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Lección 2 matrimonio., Apuntes de Derecho Civil

Asignatura: Civil IV, Profesor: Eulalia Moreno Trujillo, Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 02/11/2017

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LECCN 2.- EFECTOS
PATRIMONIALES DEL
MATRIMONIO: EL GIMEN
ECOMICO
1. Concepto y principios básicos del régimen
económico matrimonial en Derecho español
2. Normas generales del régimen económico: el
llamado régimen matrimonial primario
3. Las capitulaciones matrimoniales
4. Las donaciones por razón de matrimonio
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¡Descarga Lección 2 matrimonio. y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

LECCIÓN 2.- EFECTOS

PATRIMONIALES DEL

MATRIMONIO: EL RÉGIMEN

ECONÓMICO

  1. Concepto y principios básicos del régimen económico matrimonial en Derecho español
  2. Normas generales del régimen económico: el llamado régimen matrimonial primario
  3. Las capitulaciones matrimoniales
  4. Las donaciones por razón de matrimonio

Efectos patrimoniales del matrimonio

  • Soporte económico de la familia
    • Qué gastos son de la familia y cómo se

debe contribuir a ellos

  • Cual es el patrimonio matrimonial y cómo

han de participar los cónyuge (atribución

de titularidades)

  • Relaciones económicas de los cónyuges
    • Entre ellos
    • Con terceros El régimen económico matrimonial: Concepto

Regímenes económicos

matrimoniales

Régimen de absorción Regímenes de comunidad Régimen de comunidad universal Régimen de comunidad de ganancias Régimen de participación en las ganancias Regímenes de separación Régimen de separación absoluta Régimen dotal Régimen de separación con comunidad de administración

El régimen económico matrimonial:

clases

REGÍMENES DE

ABSORCIÓN

El esposo adquiere todos los bienes de

la mujer, aportados o adquiridos

Propio del Dº Romano

El régimen económico matrimonial: clases REGÍMENES DE SEPARACIÓN No se forma masa común de bienes Cada cónyuge tiene la propiedad de los bienes Régimen de separación absoluta Cada cónyuge mantiene la propiedad, administración, disfrute y disposición de sus bienes Presunto en Cataluña, Baleares, Valencia Régimen dotal Igual que el anterior, pero parte de los bienes de la esposa los recibe el esposo como dote, En propiedad (dote estimada) o en usufructo y administración (dote inestimada) Régimen de separación con comunidad de administración Propiedad de cada cónyuge sobre todos sus bienes Administración íntegra – de todos los bienes- del marido Presunto en Suiza

Regímenes económicos regulados

en nuestro Derecho positivo

Principio de autonomía de la voluntad Sí en materia patrimonial Pueden pactar el régimen que tengan por conveniente

  • Legalmente previsto
  • Atípico Tanto antes del matrimonio como constante matrimonio Pueden modificar lo pactado (sin perjuicio para terceros) Art. 1315, 1316 y 1317

Regímenes económicos regulados

en nuestro Derecho positivo

REGÍMENES REGULADOS Código civil Gananciales Separación Participación Aragón Consorcio conyugal Separación Vizcaya Comunicación foral de bienes Navarra Sociedad conyugal de conquistas Separación convencional Separación judicial Comunidad universal Cataluña Separación de bienes Participación en las ganancias Asociación a compras y mejoras Pacto de mitad por mitad Pacto de convivencia Comunidad de bienes Baleares Separación Baylío Comunidad universal Valencia Separación Germanía

El régimen matrimonial primario

CONCEPTO

Conjunto de normas, referidas a los efectos patrimoniales del matrimonio, que se aplican al mismo, independientemente de su régimen económico Son comunes a todos los regímenes Arts. 1318- 1324 C.c. Se refieren a los aspectos más esenciales de la convivencia matrimonial

El régimen matrimonial primario

LEVANTAMIENTO DE LAS CARGAS

FAMILIARES

  • Principio general : Los bienes de los cónyuges están

sujetos al levantamiento de las cargas del matrimonio

(art. 1318): gastos de la familia (cónyuges e hijos)

Gananciales

  • A cargo de los bienes gananciales
  • Si insuficientes: bienes privativos proporcionalmente Separación
  • Según pacto de los cónyuges
  • Si no hay pacto: proporcionalmente a sus respectivos recursos Participación
  • Como el régimen de separación

El régimen matrimonial primario

LITIS EXPENSAS

• Gastos y costas del proceso interpuesto

• por un cónyuge – sin mala fe o temeridad- contra

el otro

• O por un cónyuge contra tercero en provecho de

la familia (aunque el resultado no sea

beneficioso)

• Si el cónyuge demandante carece de bienes para

costear el proceso – y no cabe justicia gratuita- los

gastos y costas serán a cargo del caudal común

• Si no hay bienes comunes, a costa del otro

cónyuge

El régimen matrimonial primario

VIVIENDA CONYUGAL Y AJUAR DOMÉSTICO – disposición-

  • INTER VIVOS
    • Se independiza de la titularidad
    • Sólo se puede disponer con consentimiento de AMBOS cónyuges
    • Si no, anulabilidad a instancia del otro cónyuge (nulidad si es a titulo gratuito)
  • MORTIS CAUSA
    • No cabe sobre el ajuar doméstico: se entregará al cónyuge supérstite: derecho de predetracción o de supervivencia
    • No incluye alhajas, objetos artísticos, históricos o de extraordinario valor

El régimen matrimonial primario

  • DERECHO DE PREDETRACCIÓN del cónyuge

supérstite

  • Proteger la conservación del hogar familiar y al cónyuge supérstite frente a la voluntad del otro cónyuge
  • Depende del matrimonio y de la muerte
  • Es un derecho de familia, no sucesorio
  • No se integra en el caudal relicto, ni se computa a efectos sucesorios – fijación de la legítima-.
  • No se da en caso de divorcio o separación
  • Se aplica a todo régimen económico matrimonial
  • Abarca el ajuar de la vivienda habitual, no los efectos personales, ni de extraordinario valor.

Negocio jurídico bilateral por el que los cónyuges

determinan el régimen económico del matrimonio

y otras disposiciones

Las capitulaciones matrimoniales. Concepto

  • Art. 1315: “ El régimen económico del matrimonio será el

que los cónyuges estipulen en capitulaciones

matrimoniales”

  • Art. 1325: “ En capitulaciones matrimoniales podrán los

otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen

económico de su matrimonio… “

https://www.youtube.com/watch?v=dWfjAF0GnrI

Las capitulaciones matrimoniales. Naturaleza jurídica Acto complejo CONTENIDO TÍPICO Negocio jurídico de Derecho de familia: señalan el régimen económico matrimonial (no crean obligaciones) Formal o solemne: la forma es elemento esencial Se “basa” en el matrimonio: si no se celebra o el nulo, tampoco son válidas. CONTENIDO ATÍPICO Sustrato documental formal de diversos actos jurídicos, negociales o contractuales Donaciones propter nupcias Promesas de mejorar