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Esta es una práctica enfocada a cómo redactar un escrito de declinatoria en la orden jurisdiccional civil.
Tipo: Ejercicios
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El demandado plantea la declinatoria ante el órgano que está conociendo del asunto y el cual entendemos que es incompetente. PLAZO: JUICIO ORDINARIO: 10 primeros días de los 20 para contestar JUICIO VERBAL: 10 primeros días para los 10 días para contestar El proceso principal se resuelve. Si el órgano judicial entiende que él no es competente, depende de si hablamos de jurisdicción o de competencia, enviará las actuaciones al órgano competente o le dirá a las partes que acudan ante el órgano que sea competente. PRÁCTICA 1: SUPUESTO DECLINATORIA AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 5 DE MADRID Dña. Lucía Rivas Tomé Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Don Antonio Pérez Pérez, mayor de edad, con domicilio en calle Orense 24, cuya representación acredito mediante poder (...), ante este Juzgado comparezco y, como mejor en Derecho proceda, DIGO: Que por medio del presente escrito, y bajo la dirección letrada de Doña María Garea Barbeito, de conformidad con lo establecido en los arts. 39 y 63 a 64 LEC, vengo a proponer DECLINATORIA DE JURISDICCIÓN en los autos del - Procedimiento Ordinario 1453 -Juicio Ordinario 23, promovidos por Don Antonio Pérez Pérez, todo ello sobre la base de las siguientes:
PRIMERA.- Por la parte demandante se reclama a mi representado el pago de 93.086, EUROS por el uso de tarjetas VISA de la empresa IDA Y VUELTA, S.L. para gastos privados propios de mi representado, realizados tanto en días laborables, festivos, y fines de semana, para actividades en fecha y lugares completamente ajenos a la propia relación laboral que une a mi mandante con la empresa IDA Y VUELTA S.L con la función de Director Financiero y Administrativo de la entidad, habiendo tenido lugar dichos acontecimientos previa a la finalización de la relación laboral. SEGUNDA.- A partir de lo anterior, no podemos entrar a valorar los fundamentos jurídicos de fondo esgrimidos por la parte demandante en su escrito de demanda, toda vez que no es posible aceptar los fundamentos de tipo procesal que, en lo que a la jurisdicción y competencia respecta, se alega de contrario, amén de no ser éste en cauce procedimental para ello. En el caso que nos ocupa, la pretensión de la parte demandante tiene su origen en un contrato de trabajo celebrado en España entre mi mandante y la parte actora, la empresa IDA Y VUELTA S.L., la cual ha interpuesto una demanda ante el orden jurisdiccional civil, y no ante el orden jurisdiccional SOCIAL, como es legalmente procedente.
TERCERA.- En el escenario descrito en la alegación precedente, la parte demandada puede “ denunciar mediante declinatoria la falta de jurisdicción por pertenecer el asunto a otro orden jurisdicciona l”, como señala el art. 39 LEC. Más concretamente, tal y como dispone el art. 63 de dicho cuerpo legal, “mediante la declinatoria, el demandado y los que puedan ser parte legítima en el juicio promovido podrán denunciar la falta de jurisdicción del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, por corresponder el conocimiento de ésta a tribunales extranjeros, a órganos de otro orden jurisdiccional o a árbitros”. El presente escrito de declinatoria se ha interpuesto dentro del plazo legal recogido en el art. 64 LEC, el cual fija que la declinatoria deberá proponerse “dentro de los diez primeros días del plazo para contestar a la demanda, y surtirá el efecto de suspender, hasta que sea resuelta, el plazo para contestar y el curso del procedimiento principal, suspensión que declarará el letrado de la Administración de Justicia”. Por lo expuesto, Al JUZGADO formulo la siguiente PETICIÓN: Que teniendo por presentado este escrito, con los documentos y copias que acompaño de los mismos, se sirva admitirlo y a mí por comparecido en nombre de mi mandante, por propuesto este escrito de DECLINATORIA DE JURISDICCIÓN en los autos del - Procedimiento Ordinario 1453- Juicio Ordinario 23, y, en su virtud, una vez acordada su suspensión, dé traslado del mismo a la parte demandante para que dentro del plazo legal pueda alegar lo que a su derecho conviniera y, previos los trámites legales oportunos, dicte auto absteniéndose de conocer del proceso principal por carecer de jurisdicción, y señalando que la parte actora deberá usar de su derecho ante los órganos del orden jurisdiccional social, con cuanto demás proceda en Derecho. HAY QUE PONER SUPLICO OTROSÍ DIGO: Que siendo el poder aportado general para pleitos, y prescindiéndolo para otros usos, AL JUZGADO formulo la siguiente PETICIÓN: Que acuerde su desglose y devolución a esta parte, dejando testimonio en autos. (O “Por ser de justicia”) Es justicia que pido en cuanto a principal y otrosí en Madrid, 30 de septiembre del 2020 Firma del Letrado y número de colegiado Firma del Procurador Fdo. María Garea Barbeito Fdo. Lucía Rivas Tomé