
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Esquema tribunal constitucional 2
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
1 / 1
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!

Esquemas originales de PATXI IRIGOYEN para ACADEMIA IRIGOYEN. Soria, 2020
Se recoge en la Constitución Española de 1978 en su título IX. Se regula por Ley Orgánica.
Concepto : “Guardián de la Constitución”
Composición: 12 miembros, nombrados por el Rey, a propuesta 4 del Congreso, 4 del Senado, 2 del Gobierno, y 2 del C.G.P.J., para un período de 9 años (renovables por terceras partes cada 3 años).
Estructura: Presidente (elegido por el Pleno para un período de 3 años), y Vicepresidente (elegido igualmente por el Pleno)
Funciona: En Pleno y en Salas de Justicia (hay 2; la 1ª la preside el Pte., y la 2ª la preside el Vicepte.). Sus sentencias se publican en el BOE y contra ellas no cabe recurso. Son sentencias firmes, que toman el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente a su publicación en el B.O.E., con los votos particulares –si los hubiere-.
Competencias: Recurso de Inconstitucionalidad (contra leyes y normas con fuerza de Ley). Podrán interponerlo 50 Diputados, 50 Senadores, el Defensor del Pueblo, el Pte.Gobierno, y gobiernos y parlamentos de las CCAA. Se interpone en un plazo de 3 meses a.p.d. publicación de la Ley objeto de recurso.
Recurso de Amparo (para la defensa de los derechos fundamentales). Podrán interponerlo las personas directamente afectadas, el Defensor del Pueblo, y el Ministerio Fiscal. Se interpone en plazo de 3 meses, si lo fuera contra norma emanada de órgano legislativo, y en 20 días si el acto procede de órganos de gobierno o administrativos.
Cuestión de Inconstitucionalidad (cuando un Juez o Tribunal dudare de la constitucionalidad de una Ley en la que se apoya al dictar una sentencia). Lo interponen Jueces y Tribunales, en el momento anterior a dictar sentencia.
Conflictos de atribuciones que se originen entre órganos del Estado, entre CCAA, o entre órganos del estado con las CCAA.