




























Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: civil 4, Profesor: Eulalia Moreno Trujillo, Carrera: Derecho, Universidad: UGR
Tipo: Apuntes
1 / 36
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!





























CONCEPTO Y CARACTERES
Concepto legal:
CARACTERES
Negocio
jurídico
Unilateral
No recepticio
CARACTERES
Personalísimo
Solemne
Revocable
Acto dispositivo de bienes
CAPACIDAD PARA TESTAR.
LIMITACIONES
LA EDAD (art. 663.1º) Por el carácter esencialmente revocable Por la imposibilidad de ser otorgado por representante Para testamento ológrafo: 18 años
LA ENAJENACIÓN MENTAL (art. 663,2º) Declaración de voluntad consciente Enfermedades mentales y cualquier causa de alteración psíquica (p.ej. Manías, obsesiones) Tanto habitual como accidental ¿El incapacitado judicialmente puede otorgar testamento? (ver art. 665)
CLASES DE TESTAMENTO
Comunes
abierto
ordinario
En lengua extranjera
Analfabeto y sordo
Que no pueda leer o que no pueda firmar
extraordinarios
En peligro de muerte
En caso de epidemia
cerrado
ológrafo
SOLEMNIDADES TESTAMENTARIAS
Presencia de funcionario autorizante hábil
Presencia de testigos (capacidad: art. 681)
Identificación del testador
SOLEMNIDADES TESTAMENTARIAS
Funcionario
autorizante
Testigos
Identificación
del testador
TESTAMENTO ABIERTO
TESTAMENTO ABIERTO
Testamento
de sordo que
no puede leer
Testamento
en lengua
extranjera
Interpretación del testamento
Concepto
Finalidad
Precisiones
Interpretación del testamento
―el caso de la biblioteca‖ (citado por Danz): ¿legó la bodega o la biblioteca? Testamento en el que el otorgante ordenaba un legado de la bodega; dicho otorgante acostumbraba a designar su biblioteca como ―bodega‖ ―el caso de la fundación de Londres‖ (Rheinstein): ¿legado a la fundación de Londres o de Escocia? un testador que legó sus bienes a una fundación benéfica de Londres, siendo así que en el lugar de Escocia donde siempre había vivido existía una fundación parecida y con denominación similar: al comprobar que en vida el testador siempre había favorecido a esta última, se planteó el problema de cuál era la realmente favorecida en el testamento “Peñafiel, a 24 de octubre de 1915. Pacicos de mi vida: En esta primera carta de novios va mi testamento; todo para ti, todo, para que me quieras siempre y no dudes del cariño de tu Matilde".
Interpretación histórica usual personalísima: modo o manera en que vivió y actuó el testador
Rige el principio FAVOR TESTAMENTII: interpretación que permita al testamento producir efectos
Interpretación del testamento
«Dejo mis bienes a mi sobrino Juan, no a mi hermano Luis. Tampoco, jamás, páguese la cuenta al sastre. Nunca, de ningún modo, para los jesuitas. Todo lo dicho es mi deseo».
2.- Luis, el hermano :
«¿Dejo mis bienes a mi sobrino Juan? No: a mi hermano Luis. Tampoco, jamás, páguese la cuenta al sastre. Nunca, de ningún modo, para los jesuitas. Todo lo dicho es mi deseo.
3.- El sastre :
«¿Dejo mis bienes a mi sobrino Juan? No. ¿A mi hermano Luis? Tampoco, jamás. Páguese la cuenta al sastre. Nunca, de ningún modo, para los jesuitas. Todo lo dicho es mi deseo».
Interpretación del testamento
«¿Dejo mis bienes a mi sobrino Juan? No. ¿A mi hermano Luis? Tampoco, jamás. ¿Páguese la cuenta al sastre? Nunca, de ningún modo. Para los jesuitas todo. Lo dicho es mi deseo».
5.- la autoridad :
«Señores, aquí se trata de cometer un fraude; la herencia pertenece al Estado, según las leyes en vigor; así lo prueba la verdadera interpretación del escrito, que es la siguiente:
"¿Dejo mis bienes a mi sobrino Juan? No. ¿A mi hermano Luis? Tampoco. Jamás páguese la cuenta al sastre. Nunca, de ningún modo para los jesuitas. Todo lo dicho es mi deseo. "
"En virtud de esta interpretación y, no resultando herederos para la herencia, yo, el Juez...etc., etc., , me incauto de ella en nombre del Estado. Queda terminado el asunto".