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éxito de las empresas: Para que una empresa surja y tenga éxito, es por medio de la contabilidad que se ejerza en dicha entidad
Tipo: Apuntes
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Para que una empresa surja y tenga éxito, es por medio de la contabilidad que se ejerza en dicha entidad. Así mismo, todo empresario individual así como las sociedades mercantiles deberán llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de su empresa, la cual permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones mercantiles; así como la elaboración periódica de inventarios, balances y estados financieros. Los libros contables van a tomar una función de vital importancia en la empresa, puesto que en ellos es donde se van a registrar todas las actividades mercantiles que se realicen, de forma clara, ordenada y precisa y es aquí donde entran a tallar el registro de compras y de ventas.
La compra hace referencia a la acción de obtener o adquirir, a cambio de un precio determinado, bienes o un servicio de calidad adecuada ofrecida por un vendedor. Pero también se considera “compra” al objeto adquirido con el precio justo, en el tiempo indicado y en el lugar perfecto, una vez consumado el acto de adquisición. REGISTRO DE COMPRAS CONCEPTO El registro de compras es un libro auxiliar obligatorio de foliación doble, que tienen como fin controlar los bienes y servicios que se adquieren, se realiza en forma detallada, ordenada y cronológica. ASPECTO LEGAL En el aspecto legal es obligatorio para todas las empresas o personas individuales que desarrollen actividades consideradas como rentas de tercera categoría y que estén dentro del alcance del Impuesto General a las Ventas y debe ser legalizado en el primero folio ante un Notario o Juez de Paz. IMPORTANCIA DEL REGISTRO DE COMPRAS Este registro es de suma importancia porque controla sistemáticamente todas las adquisiciones de bienes, mercaderías y/o servicios efectuados por la empresa sujeto del IGV, en base a los comprobantes de pago aceptados por la legislación tributaria. Este registro es sumamente importante para el Estado pues permite controlar y determinar con exactitud el crédito fiscal del IGV de todas las adquisiciones de bienes, mercaderías y servicios registradas adecuadamente a que tiene derecho la empresa y por lo tanto también sirve para liquidar y pagar mensualmente el Impuesto General a las Ventas. LEGALIZACIÓN El Registro de Compras debe ser legalizado, por un notario o, a falta de éstos, por un juez de paz letrado o juez de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario, salvo tratándose de las provincias de Lima y Callao, en cuyo caso la legalización
K) Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación. L) Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal K. M) Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas. N) Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal M. O) Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación. P) Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal O. Q) Valor de las adquisiciones no gravadas. R) Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción. S) Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. T) Importe total de las adquisiciones registradas según comprobantes de pago. U) Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. En estos casos se deberá registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas utilizadas para señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. V) Número de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda. W) Fecha de emisión de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda.
X) Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. Y) En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información: (I) Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. (II) Tipo de comprobante de pago que se modifica. (III) Número de serie del comprobante de pago que se modifica. (IV) Número del comprobante de pago que se modifica. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior. Z) Totales. RAYADO DEL REGISTRO DE COMPRAS El rayado que adopta este libro se muestra a continuación debiendo cada empresa adecuarlo a sus necesidades de información. A) Fecha de emisión del comprobante de pago emitido por el proveedor (factura, boleta, ticket, nota de débito o crédito comercial). B) Tipo de documento. C) Número de serie y número correlativo del comprobante. D) Número de RUC del proveedor. E) Nombre o razón social del proveedor. F) Referencia, cuando se anota una nota de crédito o una nota de debito. G) Valor de las compras no gravadas con el IGV. H) Valor de las compras gravadas con el IGV.
Día 29: Para impulsar las ventas de sus mercaderías, la empresa paga un aviso publicitario a El Comercio S.A., RUC 20105241872. El proveedor emite la factura 088-1475. Gastos de ventas. Importe: S/.1,200 más IGV. Día 30: La empresa efectúa un reclamo a La Fabril S.A., por la factura 003- 10054 de fecha 06 de Mayo. El descuento ofrecido originalmente fue de 7% y el comprobante mencionado solo se otorga un descuento de 5%. La Fabril reconoce el error y emite una nota de crédito 001-615 por los dos puntos porcentuales adicionales de descuento, más IGV. Día 31: Se compra mercadería no gravada 80 cajas de té a S/.7.20 cada una, a Codina S.A., RUC 20158748961, con factura 002-0896. DISTRIBUIDORA TU MANO S.A. REGISTRO DE COMPRAS MAYO 2001 Día t/ d Nro. RUC (^) Razón SocialNombre o Ref. Cta. Compras no gravadas Compras Gravadas (^) P. Total grav. y Valor IGV Precio^ no grav. 06 01 003-10054 20457415968 La Fabril S.A. 60.11 19,000.0 3,610 22,610.0 22,610. 15 01 001-8524 20107489751 Karisma S.A. 33.5 4,000.0 760.0 4,760.0 4,760. 18 01 001-10045 20536022117 Tai kin S.R.L. 60.6 250.0 47.5 297.5 297. 21 01 001-1042 10084541452 Pánfilo Garrote 60.6 800.0 152 952.0 952. 28 12 045-1088 20368988754 Grifo Real S.A. 60.6 50.0 9.5 59.5 59. 29 01 008-1475 20105241872 El Comercio S.A. 63.7 1,200.0 228.0 1,428.0 1,428. 31 01 002-0896 20158748961 Codina S.A. 60.12 576.0 576 Sub-total 576.0 25,300.0 4,807.0 30,107.0 30,683. Notas de Debito 22 08 001-982 20457415968 La Fabril S.A. 003- 10017 67.9 150.0 28.5 178.5 178. Total notas de debito 150 28.5 178.5 178. Notas de Crédito 30 07 001-615 20457415968 La Fabril S.A. 003- 10054 73.1 (400.0) (76.0) (476.0) (476.0) (400.0) (76.0) (476.0) (476.0) 576.0 25,050.0 4,759.5 29,809.5 30,385.
