alzada es un recurso ordinario que consiste en acudir a un superior jerárquico del órgano que dictó la resolución, se pide que se inicie otro. La resolución del recurso de alzada sí agota la vía.
El plazo para la interposición del recurso difiere según se actúe contra:
El órgano competente para resolver el caso es el superior jerárquico del que dictó el acto impugnado. La competencia para resolver los recursos no puede delegarse en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso.
El plazo de resolución y notificación es de 3 meses, una vez transcurridos se entiende el recurso desestimado.
Contra la resolución de un recurso de alzada no cabe ningún recurso adm, salvo el de revisión.