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Asignatura: Epistemología: Causalidad e Inferencia, Profesor: , Carrera: Lingüística, Universidad: UAM
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!










La Agencia Tributaria en su
contexto político y social
Informe II : Ciencia de la Administración I
Según la web oficial de la Agencia Tributaria, ésta fue creada por la Ley 31/1990 y se constituyó de manera efectiva el 1 de enero de 1992. Se configuró como un ente de derecho público perteneciente al antiguo Ministerio de Economía y Hacienda. Como derecho público, cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Administración General del Estado confiriéndole cierta autonomía en materia presupuestaria y de gestión de personal. Su actual configuración es el resultado de un largo proceso histórico de adaptación de nuestras instituciones a la realidad socio- política y económica de nuestro país. Es un órgano moderno y dinámico que mira al futuro gracias a la inmensa experiencia que ha acumulado desde 1705 hasta nuestros días. Para ello ha tenido que afrontar numerosas reorganizaciones que han desembocado en la fusión de dos carteras ministeriales preexistentes: Hacienda, de gran tradición en la organización ministerial española; y Administración Territorial y Administración Pública, surgida como respuesta a las necesidades derivadas de la constante adaptación del servicio público y de su articulación territorial a las demandas sociales. 1
El Banco de España se define como organización puesto que cumple todas las características necesarias de las mismas: tiene carácter artificial, está configurado por subsistemas más simples y locales, los límites dentro de Hacienda y con su entorno son flexibles puesto que se da cierto grado de retroalimentación, resiste a la entropía y a la homeostasis y por último la información se transmite de forma eficaz a través de diferentes instrumentos tanto internos como externos. A su vez también se define como institucional nacional ya que su ámbito de actuación y competencias se extienden a todo el territorio español posicionándose como una organización central.
En términos generales conviene sintetizar que nuestra administración pública tiene como tarea el fomento de las obligaciones fiscales civiles. Para ello tiene dos líneas de actuación: por una parte, la prestación de servicios de información y asistencia al contribuyente para minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias y, por otra parte, la detección y regularización de las infracciones tributarios mediante trabajos de control.
Distribución de responsabilidades entre niveles político-administrativos en el caso del área de política pública en que opera la organización considerada.
Según el art.149 de la C.E. es competencia exclusiva del Estado la Hacienda General y Deuda del Estado, aunque en el apartado 2 del artículo 150 permite al Estado “transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación”.
Por este último el artículo 156 de la constitución afirma que: “Las comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de la solidaridad entre todos los españoles. A la vez que estas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos.”
En el área de las Comunidades autónomas cabe destacar que en España existen dos modelos de financiación: el régimen común y el régimen foral.
El régimen común se aplica a todas las Comunidades Autónomas dentro del territorio del Estado Español a través de la ley 22/2009 del 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación.
El régimen foral es el aplicable a las Comunidades Autónomas del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra las cuales tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario. La recaudación de impuestos queda en poder de dichos territorios y, por su parte, la Comunidad Autónoma contribuye a la financiación de las cargas generales del Estado no asumidas a través de una cantidad denominada como “cupo” o “aportación”.
A su vez las Islas Canarias poseen un régimen económico fiscal especial por razones históricas y geográficas regulado por las disposiciones de la Unión Europea sobre regiones ultra periféricas.
Por otro lado Ceuta y melilla constan de un régimen de fiscalidad indirecta especial, con características como el impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en lugar del impuesto sobre el IVA.
Por último el art. 142 estipula que “Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas”.
desempeño de la Secretaría del consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas.
A su vez este consejo entiende de las siguientes materias:
La coordinación de la política presupuestaria de las Comunidades Autónomas con la del Estado La emisión de los informes y la adopción de los acuerdos previsto en la Ley Orgánica complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria El estudio y valoración de los criterios de distribución de los recursos del Fondo de Compensación El estudio, la elaboración, en su caso, y la revisión de los métodos utilizados para el cálculo de los costes de los servicios transferidos a las Comunidades Autónomas. La apreciación de las razones que justifiquen, en cada caso, la percepción por parte de las Comunidades Autónomas de las asignaciones presupuestarias, así como los criterios de equidad seguidos para su afectación La Coordinación de la política de endeudamiento La coordinación de la política de inversiones públicas. En general, todo aspecto de la actividad financiera de las Comunidades Autónomas y de la Hacienda del Estado que, dada su naturaleza, precise de una actuación coordinada.
En el ámbito local existen los siguientes mecanismos de relación:
La Comisión Nacional de Administración Local Y la Federación Española de Municipios y Provincias.
Por último queremos señalar la Secretaria general de Coordinación Autonómica y Local que es el órgano directivo al que corresponde la dirección, el impulso y la coordinación de las competencias atribuidas al Departamento en materia de relaciones con al comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y las entidades que integran la Administración Local. A su vez esta depende de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, que ejercerá la función de asistencia material.
A nivel supranacional la AEAT tiene una dimensión Europea y Aduana cuyo rasco característico es la competencia legislativa de la UE en materia aduanera.