Venta es el cambio de productos y servicios por dinero. Desde el punto de vista legal, se trata de la transferencia del derecho de posesión de un bien, a cambio de dinero. Desde el punto de vista contable y financiero, la venta es el monto total cobrado por productos o servicios prestados. La venta de productos o servicios constituye la base de las operaciones de las empresas. A través de estas ventas, las compañías obtienen ingresos. REGISTRO DE VENTAS CONCEPTO El Registro de Ventas o también conocido como Registro de Ingresos es un libro auxiliar obligatorio de foliación doble en el que se registran diariamente por orden cronológico, detallado y ordenado todas las ventas de bienes y servicios e ingresos de la actividad que se desarrolla en la empresa. ASPECTO LEGAL En el aspecto legal, este libro es obligatorio para todos aquellos contribuyentes del IGV, también están obligados lo sujetos acogidos que desarrollen actividades consideradas como rentas de tercera categoría, del Régimen General a la Venta y del Régimen Especial a la Renta, y también deberá ser legalizado en el primer folio ante un Notario Público o Juez de Paz. IMPORTANCIA DEL REGISTRO DE VENTAS
H) Número de RUC del cliente, cuando cuente con éste, o número de documento de identidad; según corresponda. I) Apellidos y Nombres, denominación o razón social del cliente. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo. J) Valor de la exportación, de acuerdo al monto total facturado. K) Base imponible de la operación gravada. En caso de ser una operación gravada con el Impuesto Selectivo al Consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto. L) Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas. M) Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso. N) Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal, de ser el caso. O) Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible. P) Importe total del comprobante de pago. Q) Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. R) En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información: (I) Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. (II) Tipo de comprobante de pago que se modifica. (III) Número de serie del comprobante de pago que se modifica. (IV) Número del comprobante de pago que se modifica. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta.
El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior. S) Totales. RAYADO DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS El rayado que adopta este libro se muestra a continuación debiendo cada empresa adecuarlo a sus necesidades de información. A) Fecha. B) Número de RUC del cliente. C) Número de la Factura, Boleta de Venta, Nota de Débito, Nota de Crédito. D) Nombre o Razón Social del Cliente. E) Ventas Comercio Exterior: Moneda, tipo de cambio, importe. F) Importe de los Bienes y Servicios grabados. G) Importe de los descuentos y bonificaciones. H) Otros cargos. I) Importe de los Bienes y Servicios no gravados. J) Importe Base imponible del Impuesto Selectivo al Consumo. K) Tasa e Importe del Impuesto Selectivo al Consumo. L) Tasa e Importe de la base imponible del IGV. M) Tasa e importe del Impuesto General a las ventas. N) Importe total a cobrar. PROCEDIMIENTO DE CIERRE DEL REGISTRO DE VENTAS a) Se registran las boletas, facturas, recibos de servicios públicos y notas de crédito con todos los valores correspondientes. b) Luego se suman las diferentes columnas correspondientes a cada uno de los valores referente a la base imponible, impuestos respectivos y el importe total, obteniendo así, de esta forma los valores correspondientes al Registro de Ventas, cerrando de esta manera el mencionado libro obligatorio y auxiliar. EJEMPLO Elabora el Registro de Ventas que efectúa las siguientes ventas durante el mes de Marzo 2009.
18 01 001 0313 20400602519 CARLOS TORRES & TAGLE B. 401.63 72.29 473.92 $160 T.C. 2. 24 01 001 0314 20514033221 HIU Do S.R.Ltda. 1711.86 308.14 2020. 28 01 001 0315 20139831404 CENTRAL HIDRO S.A. 203.39 36.61 240. 5918.22 1065.28 6983.
Registro de Compras, contiene la identificación de las adquisiciones incurridas por una entidad, la misma que se detalla en referencia a su relación con la operación de venta, siendo necesario identificar el contenido de estos rubros. El Registro de Compras y Ventas para las relaciones entre la administración tributaria y los contribuyentes, la llevanza de los libros y registro contables puede entenderse como un deber a cargo; con el buen fin de registrar la gestión tributaria. El Registro de Compras y Ventas constituyen un medio de prueba de las operaciones económicas, de las obligaciones tributarias y de su cuantía. Los Registros de Compras y Ventas nos permite conocer las compras y ventas que se realizan diariamente dentro de una empresa o negocio. El Registro de Compras y Ventas facilita el control de la administración tributaria .procurando reducir la evasión fiscal.