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Funcion publica, Apuntes de Derecho

Asignatura: adtv II, Profesor: Anonimo Anonimo, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 11/06/2013

ahehi
ahehi 🇪🇸

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1ª PARTE DE LA PRÁCTICA.
El Ayuntamiento de Santurce (Vizcaya) convoca una plaza de auxiliar administrativo
bilingüe. Para poder participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán, entre otros
requisitos, estar en posesión del titulo de graduado en educación secundaria obligatoria.
El procedimiento de selección constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios. El
primer ejercicio consistirá en la realización de una prueba tipo test, con cuatro
respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta en relación con el programa
que figura en el anexo I de esta convocatoria. El ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos,
siendo necesario para superarlo haber obtenido un mínimo de 15 puntos.
El segundo ejercicio consistirá en la realización de una prueba práctica de ordenador
dirigida a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación,
corrección y envío a través de la red informática de documentos escritos en base a
textos propuestos por el Tribunal. Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos siendo
necesario para superarlo un mínimo de 10 puntos.
La tercera prueba consistirá en la traducción por escrito al euskera de un ejercicio
desarrollado en castellano. Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos siendo necesario
para superarlo un mínimo de 10 puntos.
Se establecen como méritos a valorar, los cursos realizados (hasta 3 puntos) y la
experiencia profesional que se computará de la siguiente manera: 0,25 puntos por mes
completo de servicios prestados como auxiliar administrativo en el Ayuntamiento de
Barañáin hasta un máximo de 20 puntos, y 0,06 puntos por cada mes de servicios
prestados como auxiliar administrativo en otras Administraciones públicas con un
máximo de 2 puntos.
Asimismo se valorará con un máximo de 8 puntos el hecho de ser natural o residente
en Santurce, otorgando 0,25 puntos por cada año de residencia acreditada. El Tribunal
calificador de las pruebas podrá conceder también hasta un máximo de 2 puntos en
atención a las cargas familiares debidamente acreditadas
1.- ¿Cual es el procedimiento de selección previsto en la presente convocatoria?
2.- ¿Es correcto establecer como prueba de carácter obligatorio y eliminatorio la
traducción al euskera de un texto en castellano?. ¿ Por qué? ¿ Cuales son los límites a
estos efectos? ¿Hubiera sido más correcto valorar el conocimiento del euskera como un
merito o incluirlo como un ejercicio voluntario de carácter no eliminatorio?. Señálese
la evolución jurisprudencial en este sentido.
3.- ¿Podría una Administración exigir con carácter general el conocimiento de la lengua
cooficial en sus convocatorias de empleo público? ¿Cuáles serían los límites?
4.- ¿Puede considerarse como mérito a valorar la residencia en el citado municipio?
5.- ¿Es posible tomar en consideración las cargas familiares y otorgar a las mismas una
valoración?
6.- ¿Son correctos los criterios de valoración de la experiencia profesional previstos en
la convocatoria?.¿Es correcta la distinta valoración que se hace de la experiencia
profesional en función de la Administración en la que se hayan prestado los servicios?
7.- ¿Es correcta la valoración que se ha dado a cada una de las fases del procedimiento
de selección?
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1ª PARTE DE LA PRÁCTICA.

El Ayuntamiento de Santurce (Vizcaya) convoca una plaza de auxiliar administrativo bilingüe. Para poder participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán, entre otros requisitos, estar en posesión del titulo de graduado en educación secundaria obligatoria. El procedimiento de selección constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios. El primer ejercicio consistirá en la realización de una prueba tipo test, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta en relación con el programa que figura en el anexo I de esta convocatoria. El ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo haber obtenido un mínimo de 15 puntos. El segundo ejercicio consistirá en la realización de una prueba práctica de ordenador dirigida a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación, corrección y envío a través de la red informática de documentos escritos en base a textos propuestos por el Tribunal. Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos siendo necesario para superarlo un mínimo de 10 puntos. La tercera prueba consistirá en la traducción por escrito al euskera de un ejercicio desarrollado en castellano. Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos siendo necesario para superarlo un mínimo de 10 puntos. Se establecen como méritos a valorar, los cursos realizados (hasta 3 puntos) y la experiencia profesional que se computará de la siguiente manera: 0,25 puntos por mes completo de servicios prestados como auxiliar administrativo en el Ayuntamiento de Barañáin hasta un máximo de 20 puntos, y 0,06 puntos por cada mes de servicios prestados como auxiliar administrativo en otras Administraciones públicas con un máximo de 2 puntos. Asimismo se valorará con un máximo de 8 puntos el hecho de ser natural o residente en Santurce, otorgando 0,25 puntos por cada año de residencia acreditada. El Tribunal calificador de las pruebas podrá conceder también hasta un máximo de 2 puntos en atención a las cargas familiares debidamente acreditadas

1.- ¿Cual es el procedimiento de selección previsto en la presente convocatoria?

2.- ¿Es correcto establecer como prueba de carácter obligatorio y eliminatorio la traducción al euskera de un texto en castellano?. ¿ Por qué? ¿ Cuales son los límites a estos efectos? ¿Hubiera sido más correcto valorar el conocimiento del euskera como un merito o incluirlo como un ejercicio voluntario de carácter no eliminatorio?. Señálese la evolución jurisprudencial en este sentido.

3.- ¿Podría una Administración exigir con carácter general el conocimiento de la lengua cooficial en sus convocatorias de empleo público? ¿Cuáles serían los límites?

4.- ¿Puede considerarse como mérito a valorar la residencia en el citado municipio?

5.- ¿Es posible tomar en consideración las cargas familiares y otorgar a las mismas una valoración?

6.- ¿Son correctos los criterios de valoración de la experiencia profesional previstos en la convocatoria?.¿Es correcta la distinta valoración que se hace de la experiencia profesional en función de la Administración en la que se hayan prestado los servicios?

7.- ¿Es correcta la valoración que se ha dado a cada una de las fases del procedimiento de selección?

8.- D. Rodrigo Domínguez decide concurrir a la convocatoria, y aunque en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias todavía no tiene el título exigible, entiende que cuando termine el procedimiento selectivo ya estará en posesión del mismo y podrá acreditar ante la administración que posee la titulación requerida. ¿ Podrá ser nombrado funcionario D. Rodrigo Domínguez caso de que supere el proceso selectivo? Efectos de su posible nombramiento.

9.- ¿ Es posible impugnar las bases de la convocatoria? ¿Por qué causas?.¿Existe algún plazo para ello? Recursos procedentes y consecuencias de la no impugnación en plazo.

2º PARTE DE LA PRÁCTICA

Examinando la jurisprudencia existente sobre acceso a la función pública y vulneración del artículo 23 de la Constitución, propóngase una práctica en la que se planteen algunos de los problemas que en relación a esta materia han sido resueltos por los tribunales. La práctica ha de tener una estructura similar a la anterior, es decir, un enunciado y una relación de preguntas que el alumno debe resolver. Las sentencias utilizadas para plantear la práctica han de aportarse junto con ésta.