El objeto de la relación internacional es la lucha contra el fraude ya sea con organizaciones de la Unión Europea como con países de Latino américa y el norte de África. Refiriéndose a la colaboración de intercambio de información y asistencia mutua en esta lucha contra el fraude y el contrabando así como la asistencia técnica para el desarrollo y la modernización de las Aduanas.
Los Mecanismos utilizados para todo ello son:
Acuerdos bilaterales y multilaterales que pueden ser dentro de la Unión Europa o fuera de ella. Programas de Hermanamiento: con Latinoamérica, Norte de África y Zonas en conflicto. Y Organismos internaciones como: La organización Mundial de Aduanas La Organización Mundial de Comercio Naciones Unidas Y el Consejo de Europa.
partes en el que se dan directrices y recomendaciones cuyo objetivo es la mejora de la aplicación del sistema tributario mediante diversas medidas. Se trata del ejemplo de mayor magnitud y más reciente con el que podemos contar, y mediante este Foro se muestra la importancia de las relaciones con las organizaciones empresariales (especialmente las grandes empresas), a lo que se suma el hecho de que, en un sistema capitalista como el nuestro, el trato con este tipo de organismos es esencial para el mantenimiento (o en su caso, el aumento) de una situación económica favorable.
Organizaciones sindicales.
En torno a la Agencia Tributaria giran varios sindicatos que, mediante pactos, convenios y negociaciones, procuran asegurar el desarrollo de la carrera profesional y administrativa del personal, así como la fijación de sueldos dignos, la prevención de riesgos laborales, unas adecuadas condiciones laborales, etc. Entre los sindicatos más representativos relacionados con la Agencia Tributaria (sin contar las secciones de la Unión General de Trabajadores -UGT- ni de Comisiones Obreras -CC.OO-) encontramos al Sindicato Independiente (SIAT), al Sindicato de Trabajadores Fijos Discontinuos de la Agencia Tributaria (SFD-AEAT) y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F). Éste último sindicato no solo se encuentra relacionado con la Agencia Tributaria, sino también con el resto de Administraciones públicas. Por último, es importante destacar que las comunidades autónomas cuentan con sindicatos regionales que procuran defender los derechos y deberes de los funcionarios de la Agencia Tributaria en cada una de las comunidades. Ejemplo de ello son ELA (Euskal Sindikatura) y la CIG (Confederación Intersindical Galega). Para concluir, es reseñable el acuerdo entre la Agencia Tributaria y los sindicatos mencionados en este apartado sobre el desarrollo de la carrera profesional y administrativa del funcionariado en 2007.
Organizaciones sociales.
En este apartado es imprescindible mencionar a los diversos grupos profesionales relacionados con la Agencia Tributaria, entre los que destacan la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE). Dentro de la IHE se sitúan la Asociación Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (APIFE), así como a la Asociación Profesional de Inspectores de Hacienda de Aduanas (APIHA). Según Mariano Baena del Alcázar, las posibilidades de que estos grupos profesionales influyan en la Administración Pública (en este caso, la Agencia Tributaria) son considerablemente altas, con lo cual es necesario que los poderes públicos mantengan relaciones con ellas. La IHE emitió en marzo de 2013 un informe acerca de los problemas de la Agencia en la lucha contra el fraude fiscal que tuve una gran repercusión por la gravedad de las acusaciones, siendo este sólo un ejemplo de la influencia que ostentan estos grupos profesionales. Asimismo, podemos mencionar otro tipo de organizaciones sociales con los que la Agencia Tributaria establece convenios, como puede ser el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) del 25 de marzo de 2004, fomentando la igualdad de oportunidades y la inserción laboral.
Las interacciones de las Administraciones Públicas con los ciudadanos a título individual tienen una gran relevancia, tanto para entender las relaciones de los ciudadanos por el cumplimiento de los fines de la administración como para entender el derecho de partición de los ciudadanos en los asuntos públicos. La preocupación por la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos ha suscitado un gran interés en los últimos años con las propuestas de nuevos espacios para los ciudadanos en relación con las administraciones públicas para las realizaciones de debates y propuestas.
Desde el punto de vista de las Administraciones Públicas, éstas reconocen el derecho a participar y que éste no se limita al mero ejercicio del derecho a voto, sino que son necesarios otros espacios para la participación de los ciudadanos, que al mismo tiempo, estos espacios constituyen un instrumento de beneficio para las propias administraciones pues así conocen las opiniones ciudadanos, y esto puede mejorar la captación de recursos y demandas y los procesos de adopción de decisiones así como la anticipación de problemas, o la reducción de conflictos.
La participación social se estructura de distintas maneras; puede estar más o menos formalizada, exigir mayor o menor implicación, etc. Y, además, existen diversos instrumentos para la participación de los ciudadanos. Dependerá esto de la estructura y la cultura de la administración, o las características de la sociedad y la cultura política general.
