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Un esquema temático sobre la argumentación jurídica, el tipo de razonamiento que realizan los juristas en el ámbito legislativo y judicial. Se explican las dos grandes concepciones sobre el razonamiento jurídico, la importancia de distinguir entre el contexto de descubrimiento y justificación, y cómo analizar argumentos desde tres perspectivas: formal, material y pragmática. Se detalla la perspectiva formal, que coincide con la lógica, y los tipos de inferencias deductivas y no deductivas. Además, se mencionan los elementos materiales de los argumentos, que se analizan desde el punto de vista de su contenido.
Tipo: Apuntes
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1. Introducción:
Todos los cuervos son negros x es un cuervo ----------------------------------- x es negro
Los argumentos deductivos no garantizan que la conclusión sea acertada; sólo garantizan que si las premisas lo son, la conclusión lo será también. Es decir, se ocupan de la justificación interna de los argumentos, pero no de su justificación externa (que depende de que las premisas sean correctas).
- B. Inferencias no deductivas (inducción en sentido amplio): Las premisas no garantizan la conclusión, pero constituyen una buena razón para aceptarla.
x es un cuervo y es negro y es un cuervo y es negro z es un cuervo y es negro
todos los cuervos son negros
Ejemplo: “He aquí a un caballero que responde al tipo de hombre de medicina, pero que tiene un aire marcial. Es, por consiguiente, un médico militar con toda evidencia. Acaba de llegar de países tropicales, porque su cara es de un fuerte color oscuro, color que no es el natural de su cutis, porque sus muñecas son blancas. Ha pasado por sufrimientos y enfermedad, como lo pregona su cara macilenta. ha sufrido una herida en el brazo izquierdo. lo mantiene rígido y de una manera forzada... ¿En qué país tropical ha podido un médico del ejército inglés pasar por duros sufrimientos y resultar herido en un brazo? Evidentemente, en el Afganistán”
p --> q
p --------- q
Si la premisa mayor es una regla de fin, entonces el razonamiento exige que el juez escoja cuál es le medio más apropiado para alcanzar el fin prescrito por la regla; y si se trata de un caso de razonamiento a partir de principios (ponderación), debe establecerse cuál es el principio que, en el caso concreto, prevalece (y debe darse la razón por la que prevalece).
a) Argumento por analogía: Cumple la función de extender el campo de aplicación de una norma a casos incialmente no previstos en ellas.
p --> q p' es semejante a p
q
jurídico (por ejemplo, máximas de experiencia o de sentido común, descripciones de hechos, etc.).
3. Los elementos pragmáticos.
a) La pretensión: aquello que se sostiene, aquello que se quiere fundamentar. b) Las razones: hechos que apoyan la corrección de la pretensión. c) La garantía: que es un enunciado general que explicita la conexión que existe entre las razones y la pretensión. d) El respaldo : que es el conjunto de razones que fundamentan la garantía. e) Los cualificadores : Que señalan con qué fuerza las razones apoyan la pretensión. f) La condición de refutación : Que señala si existe alguna circunstancia que sea una excepción a la posibilidad de inferir la conclusión.
Así lo dispone el Derecho de X (respaldo)
Los hijos heredan a sus padres (garantía)
Juan es hijo de Pedro ------------------------------------------- >Juan herederá a Pedro (Razón) F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0F 02 0 F 0 2 0
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F 0 2 0 F 0 2 0
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F 0 2 0(Pretensión) seguramente a menos haya sido desheredado
(cualificador) (condición de refutación)