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Tipo: Ejercicios
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1. ¿Cómo se constituye una empresa? PROCESO PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA: I. Búsqueda y reserva de nombre. La reserva de nombre es un paso previo a la constitución de una empresa. Durante la calificación de la Reserva de Nombre, el Registrador Público tiene que verificar si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social solicitados antes, para facilitar la inscripción de la empresa en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. II. Elaboración de la Minuta. La minuta es un documento en el cual los miembros de una sociedad manifiestan su voluntad de constituir una empresa y en donde señalan todos los acuerdos respectivos. Consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a este. III. Elaboración de la Escritura Pública. Una vez redactado la Minuta, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y eleve a Escritura Pública. Se generará la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que el Acto Constitutivo es legal. Este documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma de todos los participantes de la sociedad, incluidos los cónyuges de ser el caso. IV. Inscripción en los Registros Públicos. Una vez obtenida la Escritura Pública, es necesario llevarla a SAUNARP para realizar la inscripción de la empresa en los Registros Públicos. La persona jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos. V. Inscripción al RUC.
La mediana empresa se diferencia por tener ventas anuales mayores a 1, UIT y menores a 2,300 UIT. Dado que operan con un mayor número de trabajadores, se puede decir que se trata de un modelo de empresa mucho más complejo, en el que se requiere un nivel de organización más sofisticado.
3. ¿Cuántos regímenes tributarios existen? El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Puedes optar por uno u otro régimen dependiendo del tipo y el tamaño del negocio. Hay cuatro regímenes tributarios:
❖ Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS Es un régimen tributario creado para los pequeños comerciantes y productores, el cual les permite el pago de una cuota mensual fijada en función a sus compras y/o ingresos, con la que se reemplaza el pago de diversos tributos. Ten presente que no puedes estar en el NRUS si tus ingresos o compras superan el monto de S/ 8,000 al mes o S/ 96,000 al año. En este régimen: o No puedes emitir facturas por tus ventas o servicios. o No necesitas llevar libros contables. o No estás obligado a presentar declaración anual. o Solo debes hacer un pago único mensual por internet o bancos. Categorías Para calcular tu pago único mensual debes considerar tus ingresos o compras del mes y colocarte en una de estas categorías: Categoría 1: ingresos o compras hasta S/ 5, 000. La cuota es de S/ 20.00. Categoría 2: ingresos o compras hasta S/ 8,000. La cuota es de S/ 50.00. ❖ Régimen Especial de Renta – RER Aca se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de actividades de comercio y/o industria, y actividades de servicios. solo lleva dos registros contables (Compras y Ventas), emites todo tipo de comprobantes de pago, solo presentas declaraciones mensuales y no estás obligado a presentar declaraciones anuales. Además, debes considerar que se tienen restricciones en este régimen,: o Tus ingresos o compras anuales no deben superar los S/ 525, soles o Tener como máximo 10 trabajadores por turno de trabajo o El valor de los activos fijos no debe superar los S/ 126,000 soles (excepto vehículos y predios) o Tampoco puedes realizar actividades no comprendidas
❖ Regimen General Está dirigido a las medianas y grandes empresas (personas con negocio o personas jurídicas) que generan rentas de tercera categoría, también a las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio y cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas. En este régimen no hay límite de ingresos. En este régimen tributario se debe: o Elaborar libros contables. o Elaborar el Estado de Situación Financiera y el Estado de Resultados, los que forman parte de la Declaración Anual, entre otras obligaciones, por lo que se recomienda contar con una persona con conocimientos que pueda ayudarte en estas gestiones. La ventaja de este régimen tributario es que puedes desarrollar tu negocio en cualquier actividad y sin límite de ingresos y en caso tengas pérdidas económicas en un año, se podrán descontar de las utilidades de los años posteriores, pudiendo llegar al caso de no pagar Impuesto a la Renta Anual. En este régimen se realizan declaraciones mensuales, en el cual se determina el pago de dos impuestos: o El Impuesto General a las ventas (IGV) del 18%, y o El impuesto a la renta (el que resulte mayor de aplicar el coeficiente o 1.5% sobre los ingresos netos mensuales). También te permite descontar los gastos relacionados a tu negocio de tus ingresos, de esta manera pagas el impuesto sobre la utilidad final del año, por lo que debes presentar una Declaración jurada anual aplicando la tasa del 29.5%, en la cual podrás descontar los pagos que realizaste de manera mensual del impuesto a la renta. Es importante que declares a tiempo tus impuestos, de acuerdo al Cronograma de vencimientos mensuales según el último dígito de tu RUC, además de presentar tu declaración anual cada año.
Libro fondo de utilidades tributarias (FUT). Es muy útil para controlar las declaraciones de renta. Libro mayor. En este se resumen los movimientos de cada una de las cuentas del libro diario (recordemos que este último es un libro contable obligatorio). De aquí se extrae el saldo de deuda o la deuda que hay que reclamar por cada una de las cuentas. Después este registro se traslada al balance. Todos estos libros ya sean obligatorios o ya sean voluntarios en contabilidad, se rigen por unas determinadas leyes, plazos y procedimientos. Asimismo, cada uno tiene una forma de presentación propia. El llevar todos estos libros al día hará que tengamos un mayor control de la contabilidad de nuestra empresa. Asimismo, nos garantizamos que estamos cumpliendo con todos los requerimientos legales y deberes fiscales.
5. ¿Cuáles son los tributos de personas dependientes e independientes? Declara y pagar el impuesto a la renta en el caso de: Las personas dependientes que tienen beneficios sociales perciben la renta de quinta categoría por lo tanto no es necesario que se inscriban en el RUC, ya que es su empleador quien debe declarar en la Planilla- PLAME y pagar mensualmente a la SUNAT el impuesto retenido, siempre que la Remuneración Bruta Anual sea mayor a 7UIT. El trabajador no está obligado a presentar Declaración Anual si percibe exclusivamente rentas de quinta categoría, salvo que solicite devolución de retenciones en exceso o con motivo de la deducción adicional de 3 UIT. Y si es el caso de que tenga más de un empleador la retención la realizará el empleador que pague la mayor remuneración. Las personas independientes tienen obligaciones tributarias como la declaración y pago de rentas de cuarta categoría las cuales se generan por
los servicios que brindan de manera personal e individual, sin vínculo laboral con algún tipo de empresa; por lo tanto, como independiente ellos deben inscribirse en el RUC, declarar en la Planilla- PLAME y realizar pagos mensualmente a cuenta por el 8% del total de sus ingresos brutos mensuales; siempre que éste supere el límite establecido por la ley. En el caso de que se perciba Rentas de Cuarta Categoría y los Recibos por Honorarios emitidos no superan el monto mensual de S/1500, pueden solicitar la Suspensión de Retención de Cuarta Categoría y ya no tendrán que pagar el Impuesto a la Renta (IR), de cumplirse las condiciones, el trabajador podrá solicitar a través de Internet la suspensión de retención del impuesto del 8 %. Para ello, deberá dirigirse a la página de la SUNAT e ingresar, con su clave SOL, a "Sunat Operaciones en Línea" y llenar el formulario dirigido a este tipo de suspensión.