Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Esquema tribunal constitucional 2, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

Esquema tribunal constitucional 2

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2021/2022

Subido el 14/04/2023

daniel-lopez-0e0
daniel-lopez-0e0 🇨🇴

5 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Esquemas originales de PATXI IRIGOYEN para ACADEMIA IRIGOYEN. Soria, 2020
ESTE MATERIAL SE HACE PARA TU PREPARACIÓN. EVITA REPRODUCIRLO.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Se recoge en la Constitución Española de 1978 en su título IX. Se regula por Ley
Orgánica .
Concepto: “Guardián de la Constitución”
Composición: 12 miembros, nombrados por el Rey, a propuesta 4 del Congreso, 4 del Senado,
2 del Gobierno, y 2 del C.G.P.J., para un período de 9 años (renovables por
terceras partes cada 3 años).
Estructura: Presidente (elegido por el Pleno para un período de 3 años), y Vicepresidente
(elegido igualmente por el Pleno)
Funciona: En Pleno y en Salas de Justicia (hay 2; la 1ª la preside el Pte., y la 2ª la preside el
Vicepte.). Sus sentencias se publican en el BOE y contra ellas no cabe recurso.
Son sentencias firmes, que toman el valor de cosa juzgada a partir del día
siguiente a su publicación en el B.O.E., con los votos particulares –si los
hubiere-.
Competencias: Recurso de Inconstitucionalidad (contra leyes y normas con fuerza de Ley).
Podrán interponerlo 50 Diputados, 50 Senadores, el Defensor del Pueblo, el
Pte.Gobierno, y gobiernos y parlamentos de las CCAA. Se interpone en un
plazo de 3 meses a.p.d. publicación de la Ley objeto de recurso.
Recurso de Amparo (para la defensa de los derechos fundamentales). Podrán
interponerlo las personas directamente afectadas, el Defensor del Pueblo, y el
Ministerio Fiscal. Se interpone en plazo de 3 meses, si lo fuera contra norma
emanada de órgano legislativo, y en 20 días si el acto procede de órganos de
gobierno o administrativos.
Cuestión de Inconstitucionalidad (cuando un Juez o Tribunal dudare de la
constitucionalidad de una Ley en la que se apoya al dictar una sentencia). Lo
interponen Jueces y Tribunales, en el momento anterior a dictar sentencia.
Conflictos de atribuciones que se originen entre órganos del Estado, entre
CCAA, o entre órganos del estado con las CCAA.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Esquema tribunal constitucional 2 y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho solo en Docsity!

Esquemas originales de PATXI IRIGOYEN para ACADEMIA IRIGOYEN. Soria, 2020

ESTE MATERIAL SE HACE PARA TU PREPARACIÓN. EVITA REPRODUCIRLO.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Se recoge en la Constitución Española de 1978 en su título IX. Se regula por Ley Orgánica.

Concepto : “Guardián de la Constitución”

Composición: 12 miembros, nombrados por el Rey, a propuesta 4 del Congreso, 4 del Senado, 2 del Gobierno, y 2 del C.G.P.J., para un período de 9 años (renovables por terceras partes cada 3 años).

Estructura: Presidente (elegido por el Pleno para un período de 3 años), y Vicepresidente (elegido igualmente por el Pleno)

Funciona: En Pleno y en Salas de Justicia (hay 2; la 1ª la preside el Pte., y la 2ª la preside el Vicepte.). Sus sentencias se publican en el BOE y contra ellas no cabe recurso. Son sentencias firmes, que toman el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente a su publicación en el B.O.E., con los votos particulares –si los hubiere-.

Competencias: Recurso de Inconstitucionalidad (contra leyes y normas con fuerza de Ley). Podrán interponerlo 50 Diputados, 50 Senadores, el Defensor del Pueblo, el Pte.Gobierno, y gobiernos y parlamentos de las CCAA. Se interpone en un plazo de 3 meses a.p.d. publicación de la Ley objeto de recurso.

Recurso de Amparo (para la defensa de los derechos fundamentales). Podrán interponerlo las personas directamente afectadas, el Defensor del Pueblo, y el Ministerio Fiscal. Se interpone en plazo de 3 meses, si lo fuera contra norma emanada de órgano legislativo, y en 20 días si el acto procede de órganos de gobierno o administrativos.

Cuestión de Inconstitucionalidad (cuando un Juez o Tribunal dudare de la constitucionalidad de una Ley en la que se apoya al dictar una sentencia). Lo interponen Jueces y Tribunales, en el momento anterior a dictar sentencia.

Conflictos de atribuciones que se originen entre órganos del Estado, entre CCAA, o entre órganos del estado con las CCAA.