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EVASION TRIBUTARIA Y CONTRABANDO, Resúmenes de Legislación Tributária

EVASION TRIBUTARIA Y CONTRABANDO

Tipo: Resúmenes

2024/2025

Subido el 30/03/2026

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ian-leyva-1 🇵🇪

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EL RETO DE VENCER LA EVASIÓN TRIBUTARIA Y EL CONTRABANDO
Muchas personas suelen considerar que la evasión tributaria y el contrabando no son delitos tan
graves como los asaltos o secuestros. Sin embargo, no se debe olvidar que aquello que deja
recaudar el Estado, es lo que no podrá invertir en educación, salud y seguridad para toda la
ciudadanía. Asimismo, estos delitos tienen un impacto negativo en los empresarios grandes y
pequeños que realizan su actividad formalmente.
LA EVASIÓN TRIBUTARIA
La evasión tributaria se da cuando el contribuyente declara o paga menos tributos de los que le
corresponden. Esto se da en algunos casos por desconocimiento y en otros porque
conscientemente se viola la ley.
Entre las formas de evasión más comunes se encuentran las siguientes:
- No emitir comprobantes de pago.
- No declarar la venta o el ingreso obtenido.
- No pagar los tributos que correspondan como el impuesto a la renta o el impuesto general
a las ventas.
- Apropiarse del IGV pagado por el comprador.
- Entregar comprobantes falsos.
- Utilizar comprobantes de pago de empresas inexistentes para aprovechar indebidamente
del crédito fiscal.
- Utilizar doble facturación.
- Llevar los libros contables de manera fraudulenta.
EL CONTRABANDO
Se entiende como contrabando a la entrada o salida clandestina de mercancías en el territorio
nacional, sin el respectivo trámite aduanero que le corresponde. De esta manera se dejan de
pagar los tributos correspondientes.
Según la Ley de los Delitos Aduaneros (Ley 28008), ingresar mercancías extranjeras al territorio
nacional o extraer mercancías hacia el exterior en forma clandestina, eludiendo o burlando el
control aduanero, constituye un delito cuando el monto de las mercancías es mayor a dos
unidades impositivas tributarias (UIT). Este caso se sanciona con pena privativa de libertad de
ocho años. Como parte de la lucha contra el contrabando, la Sunat forma parte de la Comisión
de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, de la que también participa el Ministerio
del Interior, el Ministerio Público y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia
y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entre otros.
Se comete contrabando cuando …
- Se dispone de la mercadería que ha ingresado al país, sin contar con la autorización de la
Sunat.
- Se consume, almacena, utiliza o dispone mercancía que no ha pagado tributos y que está
siendo trasladada para su reconocimiento físico.
- Se conduce cualquier medio de transporte dentro del territorio nacional para embarcar,
desembarcar o transbordar mercancías que no han sido sometidas a control aduanero.
- Se intenta introducir o se introduce mercancías al territorio nacional burlando el control
aduanero y utilizando cualquier documento aduanero inadecuado.
Son innumerables las modalidades de contrabando, pero las más comunes son las siguientes:
Hormiga: la mercancía camuflada en el equipaje o en el cuerpo de las personas que pasan la
frontera.
Caleta: es el uso de vehículos para camuflar las mercancías en sus compartimientos.
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EL RETO DE VENCER LA EVASIÓN TRIBUTARIA Y EL CONTRABANDO

Muchas personas suelen considerar que la evasión tributaria y el contrabando no son delitos tan graves como los asaltos o secuestros. Sin embargo, no se debe olvidar que aquello que deja recaudar el Estado, es lo que no podrá invertir en educación, salud y seguridad para toda la ciudadanía. Asimismo, estos delitos tienen un impacto negativo en los empresarios grandes y pequeños que realizan su actividad formalmente. LA EVASIÓN TRIBUTARIA La evasión tributaria se da cuando el contribuyente declara o paga menos tributos de los que le corresponden. Esto se da en algunos casos por desconocimiento y en otros porque conscientemente se viola la ley. Entre las formas de evasión más comunes se encuentran las siguientes:

