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Asignatura: Introducción al Derecho Procesal, Profesor: Adoración Pérez Troya, Carrera: Derecho, Universidad: UAH
Tipo: Apuntes
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S U M A R I O: I- Introducción; II- Antecedentes históricos; III- Desarrollo histórico y antecedentes en el Derecho Español; IV- Antecedentes más próximos y contexto de la Ley reguladora de habeas corpus; V- El derecho a la libertad, marco del habeas corpus; VI- El derecho a la libertad en el ordenamiento español; VII- El habeas corpus en la legislación española: A) De fi nición jurídica del habeas corpus; B) Sujetos y objeto del habeas corpus; C) Competencia para el conocimiento del habeas corpus (artículo 2 LOHC); D) Incoación del procedimiento y legitimación (artículo 3 LOHC); E) Incoación judicial del procedimiento (artículo 6 LOHC); F) La manifestación del detenido y la fase de alegaciones (artículo 7. LOHC); G) La resolución; H) Castigo de delitos deducidos durante el procedimiento de habeas corpus; I) Habeas corpus en relación con el fenómeno terrorista y en caso de situaciones excepcionales; VIII- Bibliografía.
I.- Introducción.
Comencemos por una breve de fi nición: El hábeas corpus es, en terminología jurídica, el derecho de todo detenido que se considera ilegalmente privado de libertad física a solicitar ser llevado ante un juez para que éste decida su ingreso en prisión o su puesta en libertad. El juez debe decidir si hay motivos legales para la privación de libertad física del detenido. Es un procedimiento breve y sencillo. Es actualmente la principal institución en el mundo destinada a proteger la libertad personal contra las detenciones arbitrarias o ilegales, y así lo reconocen los pactos internacionales de derechos humanos.
En cuanto a su signi fi cación, el sentido de la expresión “hábeas corpus” es ‘tú tienes derecho a conservar tu integridad física’, ‘nadie puede privar a tu cuerpo de libertad de movimiento’. Esa denominación latina constituye las primeras palabras con las que
empezaba el mandamiento judicial para exigir la entrega del detenido.
En la historia jurídica española fi gura en el denominado recurso de las personas del Reino de Aragón 1428 y en las Constituciones de 1869 y
El art. 17.4 de la Constitución española de 1978 señala que «La ley regulará un procedimiento de "hábeas corpus" para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.»
En la actualidad el procedimiento de hábeas corpus se encuentra regulado en el ordenamiento jurídico español por la Ley Orgánica 6/1984 de 24 de mayo, en la que se desarrolla la garantía constitucional que permite a todo aquel que se encuentre detenido o privado de libertad solicite ser puesto de inmediato a disposición judicial. El art. 1 de la L.O. 6/1984 de 24 de mayo considera personas detenidas ilegalmente:
Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las Leyes.
Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.
Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las Leyes si, transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.
Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las Leyes Procesales garantizan a toda persona detenida.
El artículo 3 de la citada Ley determina quienes están legitimados para solicitar el procedimiento, que son:
El detenido, su cónyuge, descendientes, ascendientes y hermanos.
El Defensor del Pueblo.
El Ministerio Fiscal.
El Juez de Instrucción competente puede iniciar de oficio (instar) el proceso.
La solicitud ha de cursarse ante el Juzgado de Instrucción de guardia del lugar donde se hallare privado de libertad, donde hubiera sido detenido o bien del lugar donde se hubiera tenido última noticia de su paradero. El Juez competente adoptará las resoluciones oportunas para conocer de inmediato