Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Nacionalidad y Domicilio: Tipos, Adquisición, Perdida y Efectos, Apuntes de Derecho Mercantil

La nacionalidad española, sus tipos (de origen, por opción, carta de naturaleza y residencia), cómo se adquiere, y cómo se pierde. Además, aborda el concepto de domicilio, su regulación legal, y sus efectos. Se incluyen también temas relacionados como ausencia legal y fallecimiento.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 24/02/2014

lore_uriol
lore_uriol 🇪🇸

3.7

(20)

3 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Nacionalidad: toda persona tiene una nacionalidad, se establece un vinculo entre una persona y un estado. Se obliga
a defender a la persona i a defender a la persona frente a los ataques españoles.
Como se adquiere la nacionalidad? (Buscando en el código civil)
Articulo 17-28. Regulación jurídica de nuestra nacionalidad.
TIPOS DE NACIONALIDAD
1º de origen: IUS SANGUINIS
Nacidos donde sea, de padres españoles.
Nacidos en España, con un progenitor español y el otro extranjero.
Adoptados por españoles.
IUS SOLIS
-Nacidos en España, sus padres no tienen nacionalidad.
-Nacidos en España cuya afiliación no resulte determinada (sea cual sea la nacionalidad de sus padres)-> el primer
lugar de estancia.
-Menores de edad encontrados en territorio español.
*personas que no tienen nacionalidad a patriadas (los cuales obtuvieron una nacionalidad y se dieron de baja. Pueden residir
donde quieran.)
2º por opción:
Mayor de edad adoptado.
Sujetos a patria protestad de un español (le han señalado un tutor legal).
Cuyos padres originariamente eran españoles.
3º por carta de naturaleza:
-Acuerdo del gobierno para dar la nacionalidad a extranjeros. P. ej: El atentado 11M en Madrid, a los lesionados o a
las familias de los afectados se les concedió la Nacionalidad Española.
4º por residencia:
-10 años, residencia continuada.
-5 años,
-2 años, países iberoamericanos (América del Sud, Andorra, Filipinas… no les hace renunciar a sus nacionalidades,
esto se llama doble nacionalidad.
-1 años, sus padres era extranjeros y tu llevas 1 año casado con un español, en base al matrimonio).
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Nacionalidad y Domicilio: Tipos, Adquisición, Perdida y Efectos y más Apuntes en PDF de Derecho Mercantil solo en Docsity!

Nacionalidad: toda persona tiene una nacionalidad, se establece un vinculo entre una persona y un estado. Se obliga

a defender a la persona i a defender a la persona frente a los ataques españoles.

Como se adquiere la nacionalidad? (Buscando en el código civil)

  • Articulo 17-28. Regulación jurídica de nuestra nacionalidad.

TIPOS DE NACIONALIDAD 1º de origen: IUS SANGUINIS

  • Nacidos donde sea, de padres españoles.
  • Nacidos en España, con un progenitor español y el otro extranjero.
  • Adoptados por españoles.

IUS SOLIS -Nacidos en España, sus padres no tienen nacionalidad. -Nacidos en España cuya afiliación no resulte determinada (sea cual sea la nacionalidad de sus padres)-> el primer lugar de estancia. -Menores de edad encontrados en territorio español.

*personas que no tienen nacionalidad a patriadas (los cuales obtuvieron una nacionalidad y se dieron de baja. Pueden residir donde quieran.)

2º por opción:

  • Mayor de edad adoptado.
  • Sujetos a patria protestad de un español (le han señalado un tutor legal).
  • Cuyos padres originariamente eran españoles.

3º por carta de naturaleza: -Acuerdo del gobierno para dar la nacionalidad a extranjeros. P. ej: El atentado 11M en Madrid, a los lesionados o a las familias de los afectados se les concedió la Nacionalidad Española.

4º por residencia: -10 años, residencia continuada. -5 años, -2 años, países iberoamericanos (América del Sud, Andorra, Filipinas… no les hace renunciar a sus nacionalidades, esto se llama doble nacionalidad. -1 años, sus padres era extranjeros y tu llevas 1 año casado con un español, en base al matrimonio).

Perder la nacionalidad (Articulo 25-26-27) Esquema

El domicilio (Articulo 40-41)

  1. Porque la ley regula el domicilio?
  2. Es totalmente libre el domicilio?
  3. Efectos del domicilio.

Ausencia legal (Articulo 181-192)

  1. Cuando una persona esta ausente?
  2. Cuando hay que declararse la ausencia?
  3. Efectos de la ausencia.
  4. Cuando hay que declararse el fallecimiento? Y las circunstancias?
  5. Efectos del fallecimiento (efectos que produce).
  6. Y si aparece vivo el fallecido?