En un primer lugar, la Agencia Tributaria cuenta con la forma de participación más conocida y generalizada que es la repartición de información pública y de la normativa que esta puede ser tanto impresa como carteles o boletines, telefónica o a través de internet. Dentro de esta forma de participación cabe destacar la contestación a consultas, las respuestas a las preguntas más frecuentes de los ciudadanos en el Programa INFORMA, el calendario del contribuyente y acceso a las resoluciones de la Dirección General de Tributos y del Tribunal Económico Administrativo Central. También se puede acceder a información personal en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria en horario de atención al público. Además, en algunas comunidades cuenta con la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
Por otra parte, a través de cualquier oficina de la Agencia Tributaria y demás órganos de la Secretaría de Estado de Hacienda, y por el medio que se estime oportuno (personalmente, fax, etc.), se pueden dirigir quejas y sugerencias respecto de la Agencia Tributaria, pudiendo utilizarse los formularios disponibles en las oficinas. Y todas estas quejas y sugerencias son contestadas. En los últimos años ha mejorado este mecanismo pues la Agencia Tributaria actualmente recaba la opinión de los ciudadanos sobre los servicios que presta, también a través de Internet, y las necesidades de asistencia para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Como resultado de la investigación que hemos llevado a cabo, vamos a plasmar aquí las principales conclusiones. Como bien hemos dicho en el primer apartado, el objeto de estudio de este trabajo vuelve a ser la Agencia Tributaria. A partir de la metodología desarrollada también en este primer apartado hemos analizado diferentes aspectos que tienen que ver con su contexto político y social.
En los dos últimos años se ha realizado un gran esfuerzo por modernizar el sistema tributario español, adaptándose a las necesidades del nuevo entorno de la globalización de la economía. El sistema tributario, además de su carácter recaudatorio, constituye un instrumento esencial para el cumplimiento de los objetivos de la política económica y para una distribución justa de la carga tributaria, y por esto que es necesario adecuarlo al nuevo contexto socioeconómico.
Hoy en día, la economía se caracteriza por ser una economía abierta, desregulada, menos intervenida y organizada territorialmente en un Estado de las autonomías. Por esto, es necesario que la Agencia Tributaria tenga unas eficaces relaciones a nivel sub- nacional. El mayor órgano de relación del Estado con las Comunidades Autónomas en materia fiscal y financiera es El consejo de política Fiscal y Financiera que coordina la actividad financiera de las Comunidades Autónomas y de la Hacienda del Estado. También cabe señalar la importancia de la Secretaría general de Coordinación Autonómica y Local que es el órgano directivo al que corresponde la dirección, el impulso y la coordinación de las competencias atribuidas al Departamento en materia de relaciones con al comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y las entidades que integran la Administración Local. Por otra parte, también podríamos mencionar que a nivel supranacional la Agencia Tributaria tiene una dimensión Europea y Aduana cuyo rasco característico es la competencia legislativa de la Unión Europea en materia aduanera.
Para adecuarse correctamente al contexto también serán importantes las relaciones que la Agencia Tributaria establezca con los distintos grupos políticos y sociales. Así, podríamos hacer referencia a cuatro especialmente relevantes:
organizaciones empresariales, y este trato es esencial para el mantenimiento favorable de una administración en un sistema capitalista como es el nuestro.
Lo último que deberíamos destacar son las interacciones de las Administraciones Públicas con los ciudadanos a título individual. La Agencia Tributaria reconoce la relevancia de la participación ciudadana y para ello ha creado numerosos espacios mediante los cuales los ciudadanos pueden evaluar la Agencia y dar sus opiniones favorables y desfavorables hacia ella, para que ésta pueda mejorar la captación de recursos y demandas y los procesos de adopción de decisiones así como la anticipación de problemas, o la reducción de conflictos.
Con todos estos recursos, la Administración busca mejorar su funcionamiento y una mayor transparencia. El contexto social-político en el que nos encontramos exige un sistema tributario moderno y eficiente. Nuestra opinión es que estamos en el buen camino. Hoy en día se puede seguir achacando varios puntos a la Agencia Tributaria, pero podemos decir que es una Agencia moderna, transparente, con una implantación eficaz de reformas y que lucha con eficiencia, buscando ayuda en el entorno y en los demás actores, tanto con medidas preventivas y de ayuda al contribuyente como con medidas de inspección y control a la lucha contra el fraude.
Conclusiones del grupo de trabajo sobre el nuevo modelo de relación cooperativa entre la Agencia Tributaria y las empresas adheridas al Código de Buenas Prácticas Tributarias. Octubre de 2013. http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_ Tributaria/Segmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Foro_grandes_empresas/Gr upos_Trabajo/Conclusiones_GT_Relacion_cooperativa_Pleno_29_10_2013.pdf
Código de Buenas Prácticas Tributarias. http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/S egmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Foro_grandes_empresas/CBPT_publica cion_web.pdf
Acuerdo de la Agencia Tributaria con los sindicatos sobre prevención de riesgos laborales. Febrero de 1997. http://www.ccooaeat.com/ccooaeat/salud/acuerdo%20AEAT-Sindicatos%201997.pdf
Acuerdo de la Agencia Tributaria con diversos sindicatos sobre el desarrollo de la carrera profesional y administrativa del personal. http://www.fspugtmalaga.org/DOCS/acuerdo_aeat_desarrollo_profesional.pdf