  • No emitir comprobantes de pago.
  • No declarar la venta o el ingreso obtenido.
  • No pagar los tributos que correspondan como el impuesto a la renta o el impuesto general a las ventas.
  • Apropiarse del IGV pagado por el comprador.
  • Entregar comprobantes falsos.
  • Utilizar comprobantes de pago de empresas inexistentes para aprovechar indebidamente del crédito fiscal.
  • Utilizar doble facturación.
  • Llevar los libros contables de manera fraudulenta. EL CONTRABANDO Se entiende como contrabando a la entrada o salida clandestina de mercancías en el territorio nacional, sin el respectivo trámite aduanero que le corresponde. De esta manera se dejan de pagar los tributos correspondientes. Según la Ley de los Delitos Aduaneros (Ley 28008), ingresar mercancías extranjeras al territorio nacional o extraer mercancías hacia el exterior en forma clandestina, eludiendo o burlando el control aduanero, constituye un delito cuando el monto de las mercancías es mayor a dos unidades impositivas tributarias (UIT). Este caso se sanciona con pena privativa de libertad de ocho años. Como parte de la lucha contra el contrabando, la Sunat forma parte de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, de la que también participa el Ministerio del Interior, el Ministerio Público y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entre otros. Se comete contrabando cuando …
  • Se dispone de la mercadería que ha ingresado al país, sin contar con la autorización de la Sunat.
  • Se consume, almacena, utiliza o dispone mercancía que no ha pagado tributos y que está siendo trasladada para su reconocimiento físico.
  • Se conduce cualquier medio de transporte dentro del territorio nacional para embarcar, desembarcar o transbordar mercancías que no han sido sometidas a control aduanero.
  • Se intenta introducir o se introduce mercancías al territorio nacional burlando el control aduanero y utilizando cualquier documento aduanero inadecuado. Son innumerables las modalidades de contrabando, pero las más comunes son las siguientes: Hormiga: la mercancía camuflada en el equipaje o en el cuerpo de las personas que pasan la frontera. Caleta: es el uso de vehículos para camuflar las mercancías en sus compartimientos.

Pampeo: para el transporte de la mercancía se utilizan vías alternas, pampas o trochas para evitar ser descubiertos por la Policía. Culebra: gran número de camiones de carga pesada (convoy) Chacales: personas contratadas para utilizar indebidamente la franquicia de la zona franca de Tacna, es decir, compran la mercancía y la hacen pasar como de uso personal. Carrusel: utilización repetida de un documento aduanero que se adultera con ese fin. EL ROL DE LOS CIUDADANOS No obstante, el trabajo de la Sunat, estos problemas continúan. La razón principal es que la conciencia tributaria es muy baja y hay mucha tolerancia a la evasión tributaria en la población. En consecuencia, el control de incumplimiento no debe ser una tarea exclusiva de la administración tributaria, nos corresponde a todos los ciudadanos estar vigilantes para disminuirla y en el mejor de los casos erradicarla. Siempre debemos tener presente que la evasión tributaria y el contrabando nos perjudica a todos. Por este motivo, quienes formamos parte de la sociedad debemos ser ciudadanos responsables. Esta condición la demostramos al cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Declarar y pagar los tributos con veracidad.
  • No comprar contrabando.
  • Denunciar a los que evaden y a los que venden mercancía de contrabando.
  • Exigir nuestro comprobante de pago.
  • Hacer lo que esté a nuestro alcance para erradicar la evasión y el contrabando. Es importante que desde jóvenes nos formemos como mejores ciudadanos para reducir, en un futuro, los niveles de evasión y contrabando, y contribuyamos así con la mejora de nuestro país. ACTIVIDAD 1.Elabora un organizador visual sobre el tema 2. Lee el texto luego responde : El Estado obtiene distintos recursos que utiliza para satisfacer las necesidades públicas (educación, salud, seguridad, justicia, entre otros) y para sostener los lugares públicos (parques, plazas, escuelas, bibliotecas, museos, etc.). Los recursos públicos más importantes son los tributos. Los tributos son entradas de dinero que obtiene el Estado y se utilizan para el financiamiento de los gastos públicos. http.//www.guiatributaria.com/tipo-de-contribuyentes/negocios/régimen-general/impuesto- genereal-a-las-ventas/177-05-cuando-nace-laobligacion-tributaria a. Según el texto ¿será importante cumplir con nuestras obligaciones tributarias? ¿Por qué?

b. ¿Qué sucede cuando los tributos no son destinados a los fines que se menciona en el texto? Escribe ejemplos.

c. ¿Quiénes deben contribuir a formar una cultura tributaria? ¿Por qué?