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ejercicio 3 actividades, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

ejercicio 3 actividades plataforma

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2010/2011

Subido el 05/11/2024

patricia-garcia-vby
patricia-garcia-vby 🇪🇸

4 documentos

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Considerando que el material resultante es tanto de elaboración propia, como
de otros autores, ¿qué consideraciones debería tener en cuenta de cara a la
propiedad intelectual de los diferentes autores en su material resultante?.
Seleccionar fuentes y recursos actualizados y significativos, en función de la
modalidad de impartición, los objetivos programados y destinatarios/as de la
acción formativa, respetando la legislación vigente sobre la propiedad
intelectual.
El registro de la propiedad intelectual es un medio de protección de los derechos de
propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre sus obras, actuaciones
o producciones, y de prueba cualificada de la existencia de los derechos inscritos.
En relación con la propiedad intelectual de los materiales didácticos impresos,
podemos distinguir
entre tres tipos de materiales:
o Materiales íntegramente elaborados por el profesor.
o Materiales propios pero que incluyen documentos ajenos (de otro autor).
o Materiales totalmente ajenos.
En el caso de materiales de los tipos 2 y 3 como es el caso de este profesor, hay
que tener en cuenta los aspectos relacionados con el derecho de autor y que
afectan a los documentos ajenos que incorporamos.
Podremos utilizar un documento elaborado por otro autor como material docente sin
solicitar autorización del titular en
los siguientes supuestos:
FRAGMENTO DE UN TEXTO O UNA IMAGEN PARA ILUSTRAR ACTIVIDADES
EDUCATIVAS
Incluso sin incluir en material docente, por parte de profesorado de educación
reglada y con exclusión de libros de texto y manuales universitarios. La Ley de
Protección Intelectual contempla la excepción "Ilustración en la enseñanza" (art.
32.2. LPI) que permite al "profesorado de la educación reglada"
En el caso que esa formación sea reglada podrá utilizarlo sin inconvenientes
si no tendrá que comunicarlo.
Adjunto enlace donde puede encontrar esta información.
https://www.transportes.gob.es/areas-de-actividad/transporte-terrestre/observatorios/
observatorio-de-la-formacion-en-el-transporte-terrestre/el-mapa-de-la-formacion-en-
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¡Descarga ejercicio 3 actividades y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho solo en Docsity!

Considerando que el material resultante es tanto de elaboración propia, como de otros autores, ¿qué consideraciones debería tener en cuenta de cara a la propiedad intelectual de los diferentes autores en su material resultante?. Seleccionar fuentes y recursos actualizados y significativos, en función de la modalidad de impartición, los objetivos programados y destinatarios/as de la acción formativa, respetando la legislación vigente sobre la propiedad intelectual. El registro de la propiedad intelectual es un medio de protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre sus obras, actuaciones o producciones, y de prueba cualificada de la existencia de los derechos inscritos. En relación con la propiedad intelectual de los materiales didácticos impresos, podemos distinguir entre tres tipos de materiales: o Materiales íntegramente elaborados por el profesor. o Materiales propios pero que incluyen documentos ajenos (de otro autor). o Materiales totalmente ajenos. En el caso de materiales de los tipos 2 y 3 como es el caso de este profesor, hay que tener en cuenta los aspectos relacionados con el derecho de autor y que afectan a los documentos ajenos que incorporamos. Podremos utilizar un documento elaborado por otro autor como material docente sin solicitar autorización del titular en los siguientes supuestos: FRAGMENTO DE UN TEXTO O UNA IMAGEN PARA ILUSTRAR ACTIVIDADES EDUCATIVAS Incluso sin incluir en material docente, por parte de profesorado de educación reglada y con exclusión de libros de texto y manuales universitarios. La Ley de Protección Intelectual contempla la excepción "Ilustración en la enseñanza" (art. 32.2. LPI) que permite al "profesorado de la educación reglada" En el caso que esa formación sea reglada podrá utilizarlo sin inconvenientes si no tendrá que comunicarlo. Adjunto enlace donde puede encontrar esta información. https://www.transportes.gob.es/areas-de-actividad/transporte-terrestre/observatorios/ observatorio-de-la-formacion-en-el-transporte-terrestre/el-mapa-de-la-formacion-en- espan%CC%83a