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esquema de adopcion internacional, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Privado Internacional

Asignatura: Derecho Internacional Privado, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2013/2014

Subido el 28/12/2014

Nieves2689
Nieves2689 🇪🇸

3.7

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ADOPCIÓN INTERNACIONAL
(Nuria Marchal Escalona, nmarchal@ugr.es, profesora de Derecho
internacional privado de la UGR)
¿QUÉ ES LA ADOPCIÓN?
Adopción plena (revocable o no)
Adopción simple (revocable o no)
Kafala marroquí
¿CUÁNDO ES INTERNACIONAL?
Art.1.2º de la Ley 54/2007= Elemento extranjero (nacionalidad o residencia habitual
del adoptante o adoptando)
MARCO JURÍDICO EN ESPAÑA:
Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de
adopción internacional, hecho en La Haya de 29 de mayo de 1993
A) Finalidad (art. 1)
B) Ámbito de aplicación (art. 2)
C) Efectos de la adopción ( art. 26 y 27)
- Protocolos bilaterales
- Convenios bilaterales de reconocimiento
- Ley 54/2007 de adopción internacional
A) Finalidad (art. 2)
B) Ámbito de aplicación (art. 1)
- Legislación autonómica
FASES DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Administrativa
Constitución (España o extranjero)
Inscripción y Reconocimiento en el Registro
Seguimiento post-adoptivo
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¡Descarga esquema de adopcion internacional y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Privado Internacional solo en Docsity!

ADOPCIÓN INTERNACIONAL

(Nuria Marchal Escalona, [email protected], profesora de Derecho internacional privado de la UGR)

¿QUÉ ES LA ADOPCIÓN?

Adopción plena (revocable o no)

Adopción simple (revocable o no)

Kafala marroquí

¿CUÁNDO ES INTERNACIONAL?

Art.1.2º de la Ley 54/2007= Elemento extranjero (nacionalidad o residencia habitual del adoptante o adoptando)

MARCO JURÍDICO EN ESPAÑA:

Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, hecho en La Haya de 29 de mayo de 1993 A) Finalidad (art. 1)

B) Ámbito de aplicación (art. 2)

C) Efectos de la adopción ( art. 26 y 27)

  • Protocolos bilaterales
  • Convenios bilaterales de reconocimiento
  • Ley 54/2007 de adopción internacional

A) Finalidad (art. 2)

B) Ámbito de aplicación (art. 1)

  • Legislación autonómica

FASES DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL

Administrativa Constitución (España o extranjero) Inscripción y Reconocimiento en el Registro Seguimiento post-adoptivo

ADOPCIONES CONSTITUIDAS POR AUTORIDAD ESPAÑOLA

Autoridad competente Autoridad Judicial -Competencia judicial internacional (art. 14)

-Competencia territorial y objetiva (art. 16)

Cónsul (art. 17)

Derecho aplicable Adopción regida por ley española (art. 18-20): Regla general : Residencia habitual del adoptando presente o futura en España + Ley

nacional del adoptante o adoptando en cuando a consentimientos, audiencias y

autorizaciones (a instancia de parte o Ministerio Fiscal y siempre que repercuta en

interés del menor)

Excepción :

-Facultativa:En determinadas circunstancias (art. 19.1º a, b y 19.3º a sensu contrario ), se aplicará la Ley nacional del adoptando en cuanto a capacidad y consentimientos.

B) Adopción regida por ley extranjera (art. 21)

Regla general Menor sin RH presente ni futura en España= Derecho extranjero (Residencia actual, futura o anterior del menor) + Facultativamente la Ley nacional del adoptando (capacidad y consentimientos) o la ley de la residencia habitual del adoptando o adoptante (consentimientos, autorizaciones).

VI. RECONOCIMIENTO DE ADOPCIONES CONSTITUIDAS POR

AUTORIDADES EXTRANJERAS

se inicie un proceso judicial en el que los tribunales españoles tengan CJI para conversión (art. 15), observen la ley aplicable que estipula el art. 22 y los consentimientos exigidos en el art. 30 in fine.

  • Si ninguna de las partes tiene nacionalidad española, hay que estar a los efectos que despliega dicha adopción:

-Si tiene los mismos efectos que una adopción plena española, se reconocerá según establece el art. 26.

  • Si no tiene los mismos efectos que una adopción plena española, se reconocerá según establece los arts. 30 y 31 con los efectos de una adopción simple (art. 30.1º)

VII. SITUACIONES PATOLÓGICAS DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL

  1. Nulidad de la adopción internacional

A. Competencia judicial internacional (art. 15 Ley 54/2007) B. Ley aplicable (art. 22 Ley 54/2007) C. Reconocimiento de decisiones extranjeras (art. 28 Ley 54/2007)

  1. Fracaso de la adopción internacional
    • Antes de constituir la adopción (art. 21 Convenio de La Haya 1993)
    • Después de constituirla
  2. Extinción de la adopción internacional (laguna legal)
    • CJI: Residencia habitual
    • LA: Ley que regula los efectos de la adopción
  3. Modificación y revisión de la adopción internacional (?????)